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Inocencia Fiscal: ARCA exime de retenciones a depósitos en dólares y endulza el régimen para grandes patrimonios

La reglamentación permite a quienes ingresen al régimen simplificado evitar controles sobre consumos y origen de fondos. Los monotributistas quedan excluidos del beneficio mientras se liberan de impuestos los intereses de plazos fijos en moneda extranjera.

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★ La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso este martes que los intereses generados por los depósitos en dólares quedarán exentos de la retención del Impuesto a las Ganancias, mediante la Resolución General 5822/2026 publicada en el Boletín Oficial. La medida se suma a la reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal difundida a comienzos de esta semana, profundizando un esquema que beneficia principalmente a contribuyentes de altos ingresos y patrimonios mientras excluye a los trabajadores monotributistas.

Según el organismo recaudador, la decisión busca «fomentar la incorporación de fondos al sistema financiero formal» en el marco del proceso de «simplificación tributaria» impulsado por el Gobierno de Javier Milei. Sin embargo, el diseño del régimen genera interrogantes sobre su verdadero alcance distributivo y los riesgos de legitimación de activos no declarados.

Exención total para depósitos en dólares

La Resolución General 5822/2026 modifica la Resolución General N° 830, que regula las retenciones del impuesto sobre diversas rentas, para incorporar una nueva excepción en el listado de rentas sujetas a retención. A partir de ahora, no se aplicarán quitas en concepto de Ganancias a los pagos originados por depósitos en moneda extranjera realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 (bancos y cajas de ahorro).

Esta modificación implica que los ahorristas que posean plazos fijos en dólares recibirán el monto íntegro de sus intereses o ajustes sin que el banco deba actuar como agente de retención. Según el texto oficial, la medida elimina «un costo administrativo y financiero que pesaba sobre la rentabilidad de estos depósitos».

El organismo justificó la decisión señalando que «la efectividad del régimen de inocencia fiscal requiere un marco reglamentario que permita la incorporación de activos al circuito formal de la economía, como instrumento idóneo para asegurar su identificación, trazabilidad y verificación». La resolución entró en vigencia desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, por lo que las entidades financieras debieron adecuar sus sistemas de manera inmediata.

Régimen simplificado: para quiénes y bajo qué condiciones

La reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal establece un régimen optativo dirigido exclusivamente a contribuyentes inscritos en el Impuesto a las Ganancias. Los monotributistas, que representan la mayor parte de los pequeños contribuyentes y trabajadores independientes del país, no pueden acceder a este régimen, según explicó el contador público y consultor tributario Martín Caranta en diálogo con el programa Esta Mañana por Radio Rivadavia.

«El monotributista tiene beneficios para no sentirse perseguido, pero no tiene el beneficio concreto de esta ley y esta reglamentación», señaló Caranta. Esta exclusión confirma que el régimen está diseñado para sectores de ingresos medios y altos que operan como responsables inscriptos, no para trabajadores precarizados o pequeños contribuyentes.

Los requisitos para ingresar al régimen simplificado son los siguientes: ingresos anuales de hasta $1.000 millones, patrimonio que no supere los $10.000 millones y no estar dentro del conjunto de los grandes contribuyentes nacionales. Para acceder, los contribuyentes deben ingresar con clave fiscal a la página de ARCA y optar por el régimen de declaración jurada simplificada de la ley 27799, opción que estará disponible a partir del 11 de febrero.

Los verdaderos beneficios: no justificar consumos ni patrimonio

El aspecto más controvertido del régimen simplificado es la eliminación de la obligación de informar consumos personales y variación patrimonial. Según explicó Caranta, los contribuyentes que ingresen al régimen «no van a tener que cargar el patrimonio del inicio del periodo, el patrimonio del cierre ni el consumo».

En la práctica, esto significa que una persona con ingresos declarados de $500 millones anuales podrá realizar consumos por $800 millones sin que ARCA pueda cuestionar de dónde provino esa diferencia. La declaración jurada vendrá precargada por ARCA con las facturas emitidas, las facturas recibidas y las deducciones personales (hijos, cónyuge), pero el contribuyente solo deberá «convalidar» esos datos sin explicar cómo financió gastos superiores a sus ingresos declarados.

