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Judiciales ⚖️

Las críticas de Milei a la expropiación de YPF pueden costar caro en futuras apelaciones en NY

El fallo favorable de la Cámara de Apelaciones de Nueva York no alcanzó para que el oficialismo guardara silencio. Las declaraciones de Milei y funcionarios libertarios contra la expropiación de 2012 encendieron las alarmas de especialistas que advierten sobre el riesgo jurídico de contradecir en público lo que los propios abogados del Estado argentino defendieron durante años en los tribunales.

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De la victoria al posible revés judicial por YPF: cómo el Gobierno de Milei se pega un tiro en el pie

★ El exsubprocurador del Tesoro de la Nación Sebastián Soler salió a advertir públicamente que, pese a la victoria judicial de Argentina en el caso YPF ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, las declaraciones políticas del presidente Javier Milei y de funcionarios de La Libertad Avanza que tildan de «ilegal» la expropiación de 2012 representan un riesgo concreto para la posición del país en eventuales apelaciones futuras.

«Me preocupa que se siga diciendo que la expropiación se hizo mal. La Cámara acaba de decir lo contrario y eso no solo es malo porque no es verdad, sino porque es peligroso para la Argentina«, advirtió Soler en declaraciones a Radio Rivadavia este domingo.

Un juicio que duró once años

El litigio se inició en 2015, impulsado por accionistas minoritarios de YPF que reclamaban que el Estado argentino, al recuperar el 51% de las acciones de la compañía petrolera en 2012, debió haberles ofrecido comprar también sus participaciones. Según explicó Soler, los primeros cinco años del proceso se consumieron en una disputa de jurisdicción.

«Hasta principios de 2020 lo único que se discutió fue si el juicio debía hacerse en Nueva York o en Argentina. En 2020 la jueza determinó que debía hacerse en Nueva York y, a partir de ahí, empezó la discusión de fondo», detalló el exfuncionario.

En primera instancia, la magistrada resolvió a favor de los demandantes al interpretar que el estatuto societario de YPF representaba una obligación contractual que el Estado había incumplido. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revirtió ese criterio con un razonamiento que el especialista consideró sólido y técnicamente preciso.

El argumento que ganó el juicio

«La Cámara dijo dos cosas: que el estatuto no es un contrato sino un método de organización de una sociedad y que, bajo el derecho público argentino, ninguna disposición de un estatuto puede restringir la potestad constitucional de expropiar«, explicó Soler.

La tesis central de la defensa argentina fue constante a lo largo de todos los años del proceso y de todas las administraciones que debieron sostenerla: el Estado tiene la facultad soberana de expropiar la cantidad de acciones que considere conveniente por razones de utilidad pública, sin que ninguna norma societaria privada pueda limitar ese poder.

«Los argumentos fueron los mismos en primera instancia y en la apelación. En el núcleo está la idea de que el estatuto de una sociedad privada no puede estar por encima de la facultad soberana de la Argentina de expropiar», afirmó el ex funcionario, y calificó esa continuidad como «una política de Estado».

Una victoria que el Gobierno festeja y contradice al mismo tiempo

El punto de tensión que Soler señaló con mayor énfasis es la paradoja política en la que cayó el Ejecutivo: festejar el fallo mientras simultáneamente cuestiona la legalidad del acto que ese mismo fallo avaló.

La recuperación del control estatal de YPF fue impulsada en 2012 durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, con Axel Kicillof como viceministro de Economía a cargo de la operación. Desde entonces, la conducción libertaria ha insistido en caracterizar esa decisión como un acto de gestión irresponsable o directamente ilícito, en una narrativa que choca de frente con lo que la Cámara de Apelaciones neoyorquina acaba de resolver.

«La principal razón por la que la Cámara falla a favor es porque concluye que bajo el derecho argentino se actuó correctamente en 2012«, subrayó Soler.

El riesgo de futuras apelaciones

El especialista no descartó que los demandantes intenten llevar el caso a la Corte Suprema de los Estados Unidos u otras instancias. En ese escenario, las declaraciones públicas de funcionarios argentinos que impugnan la legalidad de la expropiación podrían ser incorporadas como elementos argumentativos por la parte actora.

«No se puede descartar que los demandantes intenten recurrir a la Corte Suprema o a otras instancias. Si dirigentes argentinos insisten en que lo que se hizo fue ilegal, eso puede ser citado en contra en una eventual continuación del caso», advirtió.

El fallo de la Cámara evitó que Argentina enfrentara una condena que, según diversas estimaciones jurídicas y periodísticas, podría haber alcanzado cifras multimillonarias en dólares. «El argumento de que el estatuto no puede limitar la potestad de expropiar es el que permite que la Argentina gane el juicio», concluyó Soler.

