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Prisión en suspenso y siete años de inhabilitación: la pena blanda para anestesiólogo que mató a un nene de 4 años

Mauricio Krause fue inhabilitado por siete años y medio para ejercer la medicina tras el homicidio culposo de Valentín Mercado Toledo, quien falleció en julio de 2024 durante una cirugía programada. El juez determinó que la muerte pudo evitarse.

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★ El anestesiólogo Mauricio Krause fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el homicidio culposo de Valentín Mercado Toledo, el niño de 4 años que murió en el quirófano del Sanatorio Juan XXIII de Río Negro en julio de 2024. Además de la pena en suspenso, el profesional fue inhabilitado durante siete años y medio para ejercer la medicina, según informó la comunicación judicial rionegrina.

La sentencia, que generó indignación entre familiares y organizaciones de pacientes, refleja una vez más la benevolencia del sistema judicial argentino con casos de negligencia médica grave que terminan en muertes evitables.

Una muerte anunciada por negligencia

El pequeño Valentín había ingresado al sanatorio para una cirugía programada de hernia diafragmática, un procedimiento considerado de rutina en un centro asistencial de alta complejidad. Sin embargo, durante la operación, el tubo endotraqueal que suministraba oxígeno al niño se obstruyó con mucosidad y sangre. Esta situación, que debió ser detectada y resuelta de inmediato, interrumpió la respiración del menor por un período prolongado, provocándole un daño cerebral irreversible por falta de oxígeno.

Según determinó el juez Emilio Stadler en diciembre pasado, el niño murió por encefalopatía hipóxico-isquémica, causada por un incidente obstructivo de la vía aérea del tubo endotraqueal. Valentín sufrió un paro cardíaco en el quirófano y falleció una semana después.

El magistrado fue contundente al señalar que el menor no presentaba problemas de salud relevantes y que se encontraba en uno de los centros asistenciales de mayor complejidad de la provincia, lo que hace aún más grave la cadena de negligencias que derivaron en su muerte.

El celular más importante que la vida del paciente

La sentencia destacó el descuido del anestesiólogo, así como la falta de vigilancia y la ausencia de un control constante de la respiración o de los signos vitales del paciente, tarea que constituía su responsabilidad exclusiva. El magistrado determinó que Krause actuó con negligencia y falta de profesionalismo.

Uno de los datos más escalofriantes del caso es que el monitor que debía alertar sobre la falta de oxígeno se encontraba desenchufado. Pero lo que terminó de sellar la responsabilidad del médico fueron los testimonios de diversos testigos que declararon haberlo visto mirar el celular en varias ocasiones dentro del quirófano. Incluso, según quedó registrado en el expediente, salió de la sala para buscar un cargador durante la cirugía.

El juez Stadler concluyó que la muerte de Valentín pudo evitarse y que el médico abandonó su rol de guardián de la vida del paciente en el quirófano. Una afirmación que debería pesar como una lápida sobre la responsabilidad profesional del condenado, pero que en la práctica se traduce en una pena excarcelable.

La fiscalía pidió más, la Justicia concedió menos

La fiscalía, a cargo de Gastón Britos Rubiolo, solicitó la impugnación profesional por 10 años, y la querella adhirió a ese pedido. Sin embargo, el defensor particular pidió el mínimo penal previsto y exclusivamente en el ámbito de la medicina pediátrica. El tribunal optó por una posición intermedia, inhabilitándolo por siete años y medio para ejercer en cualquier ámbito médico.

Krause deberá cumplir reglas de conducta estrictas durante tres años, entre las que se incluyen la presentación mensual ante la Justicia y la prohibición de cometer nuevos delitos. Una sentencia que, para muchos, resulta desproporcionadamente blanda frente a la gravedad de lo ocurrido.

El fiscal Britos Rubiolo calificó el hecho como traumático para la familia desde donde se lo mire, especialmente para la madre y la abuela del menor, quienes durante el juicio describieron los minutos previos a que el niño ingresara al quirófano, sin imaginar que sería la última vez que lo verían con vida.

Un caso que expone la impunidad de la mala praxis

La condena en suspenso a Krause se suma a una larga lista de casos en los que la mala praxis médica queda impune o con sanciones menores en Argentina. La familia de Valentín, que perdió a su hijo por negligencia comprobada, enfrenta ahora la frustración de ver que el responsable no pisará la cárcel y que, en menos de ocho años, podría volver a ejercer la medicina.

El caso también plantea interrogantes sobre los mecanismos de control y supervisión en las instituciones de salud privadas. ¿Cómo es posible que un anestesiólogo esté con el celular durante una cirugía? ¿Por qué el monitor estaba desenchufado? ¿Dónde estaban los protocolos de seguridad del sanatorio?

Son preguntas que la sentencia no responde, pero que quedan flotando como una deuda del sistema de salud con las familias que confían sus vidas, y las de sus hijos, a profesionales que deberían estar a la altura de esa responsabilidad.

Puntos clave:

• Mauricio Krause fue condenado a tres años de prisión en suspenso por homicidio culposo de Valentín Mercado Toledo, de 4 años.

• El niño murió por asfixia durante una cirugía programada, tras la obstrucción del tubo endotraqueal que no fue detectada a tiempo.

• El anestesiólogo fue inhabilitado por siete años y medio para ejercer la medicina.

• Testigos declararon que el médico miraba el celular durante la cirugía y hasta salió del quirófano a buscar un cargador.

• El monitor que debía alertar sobre la falta de oxígeno estaba desenchufado. ★

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Morfina, cocaína y Estado ausente: la situación del «Pity» Álvarez que el juicio no puede ignorar

El defensor Sebastián Queijeiro reveló que las pericias detectaron consumo activo de cocaína y morfina y sostuvo que el músico no comprende lo que ocurre en el debate. La defensa insiste en suspender el proceso por falta de capacidad para afrontarlo.

