Legislativo
A 5 años de la Ley Justina, se redujo al 10% la oposición familiar para la donación de órganos
La Ley 27.447, sancionada por unanimidad el 4 de julio de 2018, suprimió el requisito de certificación familiar de que la persona fallecida no hubiera expresado una «última voluntad» en la que se oponía a la donación.
A cinco años de la sanción de la Ley 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, más conocida como «Ley Justina», que se cumplen mañana, la tasa de interrupciones de procesos de donación por oposición familiar que antes se ubicaba en torno al 40% a nivel nacional se redujo al 10%, disminución considerada como unos de los «impactos más inmediatos y notables» de la normativa, aseguró el presidente del Incucai, Carlos Soratti.
La Ley 27.447, sancionada por unanimidad el 4 de julio de 2018, suprimió el requisito de certificación familiar de que la persona fallecida no hubiera expresado una «última voluntad» en la que se oponía a la donación.
A modo de balance, el presidente del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) destacó los principales logros de la ley, que permitió una reforma integral y analizó los desafíos para reducir los tiempos de espera en los procesos de trasplante.
«Suprimir el requisito de certificación familiar hizo que en Argentina se incrementara el número de donantes de manera importante y se redujeran aquellas interrupciones por oposición familiar, como se llamaba entonces», indicó el médico con especialización en Terapia Intensiva.
En este sentido, Soratti explicó que antes de que sancionara la ley, «las causas de interrupción de procesos de donación que se atribuían a la oposición de la familia estaban entre el 30 y el 40% como media nacional».
«Hoy en día casi no llegan al 10%. Hubo una disminución muy importante. Ese fue uno de los impactos más inmediatos y notables de esa modificación de la ley», remarcó el funcionario.
La norma fue elaborada por el Incucai junto con el impulso de la familia de Justina Lo Cane, la niña de 12 años fallecida en noviembre de 2017 mientras esperaba un corazón para ser trasplantada.
Entre los principales cambios, la ley hace efectivo el consentimiento presunto, lo que implica que todas las personas mayores de 18 años son consideradas donantes, salvo aquellas que manifiesten expresamente lo contrario.
Se puede manifestar la voluntad afirmativa o negativa hacia la donación a través de la app Mi Argentina, firmando un acta de expresión en el Incucai o en los organismos provinciales de ablación e implante; solicitando que quede asentado en el DNI; o enviando un telegrama gratuito a través del Correo Argentino.
La normativa también explicita los derechos de donantes y receptores tales como la intimidad, la privacidad, la confidencialidad, la integridad, la información y el trato equitativo e igualitario.
Otro de los aportes más significativos es que «por primera vez la ley habla de que la organización sanitaria para mejorar la generación de donantes pasa por el desarrollo de unidades hospitalarias de procuración de órganos», señaló Soratti.
A través de la Resolución 3685/22 del Ministerio de Salud se creó el Programa Procurar, que ofrece a las instituciones sanitarias proyectar Unidades Hospitalarias de Procuración de Órganos y Tejidos (Uhprot) para que sean los mismos establecimientos los que lleven a cabo los procesos de detección, selección y tratamiento de los potenciales donantes.
Desde la puesta en marcha del Programa en enero de este año, ocho hospitales ya firmaron un compromiso de gestión: el Hospital Julio C. Perrando (Chaco); el Hospital de Urgencias (Córdoba); el Hospital Nacional Alejandro Posadas (Buenos Aires); el Hospital Municipal Eva Perón de Merlo (Buenos Aires); el Hospital Escuela de Agudos Dr. Ramón Madariaga (Misiones); el Hospital Dr. Avelino Castelán (Chaco); el Hospital SAMIC Nivel III Eldorado (Misiones); y el Hospital Regional Sanguinetti, de Comodoro Rivadavia (Chubut).
