Educación
Fracasó la paritaria docente: rechazo a piso salarial de $310 mil
Los gremios docentes estuvieron representados por las cuatro entidades que se encuentran enroladas en la CGT, UDA; Sadop; AMET y CEA y CTERA de la CTA.
En medio de los aumentos de precios de los bienes y servicios de la economía que se aguardan para los meses de marzo y abril en la Argentina los secretarios generales de los gremios y federaciones docentes con representación a nivel nacional, no avalaron la propuesta realizada en la reunión pactada para discutir la paritaria.
El encuentro para estipular el valor del salario mínimo docente que, en rigor, deberá ser discutido en paritarias en cada provincia pero a partir de un piso determinado por ese sueldo mínimo pasó a un cuarto intermedio para el martes 12 de marzo a las 11 horas.
El Secretario General del Consejo Federal de Educación, José Thomas, propuso en el marco de un consenso mayoritario con las provincias, que la oferta del piso salarial es de 310.000 pesos.
Desde la Secretaría de Educación confirmaron los recursos financieros destinados al Fondo Compensador y a los programas de Evaluación e Información Nacional. Sin embargo, no pudo evitarse las críticas de los gremialistas que no estuvieron de acuerdo con la cifra ofrecida por lo que se pasó a un cuarto intermedio luego de un comienzo del ciclo lectivo que incluyó paros y huelgas en varias jurisdicciones del país.
Con respecto a los fondos que comenzaron a liberar para las escuelas desde la órbita nacional. Sonia Alesso, de CTERA, explicó que es un buen gesto pero aún se está lejos de un acuerdo general. “Es una buena noticia que se empiecen a girar los fondos para comedor y copa de leche, para infraestructura escolar y jornada extendida y el fondo compensador. De cualquier manera nos parece central el tema del Fonid. El Gobierno tiene que venir a la próxima reunión del martes 12 con una propuesta que sea mucho mejor a la de hoy que es muy baja y tiene que garantizar el Fonid, porque sin eso no hay discusión en las provincias«.
El FONID o fondo nacional de incentivo docente representa una masa de recursos que la Nación transfiere a las provincias para mejorar los salarios de los docentes y que el gobierno anunció que no prorrogará. Fue creado en 1998 y su vigencia se prorrogó año tras año a través de leyes y decretos y constituye la principal preocupación de los cinco gremios docentes nacionales.
Los gremios docentes estuvieron representados por las cuatro entidades que se encuentran enroladas en la CGT, UDA; Sadop; AMET y CEA y CTERA de la CTA.
La UDA, Unión de Docentes Argentinos, es conducida por Sergio Romero que en 2023 accedió a cuatro años más en el puesto de representación gremial de un sindicato que, sólo en la provincia de Buenos Aires, cuenta con más de 25.000 afiliados que dan clases en todos los niveles, modalidades y gestiones del sistema educativo.
Sadop, Sindicato Argentino de Docentes Particulares, agrupa y representa a todo el personal que reviste en actividad o jubilado, que ejerza o haya ejercido en Institutos, academias, colegios, establecimientos privados y es dirigido por la secretaria gremial, Luz Marina Jaureguiberry y cuenta con cerca de 70.000 afiliados en todo el país.
AMET, Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica, conducido por Sara del Carmen García, tiene representación en todo el país con 21 oficinas regionales. Algunas de ellas no se han adherido a la medida de fuerza promovida desde la central nacional.
CEA, Confederación de la Educación Argentina, con más de 100.000 afiliados, es una entidad de segundo grado, o sea, es una federación que afilia a sindicatos docentes pertenecientes a las 24 jurisdicciones que conforman el país y es conducida por Sonia Alesso, la dirigente sindical que anunció el paro del lunes 26 de febrero.
Y CTERA, una organización gremial de segundo grado, que lleva la denominación de Confederación por cuestiones históricas, ya que en sus inicios estuvo conformada por sindicatos, provinciales, de rama, de modalidad. La zona de actuación es todo el territorio nacional. Representa a más de 240.000 afiliados a los sindicatos confederados.
Educación
La Justicia le pone freno a Milei: el decreto universitario es inconstitucional
El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, el mecanismo con el que el Gobierno promulgó la Ley de Financiamiento Universitario pero la dejó sin efecto. El fallo ordena el cumplimiento inmediato de la norma ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos y abre un nuevo capítulo en el conflicto que ya llegó a la Corte Suprema.
Un fallo de primera instancia declaró inconstitucional el decreto con el que el Gobierno de Javier Milei promulgó formalmente la Ley de Financiamiento Universitario pero bloqueó su aplicación real. La sentencia, de aproximadamente 50 páginas, calificó el mecanismo empleado por el Ejecutivo como un «mecanismo extraconstitucional» y ordenó el cumplimiento inmediato de la norma. Es el capítulo más reciente de un conflicto judicial que ya acumula más de un año de litigios, una cautelar firme avalada por la Corte Suprema y una quinta Marcha Federal Universitaria anunciada para el 15 de octubre.
El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, hizo lugar a los amparos colectivos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) contra el Estado nacional. La sentencia declaró la inconstitucionalidad de la cláusula del Decreto 759/2025 que, al tiempo de promulgar la Ley de Financiamiento Universitario, condicionó su ejecución a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento; una remisión al artículo 5° de la Ley 24.629 que, en los hechos, dejó la norma vigente pero inoperante. El fallo fue dictado el 6 de octubre de 2026.
