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Violencia de Género

Indagaron por amenazas a cinco de los acusados de la violación grupal de una joven en Palermo

Se trata de Thomas Fabián Domínguez (21), Franco Jesús Lykan (23) y Ignacio Retondo (22), Ángel Pascual Ramos (23) y Steven Alexis Cuzzoni (19), quienes ingresaron cerca de las 8 de esta mañana a sede de la Fiscalía Penal, Correccional y de Faltas 2, para ser indagados por el fiscal Norberto Brotto.

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Cinco de los seis detenidos por la violación en grupo de una chica de 21 años cometida el pasado 28 de febrero adentro de un auto estacionado en el barrio porteño de Palermo, fueron indagados hoy por amenazar a una panadera y a su esposo que se acercaron para auxiliar a la víctima, informaron fuentes judiciales.

Se trata de Thomas Fabián Domínguez (21), Franco Jesús Lykan (23) y Ignacio Retondo (22), Ángel Pascual Ramos (23) y Steven Alexis Cuzzoni (19), quienes ingresaron cerca de las 8 de esta mañana a sede de la Fiscalía Penal, Correccional y de Faltas 2, para ser indagados por el fiscal Norberto Brotto.

Fuentes judiciales aseguraron que el fiscal imputó a los detenidos el delito de «amenazas simples», contemplado en el artículo 149 del Código Penal.

Es que los acusados fueron señalados por Natalia Concepción Duarte Godoy y su esposo, Orlando Jesús Ibarra, como quienes los amenazaron e insultaron cuando se aproximaron al vehículo en el que abusaban de la joven y que estaba detenido frente a su panadería.

«Hijos de puta. Van a ver. Ya van a ver, vamos a volver. Ya les vimos las caras y sabemos dónde trabajan. Los vamos a venir a buscar, ya sabemos de dónde son», fue una de las amenazas denunciadas por la pareja, representada en la causa por el abogado Marino Cid Aparicio.

El único de los acusados de la violación grupal que no fue imputado en la casa por amenazas es Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24), ya que en principio no se hallaron elementos para vincularlo.

A su vez, fuentes judiciales confirmaron que el imputado Domínguez se negó a declarar por recomendación de su abogado defensor, Jorge Alfonso, pero los otros cuatro expresaron ser «inocentes» de las amenazas.

Por otro lado, el abogado de Domínguez señaló que solicitó un plazo de 10 días para ampliar la declaración por escrito de su cliente y que el fiscal «no tome ningún temperamento procesal».

«Vamos a pedir careos con respecto a lo que denunció la mujer del pandero y los dos testigos», adelantó el letrado.

Respecto a la denuncia contra su defendido, Alfonso expresó que «fue presentada a los fines de justificar la barbarie en lo que depusieron como testigos en la causa principal», por lo que solicitó «la reconstrucción para determinar algunas circunstancias que son un hueco para la defensa».

Por su parte, el letrado adelantó que aguarda la resolución de la Cámara de Casación Penal sobre el pedido de excarcelación de su defendido y la respuesta de la apelación realizada sobre la negativa de la reconstrucción del hecho.

Los seis jóvenes están procesados con prisión preventiva y detenidos como presuntos coautores de un «abuso sexual con acceso carnal, agravado por la intervención de dos o más personas», delito que prevé de 8 a 20 años de cárcel.

El hecho del que se los acusa ocurrió el feriado del pasado 28 de febrero, a partir de las 14.45, en la calle Serrano al 1300, en Palermo Soho, donde una pareja de panaderos y otro vecino intervinieron al ver que dentro de un auto Volkswagen Gol estacionado junto a la vereda abusaban en grupo de una chica.

Mientras cuatro de los imputados -Ramos, Ciongo Pasotti, Cuzzoni y Lykan-, estuvieron dentro del auto con la víctima, los otros dos -Domínguez y Retondo-, cantaban y tocaban la guitarra en la vereda, aunque «observando y convalidando el ataque sexual», según la resolución del juez.