«Lo más importante es el cambio de modelo organizativo. Ya no es el modelo extrahospitalario de profesionales que van al hospital ante la existencia de un potencial donante, sino que es el propio hospital, con su gente, con su unidad, con su servicio, que se hace cargo del proceso de generación de donante como otro proceso asistencial más de los que es responsable», subrayó Soratti.
Respecto a las primeras etapas de implementación del Programa, el presidente del Incucai sostuvo que «ya se pueden ver resultados porque los procesos de donación aumentan».
Sobre este punto, Soratti agregó que después de la sanción de la Ley 27.447, en 2019 se «lograron los mayores indicadores de actividad de donación y trasplante».
En 2019 nuestro país llegó a casi 20 donantes por millón de habitantes, más de 800 donantes de órganos y 900 donantes de tejidos, alcanzando cifras que permitieron acercar a la Argentina por primera vez al promedio anual de la Unión Europea, que tiene las tasas de donantes más altas del mundo con 22.3 por millón de habitantes.
Luego, al igual que sucedió en todos los países, la pandemia produjo una disminución de los donantes, pero actualmente «se están recuperando esos niveles y el desafío es cómo seguir creciendo a partir de ahora», advirtió el funcionario.
Y agregó: «Si uno toma los últimos 20 años, lo que ve es una tendencia al crecimiento bastante sostenido».
«A principios de este siglo, en Argentina había alrededor de seis donantes por millón de habitantes. Entre 2003-2004 se implementó el Programa Federal de Procuración y se incorporó la figura del coordinador hospitalario, que permitió duplicar el número de donantes por millón de habitantes», sostuvo Soratti.
En este sentido, añadió que en el 2012 se alcanzaron más 15 donantes por millón de habitantes y, después, en el 2019, se llegó al récord histórico de casi 20 donantes por millón de habitantes.
Por último, el titular del Incucai aseguró que las nuevas unidades hospitalarias del Programa Procurar son una herramienta clave que «va a tener un impacto en el indicador que se utiliza internacionalmente de donantes por millón de habitantes».
«Esperamos que 2024 sea un año que supere los 20 donantes por millón de habitantes», concluyó.
Buenos Aires
Celulares fuera del aula: la ley llega a secundarias, pero falta aplicarla
La Legislatura bonaerense extendió a las escuelas secundarias públicas y privadas la limitación del uso de celulares en clase y, en la misma sesión, aprobó la educación emocional y la Ley Ema de Convivencia Digital Segura. La aplicación depende ahora de la reglamentación.
Los celulares y las pantallas solo podrán utilizarse en las escuelas secundarias de la Provincia de Buenos Aires cuando el docente a cargo lo contemple de forma explícita dentro de una planificación didáctica.
La iniciativa, del diputado Martín Rozas (bloque Unión y Libertad), amplía la ley provincial N° 15.534, que ya regulaba el uso de dispositivos en las escuelas primarias, y alcanza a los establecimientos de gestión pública y privada. La Cámara baja bonaerense la trató en una sesión en la que también se aprobaron la incorporación de la educación emocional y la Ley Ema de Convivencia Digital Segura.
Qué cambia en las secundarias
El texto busca promover un uso seguro y responsable de los dispositivos digitales, además de informar y concientizar a los alumnos de entre 6 y 17 años sobre los riesgos de la exposición excesiva a las pantallas. Según sostuvieron sus impulsores, la norma apunta a los efectos del uso excesivo sobre la atención y la concentración, y a riesgos como el ciberbullying, la difusión de rumores y la exposición a contenidos violentos.
Cada institución deberá adaptar su acuerdo institucional para definir el resguardo y el uso de los dispositivos fuera del horario pedagógico. La tecnología podrá incorporarse a las actividades cuando exista una finalidad educativa, y la norma plantea recuperar el aula como espacio de interacción y socialización.
