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Trabajo

Cayó más de 18% la cantidad de viajes en medios de transporte en abril

Fue la primera baja en el año, dado que en el primer trimestre se había mantenido estable.

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En abril, la cantidad de viajes en medios de transporte experimentó una caída del “18,1%” en comparación con el mismo mes del año anterior, de acuerdo con datos oficiales.

Según un informe del Banco Central, se registraron “327,6 millones” de viajes a través de la tarjeta SUBE. El gasto total ascendió a “$60 mil millones”, lo que representa un incremento interanual del “20,5%”.

Es importante destacar que esta fue la primera disminución en el año, ya que en el primer trimestre los números se habían mantenido estables. Estos datos son parte del informe Mensual de Pagos Minoristas del Banco Central.

En marzo, se realizaron “296,7 millones” de viajes, lo que supone un aumento interanual del “1,2%”. En febrero, la cifra fue de “342,1 millones”, un incremento del “0,8%”, mientras que en enero se registraron “372,4 millones” de viajes, un aumento del “0,6%”.

Es relevante señalar que los viajes realizados en abril estuvieron por debajo de los de enero y febrero, meses que suelen tener menor actividad debido al período vacacional.

Finalmente, a partir de mañana, se producirá una unificación de la app SUBE. Los usuarios deberán descargarla en sus teléfonos para poder utilizar todas sus funciones.

Salud 🩺

Reforma laboral de Milei: los nuevos requisitos para validar los certificados médicos

El Gobierno reglamentó la Ley 27.802 con tres decretos que digitalizan las licencias por enfermedad, crean nuevos fondos laborales y abren una moratoria previsional, en medio de críticas por el impacto sobre los derechos de los trabajadores.

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El Argentino Diario-Médicos-Residencias médicas-Hospital público-Salud Pública.
Los nuevos requisitos para los certificados médicos laborales tras la reglamentación de la Ley 27.802.

Digitalización selectiva: cómo los nuevos decretos laborales de Milei debilitan la posición del trabajador enfermo

★ El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó esta semana aspectos centrales de la Ley de Modernización Laboral 27.802 mediante la publicación simultánea de los Decretos 407/2026, 408/2026 y 409/2026 en el Boletín Oficial. Las nuevas disposiciones modifican el sistema de licencias por enfermedad, crean los denominados Fondos de Asistencia Laboral (FAL) e instauran un esquema de regularización de deudas previsionales bajo el argumento oficial de promover el empleo registrado.

La reglamentación llega en un contexto político marcado por la resistencia sindical y parlamentaria a la reforma laboral impulsada por la administración Javier Milei, que los gremios y sectores de la oposición caracterizan como un desmantelamiento sistemático de conquistas históricas de los trabajadores argentinos.

Certificados digitales: la médula de los cambios

El cambio de mayor alcance cotidiano afecta al sistema de licencias médicas. La reglamentación del artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que toda prescripción médica que ordene reposo laboral deberá emitirse de forma electrónica, a través de sistemas o plataformas específicamente habilitadas por la autoridad sanitaria.

Los certificados deberán cumplir con requisitos precisos para ser considerados válidos:

  • Diagnóstico médico.
  • Tratamiento indicado.
  • Cantidad de días de reposo.
  • Emisión mediante una plataforma inscripta en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
  • Firma digital de un profesional acreditado ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS).

El esquema apunta a centralizar y digitalizar completamente el control del ausentismo por enfermedad, desplazando el papel físico como documento válido en condiciones ordinarias y concentrando la validación en registros administrados por organismos bajo la órbita del Ejecutivo nacional.

Conflictos entre médicos y juntas de peritos

La normativa prevé un mecanismo para cuando existan discrepancias entre el diagnóstico presentado por el trabajador y el diagnóstico producido por el médico designado por el empleador. En esos casos, las partes podrán recurrir a juntas médicas oficiales o a instituciones públicas y privadas «de reconocida trayectoria», una definición que la norma deja librada a criterios no precisados.

