Gestión
El Gobierno reglamentó el primer tramo de la Ley Bases, para avanzar en las privatizaciones
Habilita al Poder Ejecutivo para reorganizar y liquidar fondos fiduciarios públicos. También para realizar procedimientos específicos para privatizaciones. Además, entra en vigencia el polémico “Silencio Administrativo”.
El Gobierno avanzó en la reglamentación del primer tramo de la Ley Bases, con el objetivo de reorganizar la administración centralizada y descentralizada. El decreto 695, publicado en el Boletín Oficial el lunes, formalizó estas acciones.
Firmas del Decreto
El decreto contó con las firmas del presidente Javier Milei, del Jefe de Gabinete de Ministros Guillermo Francos, y de los ministros de Economía, Luis Caputo, y de Desregulación, Federico Sturzenegger.
Aspectos Centrales del Decreto
El decreto 695 se centró en cuatro áreas clave:
- Reorganización administrativa
- Privatizaciones
- Silencio administrativo
- Reglamentación y ajustes
Reorganización Administrativa
El Poder Ejecutivo se autorizó a reorganizar, transformar y liquidar fondos fiduciarios públicos de acuerdo con la Ley N° 27.742.
Privatizaciones
El decreto establece procedimientos específicos para la privatización de empresas estatales, incluyendo la presentación de informes y la publicación de convocatorias para ofertas.
Silencio Administrativo
La jefatura de Gabinete de Ministros, dentro de un plazo de 15 días a partir de la entrada en vigencia del decreto, debe aprobar el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo. Este se aplicará en el marco de procedimientos administrativos que requieran la otorgación de una autorización administrativa, según el artículo 31 de la Ley N° 27.742.
El silencio administrativo comenzará a regir de acuerdo con las fechas previstas en el cronograma y aplicará a los procedimientos iniciados después de dichas fechas. Las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deben identificar y mantener actualizados los procedimientos alcanzados por esta medida.
Los procedimientos administrativos regulados por normas especiales que contemplen el silencio con efecto positivo continuarán operando bajo sus respectivas normativas.
La jefatura de Gabinete de Ministros debe elevar al Poder Ejecutivo Nacional los casos específicos en los que no aplicará el silencio con efecto positivo, conforme al inciso b) del artículo 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549. La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología debe garantizar la implementación del silencio con sentido positivo a través de plataformas digitales.
Qué es el «Silencio Administrativo»
El «silencio administrativo» reglamentado en la Ley Bases se refiere a una figura jurídica en la cual, ante la falta de respuesta de la administración pública dentro de un plazo determinado, se considera automáticamente que la solicitud del administrado ha sido aceptada (silencio positivo) o rechazada (silencio negativo), según lo establezca la normativa aplicable.
Silencio Administrativo Positivo
En el contexto del decreto 695 y la Ley N° 27.742, el silencio administrativo positivo implica que si una autoridad administrativa no se pronuncia dentro del plazo establecido sobre una solicitud que requiera autorización, se considerará que dicha solicitud ha sido aprobada automáticamente. Este mecanismo tiene como finalidad agilizar los procedimientos administrativos y evitar retrasos indebidos.
Implementación y Plazos
- Cronograma de Implementación: La jefatura de Gabinete de Ministros debe aprobar un cronograma de implementación del silencio administrativo positivo dentro de los 15 días posteriores a la entrada en vigencia del decreto 695.
- Aplicación: Este silencio positivo regirá según las fechas establecidas en el cronograma y se aplicará a los procedimientos administrativos que se inicien después de esas fechas.
- Exclusiones: La jefatura de Gabinete de Ministros puede identificar casos específicos en los que no se aplicará el silencio administrativo positivo, presentando informes fundamentados de las áreas competentes al Poder Ejecutivo Nacional.
Procedimientos Administrativos
- Actualización de Procedimientos: Las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deben identificar y mantener actualizados los procedimientos administrativos alcanzados por el silencio administrativo positivo.
- Normas Especiales: Los procedimientos administrativos regulados por normas especiales que contemplen el silencio administrativo positivo continuarán operando bajo sus respectivas normativas.
