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Organizaciones de DDHH repudian las reformas ante el Congreso

Manifestaron su «profunda preocupación y enérgico repudio por las políticas públicas implementadas por el gobierno nacional que implican un retroceso concreto en los derechos de las personas con discapacidad, y por los puntos regresivos que plantea la llamada `ley ómnibus´».

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Las organizaciones que trabajan en defensa de los derechos humanos presentaron un documento en el Congreso de la Nación donde manifestaron su «profunda preocupación y enérgico repudio ante las políticas públicas implementadas por el Gobierno Nacional porque implican un retroceso en los derechos de las personas con discapacidad y por los puntos regresivos que plantea la llamada «ley ómnibus».

Los firmantes del documento presentado ayer ante el Congreso de la Nación son la Red por los derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Federación de Asociaciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), la Asociación Civil ANDAR, la Mesa de Derechos Humanos y Discapacidad de Córdoba y la Clínica Jurídica de la Universidad de La Plata.

«En la Argentina los derechos de las personas con discapacidad están amparados por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), aprobada por la Organización de Naciones Unidas en 2006, ratificada por el Estado Argentino en 2008 y con rango constitucional desde 2014 a través de la ley 27.044», afirmaron en el comunicado.

Dicho tratado se basa en un paradigma o modelo social de abordaje de la discapacidad, «que promueve la vida independiente dentro de la comunidad, la remoción de las barreras del entorno, y los apoyos y medidas de accesibilidad necesarios para la garantía de sus derechos humanos».

Por tanto, manifestaron su «profunda preocupación y enérgico repudio por las políticas públicas implementadas por el gobierno nacional que implican un retroceso concreto en los derechos de las personas con discapacidad, y por los puntos regresivos que plantea la llamada `ley ómnibus´».

Siendo un grupo de organizaciones de personas con discapacidad y de derechos humanos, con amplia trayectoria en el trabajo articulado por el cumplimiento de los derechos, enumeraron el retroceso en materia de derechos que implica las reformas que propuestas por el 70/2023 y la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos en Prestaciones para personas con discapacidad, género, salud mental, seguridad social, «eliminación del Instituto Nacional Argentino contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Turismo Social.

«No hay necesidad ni urgencia en relación con la discapacidad y salud mental. La ley de salud mental es el resultado de una profunda deliberación con participación de los sectores involucrados, despliega los principios de la Convención y su modelo social pero el proyecto de modificación es regresivo e inconsulto, se deroga el núcleo significativo de la salud mental como derecho humano y confronta con la Convención y con el último informe país de su Comité que celebra la ley y advierte sobre los aspectos aún incumplido», explicaron.

A su vez, recordaron que toda regresión en materia de derechos humanos resulta inconstitucional», puesto que -explicaron- «el Estado no puede retroceder en los niveles de protección alcanzados (artículo 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional».

En ese sentido, las organizaciones agregaron que las modificaciones pretendidas «van en sentido contrario a los derechos consagrados en máximo rango, porque se vulnera el principio de no regresividad (art 26 Convención Americana de Derechos Humanos)».

«Desde REDI y las organizaciones nacionales exigimos a los/las legisladores/as que no permitan este retroceso en los derechos humanos y en la calidad democrática. Si se avanza en la ley muchas vidas de personas con discapacidad y/o usuarias de servicios de salud mental se verán aún más deterioradas y vulnerabilizadas», apuntaron.

DDHH

“El hambre no es terrorismo, la protesta tampoco”: ATE Capital rechaza la guía antiterrorista de Casal

La Procuración General aprobó un protocolo para investigar «radicalización» antes de que ocurra un ataque. Sus indicadores de riesgo incluyen «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad» y «criticar instituciones». ATE Capital salió al cruce con una campaña directa: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo».

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“¿Estar en contra del gobierno es terrorismo?”: por qué la guía de Casal impulsada por el Gobierno de Milei alarma a sindicatos, abogados y organismos de DDHH.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, firmó el 14 de agosto la Resolución PGN N° 56/2026, que aprueba la «Guía para la investigación de incidentes terroristas previos a un ataque». El documento, elaborado conjuntamente por la Secretaría de Análisis Integral del Terrorismo Internacional (SAIT) y la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), con aportes de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), introduce por primera vez en el país criterios comunes para que fiscales y jueces investiguen procesos de radicalización antes de que se produzca un atentado. Lo que en principio se presentó como una herramienta técnica de prevención antiterrorista desató en las últimas horas una oleada de rechazo de organizaciones sindicales y de derechos humanos que advierten que sus categorías, deliberadamente amplias, habilitan la persecución de la disidencia política.