El diseño de este mecanismo reaviva una tensión histórica en el derecho laboral argentino: la asimetría de poder entre el empleador, que puede costear instancias de impugnación, y el trabajador, que generalmente depende de recursos propios o sindicales para sostener una disputa médica. La ausencia de una definición clara sobre quién financia esas juntas y bajo qué criterios se integran deja abierta una ventana de conflicto.

La excepción en papel: quién y cuándo puede usarla

La digitalización no será absoluta. La norma contempla excepciones para situaciones de falta de conectividad, contingencias técnicas o caídas de sistemas informáticos, en cuyo caso se admitirán certificados en papel con firma ológrafa. Sin embargo, la acreditación de esas circunstancias recaerá sobre quien emita la documentación, lo que plantea interrogantes sobre la capacidad de profesionales que trabajan en zonas con infraestructura deficiente de demostrar las condiciones de excepción.

La brecha digital entre el sistema sanitario urbano y el del interior profundo del país no es un dato menor: mientras los grandes centros cuentan con plataformas operativas y profesionales habilitados en los registros correspondientes, vastas regiones del NOA, NEA y la Patagonia rural registran conectividad escasa o intermitente, lo que podría derivar en situaciones de incertidumbre legal para trabajadores y médicos por igual.

Fondos de Asistencia Laboral y moratoria previsional

Los otros dos decretos completan el tríptico regulatorio. El Decreto 408/2026 crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), cuya finalidad y estructura de financiamiento no fue detallada en los considerandos publicados en el Boletín Oficial. El Decreto 409/2026 establece un esquema de regularización de deudas previsionales, presentado oficialmente como un incentivo para la formalización del empleo no registrado.

Ambas medidas se enmarcan en la retórica oficial de la «modernización», aunque su efecto real sobre el nivel de informalidad laboral, que afecta a más del 40% de los trabajadores argentinos según datos del INDEC, quedará sujeto a la implementación concreta y al control de cumplimiento, históricamente débil en Argentina.

El trasfondo político de la reforma

La Ley de Modernización Laboral 27.802 fue aprobada en medio de fuertes cuestionamientos de la CGT, la CTA y los bloques de la oposición peronista en el Congreso, que advirtieron que la norma facilitaría el fraude laboral y debilitaría la capacidad de los trabajadores de acreditar sus enfermedades ante empleadores que, bajo el nuevo esquema, tendrán mayor margen de impugnación formal.

La reglamentación ahora publicada no despeja esas dudas. La concentración de la validación de certificados en plataformas administradas por el Estado nacional, la dependencia de registros digitales controlados por la autoridad de aplicación y la definición difusa de los mecanismos de resolución de conflictos configuran un escenario donde el equilibrio de poder entre capital y trabajo se inclina, una vez más, del lado del empleador.

Para las organizaciones sindicales, el decreto es una pieza más de un rompecabezas cuyo dibujo final, según advierten, es la precarización estructural del mercado laboral argentino bajo el amparo de una ley que lleva el nombre de «modernización» pero que, en los hechos, retrocede décadas en materia de derechos adquiridos.

Puntos clave:

  • El Poder Ejecutivo publicó los Decretos 407, 408 y 409 de 2026, reglamentando la Ley de Modernización Laboral 27.802.
  • Los certificados médicos de reposo deberán emitirse digitalmente a través de plataformas inscriptas en el ReNaPDiS y firmados por profesionales registrados en el REFEPS.
  • Se admiten excepciones en papel solo ante falta de conectividad o caídas técnicas, a cargo de quien emite el certificado.
  • Los conflictos entre diagnósticos de trabajadores y empleadores se dirimirán ante juntas médicas, con criterios de integración aún imprecisos.
  • La reforma fue resistida por la CGT, la CTA y la oposición parlamentaria, que la califican como un retroceso en derechos laborales.
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