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Trabajo

Premian a quienes tuvieron trabajadores en negro: el Gobierno les condona hasta el 100% de sus deudas

El Poder Ejecutivo publicó este lunes en el Boletín Oficial el Decreto 409/2026, que reglamenta el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER). El esquema condona entre el 70% y el 100% de las deudas acumuladas a empleadores que no registraron trabajadores, extingue acciones penales y los baja del registro de sanciones laborales. La medida integra un paquete de cuatro decretos que pone en marcha la Ley de Modernización Laboral aprobada en marzo.

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Beneficio sin castigo: el decreto que absuelve a empleadores que mantuvieron trabajadores en la informalidad.

Milei oficializó un blanqueo laboral que perdona deudas patronales de hasta el 100% por trabajo no registrado

★ El gobierno de Javier Milei oficializó este lunes el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), un esquema de regularización que incluye la condonación masiva de deudas previsionales para empleadores del sector privado que mantuvieron trabajadores no registrados o deficientemente registrados. La medida se concretó a través del Decreto 409/2026, publicado en el Boletín Oficial con las firmas de Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni, del ministro de Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger y del ministro de Economía Luis Caputo.

El régimen es parte de la Ley de Modernización Laboral 27.802, promulgada el 6 de marzo de 2026 y cuya reglamentación operativa se desplegó este lunes a través de cuatro decretos (406, 407, 408 y 409), que reorganizan el mapa de las relaciones laborales en la Argentina: convenios colectivos, actividad sindical, recibos de sueldo, indemnizaciones y empleo registrado.

El blanqueo patronal: quiénes se benefician y en qué proporción

El PER permite regularizar relaciones laborales vigentes iniciadas antes del 6 de marzo de 2026 que no estuvieran correctamente registradas. Lo que varios especialistas ya denominan un «blanqueo laboral» funciona con un esquema escalonado de condonación según el tamaño del empleador:

  • Micro y Pequeñas Empresas y Entidades sin fines de lucro: condonación del 90% de la deuda previsional.
  • Medianas Empresas: condonación del 80%.
  • Demás empleadores: condonación del 70%.

Adicionalmente, el decreto establece una condonación del 100% de las deudas vinculadas al Sistema Nacional del Seguro de Salud, al Régimen de Riesgos del Trabajo y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO), sin distinción de tamaño empresarial.

Para la porción de deuda no condonada, la norma habilita dos alternativas: el pago al contado con una reducción adicional del 50% sobre capital e intereses; o un plan de facilidades que deberá implementar la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Extinción penal y salida del registro de sanciones

Uno de los aspectos más controvertidos del decreto es la extinción de la acción penal para los empleadores que adhieran al régimen. La norma establece que ese beneficio procederá siempre que no exista sentencia firme a la fecha de adhesión y que las imputaciones se vinculen con las obligaciones incluidas en la regularización. En términos concretos, empleadores que incurrieron en delitos tributarios o previsionales quedarán eximidos de responsabilidad criminal si se acogen al plan.

La adhesión al PER también habilitará la baja del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) respecto de las infracciones cometidas o constatadas hasta el 6 de marzo de 2026.

Qué reciben los trabajadores: derechos acotados por el salario mínimo

El decreto contempla algunos efectos para los trabajadores cuyas relaciones laborales sean regularizadas. El período incluido en la regularización será computado como tiempo de servicio para acceder a la Prestación Básica Universal (jubilación), a la Prestación de Retiro Transitorio por Invalidez y a la Pensión por Fallecimiento. También habilitará el acceso a las prestaciones por desempleo.

Sin embargo, la norma establece que ese cálculo se realizará sobre un monto equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, salvo que el sueldo efectivamente declarado sea superior. Esta limitación recorta el alcance real del beneficio para los trabajadores: el SMVM se ubica históricamente muy por debajo del salario promedio del sector privado registrado, lo que implica que los aportes reconocidos para acceder a prestaciones previsionales y de desempleo serán, en la mayoría de los casos, inferiores a los que correspondería acreditar.

La reforma laboral en marcha: sindicatos, convenios y un nuevo recibo de sueldo

El PER se inscribe en un paquete reglamentario más amplio. El Decreto 407/2026, considerado la norma central del conjunto, establece nuevas reglas para la negociación colectiva e introduce mecanismos de control sobre las organizaciones gremiales. También crea un nuevo formato obligatorio para los recibos de sueldo, que deberá exhibir el costo laboral total que afronta el empleador, incluyendo aportes sindicales y contribuciones a la seguridad social.

Además, el Ejecutivo oficializó la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que reemplaza el régimen indemnizatorio tradicional. Su entrada en vigencia quedó postergada al 1 de noviembre de 2026, con una reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte efectuado al Fondo.

La Ley de Modernización Laboral había generado resistencia en el movimiento sindical desde su aprobación en el Congreso, cuestionada por sus alcances en materia de representación gremial y negociación colectiva. La reglamentación de este lunes pone en marcha los mecanismos concretos que los gremios deberán enfrentar en los próximos meses.