Qué dice la guía: el «ciclo terrorista» y sus indicadores

La resolución parte de una premisa doctrinaria: el terrorismo debe entenderse como un «proceso criminal organizado, continuo y permanente», al que la literatura especializada denomina «Ciclo Terrorista». Bajo esa concepción, el atentado es apenas el eslabón final y visible de una cadena que incluye glorificación, propaganda, reclutamiento y radicalización ideológica; etapas todas ellas que, según el texto, deben ser investigadas antes de que el hecho violento se produzca. El documento se apoya en el marco teórico de investigadores de la Universidad de Maryland financiados por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, además de citar estudios de Europol, el UNODC y la Red de Concienciación sobre la Radicalización (RAN) de la Comisión Europea.

Sobre esa base, la guía propone una matriz de indicadores de riesgo clasificados en cuatro niveles: medio, medio-alto, alto y crítico. Los indicadores más tempranos, de nivel medio, incluyen conductas como «sentir injusticia, traición o humillación», «búsqueda de sentido o propósito», «rechazo a figuras de autoridad», «publicación de teorías conspirativas», «usar consignas o símbolos combativos», «participar en comunidades digitales» y «desconfianza sistemática en las instituciones y liderazgos democráticos». El propio texto aclara que la crítica institucional «constituye una manifestación legítima protegida por la libertad de expresión» y que ningún indicador aislado habilita medidas coercitivas; pero fija que su relevancia investigativa «aumenta» al combinarse con otros factores, sin establecer un umbral claro ni preciso para esa combinación.

Las herramientas de investigación previstas incluyen el ciberpatrullaje, el rastreo sistemático de redes sociales, foros y plataformas de mensajería, el monitoreo de comunidades de videojuegos en línea, el análisis de fuentes abiertas (OSINT), la interceptación de comunicaciones con autorización judicial, el uso de agentes encubiertos y reveladores previstos en la Ley 27.319, y la cooperación internacional. La guía fue elaborada por los fiscales Juan Manuel Olima Espel y Armando Antao Cortez (SAIT), el fiscal Santiago Marquevich (UFECO) y el fiscal Horacio Azzolin (UFECI), y fue firmada un mes después de que el canciller Pablo Quirno participara en la «Reunión Ministerial sobre el Resurgimiento del Terrorismo Político» convocada en Washington.

ATE Capital: «El hambre no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo»

La respuesta más contundente llegó desde ATE Capital, que lanzó una campaña en redes sociales con una pregunta que resume el rechazo del movimiento sindical: «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?». El posteo, publicado en la cuenta verificada de Instagram @atecapitalok, acumula más de 240 «me gusta» y 56 compartidos, y lleva como texto: «Estar en contra de este gobierno no es terrorismo. Una nueva guía del Ministerio Público Fiscal incorpora preocupantes criterios que pueden poner bajo sospecha el ejercicio de importantes derechos democráticos de todos los argentinos y argentinas. Organizarse, reclamar y cuestionar al poder no puede ser considerado una amenaza».

La campaña gráfica del sindicato estatal enumera punto a punto las conductas que la guía incorpora como «indicadores de radicalización»: sentir injusticia o humillación, rechazar figuras de autoridad, criticar a gobiernos e instituciones, usar consignas o símbolos combativos, participar en comunidades digitales, publicar teorías conspirativas, cuestionar el orden institucional. Y frente a esa lista, la respuesta de ATE es categórica: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. La organización no es terrorismo. La protesta no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo». El comunicado también advierte que la norma «habilita herramientas que pueden intervenir a cualquier persona y cualquier tipo de espacios que atente a criticar este gobierno», refiriéndose al ciberpatrullaje, el rastreo de redes, la interceptación de comunicaciones y los agentes encubiertos. La pieza visual fue construida con el sello «A 50 años del Golpe. Ni olvido, ni perdón», una señal política que no parece casual en el contexto de un protocolo que habilita la vigilancia preventiva de la disidencia.

