Análisis
La culpa es nuestra: cómo la ciencia y los medios siguen apuntando a las madres cuando se habla de autismo
Cómo se envidencia en la nota de análisis de Clarin, rara vez se pregunta «¿qué hizo el padre?».
Machismo en la ciencia: el cuerpo materno como el repositorio de los riesgos para la descendencia
Un estudio publicado en el British Medical Journal sobre exposición laboral tóxica y autismo fue reencuadrado mediáticamente en clave de culpa materna. Una tradición que la ciencia superó, pero el machismo resiste.
Un estudio reciente de investigadores de la Escuela de Salud Pública Johns Hopkins y de la Universidad de Harvard, publicado en el British Medical Journal (The BMJ), analizó 1.702 casos de niños diagnosticados con trastorno del espectro autista (TEA) en Dinamarca entre 1973 y 2012.
Sus conclusiones son técnicas, acotadas y explícitas: las madres que trabajan en entornos con exposición frecuente a sustancias tóxicas (plomo, solventes, gases de escape, derivados de combustibles) o con niveles elevados de estrés laboral crónico tienen mayor probabilidad de tener hijos con TEA. Las profesiones identificadas incluyen transporte terrestre, defensa militar y administración pública.
Lo que el estudio dice, con precisión, es que ciertas condiciones laborales tóxicas afectan el neurodesarrollo fetal. Lo que ciertos medios transmitieron, en cambio, fue otra cosa: que el problema son las profesiones de las madres. Que el problema, una vez más, son ellas.
El regreso de la «madre culpable»: una historia que no termina
La narrativa que conecta al autismo con la conducta materna tiene una historia larga y vergonzosa. A mediados del siglo XX, el psiquiatra Bruno Bettelheim popularizó el concepto de la «madre nevera» (refrigerator mother), según el cual la frialdad emocional de las madres era la causa del autismo en sus hijos. La teoría fue desacreditada décadas después por la propia comunidad científica, pero el daño en miles de familias, y especialmente en miles de mujeres que cargaron durante años con una culpa que no les correspondía, fue irreparable.
Hoy, la ciencia acumulada es contundente en la dirección opuesta. Un estudio financiado por el Instituto Nacional de Salud Infantil y Desarrollo Humano de los Estados Unidos (NICHD), que involucró a casi 2 millones de participantes, determinó que los factores genéticos hereditarios representan aproximadamente el 80,8% del riesgo de TEA, mientras que los llamados «efectos parentales maternos» representan entre el 0,4% y el 1,6% del riesgo, una cifra considerada estadísticamente insignificante por los propios autores. Ese mismo estudio advirtió, además, que no analizó los factores paternos, como la edad del padre, que la literatura científica también asocia con el riesgo de autismo.
La entidad Autismo España, en su portal institucional, señala que la investigación apunta a una «tasa aproximada de recurrencia del 20% en las familias» con un componente genético complejo y aún no completamente dilucidado. La organización también documenta que en los últimos años creció el diagnóstico de padres y madres después de que sus hijos fueran diagnosticados, lo que refuerza el peso de la herencia biológica compartida.
Lo que el estudio realmente dice (y lo que el titular omitió)
La investigación publicada en The BMJ no estudia si las madres trabajan o no. Estudia la exposición a agentes tóxicos y el estrés como factores de riesgo ambientales en el desarrollo fetal. La diferencia no es semántica: es política.
Afirmar que «las profesiones de las madres» tienen un «patrón común» en casos de autismo, sin contextualizar que lo que se mide es la exposición a plomo, solventes industriales, gases de escape y estrés crónico, es construir un titular que, deliberada o negligentemente, pone el foco en quién trabaja y no en qué condiciones laborales son toleradas por el Estado y los empleadores. Es trasladar la responsabilidad de una falla sistémica (la falta de regulación de ambientes laborales tóxicos) a las mujeres que los habitan.