Innovación y Tecnología
- Plataformas Digitales: La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la implementación del silencio administrativo positivo a través de plataformas digitales, facilitando así la gestión y transparencia de los procesos administrativos.
Riesgos y Aspectos Negativos del Silencio Administrativo
El silencio administrativo, aunque diseñado para agilizar y simplificar los procedimientos administrativos, puede tener varios aspectos negativos que podrían perjudicar al Estado. A continuación, se detallan algunos de estos aspectos:
Pérdida de Control y Supervisión
- Falta de Evaluación Detallada: La aprobación automática de solicitudes puede llevar a la omisión de una evaluación exhaustiva y crítica de cada caso. Esto puede resultar en la aprobación de solicitudes que no cumplan con todos los requisitos legales y técnicos.
- Ausencia de Supervisión: La falta de respuesta administrativa puede impedir la supervisión adecuada y el monitoreo de los procedimientos, lo que podría permitir irregularidades y abusos.
Incremento de Riesgos Jurídicos
- Conflictos Legales: La implementación del silencio administrativo positivo puede dar lugar a conflictos legales si la administración posteriormente descubre que se ha aprobado una solicitud que debería haber sido denegada. Esto puede derivar en litigios costosos y complicados para el Estado.
- Inseguridad Jurídica: La aplicación inconsistente o confusa del silencio administrativo puede generar inseguridad jurídica tanto para los administrados como para la propia administración pública.
Posible Abuso del Sistema
- Aprovechamiento de Lagunas Legales: Los solicitantes podrían intentar aprovecharse de la figura del silencio administrativo para obtener aprobaciones automáticas, presentando solicitudes con información insuficiente o engañosa.
- Incremento de Solicitudes: La posibilidad de obtener una aprobación automática puede aumentar el número de solicitudes presentadas, sobrecargando a la administración pública y dificultando la gestión eficaz de los recursos.
Impacto en la Calidad de los Servicios Públicos
- Decisiones Automáticas sin Análisis: La aprobación automática de solicitudes sin un análisis detallado puede afectar la calidad y seguridad de los servicios públicos, especialmente en áreas sensibles como salud, construcción y medio ambiente.
- Desviación de Recursos: La necesidad de revisar ex post facto las decisiones automáticas aprobadas por silencio administrativo puede desviar recursos administrativos significativos, restando eficiencia a otros procesos importantes.
Erosión de la Confianza Pública
- Percepción de Ineficiencia: La dependencia del silencio administrativo puede ser percibida como un signo de ineficiencia y falta de diligencia por parte de la administración pública, afectando la confianza de la ciudadanía en las instituciones.
- Desconfianza en la Transparencia: La falta de una respuesta explícita por parte de la administración puede generar desconfianza sobre la transparencia y la integridad del proceso administrativo.
Si bien el silencio administrativo puede acelerar los trámites burocráticos y mejorar la eficiencia en algunos casos, su implementación también puede presentar desafíos significativos para el Estado. Es esencial que el diseño y la implementación de este mecanismo incluyan salvaguardias adecuadas para mitigar estos riesgos y asegurar que los beneficios superen los posibles perjuicios.
Puntos clave de la reglamentación del primer tramo de la Ley Bases:
- Publicación del decreto 695 para reglamentar la Ley Bases, con la firma de Javier Milei y otros altos funcionarios
- Cuatro áreas clave: reorganización, privatizaciones, silencio administrativo, reglamentación
- Autorización al Poder Ejecutivo para reorganizar y liquidar fondos fiduciarios públicos
- Procedimientos específicos para privatizaciones
- Cronograma de implementación del silencio administrativo en 15 días
- Identificación y actualización de procedimientos por las reparticiones públicas
- Implementación del silencio con sentido positivo a través de plataformas digitales
Gestión
Di Liscia asume en Discapacidad con la mira puesta en las pensiones fraudulentas
El Gobierno oficializó este martes el reemplazo de Alejandro Vilches al frente de la Secretaría Nacional de Discapacidad. El nuevo titular, Pablo Di Liscia, ex presidente del IOMA bonaerense, asume con el mandato explícito de detectar irregularidades en el padrón de pensiones no contributivas y eliminar beneficios otorgados de manera fraudulenta.