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El Argentino Diario-Pity Álvarez.

La quinta audiencia del juicio que enfrenta Cristian «Pity» Álvarez por el asesinato de Cristian Díaz, ocurrido en julio de 2018 en el complejo habitacional Samoré del barrio de Villa Lugano, debió suspenderse luego de que el músico sufriera una nueva descompensación. El episodio volvió a instalar la misma pregunta que recorre el debate desde su inicio: si el exlíder de Viejas Locas e Intoxicados está en condiciones de comprender y afrontar el proceso judicial que tiene en su contra.

Pericias que complican el juicio

El abogado defensor Sebastián Queijeiro fue contundente al hablar con la prensa tras la audiencia suspendida. Según explicó, los resultados periciales más recientes arrojaron resultados que dificultan la continuidad del debate. «Las pericias no le están dando bien porque están detectando que hay un consumo activo que nunca ha parado. Cocaína es una de las drogas, también detectaron que se inyecta morfina», sostuvo.

Queijeiro indicó que el músico se encuentra actualmente en su domicilio, o en ocasiones en casa de su hermana, quien es quien lo asiste en el día a día. Frente a ese cuadro, el defensor cuestionó que el tribunal pretenda avanzar con el juicio oral. Para la defensa, la dificultad de Álvarez para comprender lo que ocurre en la sala no es una táctica dilatoria sino una realidad que las propias pericias confirman.

«Como charlar con un nene de 10 o 12 años»

El abogado describió con crudeza el estado en que se encuentra su cliente. Según relató, sostener conversaciones de orden técnico vinculadas al juicio resulta prácticamente imposible. «Charlar con el Pity es como charlar con un nene de 10 o 12 años. Como un nene chiquito dice delirios. Se hace muy difícil. Las charlas técnicas las tenemos con la hermana», graficó Queijeiro.

Durante las audiencias celebradas hasta ahora, la participación del músico estuvo interrumpida en reiteradas oportunidades. De acuerdo con la defensa, Álvarez se duerme en sala, ronca, pide ir al baño con frecuencia y sufrió más de una descompensación que requirió atención médica. El SAME ya lo trasladó en una oportunidad al Hospital Fernández.

Pese a ese cuadro, el propio tribunal llegó a plantear que no sería indispensable que el imputado permanezca físicamente en la sala durante las audiencias. La defensa, sin embargo, se opone a esa salida: quiere que Álvarez esté presente precisamente para demostrar que su comportamiento no es una actuación. «Él y nosotros queremos que esté para demostrar que no está entendiendo nada de lo que sucede en el debate y no es una teatralización», remarcó Queijeiro.

La trampa de la ley de salud mental

Uno de los puntos más críticos del planteo de la defensa pasa por la Ley de Salud Mental y sus limitaciones concretas para abordar casos como el de Álvarez. Queijeiro explicó por qué, a pesar de la gravedad de la situación de consumo, el músico no permanece internado en un centro especializado. «Hay un problema enorme con la ley de salud mental. Las internaciones son voluntarias. ¿Qué persona enferma con abstinencia se va a querer quedar adentro de un centro de rehabilitación?», cuestionó.

El abogado sostuvo además que el daño neurológico que padece su cliente tiene carácter permanente, aunque eso no invalida la necesidad de tratamiento. «El daño que él tiene no es recuperable pero necesita tratamiento de por vida para que su salud siga bien», afirmó. Una sentencia que el Estado no acompaña con recursos ni con marcos legales que permitan intervenciones compulsivas en adicciones severas.

Los recitales como condena

Queijeiro también salió a defender las presentaciones en vivo que Álvarez realizó durante los últimos años, que la acusación utilizó como argumento para sostener que el músico tiene plena capacidad para estar en juicio. Para el abogado, esa comparación es incorrecta y revela un prejuicio que perjudicó a su cliente dentro del proceso. «Los recitales que dio no fueron peligrosos para él ni para terceros. Los recitales son sus medios de vida. Pero esos recitales fueron su sentencia, incomodó a la Justicia y ahora están haciendo una carnicería», denunció.

Para la defensa, la música es la principal herramienta de reinserción social con la que cuenta Álvarez y equipararla con la capacidad procesal es un error conceptual y jurídico. «Su manera de reinsertarse en la sociedad es la música. Pero los recitales incomodaron porque se hizo la mala comparación de que si puede estar en un recital no puede estar en un debate y claramente no es así», insistió Queijeiro.

El defensor fue más allá y apuntó al Estado por su ausencia histórica frente al problema de consumo del músico, que fue visible durante años sin que ninguna institución interviniera. «Cristian es una víctima, no solo del consumo que hace años todos se reían y no estuvo el Estado para ayudarlo», señaló.

El horizonte del juicio

A pesar de la insistencia de la defensa por suspender el proceso, el tribunal no ha accedido al pedido hasta ahora. El Tribunal Oral en lo Criminal N°29, que lleva el caso, rechazó en audiencias anteriores los intentos de paralizar el debate por razones de incapacidad del imputado, incluido un planteo de nulidad presentado por los defensores.

Queijeiro reconoció que el juicio llegará a una sentencia, aunque abrió la puerta a una lectura que podría modificar el encuadre jurídico del hecho. «Nosotros entendemos desde el primer día que va a haber una sentencia. Desconocemos qué va a suceder porque también vemos que encuadra en una legítima defensa si dicen que entendió lo que hacía», sostuvo. El crimen por el que se juzga a Álvarez ocurrió el 12 de julio de 2018 y la pena prevista oscila entre 8 y 25 años de prisión.

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