Lawfare
“¿Habrá una Constitución especial solo para mí?”: Cristina criticó la restricción de visitas
La ex presidenta cuestionó al Tribunal Oral Federal 2 por restringir el régimen de visitas en su domicilio. A través de un escrito judicial y publicaciones en redes sociales, denunció la existencia de un tratamiento judicial excepcional que vulnera sus derechos civiles y políticos.
Un régimen de visitas que abre un nuevo capítulo en la persecución judicial
Cristina Fernández de Kirchner, expresidenta y actual titular del Partido Justicialista, volvió a apuntar contra la Justicia por lo que considera un tratamiento inédito y discriminatorio en el cumplimiento de su prisión domiciliaria. El Tribunal Oral Federal N°2, que lleva adelante la ejecución de la condena dictada por la Corte Suprema en el marco de la causa Vialidad, dispuso que solo pueden visitarla sus familiares directos, abogados y médicos, previa presentación de un listado cerrado y sujeto a aprobación judicial.
La medida motivó la reacción inmediata de la exmandataria en su cuenta de X (ex Twitter), donde ironizó: “Ayer, el Tribunal tuvo que aclarar que puedo salir al balcón de mi casa. Hoy, mis abogados tuvieron que recurrir otra decisión del mismo Tribunal, que sólo permite que me visiten… únicamente mi núcleo familiar, mis abogados y mis médicos”.
Fernández de Kirchner señaló que las restricciones vulneran derechos fundamentales, incluso aquellos que no se ven alcanzados por la condena impuesta: “Cada vez que quieran visitarme deberán presentar una solicitud al Tribunal y luego esperar su autorización; en un régimen de exclusión totalmente arbitrario, que no se le aplica a nadie”.
Un régimen de visitas que no tiene antecedentes
La defensa legal de la exvicepresidenta, a cargo de Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, presentó un escrito para revocar la disposición del TOF 2. Allí argumentaron que “quienes cumplen su pena en un domicilio particular pueden desarrollar todas las actividades que no se encuentran prohibidas por la ley”. A su vez, remarcaron que la exmandataria “no ha perdido ninguno de los derechos inherentes a su condición humana, tanto civiles como políticos”.
Los letrados hicieron hincapié en el principio constitucional de legalidad —artículo 18 de la Constitución Nacional— para exigir el respeto por el pleno ejercicio de sus relaciones personales, políticas e institucionales. “La regla de conducta impuesta no registra antecedentes, no tiene fundamento normativo y no explica su finalidad”, argumentaron.
A modo de ejemplo, mencionaron la intención manifestada por Luiz Inácio Lula da Silva de reunirse con Cristina Kirchner, algo que, según el criterio actual del Tribunal, también requeriría de autorización previa. “No parece sensato que esta clase de encuentros deban estar supeditados a autorizaciones judiciales”, sostuvieron.
“¿Una Constitución especial solo para mí?”
En su publicación, la exmandataria ironizó sobre la singularidad del tratamiento judicial que se le aplica: “¿Habrá una Constitución y Códigos Penales y Procesales especiales, redactados únicamente para mí y que nunca me enseñaron en la facultad?”.
La polémica surgió luego de que la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza, visitara a la exmandataria en su domicilio en Recoleta sin figurar en el registro autorizado. La visita se realizó menos de 48 horas después de que comenzara a cumplirse la prisión domiciliaria, lo que fue tomado como un episodio que justificó el endurecimiento del control judicial.
Sin embargo, desde el entorno de la expresidenta consideran que la reacción del Tribunal fue desproporcionada y con motivaciones políticas. “Se busca restringir sus vínculos sociales y políticos para acallar su voz en un momento crucial del país”, sostienen.
Puntos Clave:
- Cristina Kirchner cuestionó las restricciones de visitas en su prisión domiciliaria.
- El Tribunal Oral Federal N°2 exigió un listado de visitas limitado y con autorización previa.
- La defensa argumentó que las limitaciones violan derechos civiles y políticos de la expresidenta.
- Se cuestionó la falta de fundamentos normativos y la «discrecionalidad» del Tribunal.
- El caso reaviva el debate sobre el alcance de la prisión domiciliaria para figuras políticas.