La Secretaría Nacional de Discapacidad tiene nuevo conductor. El Gobierno nacional designó este martes a Pablo Di Liscia al frente del organismo con una misión declarada: profundizar la auditoría sobre las pensiones no contributivas por invalidez laboral para identificar y dar de baja aquellos beneficios que fueron otorgados sin que sus titulares cumplan con los requisitos de vulnerabilidad y estado de salud exigidos.
Di Liscia reemplaza a Alejandro Vilches en un organismo que, en los últimos meses, atravesó uno de los momentos de mayor exposición pública de su historia reciente, en el marco del escándalo en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), donde se investigan nombramientos irregulares y presuntos desvíos de fondos. El nuevo secretario llega desde el sector privado y con antecedentes en la gestión pública bonaerense y porteña.
Un perfil técnico con paso por IOMA y el GCBA
Según informó Presidencia, Di Liscia presidió el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) de la provincia de Buenos Aires entre 2017 y 2019, organismo que gestiona la cobertura médica de más de 2,2 millones de afiliados. Antes de esa función, se desempeñó como subsecretario de Higiene Urbana y director general de Control de Gestión en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Su trayectoria se completa con más de dos décadas en el sector privado en roles ejecutivos.
El oficialismo presentó ese perfil como una garantía de capacidad técnica para encarar la reorganización interna del organismo. Sin embargo, el recorrido de Di Liscia en el IOMA corresponde a la gestión de María Eugenia Vidal en la provincia de Buenos Aires, lo que lo ubica políticamente dentro del espacio PRO, dato que el Gobierno eligió no destacar en el comunicado oficial.
La «eficiencia» como bandera, las personas con discapacidad como variable de ajuste
El Gobierno encuadró el cambio bajo la retórica habitual de la administración Milei: «optimización de prestaciones», «fortalecimiento de mecanismos de control» y «administración eficiente de los recursos públicos». En la práctica, esa narrativa se tradujo, durante toda la gestión libertaria, en recortes sistemáticos sobre el gasto social dirigido a los sectores más vulnerables.
El organismo que Di Liscia heredará acumula una historia reciente de turbulencias. La ANDIS fue el centro de uno de los escándalos más resonantes del año: irregularidades en nombramientos, sospechas de desvíos de fondos y vínculos con el entorno de funcionarios del Ejecutivo nacional. El propio Manuel Adorni, actual Jefe de Gabinete, está siendo investigado judicialmente en una causa donde la ANDIS aparece mencionada como parte de una trama de triangulaciones.
La meta que el nuevo secretario anunció como prioritaria, depurar el padrón de pensiones no contributivas por invalidez, viene siendo ejecutada desde el inicio de la gestión Milei con una agresividad que generó una ola de reclamos judiciales y movilizaciones de organizaciones de personas con discapacidad. Decenas de miles de beneficios fueron suspendidos o dados de baja sin las debidas garantías de audiencia previa, en una práctica que la justicia federal debió frenar en varios casos mediante medidas cautelares.
El argumento oficial de que se trata de eliminar el fraude no está en disputa per se; sí lo están los métodos, la escala y la falta de resguardos para quienes son dados de baja por error, un fenómeno que las organizaciones del sector documentaron reiteradamente. La pregunta que Di Liscia deberá responder en los próximos meses es si viene a corregir esos procedimientos o a acelerarlos.
Lo que tenés que saber
- Pablo Di Liscia fue designado este martes al frente de la Secretaría Nacional de Discapacidad, en reemplazo de Alejandro Vilches.
- Di Liscia presidió el IOMA bonaerense entre 2017 y 2019, durante la gestión de María Eugenia Vidal.
- El Gobierno anunció que su gestión priorizará la auditoría sobre las pensiones no contributivas por invalidez laboral para dar de baja beneficios fraudulentos.
- La ANDIS atraviesa un escándalo judicial por irregularidades en nombramientos y presuntos desvíos de fondos, contexto en el que asume el nuevo funcionario.
- Organizaciones de personas con discapacidad documentaron bajas masivas de beneficios sin garantías previas a lo largo de 2024 y 2025, muchas de las cuales fueron frenadas por la justicia federal.
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