Conectate con El Argentino

Presidencia

El Gobierno de Milei apura la reforma laboral mientras el FAL, su pieza clave, queda en el aire

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el artículo más ambicioso de la norma, que establece un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo para cubrir despidos en el sector privado, podría quedar afuera del decreto que firmará en las próximas horas el Ejecutivo.

Publicado hace

#

El Argentino Diario-Gobierno de Milei avanza con reforma laboral que atomiza paritarias y limita derecho de huelga.

El Gobierno apura la reglamentación de la reforma laboral mientras el FAL queda en el aire

El Gobierno de Javier Milei decidió acelerar la reglamentación de la Ley 27.802 de Modernización Laboral tras una serie de fallos favorables en la Justicia, pero enfrenta una contradicción central: el artículo más ambicioso de la norma, el que crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), podría quedar afuera del decreto que se firmará en las próximas horas.

La ofensiva judicial del oficialismo cosechó dos resultados consecutivos. Primero, la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó la cautelar que frenaba la aplicación de la norma y restableció la vigencia de 83 de sus artículos, suspendidos desde fines de marzo por el juez Raúl Ojeda. Luego, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió que la demanda impulsada por la CGT debe tramitarse en ese fuero y no en los juzgados laborales, desplazando el conflicto hacia una arena considerada menos hostil por el oficialismo.

Con ese viento judicial a favor, el Gobierno interpretó que la ley está «plenamente vigente» y decidió no dilatar más la reglamentación de los artículos que sí la requieren.

El FAL: la apuesta más importante que podría quedar para después

El Fondo de Asistencia Laboral es la transformación estructural que más expectativa genera en el Gobierno libertario. La norma establece un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo para cubrir despidos en el sector privado, con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad laboral y volcar recursos hacia el mercado de capitales local. Según la ley, debía entrar en funcionamiento el 1° de junio próximo.

Sin embargo, fuentes oficiales consultadas por el portal Infobae reconocieron que la complejidad técnica y jurídica del artículo generó demoras. «El FAL fue lo que implicó más análisis y consultas técnicas y jurídicas», admitió una fuente oficial que pidió reserva de identidad. El borrador de la reglamentación fue elaborado en conjunto por los ministerios de Economía, de Desregulación y de Capital Humano, la Secretaría de Trabajo, el Banco Central y ARCA. Aun así, en la Casa Rosada no descartan que ese artículo quede fuera del decreto que se conocerá en las próximas horas y sea objeto de una norma separada posterior.

La demora es llamativa porque el FAL es presentado por el Gobierno como uno de los pilares del nuevo esquema de relaciones laborales. El mercado ya anticipaba que habría una prórroga: los plazos se acumularon y el mecanismo no tiene aún las condiciones técnicas para operar desde junio.

Sindicatos de empresa: el golpe al gremialismo tradicional

Otro artículo que sí requiere reglamentación y concentra la atención del Gobierno es el que facilita la creación de sindicatos de empresa. La legislación laboral argentina ya contemplaba esa figura, pero con una restricción central: solo podía otorgarse personería gremial a un sindicato de empresa cuando no existiera en la zona y la actividad un sindicato de primer grado o unión con personería previa.

La reforma modifica ese esquema. El artículo 136 de la Ley 27.802 establece que podrá otorgarse personería gremial a un sindicato de empresa cuando, durante un período continuo de al menos seis meses, esa organización cuente con más afiliados cotizantes que el sindicato de actividad con personería previamente reconocida. El impacto es directo: los grandes sindicatos nacionales, cuyo poder descansa precisamente en los derechos exclusivos que otorga la personería gremial, quedan expuestos a la competencia interna.

No es casual que la CGT haya respondido con una estrategia judicial agresiva. Como informó este medio en coberturas anteriores, la central obrera recusó a los jueces que reactivaron la reforma y presentó impugnaciones por prejuzgamiento y potenciales conflictos de interés. El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la ley continúa abierto.

Lo que ya rige sin necesidad de decreto

Fuentes del Ejecutivo precisaron que varios artículos de la norma tienen vigencia directa y no requieren reglamentación. Entre ellos figuran los vinculados a la Ley de Contrato de Trabajo, la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, el tope del 2% para las cuotas solidarias (una limitación directa al financiamiento sindical), y el artículo que regula el derecho de huelga en los servicios esenciales.

Sobre este último punto, el propio Gobierno admite un problema práctico: prevé que muchos sindicatos desobedecerán la exigencia de mantener servicios mínimos del 75% o del 50% según el sector, y reconoce que será muy difícil constatar los porcentajes exactos de acatamiento y exigir su cumplimiento. La norma existe, pero el aparato estatal para hacerla cumplir es incierto.

El secretario de Trabajo, Julio Cordero, insistió en tanto en que los empleadores aprovechen el mecanismo del «salario dinámico», que permite aumentar remuneraciones por encima del piso paritario, como una vía para descomprimir la presión sindical en las negociaciones salariales. Ese artículo ya tiene vigencia sin necesidad de reglamentación adicional.

Una reforma bajo fuego cruzado

La Ley 27.802 acumula frentes abiertos. La disputa judicial con la CGT sigue su curso en la Cámara Contencioso Administrativa Federal. El Gobierno también presentó un per saltum ante la Corte Suprema el 16 de abril, una vía paralela que mantiene la presión sobre el máximo tribunal. El debate de fondo sobre la constitucionalidad de la norma no tiene fecha de resolución.