Fernández sostuvo que los acusados se aprovecharon del estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la víctima -tenía alcohol, marihuana y anfetaminas en su organismo-, a partir de lo cual no estaba en condiciones de consentir ningún acto sexual, algo que los camaristas destacaron en su fallo.

Géneros 🟣

Ex funcionario del INAES Carlos Debiaggi fue declarado culpable de abuso sexual tras 7 años de lucha judicial

Después de siete años de lucha, la Justicia federal encontró culpable al ex Director de Asuntos Jurídicos del INAES por abuso sexual simple consumado en horario laboral. La condena llegó tras un juicio oral que comenzó el 18 de marzo de 2026.

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El 12 de agosto de 2019, en pleno horario laboral y en las oficinas del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), dependiente del entonces Ministerio de Desarrollo Social, Carlos Alberto Debiaggi, quien se desempeñaba como Director de Asuntos Jurídicos del organismo, abusó sexualmente de una trabajadora. La víctima, identificada solo como Cecilia para resguardar su identidad, relató los hechos a la Revista Cítrica en 2019.

La denuncia fue presentada de inmediato en sede penal y administrativa. Sin embargo, la respuesta institucional no fue la protección que la trabajadora merecía. El presidente del INAES, Marcelo Collomb, se negó en forma reiterada a apartar a Debiaggi del organismo, pese a las audiencias personales y los requerimientos formales de la junta interna de ATE y de las trabajadoras del organismo.

Cecilia debió tomarse licencia psiquiátrica primero, y por violencia de género después. Le redujeron el sueldo. Debiaggi, en cambio, siguió concurriendo al organismo.

Represalias y solidaridad

La situación no quedó ahí. Según informó la propia junta interna de ATE INAES, como represalia por el acompañamiento sindical a la denunciante, dos delegados fueron denunciados penalmente por supuestas amenazas, una acusación que los propios trabajadores calificaron como «armada«. Ni esa maniobra logró frenar el avance judicial.

En 2021, la Cámara Federal confirmó el procesamiento de Debiaggi al considerar que existían elementos probatorios suficientes para avanzar al debate oral. Aun así, la causa tardó cinco años más en llegar al juicio.

El juicio y la condena

El juicio oral y público en la causa «Debiaggi, Carlos Alberto s/ infr. art. 119, 1° CP» se inició el 18 de marzo de 2026 ante la Justicia federal. Semanas después, el veredicto llegó: CULPABLE.

La junta interna de ATE INAES celebró la condena como «una conquista histórica» y subrayó que la victoria no hubiera sido posible sin «un sindicato que acompañe y se plante» y sin la sororidad de decenas de trabajadoras del organismo y delegadas de otras juntas que sostuvieron a la trabajadora durante años.

La causa también expuso los antecedentes de violencia de género de Debiaggi: según señaló en su momento ATE INAES en comunicado oficial, el ex funcionario registraba además una causa por violencia doméstica impulsada por su ex pareja, y diversas situaciones no denunciadas formalmente por temor por parte de otras trabajadoras de su Dirección.

Una victoria, un síntoma

El caso Debiaggi ilustra con crudeza una realidad extendida en el ámbito laboral estatal: la denuncia no garantiza la protección, no es la primera vez que denunciantes son despedidas o forzadas a tomarse «licencias». La trabajadora fue quien pagó las consecuencias inmediatas, mientras el agresor, amparado por el silencio institucional, continuó en funciones.

Siete años de proceso judicial, licencias forzadas, reducción salarial, represalias sindicales y una burocracia que prefirió mirar para otro lado antes de actuar. La condena es justa y necesaria. Pero también es la prueba de todo lo que aún falta construir para que el Estado deje de ser un lugar peligroso para quienes se atreven a denunciar.

Si vivís una situación de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda llamá gratis al 144, mandá un mensaje al 11 5050 0147 o por WhatsApp al +54 911 2771 6463. También podés descargar acá una app para recibir ayuda de profesionales.

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