Puntos clave:

  • La Cámara de Apelaciones de Nueva York falló a favor de Argentina en el caso YPF, revirtiendo el fallo de primera instancia.
  • El tribunal sostuvo que el estatuto de YPF no puede limitar la potestad constitucional del Estado de expropiar.
  • La defensa argentina mantuvo una línea jurídica consistente a lo largo de distintos gobiernos durante once años.
  • El exsubprocurador Soler alertó que las críticas del Gobierno a la expropiación de 2012 pueden perjudicar la posición del país en futuras apelaciones.
  • Los demandantes aún podrían intentar recurrir a la Corte Suprema de Estados Unidos u otras instancias.

Consumo

Más de 7 millones de argentinos podrían recuperar plata que Mercado Pago cobró de más con tasas excesivas

Una demanda colectiva que tramita en el Juzgado N° 24 de Buenos Aires apunta al gigante fintech por el cobro de intereses que superarían el 1300% anual. Si la justicia falla a favor de los consumidores, la restitución podría alcanzar a unos siete millones de usuarios en todo el país.

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El lado oscuro de la "inclusión financiera": Mercado Pago en la Justicia por tasas que destrozan el bolsillo popular.

Tasas de interés que superan el 1300% anual, pagadas por millones de argentinos que recurrieron a la plataforma para financiar gastos cotidianos. Eso es lo que denuncia la Asociación de Consumidores Financieros de la República Argentina (ACFRA) en una demanda colectiva contra Mercado Pago que ya tiene expediente abierto en la justicia porteña y que podría derivar en la mayor restitución de fondos en la historia del sistema fintech local.

La acción judicial fue impulsada por el abogado Diego Espasandín, fundador de ACFRA, y tramita ante el Juzgado N° 24 de la Ciudad de Buenos Aires. La entidad midió las tasas aplicadas por la empresa en sus productos de financiamiento y concluyó que los porcentajes cobrados exceden ampliamente cualquier parámetro razonable, alcanzando niveles que la organización califica como desproporcionados y contrarios a los derechos del consumidor.

Del préstamo individual a la acción colectiva

Aunque el expediente se originó a partir de dos presentaciones individuales, la estrategia jurídica de ACFRA apunta a convertir la causa en un proceso de alcance colectivo. La pretensión central es que el tribunal analice los montos cobrados durante los últimos tres años y ordene la devolución de las sumas que hubieran sido percibidas de forma indebida. Si la justicia hace lugar al planteo, la resolución podría beneficiar a aproximadamente siete millones de usuarios que se encuentran en idéntica situación.

Espasandín explicó en el streaming Contra Ataque que muchos de esos clientes recurrieron al financiamiento de la plataforma para resolver urgencias económicas concretas, necesidades puntuales para llegar a fin de mes, y terminaron atrapados en una espiral de costos financieros que los alejó aún más de cualquier posibilidad de recuperación. El modelo de negocio que se cuestiona no es una anomalía técnica, sino una práctica sistemática dirigida precisamente a los sectores con menor capacidad de negociación y mayor vulnerabilidad económica.

El contexto: desregulación y fintech sin techo

La denuncia no surge en el vacío. Desde la asunción de Javier Milei en diciembre de 2023, el gobierno nacional avanzó en la desregulación del sistema financiero bajo el argumento de la «libertad de mercado», eliminando o flexibilizando topes a las tasas de interés que operaban como límite para los prestadores no bancarios. En ese marco, las plataformas fintech expandieron su oferta de crédito hacia sectores de la población que no acceden al sistema bancario tradicional, muchas veces cobrando tasas que ningún banco habilitado podría aplicar sin enfrentar una sanción del Banco Central.

La paradoja es elocuente: la desregulación que se presentó como una herramienta de inclusión financiera terminó generando las condiciones para que los sectores más excluidos paguen los intereses más altos. Lo que en la Argentina de la economía popular se llama «préstamo de agiotista» ahora tiene aplicación, billetera virtual y cuotas automáticas.

El peso de la prueba y lo que viene

La demanda de ACFRA plantea un desafío técnico y político de envergadura. Por un lado, deberá demostrar ante el juzgado que las tasas cobradas configuran una práctica abusiva en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor y del Código Civil y Comercial, que prohíben las cláusulas que desnaturalizan las obligaciones y las que implican una ventaja desproporcionada para una de las partes. Por otro, cualquier fallo favorable implicará que el tribunal determine la forma en que se liquidará la deuda hacia millones de usuarios, un proceso de enorme complejidad operativa y financiera para la empresa.

Hasta el momento, Mercado Pago no realizó declaraciones públicas sobre el expediente. La causa continúa en etapa de sustanciación.

Puntos clave

  • La demanda colectiva contra Mercado Pago tramita en el Juzgado N° 24 de la Ciudad de Buenos Aires.
  • ACFRA denuncia tasas de interés que superan el 1300% anual en productos de financiamiento de la plataforma.
  • La acción apunta a la revisión de los cobros de los últimos tres años y la devolución de sumas percibidas de forma indebida.
  • Un fallo favorable podría beneficiar a unos siete millones de usuarios en todo el país.
  • La causa se enmarca en el proceso de desregulación financiera impulsado por el gobierno de Milei desde diciembre de 2023.
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