Desde otras organizaciones sindicales y de derechos humanos, el cuestionamiento apuntó a la misma dirección. ATE Capital advirtió que el documento «convierte el descontento social en un problema de seguridad» en un contexto de «creciente conflictividad social y ajuste sobre las condiciones de vida», y reivindicó la protesta y la organización colectiva como «ejercicios legítimos de la democracia». La pregunta que circuló en ese entorno fue la misma: «¿Puede una persona ser considerada sospechosa por criticar al gobierno? ¿Por participar de una organización? ¿Por expresar su bronca frente al hambre, la desigualdad o la pérdida de derechos?»

«Derecho penal de autor» y el riesgo de criminalizar la disidencia

El análisis crítico de El Cohete a la Luna señaló que el encuadre teórico de la guía proviene de la sociología y la psicología, no del campo jurídico, y advirtió sobre el riesgo de derivar en lo que la doctrina penal denomina «derecho penal de autor»: juzgar a sujetos por quiénes son o qué piensan, en lugar de por actos concretos y verificables. El mismo análisis planteó la necesidad de leer la resolución de Casal en diálogo con la discusión sobre la baja de la edad de imputabilidad y la Ley 26.734 antiterrorista de 2011, instrumentos que, combinados con esta guía, configuran una arquitectura legal de control social de amplio espectro. Como antecedente concreto de esa tensión, citó una causa federal abierta en La Pampa donde un adolescente de 15 años quedó involucrado en una investigación por terrorismo a partir de su vinculación por redes con un joven de 17 años detenido en Australia.

El programa antiterrorista Prevent, implementado en Gran Bretaña desde 2003, constituye el antecedente internacional más relevante para evaluar estos riesgos. Ese esquema obliga a escuelas, hospitales y otras instituciones públicas a identificar y reportar personas consideradas «vulnerables» a la radicalización, y es señalado hoy en ese país como un modelo en crisis, que terminó funcionando como herramienta de estigmatización de comunidades musulmanas y de vigilancia de la disidencia política.

El contexto político: un gobierno en conflicto con su propia sociedad

La aprobación de la guía no ocurre en el vacío. El gobierno de Javier Milei enfrenta una ola sostenida de protestas y medidas de fuerza de jubilados, personas con discapacidad, trabajadores estatales, docentes universitarios, gremios viales, prestadores de salud y deudores; un cuadro de conflictividad social en expansión que el propio protocolo de Casal podría encuadrar, según las organizaciones críticas, bajo sus categorías más amplias de «descontento», «rechazo a la autoridad» y «cuestionamiento del orden institucional». La guía fue aprobada, además, en el marco de una arquitectura institucional que desde 2018 viene ampliando de manera sostenida las capacidades del Ministerio Público Fiscal en materia de seguridad: la creación de la SAIT, la reconversión de la UFECO en 2023, y la incorporación del organismo al Centro Nacional Antiterrorismo mediante la Resolución PGN 51/2026 son los escalones previos de ese proceso.

Desde la Procuración General defienden la herramienta como un instrumento técnico de gestión de riesgo, necesario ante la expansión de la radicalización violenta en entornos digitales, y subrayan que los indicadores «no constituyen tipos penales ni supuestos de imputación» y que su valoración debe ser «contextual, proporcional y acumulativa». El Terrorism Global Index 2026, citado en el propio documento, indica que el 93% de los ataques terroristas fatales en Occidente en los últimos cinco años fueron cometidos por actores solitarios radicalizados digitalmente. La pregunta que no responde la resolución de Casal es si la herramienta diseñada para detectar ese fenómeno no termina, en la práctica, barriendo también con el ejercicio ordinario de la política, la organización sindical y la protesta social. Una pregunta que la Argentina ya supo formular en sus épocas más oscuras, y que hoy vuelve a plantearse con urgencia renovada.

Puntos clave

  • El procurador Eduardo Casal aprobó el 14 de agosto la Resolución PGN 56/2026, que habilita investigar procesos de «radicalización» antes de que ocurra un atentado.
  • Entre los indicadores de riesgo de nivel inicial figuran «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad», «usar consignas combativas», «participar en comunidades digitales» y «criticar instituciones».
  • ATE Capital lanzó una campaña en redes sociales con la consigna «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?» y afirmó que «el hambre, la bronca, la organización y la protesta no son terrorismo».
  • Abogados y organizaciones de DDHH alertan sobre el riesgo de «derecho penal de autor» y de criminalización de la disidencia política y sindical.
  • El antecedente internacional más directo, el programa Prevent del Reino Unido, es considerado hoy un modelo en crisis por haber derivado en vigilancia sistemática de comunidades y disidentes.

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