Este mecanismo representa una inversión de la carga de la prueba: mientras el Estado debía investigar si los consumos eran coherentes con los ingresos declarados, ahora se presume la legitimidad de cualquier gasto realizado por quienes ingresen al régimen, siempre que no superen los umbrales establecidos.

Bancarización obligatoria, pero con excepciones clave

La reglamentación establece que «ya sea el inicio o el final de una operación, hay que bancarizar estos movimientos». Sin embargo, esta exigencia viene acompañada de una aclaración crucial: «para ver si hay omisión de ingresos o no en este régimen de inocencia fiscal, no se van a considerar los depósitos bancarios», según señaló Caranta.

Esta disposición, que el consultor calificó como un «manto de tranquilidad», implica que los depósitos bancarios no serán utilizados como indicador de ingresos no declarados. En otras palabras, una persona que deposite $50 millones en efectivo en su cuenta no deberá explicar el origen de esos fondos ni tributar sobre ellos, siempre que esté dentro del régimen simplificado.

Además, el régimen incluye una excepción fundamental a la bancarización: las operaciones inmobiliarias. Según Caranta, «una persona que entró en el régimen de inocencia fiscal puede comprar o vender un inmueble en efectivo. Esa es la única excepción a la bancarización». Esta salvedad resulta particularmente significativa, dado que el mercado inmobiliario ha sido históricamente uno de los principales vehículos para legitimar dinero de origen no declarado.

Un régimen para grandes patrimonios, no para trabajadores

El diseño del régimen de Inocencia Fiscal consolida un esquema tributario fuertemente regresivo. Mientras los asalariados y monotributistas siguen sujetos a retenciones automáticas y controles estrictos sobre sus ingresos, los contribuyentes con patrimonios de hasta $10.000 millones (aproximadamente USD 10 millones al tipo de cambio actual) pueden operar con un nivel de discrecionalidad inédito en el sistema tributario argentino.

La combinación de umbral penal elevado a $100 millones, eliminación de controles sobre consumos y origen de fondos, y exención de retenciones sobre intereses en dólares configura un paquete de incentivos que favorece principalmente a sectores que ya poseen activos significativos. El objetivo oficial de «motorizar la economía» mediante el ingreso de ahorros al sistema financiero contrasta con la exclusión explícita de los monotributistas, que representan millones de trabajadores con capacidad de ahorro pero sin acceso a estos beneficios.

La reglamentación también genera interrogantes sobre la capacidad de ARCA para detectar operaciones de lavado de activos o evasión sistemática cuando los controles sobre consumos y depósitos bancarios han sido prácticamente anulados. El argumento oficial de «asegurar identificación, trazabilidad y verificación» mediante la bancarización resulta contradictorio con la decisión de no considerar los depósitos bancarios como indicador de ingresos no declarados.

Efectos distributivos y política fiscal

El paquete de medidas implementadas bajo el paraguas de la Inocencia Fiscal profundiza la inequidad del sistema tributario argentino. Según datos del propio Ministerio de Economía, los asalariados formales aportan la mayor parte de la recaudación del Impuesto a las Ganancias mediante retenciones automáticas que no admiten ningún tipo de discrecionalidad. Este sector no obtiene ningún beneficio del régimen simplificado, mientras que contribuyentes con ingresos anuales de hasta $1.000 millones pueden operar sin justificar sus consumos.

La exención de retenciones sobre intereses de depósitos en dólares representa un subsidio fiscal directo para ahorristas en moneda extranjera, tradicionalmente sectores de ingresos medios y altos. Un trabajador que ahorra en pesos y obtiene intereses por plazos fijos en moneda nacional seguirá tributando Ganancias sobre esos rendimientos mediante retención automática, mientras que quien posee dólares depositados quedará exento de esa carga tributaria.