Puntos clave:

  • El Decreto 409/2026 reglamenta el PER, un blanqueo laboral que condona entre el 70% y el 100% de las deudas previsionales de empleadores con trabajadores no registrados.
  • La condonación del 100% alcanza las deudas vinculadas a seguro de salud, riesgos del trabajo y seguro de vida obligatorio, sin importar el tamaño de la empresa.
  • Los empleadores adherentes podrán extinguir su acción penal, siempre que no haya sentencia firme, y ser dados de baja del REPSAL.
  • Los trabajadores regularizados obtendrán reconocimiento de tiempo de servicio, pero calculado sobre el Salario Mínimo Vital y Móvil, salvo declaración superior.
  • El nuevo régimen de indemnizaciones del Fondo de Asistencia Laboral entrará en vigor el 1 de noviembre de 2026.

Economía 💲

La reforma laboral de Milei avanza: la CNV reglamentó los fondos que reemplazan la indemnización

La Comisión Nacional de Valores formalizó los vehículos financieros con los que operará el Fondo de Asistencia Laboral, uno de los pilares más cuestionados de la reforma laboral. Los recursos podrán canalizarse a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos, con informes mensuales obligatorios para cada empresa.

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Los recursos del FAL podrán administrarse a través de fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros.

Un paso más en el desmantelamiento del sistema clásico de indemnizaciones: la Comisión Nacional de Valores (CNV) formalizó mediante la Resolución General 1167/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, los instrumentos financieros que administrarán los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo central de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei para reemplazar la indemnización por despido que rigió en Argentina durante décadas.

La norma define que los denominados Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral podrán estructurarse bajo dos modalidades: fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros. La resolución fue dictada por la CNV, el organismo regulador del mercado de capitales argentino, en el marco de las facultades que le otorgó la reforma laboral sancionada en el Congreso.

Cómo funciona el nuevo esquema

El régimen fija requisitos para las administradoras de fondos y los fiduciarios que participen del sistema, junto con reglas sobre las políticas de inversión, la asignación de los recursos acumulados y la identificación de los empleadores aportantes. Cada empresa contará con un identificador individual que vinculará sus aportes al vehículo de inversión que haya seleccionado, lo que permite un seguimiento nominado de los fondos de cada trabajador.

La resolución establece además la obligación de publicar mensualmente una Ficha FAL con información sobre patrimonio, composición de la cartera, principales inversiones y rendimientos históricos netos de honorarios. El objetivo declarado es garantizar transparencia sobre el dinero que los trabajadores acumulen en estos vehículos, aunque los sindicatos y sectores del peronismo han señalado que la gestión privada de esos fondos implica un riesgo financiero que el Estado ya no asumirá.

Un punto crítico: la indemnización no desaparece de un día para el otro

La propia resolución de la CNV aclara un punto que el oficialismo suele soslayar: la reglamentación de los instrumentos financieros del sistema no establece una sustitución automática de las indemnizaciones para todos los trabajadores. El FAL opera sobre nuevas contrataciones y bajo condiciones específicas que determinará la negociación colectiva, y convive por ahora con el régimen indemnizatorio vigente para los empleados bajo contratos anteriores a la reforma.

En paralelo a esta resolución, la reforma laboral acumula otras novedades: en los últimos días se conoció un acuerdo de productividad entre un sindicato y cámaras vinculadas a Vaca Muerta, considerado por el oficialismo como un modelo del nuevo esquema de relaciones laborales. Además, el Banco Central determinó la tasa pasiva aplicable a los juicios laborales bajo el nuevo marco normativo, una decisión de impacto directo sobre las causas en trámite.

El debate de fondo: ¿quién asume el riesgo?

La reforma laboral mileísta transfiere al mercado de capitales una función que el derecho del trabajo argentino mantuvo durante décadas bajo responsabilidad patronal directa: garantizar un ingreso al trabajador despedido. Al financiarizar esa protección, el riesgo de variación en los rendimientos pasa a recaer sobre el trabajador y no sobre el empleador, lo que constituye uno de los ejes centrales de la crítica sindical y de los sectores del Partido Justicialista que se opusieron a la ley.

La publicación de la Resolución General 1167/2026 en el Boletín Oficial marca la entrada en operación efectiva del nuevo sistema, aunque su alcance real dependerá de la velocidad con que las administradoras de fondos desarrollen y pongan en el mercado los productos habilitados por la norma.

Lo que tenés que saber

  • La CNV reglamentó mediante la Resolución General 1167/2026 los vehículos financieros del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
  • Los recursos del FAL podrán administrarse a través de fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros.
  • Cada empresa tendrá un identificador individual que vinculará sus aportes al vehículo de inversión seleccionado.
  • Los productos deberán publicar mensualmente una Ficha FAL con datos de patrimonio, cartera, inversiones y rendimientos netos.
  • La norma aclara que no existe sustitución automática de las indemnizaciones: el nuevo sistema aplica a nuevas contrataciones bajo condiciones específicas.
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