Los propios investigadores del estudio son explícitos: el hallazgo requiere «investigar más en profundidad sobre las exposiciones laborales» y su relación con el neurodesarrollo, «usando metodologías que aborden estas exposiciones de manera específica y temporal». Es decir, la conclusión científica apunta a la regulación laboral y a la salud ocupacional, no a la maternidad como variable de riesgo en sí misma.
El doble estándar: padres invisibles, madres sospechosas
El sesgo de género en la investigación científica sobre autismo no es nuevo. La pregunta «¿qué hizo la madre?» estructura buena parte del campo desde sus orígenes, mientras que la pregunta «¿qué hizo el padre?» rara vez se formula con igual insistencia.
Sin embargo, la evidencia científica disponible indica que la edad paterna avanzada es también un factor de riesgo documentado para el TEA, asociado a mutaciones de novo en el esperma. Investigaciones publicadas en la revista Science, con datos de 2.600 familias, identificaron variantes genéticas raras heredadas paternamente como factores relevantes en el espectro autista.
El estudio de The BMJ, significativamente, no analizó las ocupaciones paternas. Esta asimetría metodológica no es neutral: refleja un sesgo histórico en la construcción de las preguntas científicas, que tiende a ver al cuerpo materno como el repositorio de los riesgos para la descendencia y al cuerpo paterno como un dato secundario.
Discapacidad en la Era Milei: un gobierno que recorta, criminaliza y señala
La circulación de este tipo de narrativas no ocurre en el vacío. En la Argentina de Javier Milei, el Estado retrocedió de manera sistemática sobre las políticas de discapacidad. La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), creada para centralizar y garantizar derechos, fue disuelta en diciembre de 2025 mediante el Decreto 942/2025 y reconvertida en una Secretaría de menor rango bajo la órbita del Ministerio de Salud, movimiento que más de 400 organizaciones de personas con discapacidad y de derechos humanos calificaron como un «retroceso al modelo médico-rehabilitador» y un abandono del modelo social de la discapacidad.
El ajuste fue contundente: los $30 mil millones de presupuesto que tenía la ANDIS fueron redirigidos al Tesoro al momento de la disolución, según denunció la diputada peronista Roxana Monzón en la Cámara de Diputados de la Nación. La Justicia federal declaró inconstitucional parte de la reestructuración, pero el Gobierno apeló y, a mayo de 2026, solo reglamentó ocho artículos de la ley de emergencia en discapacidad, dejando diecisiete sin aplicar.
En ese marco, el gobierno impulsó además una nueva normativa presentada bajo el título «Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez», que restringe los criterios de acceso a las pensiones y habilita suspensiones preventivas ante cualquier inconsistencia detectada.
Organizaciones como la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) documentaron que el relato oficial sobre el crecimiento «injustificado» de las pensiones por discapacidad utilizó datos manipulados para justificar el recorte, según publicó la propia ACIJ en su portal institucional.
Es en este contexto donde adquiere una dimensión adicional la circulación de estudios presentados de forma sesgada: cuando el Estado abandona a las familias que conviven con el autismo y recorta los apoyos que necesitan, resulta funcional instalar la idea de que el problema tiene nombre de mujer y que la solución está en las decisiones individuales de las madres, no en las políticas públicas ausentes.
Machismo de guardapolvo blanco
Culpar a las mujeres que trabajan por la condición neurológica de sus hijos no es ciencia: es ideología con bata blanca. Es el mismo mecanismo que durante décadas señaló a las madres que trabajaban fuera del hogar como responsables de los problemas emocionales de sus hijos, que culpó a las mujeres que no amamantaron, que patologizó a las que estudian, a las que tienen proyectos propios, a las que no se «sacrifican» en silencio.
La ciencia del neurodesarrollo lleva décadas construyendo una imagen cada vez más compleja del autismo: multicausal, con fuerte base genética, mediada por factores ambientales que incluyen desde la edad paterna hasta la exposición a pesticidas, desde infecciones durante el embarazo hasta complicaciones perinatales. En ese cuadro multifactorial, la ocupación laboral de la madre es, según el propio consenso científico, un factor menor y circunscripto a condiciones de exposición tóxica específicas, no al hecho de trabajar.