Rozas sostuvo que el objetivo es brindar mayor protección a los adolescentes dentro de las instituciones educativas, sin desconocer la importancia de la tecnología en el aprendizaje. “Sabemos muy bien que la tecnología es una herramienta necesaria para el futuro y que es indispensable que los alumnos sepan manejarla. Pero también sabemos que la sobreexposición a las pantallas trae aparejadas situaciones perjudiciales para los adolescentes”, expresó el legislador.
Como antecedente, la prueba PISA 2022, coordinada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), indicó que cerca del 30% de los estudiantes de los países miembros dijo distraerse con dispositivos digitales durante todas o la mayoría de las clases de Matemática.
Educación emocional en todos los niveles
Se aprobaron modificaciones a la Ley Provincial de Educación (N° 13.688) para incorporar formalmente la educación emocional en los niveles inicial, primario y secundario. La propuesta busca sumar herramientas para el reconocimiento, la comprensión y la gestión de las emociones, con el objetivo de fortalecer las habilidades personales y sociales de niños y adolescentes, así como la convivencia en los establecimientos.
“Acá hay una urgencia y nosotros, que somos adultos y que deberíamos facilitarle la vida a los chicos y a las chicas, tenemos que dejar de mirar para otro lado y festejar que se haya votado esta ley para que se ponga en práctica”, expresó la legisladora Luciana Padulo durante el debate.
Ley Ema: convivencia digital segura
Impulsada por la diputada Mayra Mendoza, la Ley Ema crea un marco para garantizar el derecho de los estudiantes del sistema educativo provincial a desenvolverse en entornos virtuales protegidos y seguros. La norma prevé políticas, acciones y herramientas para prevenir y abordar situaciones de violencia en entornos tecnológicos. Además, crea un programa provincial para brindar recursos a las instituciones, fortalecer la convivencia digital y facilitar la intervención ante agresiones, hostigamiento u otras formas de violencia a través de plataformas tecnológicas.
El proyecto lleva el nombre de Ema, una adolescente bonaerense que murió el 24 de agosto de 2024 luego de que imágenes íntimas suyas fueran difundidas sin su consentimiento en el ámbito escolar. Se elaboró junto a su madre, Laura Sánchez, y organizaciones como Faro Digital, Ley Olimpia Argentina y Defensoras Digitales, según se informó cuando Mendoza lo presentó en la Legislatura bonaerense. En Santa Fe, la Cámara de Senadores aprobó este año una norma con el mismo nombre, que la convirtió en la primera provincia con una ley específica contra la violencia digital en las escuelas.
Si vos o alguien de tu entorno atraviesa una situación de angustia, podés comunicarte con el Centro de Asistencia al Suicida al 135 (CABA y Gran Buenos Aires) o al (011) 5275-1135 desde el resto del país.
Del texto a las aulas: lo que falta
La sanción no implica que la regulación empiece a regir de inmediato: según trascendió, la implementación queda sujeta a la publicación de la ley y a las disposiciones que establezca el organismo que designe el Poder Ejecutivo provincial. Aún no se confirmó desde cuándo se aplicará la restricción en las secundarias.
Queda por ver con qué recursos y con qué capacitación docente se pondrán en práctica el programa provincial de convivencia digital y la educación emocional, dos puntos sobre los que, por ahora, no se informaron detalles.
Lo que tenés que saber:
- La ley extiende a las secundarias públicas y privadas de la Provincia la regulación de celulares que ya existía para primarias (ley N° 15.534).
- Celulares y pantallas solo podrán usarse si el docente lo prevé de forma explícita en su planificación didáctica.
- El proyecto es del diputado Martín Rozas, del bloque Unión y Libertad.
- En la misma sesión se aprobaron la educación emocional (que modifica la ley N° 13.688) y la Ley Ema de Convivencia Digital Segura, impulsada por Mayra Mendoza.
- La implementación queda sujeta a la publicación de la ley y a las disposiciones del organismo que designe el Ejecutivo provincial.
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