El decreto: promulgar y vaciar
La Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795) fue sancionada por el Congreso y, luego de que Milei la vetara, fue ratificada con los dos tercios de los votos que la Constitución exige para que una insistencia parlamentaria sea irrecusable. Sin margen para vetarla nuevamente, el Ejecutivo eligió otra estrategia: la promulgó mediante el Decreto 759/2025, pero incorporó una cláusula que supeditaba su aplicación material a que el Parlamento previese expresamente las fuentes presupuestarias; algo que, en ausencia de partidas asignadas, equivalía a dejarla sin efecto indefinidamente.
Cormick rechazó de plano ese razonamiento. El magistrado señaló que el decreto «no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas». Y fue más lejos: subrayó que una vez que el Congreso insiste con los dos tercios de los votos tras un veto presidencial, no existe otro camino para el presidente que la promulgación irrestricta. Utilizar un decreto para vaciar el contenido de esa insistencia parlamentaria implica introducir un veto encubierto que la Constitución no prevé ni autoriza.
El juez también cuestionó el argumento fiscal del Gobierno y evaluó que la propia ley contemplaba mecanismos de financiamiento, al facultar al jefe de Gabinete a reasignar partidas presupuestarias. La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos 5° y 6° de la norma, referidos a la recomposición salarial de docentes y no docentes universitarios y la actualización de las becas estudiantiles.
Una historia de recursos y dilaciones
El fallo del 6 de octubre no es el punto de partida del conflicto, sino su último capítulo hasta ahora. El mismo juez Cormick había dictado meses antes una medida cautelar que obligó al Estado a comenzar a aplicar la ley. El Gobierno apeló esa cautelar; la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal la confirmó. El Ejecutivo llevó entonces el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario, que el máximo tribunal rechazó el 25 de junio de 2026 por no estar dirigido contra una sentencia definitiva, dejando firme la medida cautelar.
En septiembre, Cormick volvió a intimar al Estado al considerar que el cumplimiento acreditado era parcial y le otorgó cinco días para regularizar la situación. El Gobierno apeló nuevamente esa intimación y solicitó que se le otorgara efecto suspensivo. Mientras el expediente avanzaba, el Ejecutivo reconoció en distintas instancias que cumplir con la norma representaría un costo estimado de 2,5 billones de pesos, una cifra que declaró no poder afrontar en el corto plazo. Las negociaciones del Presupuesto 2027, que el Gobierno presentó con un recorte real del 24,9% respecto de 2023 según la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), enmarcan el conflicto en un escenario de desfinanciamiento estructural del sistema universitario.
Gremios y universidades en estado de alerta
Las organizaciones gremiales y universitarias celebraron el fallo, aunque advirtieron que el Gobierno intentará dilatar su cumplimiento. Los gremios universitarios reclaman una recomposición salarial del 32,5%, cifra que vinculan con la pérdida acumulada que busca corregir la Ley 27.795. Ante la negativa del Gobierno a avanzar más allá de aumentos del 3% mensual, el conflicto derivó en nuevas medidas de fuerza: la UBA anunció un paro escalonado de 23 días durante cinco semanas, y los gremios convocaron a la quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales, la segunda durante 2026.
El CIN, que fue uno de los actores que impulsó la acción judicial, exigió al Ministerio de Educación que instrumente de forma urgente los mecanismos de transferencia presupuestaria. Desde el Consejo Interuniversitario Nacional advirtieron que las transferencias a las universidades acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026.
El cálculo político en año preelectoral
El fallo coloca al Ejecutivo ante una disyuntiva de alto costo político. Apelar y extender el conflicto universitario en un año preelectoral implica mantener encendida una disputa que en cuatro oportunidades ya traccionó hacia las calles a más de un millón de personas. Cumplir el fallo, en cambio, significa asumir el impacto fiscal que la Casa Rosada argumentó como inasumible y flexibilizar el ajuste que sostiene como eje de su gestión. El control judicial de las decisiones presupuestarias, que Cormick reivindicó en la sentencia como una consecuencia propia de la justiciabilidad del Estado, se convierte así en el principal obstáculo institucional a una estrategia que eligió desobedecer la voluntad del Congreso antes que revisar su modelo económico.
Fuentes judiciales consultadas por este medio indicaron que la Procuración del Tesoro analizaba los alcances de la sentencia para definir la estrategia procesal. Al cierre de esta edición, el Gobierno no había emitido una posición oficial sobre si apelará el nuevo fallo de fondo.
Lo que tenés que saber
- El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, que vaciaba de contenido la Ley de Financiamiento Universitario ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos.
- La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos de la ley referidos a la recomposición salarial docente y la actualización de becas estudiantiles.
- El conflicto acumula más de un año de litigios: la Corte Suprema rechazó en junio de 2026 el recurso extraordinario del Gobierno, dejando firme la medida cautelar.
- Las universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% en las transferencias presupuestarias entre 2023 y 2026, según el CIN.
- Los gremios anunciaron un paro escalonado de 23 días en la UBA y una quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales.
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