Presentarlo de otro modo no es divulgación científica. Es misoginia con estadísticas.
América Latina
Nulo desde el inicio. No es un acuerdo, es un robo
Por Elías Jaua Milano. El llamado acuerdo petrolero con Estados Unidos, anunciado por Donald Trump, se firmó bajo amenaza y sin aprobación de la Asamblea Nacional: para el autor, es nulo de toda nulidad.
Que el banal espectáculo político de todos los días no nos distraiga de lo sustantivo de la gravosa situación de tutelaje a la que estamos sometidos por la administración Trump. El llamado “acuerdo petrolero” es uno de esos temas sobre el cual debemos insistir en denunciar como nulo de toda nulidad, cuantas veces sea necesario, si queremos recuperar nuestra independencia y con esto la posibilidad de un desarrollo propio que genere bienestar a toda la familia venezolana.
El 3 de enero de 2026 en horas de la madrugada, Caracas, La Guaira y otras poblaciones de la costa central de Venezuela fueron atacadas con misiles, por fuerzas militares estadounidenses, sin previa declaración de guerra, de manera injustificada y desproporcionada. Tras secuestrar al Jefe de Estado en funciones, amenazaron al resto de las autoridades con un segundo ataque más destructivo y el aniquilamiento de estos si no aceptaban el plan del atacante. De acuerdo a las declaraciones de Donald Trump en horas de la mañana: “Las autoridades venezolanas están colaborando, en verdad no tenían otra opción”. Más adelante afirmó: “Vamos a dirigir al país hasta el momento en que podamos hacer una transición segura, adecuada y juiciosa”. Acto seguido amenazó: “Estamos preparados para realizar un segundo ataque mucho más grande si es necesario, así que estábamos preparados para una segunda incursión si era necesario. De hecho, suponíamos que sería necesaria una segunda incursión, pero ahora probablemente ya no lo sea”.
El Secretario de Estado estadounidense, Marco Rubio, compareció el 28 de enero de 2026 ante el Comité de Relaciones Exteriores del Senado de los Estados Unidos y en una respuesta sintetizó lo que se estaba haciendo en Venezuela: “Básicamente estamos administrando a Venezuela”. Posteriormente anunció desde la Casa Blanca el plan de las tres fases para administrar a Venezuela.
En este contexto de amenaza, coacción y administración colonial, en los meses que han transcurrido se han llevado a cabo nuevas incursiones militares, se han desplegado tropas y agencias de seguridad, se han forzado reformas de leyes al margen de la Constitución, como es el caso de la ley de Hidrocarburos y la ley de Minas, entre otras; los ingresos de la nación venezolana son depositados y administrados en una cuenta del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos y se ha impuesto un plan político de transición, entre otras graves violaciones a la soberanía de Venezuela y al derecho internacional.
Bajo esta situación de amenaza, coacción y administración colonial, el pasado 26 de agosto nos enteramos, por un posteo de Donald Trump en su red social, de un acuerdo donde el gobierno de Venezuela cedía el control sobre la explotación de 17 campos petroleros, propiedad de la nación venezolana, estimados en 65 mil millones de barriles, por 100 años, según su versión. Al momento, el pueblo venezolano no conoce, y creo que tampoco el pueblo estadounidense (dado el reciente cuestionario enviado por senadores a la Casa Blanca sobre este tema), el texto de ese acuerdo, que debió ser conocido, estudiado, discutido y ratificado por el Poder Legislativo de Venezuela, como lo manda la Constitución nacional:
Artículo 150: La celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley. No podrá celebrarse contrato alguno de interés público municipal, estadal o nacional con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en Venezuela, ni traspasarse a ellos sin la aprobación de la Asamblea Nacional. La ley podrá exigir en los contratos de interés público determinadas condiciones de nacionalidad, domicilio o de otro orden, o requerir especiales garantías.