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Judiciales ⚖️
El naufragio de los cuadernos: un video editado expone las grietas del armado judicial contra CFK
El Tribunal Oral Federal 7 aceptó un material audiovisual donde el «arrepentido» Oscar Centeno admite ante la justicia española que no conoce a los empresarios ni vio entregas de dinero; lo que debilita aún más una causa viciada por irregularidades y tachaduras.
★ En una jornada que dejó al desnudo la fragilidad del andamiaje probatorio construido en los tribunales de Comodoro Py; el Tribunal Oral Federal N°7 permitió la reproducción de un video editado que compromete seriamente la acusación central del juicio. El empresario Juan Carlos De Goycochea, exdirectivo de Isolux; fue quien encabezó la sesión del pasado jueves al exhibir una declaración de Oscar Centeno ante la justicia de España que contradice los pilares del expediente local.
Una audiencia bajo control de la defensa
La dinámica en la sala Auditorium resultó inédita. Los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli autorizaron la proyección del material a pesar de la fuerte oposición de la fiscal Fabiana León. La funcionaria judicial argumentó que el tribunal desconocía la cadena de custodia del video y que su reproducción forzaba la voluntad del exchofer; quien ya manifestó su decisión de no declarar en el debate argentino.
A pesar de las advertencias sobre la falta de certeza sobre el origen del material; los magistrados hicieron lugar al pedido de la defensa. Este hecho se suma a la larga lista de anomalías de una causa que se sostiene sobre cuadernos que el propio Centeno dijo haber quemado; pero que luego aparecieron parcialmente en manos de un periodista; con claras evidencias de adulteraciones, sobreescrituras y tachaduras confirmadas por peritajes calificados.
Las confesiones de Centeno en el exterior
El contenido del video; correspondiente a una teleconferencia en un proceso vinculado a la firma Isolux Corsán en Madrid; dinamitó la narrativa de la fiscalía. Ante las preguntas de los funcionarios españoles; Centeno fue categórico al afirmar que no conocía a los directivos de la empresa ni sabía de la existencia de una matriz en España. «No conozco a nadie», sentenció el testigo clave cuando le consultaron por los interlocutores de la firma.
El golpe de gracia a la acusación llegó cuando le preguntaron sobre las supuestas entregas de fondos entre 2011 y 2014. «Tampoco lo sé», respondió Centeno; para luego rematar asegurando que no le constaba que ningún responsable de la empresa hubiera entregado dinero a funcionarios públicos. Estas declaraciones contrastan con las anotaciones de los cuadernos; donde el propio Centeno vinculó a la compañía con licitaciones de la central termoeléctrica de Río Turbio. Al respecto; admitió en España que escribió esos datos basándose en comentarios de terceros y no en una percepción directa.
El fantasma del Lawfare y las pruebas viciadas
Este episodio refuerza la tesis de las defensas; especialmente la de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner; sobre la existencia de una persecución judicial coordinada por el denominado Partido Judicial. La causa Cuadernos acumuló desde su inicio cuestionamientos por la utilización de la Ley de Arrepentidos bajo presunta coacción y la falta de grabaciones de las declaraciones testimoniales durante la instrucción del fallecido juez Claudio Bonadio.
La justicia española ya descartó en 2022 los cargos contra directivos de Isolux al considerar que las pruebas; basadas en los mismos cuadernos y el testimonio de Centeno; eran insuficientes. Ahora; el TOF 7 enfrenta el desafío de sostener un juicio con 87 imputados mientras su prueba estrella admite bajo juramento en el extranjero que el relato incriminatorio carece de sustento fáctico.
Puntos clave:
- El TOF 7 aceptó un video de Centeno declarando en España donde niega conocer a empresarios de Isolux.
- La declaración desmiente las anotaciones de los cuadernos sobre presuntas coimas de esa firma.
- La fiscalía se opuso a la prueba por desconocerse su cadena de custodia y ser un material editado.
- El antecedente de la justicia española ya desestimó estas pruebas por considerarlas débiles.
- El juicio continúa en medio de denuncias por adulteración de documentos y falta de garantías procesales. ★
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