Judiciales ⚖️
Casación secuestró el celular de Milman en la causa por el atentado a Cristina
La decisión, alcanzada con los votos de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, despeja el camino para analizar la información de uno de los teléfonos que fue entregado a la justicia por el propio legislador.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles la orden del secuestro de teléfono celular del diputado nacional de Juntos por el Cambio (JxC), Gerardo Milman, en la causa en la que se investiga el intento de asesinato de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, informaron fuentes judiciales.
La decisión, alcanzada con los votos de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, despeja el camino para analizar la información contenida en uno de los teléfonos celulares que había sido entregado a la justicia por el propio legislador en la misma oportunidad en la que se opuso a que sea analizado.
A través de un fallo de dos páginas al que accedió Télam, la sala segunda del máximo tribunal penal del país declaró inadmisible el recurso del abogado defensor del Diputado Nacional contra la orden de secuestro de su teléfono celular.
Los magistrados advirtieron que el planteo se limitaba a expresar las discrepancias de la defensa con el decisorio cuya impugnación postulaba, lo que -conforme criterio del tribunal- no resulta suficiente para habilitar la intervención de la Cámara de Casación.
El 17 de agosto pasado la Sala I de la Cámara Federal porteña -con los votos de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi y la disidencia de Mariano Llorens- había ordenado el secuestro del teléfono de Milman, algo a lo que se había negado la jueza María Eugenia Capuchetti.
La denominada «pista Milman» se inauguró el 23 de septiembre pasado: esa tarde un asesor del Frente de Todos en la Cámara de Diputados, Jorge Abello, se presentó ante la jueza Capuchetti y dijo que había escuchado al legislador opositor referirse al atentado antes de que ocurriera.
«Cuando la maten yo estoy camino a la costa», fue la frase que Abello dijo haberle escuchado decir a Milman en el bar Casablanca el 30 de agosto, oportunidad en la que el legislador se encontraba acompañado de dos asesoras que ya declararon en el expediente y negaron que esa frase hubiera sido pronunciada.
La orden se dispuso tras la declaración de una de sus asesora de Miman que contó ante la justicia que había sido convocada por el entorno del legislador eliminar la información de su teléfono celular, que podría ser de interés para la investigación del intento de magnicidio contra la Vicepresidenta de la Nación.
Después de la intervención de la Cámara Federal porteña, la Cámara de Diputados autorizó el secuestro del «celular o los celulares» del diputado de Juntos por el Cambio Gerardo Milman y el acceso a la información y comunicaciones que contengan.
Cuando ordenaron el secuestro del celular, los jueces de la Cámara Federal porteña establecieron la búsqueda de información en el teléfono de Milman deberá «enmarcarse estrictamente al análisis del contenido relevante en torno a los hechos ventilados en la presente causa, debiendo preservarse toda aquella información que no guarde estricta relación con el caso”.
Para ello, -explicitaron- «se deberá asegurar que, ni bien se produzcan los primeros resultados de las diligencias, esa información sea recibida únicamente por el juzgado, a los efectos que la magistrada esté en condiciones de determinar cuáles datos son ajenos al legajo -imponiendo su eliminación- y cuáles sí pueden ser destinados a la actividad de los auxiliares de la justicia y al conocimiento de todas las partes legitimadas».
Los jueces Bruglia y Bertuzzi, quienes autorizado la medida, demarcaron que «la extracción de información del teléfono en cuestión deberá limitarse a un acotado y prudente lapso temporal -abarcado desde el 1° de julio de 2022 al 10 de mayo de 2023-«.
La expectativa de que pueda hallarse información útil para la causa en el teléfono de Milman es muy baja, entre otras cosas por el tiempo transcurrido desde el hecho ocurrido el 1 de septiembre pasado, reconocieron los abogados de la querella cuando se hizo la audiencia para reclamar que de todas formas se realizara.
Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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