Comentarios: Cabe la duda si en verdad hay un acuerdo firmado o es un despojo arbitrario por parte de la potencia ocupante. NABEP es una empresa privada domiciliada en Barbados y el Departamento de Guerra es una entidad oficial extranjera, por tanto el acuerdo, de existir, debió ser aprobado por la Asamblea Nacional. No se hizo así.
Es casi imposible analizar el alcance operacional y financiero del pretendido acuerdo al no haber documentos oficiales publicados por Venezuela. Solo hay una nebulosa de datos contradictorios declarados por funcionarios de ambos gobiernos. Por lo tanto solo nos referiremos en este artículo a algunos elementos jurídicos y administrativos señalados en el único documento oficial publicado: la nota informativa de la Casa Blanca de fecha 30 de agosto de 2026, donde se informa de los puntos más relevantes del írrito acuerdo. Veamos:
Este acuerdo asegura nuestro dominio energético para el próximo siglo, sin costo alguno para Estados Unidos. El acuerdo, firmado por el secretario de Estado Marco Rubio y el secretario de Guerra Pete Hegseth, otorga al gobierno de Estados Unidos poderosos derechos de gobernanza, propiedad económica y un convenio de compra garantizada a bajo costo a un nuevo actor petrolero privado de Venezuela, que será la segunda compañía petrolera privada más grande del mundo en términos de reservas
Sin costo alguno para el contribuyente estadounidense, NABEP ha otorgado a la Oficina de Capital Estratégico del Departamento de Guerra de Estados Unidos una participación accionaria del 35 % en su sociedad matriz, lo que representa un valor y dividendos de hasta cientos de miles de millones para Estados Unidos.
NABEP también otorgó al Departamento de Estado de Estados Unidos el derecho de adquisición preferente del 80 % restante de su producción, lo que proporciona una fuente garantizada de energía en nuestro hemisferio en situaciones de emergencia.
¿Qué dice nuestra Constitución?
Artículo 302. El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico.
Comentarios: No puede haber una privatización de la actividad petrolera en Venezuela, mucho menos ejecutada por un gobierno extranjero que ejerce el papel de ocupante. Una empresa privada no puede otorgar derechos de la nación a otro Estado. La ley no puede ser contraria a la Constitución.
Más adelante expresa la información oficial de la Casa Blanca:
El Gobierno de Estados Unidos tiene poder de veto sobre el nombramiento de cualquier miembro de la junta directiva, y la mayoría de quienes integren la junta de NABEP deben ser ciudadanos estadounidenses. NABEP contará con auditores, abogados y asesores estadounidenses de renombre y el acuerdo del Gobierno de Estados Unidos con NABEP se rige por el derecho estadounidense y está sujeto a la jurisdicción de los tribunales de Estados Unidos.
¿Qué dice nuestra Constitución?
Artículo 151. En los contratos de interés público, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de los mismos, se considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una cláusula según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre dichos contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de la República, de conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar origen a reclamaciones extranjeras”.
Sin comentarios.
Sigamos las afirmaciones escritas por la Casa Blanca:
Las concesiones de NABEP se rigen por la nueva ley de hidrocarburos de Venezuela, adoptada con el apoyo de Estados Unidos, que prevé la modernización, la privatización y el desarrollo histórico del sector petrolero en declive de Venezuela.
¿Qué dice nuestra Constitución?
Artículo 303. Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.
Comentario: Constitucionalmente PDVSA es la que desarrolla cualquier negocio o asociación petroleras. NABEP no es parte de una iniciativa empresarial de PDVSA, la empresa estatal no tiene ni uno por ciento de participación accionaria, ni es parte de la directiva de la misma. Ninguna ley ni acuerdo está por encima de la Constitución.
Afirma la Casa Blanca en su hoja informativa:
Las disposiciones sólidas sobre gobernanza y auditoría del Gobierno de Estados Unidos, junto con la reforma bancaria, la fiscalización de pagos y la supervisión financiera de la Administración Trump, asegurarán que los pagos de impuestos y regalías se usen en beneficio del pueblo venezolano.
¿Qué dice la Constitución?
Artículo 156. Es de la competencia del Poder Público Nacional: Numeral 12: La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; de los impuestos (…)
Comentario: ¿El supuesto acuerdo es en beneficio del pueblo venezolano o de la administración Trump? Ya que según el Decreto Ejecutivo presidencial (Orden Ejecutiva) emitido el 9 de enero de 2026: “Los recursos —provenientes de transacciones del Estado venezolano, el Banco Central de Venezuela y Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA)— deben depositarse en cuentas específicas denominadas Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros (Foreign Government Deposit Funds) dentro del Departamento del Tesoro de EE. UU.”.
Preguntas: ¿Quién realiza el control o auditorías de las cantidades de petróleo extraídas en los bloques entregados, para determinar las regalías e impuestos? ¿El Ministerio de Petróleo de Venezuela? ¿Con cuál plataforma tecnológica? ¿Pueden inspectores de dicho ministerio supervisar la actividad de extracción y exportación? ¿Lo permitirá el Departamento de Guerra de los Estados Unidos, socio de la empresa privada NABEP?
Compatriotas, bajo amenaza, coacción e intervención política y administrativa de una potencia extranjera se están extrayendo de manera inconstitucional los recursos petroleros de la nación, garantía futura del desarrollo y el bienestar para el pueblo venezolano. No hay texto del acuerdo, por lo tanto, no pudo ser aprobado por la Asamblea Nacional. Hay una asignación arbitraria para la explotación de bloques petroleros. La nación no conoce cómo y quién contabiliza la extracción que hace NABEP. Los ingresos supuestos que generará este acuerdo por regalías e impuestos serán administrados por la potencia ocupante, que a su vez es accionaria de esta empresa a través de su Departamento de Guerra. No es un acuerdo, es un robo a misil en mano.
Compatriotas, este supuesto acuerdo es nulo desde el inicio, de acuerdo a nuestra Constitución y a los principios universales y del derecho consuetudinario establecidos en diversos instrumentos del derecho internacional acerca de la invalidez de todo acuerdo, convenio o contrato realizado en condiciones de amenaza o uso de la fuerza.
El pueblo venezolano debe informarse, debe tomar conciencia del daño patrimonial que supone un acuerdo nulo, y en consecuencia luchar de manera política, cívica, jurídica y democrática para recuperar la independencia del Estado nacional y la restitución de la vigencia de la Constitución con el fin de preservar su patrimonio económico, y recuperar el derecho inalienable a la autodeterminación política y a la soberanía y dignidad nacional.
PD 1. A la falaz afirmación de que “no podemos tener una riqueza que está en el subsuelo mientras vivimos en la miseria y por eso necesitamos entregar estos campos petroleros a Donald Trump”, responde la realidad histórica: En Venezuela, hasta el año 2012, se producían cerca de 3 millones de barriles de petróleo diarios, extraídos y desarrollados por PDVSA y sus empresas mixtas con socios internacionales (incluyendo empresas estadounidenses) con apego a la Constitución y respetando nuestra soberanía y dignidad nacional, que generaron ingresos que se tradujeron en los más altos indicadores de bienestar para el pueblo venezolano en general. Tras la muerte del Presidente Chávez, el incremento de las sanciones y la instauración del bloqueo a la libre comercialización del petróleo por sucesivos gobiernos estadounidenses, e internamente una serie de malas decisiones y desfalcos cometidos contra la industria petrolera, postraron la actividad y disminuyeron a mínimos históricos los ingresos nacionales petroleros, generando la actual situación de precarización de las condiciones de vida del pueblo venezolano.
PD 2. Llega tarde el arrebato de soberanismo sobre esta cuestión por parte de los sectores políticos que durante 25 años solicitaron, propiciaron, facilitaron y finalmente celebraron la intervención militar del 3 de enero de 2026, con las graves consecuencias para la autodeterminación política y el patrimonio nacional.
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