En ese contexto, la decisión de reglamentar parcialmente la ley y postergar el FAL para un decreto posterior expone la brecha entre la ambición política del Gobierno y la capacidad técnica de implementación. El oficialismo celebra los fallos favorables como victorias definitivas, pero la reforma más profunda del sistema de indemnizaciones laborales en décadas sigue sin poder arrancar en la fecha prevista por la propia norma.

Puntos clave:

  • El Gobierno firmará en las próximas horas el decreto reglamentario de la Ley 27.802, pero el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pieza central de la reforma, podría quedar para un decreto posterior por su complejidad técnica y jurídica.
  • La Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó la cautelar que frenaba 83 artículos de la norma, y la Cámara Contencioso Administrativa Federal desplazó la demanda de la CGT a ese fuero.
  • El artículo 136 de la norma facilita la creación de sindicatos de empresa en competencia con los sindicatos tradicionales, un golpe directo al modelo gremial argentino.
  • El FAL debía comenzar a funcionar el 1° de junio, pero la demora en la reglamentación tornó prácticamente imposible ese plazo.
  • El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la ley, impulsado por la CGT, continúa abierto en la Cámara Contencioso Administrativa Federal.

Política 📢

Inocencia Fiscal II: el Senado aprobó la polémica ley que busca sacar dólares del circuito informal

La iniciativa obtuvo 44 votos afirmativos y 23 negativos, con respaldo de La Libertad Avanza, PRO, UCR y bloques provinciales. La norma modifica el régimen simplificado de Ganancias y establece límites para funcionarios y exfuncionarios.

Publicado hace

#

El Senado de la Nación convirtió este jueves en ley el proyecto denominado Inocencia Fiscal II, una iniciativa impulsada por el Gobierno para incentivar que dólares que permanecen fuera del sistema financiero formal ingresen al circuito económico.

La votación terminó con 44 votos a favor y 23 en contra. El oficialismo consiguió el respaldo de legisladores de La Libertad Avanza, PRO, UCR y bloques provinciales.

Según informó NA, la sanción representa un avance legislativo para el Gobierno, que debió acordar con sus aliados la incorporación del tratamiento de un proyecto relacionado con los biocombustibles.

La reforma modifica el régimen simplificado de Ganancias

Uno de los principales cambios consiste en eliminar las restricciones vinculadas con el patrimonio para acceder al régimen simplificado de Ganancias.

La normativa anterior establecía que podían ingresar al régimen quienes tuvieran un patrimonio de hasta 10.000 millones de pesos. La nueva iniciativa elimina ese límite.

El objetivo planteado por el Gobierno es facilitar la incorporación al circuito formal de fondos que los contribuyentes mantienen fuera del sistema financiero.

Quiénes no podrán acceder a los beneficios

La ley establece restricciones específicas para funcionarios públicos.

Legisladores, jueces, ministros del Poder Ejecutivo y el Presidente de la Nación no podrán acceder a los beneficios del sistema simplificado de Ganancias. La prohibición también alcanza a quienes hayan ocupado cargos públicos durante los cinco años anteriores.

Durante el debate, el senador peronista Fernando Salino planteó ampliar esa restricción a las personas políticamente expuestas, una categoría que, según señaló, tiene un alcance mayor que la definición de funcionarios públicos incluida en el proyecto.

Qué cambia para las declaraciones ante ARCA

La iniciativa también redefine el concepto de “discrepancia significativa”, utilizado para establecer cuándo la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede impugnar una declaración simplificada.

Según el nuevo criterio, existe una discrepancia significativa cuando la diferencia implica un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos 15% respecto de lo declarado por el contribuyente.

El cambio establece así un parámetro concreto para determinar cuándo una diferencia en la información presentada puede generar una intervención de la autoridad fiscal.

Bullrich defendió la iniciativa y habló de los dólares fuera del sistema

Durante la sesión, la presidenta del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, defendió el proyecto y vinculó la existencia de dólares fuera del sistema financiero con la falta de confianza en el Estado.

Bullrich sostuvo que los ciudadanos retiraron sus ahorros del circuito formal como consecuencia de distintos episodios económicos y medidas estatales. También señaló que la reforma incorpora mecanismos de resguardo específicos para los funcionarios públicos.

El senador libertario Bruno Olivera Lucero, encargado de abrir el debate, afirmó que el objetivo de la iniciativa es modificar la relación entre el fisco y los contribuyentes.

El peronismo cuestionó con dureza el proyecto

Desde el bloque peronista, el senador José Mayans calificó la reforma como “un desastre” y cuestionó los efectos que, según su interpretación, podría tener sobre el control fiscal.

Mayans sostuvo que la iniciativa beneficiaría a evasores y narcotraficantes, y formuló además acusaciones políticas contra distintos integrantes del oficialismo. Esas afirmaciones fueron planteadas durante el debate legislativo y forman parte de las posiciones expresadas por el bloque opositor.

El intercambio incluyó también el planteo de Salino para extender las restricciones del régimen a las personas políticamente expuestas.

La sesión comenzó con el quórum justo

La sesión del Senado comenzó a las 11:23, con un quórum de 37 senadores. La mayoría necesaria para iniciar el debate fue aportada por legisladores de La Libertad Avanza, la UCR, el PRO y bloques provinciales.

Antes del tratamiento de Inocencia Fiscal II, el peronismo presentó cuestiones de privilegio contra el presidente del Banco Central, Santiago Bausili, relacionadas con el destino del oro de las reservas.

Los planteos fueron formulados por los senadores justicialistas Florencia López y Martín Soria y rechazados desde el oficialismo por Agustín Monteverde.

La agenda de la sesión también incluyó el tratamiento de pliegos para cargos judiciales y un proyecto referido a la transferencia de competencias judiciales a la Ciudad de Buenos Aires.

Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo