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El ACV es la segunda causa de muerte

Se conmemora el Día Mundial del Accidente Cerebrovascular y los especialistas advierten sobre los principales factores de riesgo, como se previene y como se afronta

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El accidente cerebrovascular (ACV) es la segunda causa más común de muerte y la tercera de discapacidad en todo el mundo. Esto se traduce en que 6.500.000 de personas fallecen al sufrir esta afección, que se puede prevenir, al disminuir los factores de riesgo que la provocan.

Como cada 29 de octubre, se conmemora el Día Mundial del ACV y en tal sentido, se apunta a las posibilidades de evitarlo y en caso de padecerlo, la manera de afrontar sus secuencias. “Un accidente cerebrovascular sucede cuando se detiene el flujo sanguíneo en una parte del cerebro o cuando una arteria se rompe. Al no poder recibir el oxígeno y nutrientes que necesitan, las células cerebrales sufren y, si no se resuelve, comienzan a morir en minutos”, se indicó.

Yasmín Tenaglia, autora del libro “¿Cómo se previene y se afronta un ACV?”, médica del Hospital Italiano de Buenos Aires, hizo hincapié en la importancia de “conocer los síntomas de un accidente cerebrovascular es vital, porque la detección precoz permite realizar una consulta rápida y así tener la opción de recibir algunos tratamientos que puedan reducir las secuelas”.

En declaraciones al portal Consenso Salud, Tenaglia puntualizó que “las cinco señales de alarma, tanto para mujeres como para hombres son las de hablar de una manera confusa, sentir la cara adormecida o torcida, perder la fuerza y o sentir dificultad para mover alguna parte del cuerpo, perder la visión en un ojo o en ambos y sentir un dolor de cabeza muy fuerte”.

Mientras que sobre los factores de riesgo a tener en cuenta, ellos son la presión alta, diabetes y el colesterol elevado, debido a que “aumentan la posibilidad de sufrir un ACV. Es clave identificarlos a través de un control de salud y controlarlos”. También lo son el sobrepeso y fundamentalmente, la obesidad, que derivan en el sedentarismo.

Además de la clave para la prevención reside en una adecuada alimentación y mantener hábitos saludables, entre ellos, se recomienda media hora de actividad física diaria o 150 minutos semanales, transformándola en rutina.


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Negocio y nicotina: el Gobierno libera el mercado de vapeadores

A través de la Resolución 549/2026, el Ministerio de Salud terminó con años de prohibición para legalizar la comercialización de dispositivos de nicotina. La medida, que prioriza la recaudación y el blanqueo comercial, genera alarma en sectores sanitarios por el altísimo consumo en adolescentes.

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Salud al mercado: el Gobierno libera la venta de vapeadores

En Gobierno profundiza la desregulación de sectores estratégicos y el repliegue de las funciones de control preventivo del Estado; el Ministerio de Salud de la Nación oficializó este lunes la Resolución 549/2026. La norma, publicada en el Boletín Oficial, pone fin a más de una década de prohibición sobre la venta de cigarrillos electrónicos y dispositivos de vapeo; reemplazando la veda sanitaria por un esquema de «regulación activa» que abre las puertas al mercado formal de la nicotina de nueva generación.

El negocio del humo bajo la lupa estatal

La administración nacional, a través de la cartera que conduce Mario Lugones, justificó la medida bajo el argumento de que la prohibición previa no logró frenar el acceso al producto; empujándolo a la informalidad. Según los fundamentos oficiales, la intención es establecer estándares mínimos de calidad y seguridad sanitaria; aunque en la práctica la resolución facilita la estructura para que empresas e importadores operen legalmente tras años de mercado negro.

Para esto, el Ejecutivo creó el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina (RNPTN). Según fuentes oficiales consultadas, este registro funcionará bajo la órbita de Salud y obligará a las empresas a declarar fórmulas, información toxicológica y volúmenes de ventas. Sin embargo, para diversos colectivos sociales y minorías que abogan por una salud pública robusta, el paso de la prohibición a la fiscalización laxa representa una claudicación del Estado en su rol de protector de los sectores más vulnerables.

Una «puerta de entrada» para la juventud

Los datos que el propio Gobierno utilizó para fundamentar la liberación del mercado son alarmantes; la prevalencia de consumo de vapeadores en adolescentes alcanzó el 35,5% durante el último año. Lejos de interpretar esto como un llamado a profundizar las políticas de prevención y soberanía sanitaria; el Ministerio optó por legalizar el consumo para captar datos epidemiológicos y fiscales.

Si bien la normativa prohíbe los dispositivos desechables por considerarlos un atractivo para la iniciación juvenil; permite la comercialización de líquidos con sabor a tabaco y bolsas de nicotina con mentol. Esta diferenciación es señalada por especialistas en salud pública como insuficiente, dado que la adicción a la nicotina se consolida independientemente del saborizante utilizado.

Exigencias técnicas y el fantasma de la privatización del control

Las empresas deberán tramitar su inscripción mediante la plataforma Trámites a Distancia (TID) y presentar certificados de análisis de emisiones. La inscripción tendrá una vigencia de cinco años. En un contexto de ajuste y desmantelamiento de organismos de control; la capacidad real del Estado para fiscalizar efectivamente a los grandes importadores y productores de tabaco queda bajo un manto de duda.

La resolución se alinea con modelos de países como Estados Unidos y el Reino Unido; mercados donde la presencia corporativa en la salud pública es moneda corriente. Para los defensores de un Estado eficiente y presente; esta medida parece más orientada a normalizar un negocio que a garantizar el derecho a la salud de la población, en sintonía con un modelo que privilegia el libre comercio por sobre la soberanía alimentaria y sanitaria.

Puntos clave:

  • El Ministerio de Salud oficializó la Resolución 549/2026 para legalizar y regular vapeadores.
  • Se crea el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina para fiscalizar empresas e importadores.
  • Datos oficiales confirman que el 35,5% de los adolescentes consumió estos productos en el último año.
  • La norma prohíbe los dispositivos desechables pero permite sabores a tabaco y mentol.
  • Las empresas deberán informar volúmenes de ventas y grupos etarios para mantener su inscripción por cinco años.
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