El Gobierno justifica estas medidas como parte de una estrategia para «incorporar fondos al sistema financiero formal» y «simplificar» el régimen tributario. Sin embargo, el efecto concreto es una redistribución regresiva de la carga fiscal: menos presión sobre patrimonios elevados y mayor peso relativo sobre asalariados y pequeños contribuyentes que no pueden acceder a los beneficios del régimen simplificado.

Puntos clave

• ARCA eximió de retención de Ganancias a los intereses generados por depósitos en dólares mediante Resolución General 5822/2026
• El régimen simplificado de Inocencia Fiscal está dirigido a contribuyentes de Ganancias con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones
• Los monotributistas quedan excluidos del régimen simplificado y no pueden acceder a sus beneficios
• Quienes ingresen al régimen no deberán justificar consumos ni variación patrimonial, eliminando controles sobre el origen de fondos
• Se permite comprar y vender inmuebles en efectivo como única excepción a la obligación de bancarización ★

Trabajo

Estalló Fisipa: ofrecen pagar solo la mitad de las indemnizaciones

La empresa textil Fisipa habría propuesto pagar la mitad de las indemnizaciones a los trabajadores despedidos durante mayo. La oferta fue rechazada por los empleados en una audiencia laboral, donde reclamaron el pago completo de las compensaciones previstas.

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Lo que tenés que saber

  • Trabajadores despedidos rechazaron una propuesta de indemnización presentada por la empresa.
  • El conflicto se debate en el ámbito del Ministerio de Trabajo.
  • Los operarios denuncian que fueron desvinculados sin aviso previo.
  • La planta redujo significativamente su dotación de personal en los últimos años.
  • Continúan las negociaciones mientras persiste la incertidumbre laboral.

La empresa habría ofrecido pagar solo una parte de las indemnizaciones

La empresa textil Fisipa habría propuesto abonar el 50% de las indemnizaciones correspondientes a los trabajadores despedidos durante mayo. La oferta fue presentada durante una audiencia realizada en el Ministerio de Trabajo y fue rechazada por los operarios afectados.

Los empleados reclamaron el pago total de las compensaciones previstas por ley y manifestaron su desacuerdo con la propuesta presentada por la firma.

El conflicto comenzó con despidos sorpresivos

Según relataron los trabajadores, la situación se inició el 22 de mayo, cuando llegaron a la planta ubicada en la zona de 29 y 508, en La Plata, y se encontraron con que habían sido desvinculados.

Los operarios sostienen que no recibieron notificaciones previas sobre la decisión empresarial y calificaron la situación como inesperada.

La fábrica funciona en el predio donde durante décadas operó la extextil Sniafa, una firma histórica de la región que cerró sus puertas en 2010.

Protestas y negociaciones en marcha

Días después de los despidos, los trabajadores realizaron una manifestación frente a la planta para visibilizar el conflicto. La protesta incluyó reclamos públicos y pedidos de intervención para encontrar una solución.

Posteriormente, representantes de la empresa y de los empleados participaron de una audiencia convocada por el Ministerio de Trabajo, donde se debatieron posibles alternativas para resolver la situación.

Según señalaron los operarios, la firma argumentó dificultades económicas para justificar la propuesta de pago parcial de las indemnizaciones.

Denuncian una fuerte reducción del personal

Los trabajadores también advirtieron sobre una marcada disminución de la plantilla laboral en los últimos años.

De acuerdo con las denuncias realizadas por los empleados, la empresa pasó de contar con alrededor de 100 operarios a mantener apenas ocho puestos activos en menos de dos años.

Además, indicaron que algunas personas afectadas por las desvinculaciones todavía no habrían recibido formalmente la comunicación correspondiente.

La incertidumbre sobre el futuro de la planta

Mientras continúan las negociaciones, persiste la incertidumbre sobre el futuro de la actividad productiva y de los trabajadores afectados.

El conflicto se desarrolla en un contexto complejo para la industria textil, donde las empresas enfrentan dificultades operativas y los empleados reclaman garantías para la preservación de sus derechos laborales.

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