Impuestos
Más impuestos en la boleta de gas: aumentan el recargo para sostener subsidios en zonas frías
El Gobierno elevó de 6,6% a 6,8% el impuesto al gas para financiar subsidios en zonas de bajas temperaturas. El ENARGAS deberá definir los procedimientos de facturación antes de que se refleje en las boletas.
El Ministerio de Economía incrementó la alícuota del impuesto que se aplica en las facturas de gas, que pasa de 6,6% a 6,8%, con el objetivo de reforzar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas en zonas frías. La medida fue oficializada a través de la Resolución 1253/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Aumento del recargo en la tarifa
El recargo del 6,8% se aplicará sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada metro cúbico de 9.300 kcal que ingrese al sistema de ductos en todo el país, incluyendo los volúmenes de autoconsumo.
Según la normativa, el importe deberá trasladarse de forma directa a las facturas de los usuarios finales. Las empresas distribuidoras y subdistribuidoras de gas no obtendrán ganancias ni sufrirán pérdidas por su aplicación, ya que solo deberán trasladar el monto correspondiente.
De igual forma, las comercializadoras de gas deberán aplicar y trasladar el recargo en su exacta incidencia sobre el precio del gas adquirido en el PIST.
Fundamentación del Ministerio de Economía
El Gobierno explicó que la decisión responde a la necesidad de mayores recursos para sostener el régimen de compensaciones del Fondo Fiduciario. En los considerandos de la resolución se menciona que existe un “efecto financiero entre la vigencia del recargo y su impacto efectivo en la recaudación”, lo que obliga a reforzar los ingresos del sistema.
La medida se dicta en el marco de la emergencia del sector energético nacional y en el proceso de reestructuración de los regímenes de subsidios a la energía. Según la normativa, el Estado ya no puede sostener subsidios generalizados y debe concentrar la asistencia en los sectores más afectados.
El nuevo recargo comenzará a regir para los consumos realizados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de los procedimientos de facturación que deberá establecer el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).
Hasta entonces, las distribuidoras y comercializadoras deberán esperar la reglamentación específica para aplicar el incremento en las facturas residenciales.
Puntos clave
- El Gobierno elevó de 6,6% a 6,8% el impuesto al gas para financiar subsidios en zonas frías.
- La medida fue oficializada por la Resolución 1253/2025 publicada en el Boletín Oficial.
- El recargo se aplica sobre el precio del gas natural en el PIST, incluyendo autoconsumo.
- No genera ganancias ni pérdidas a las distribuidoras ni comercializadoras, que solo trasladan el monto.
- El ENARGAS deberá definir los procedimientos de facturación antes de que se refleje en las boletas.
Impuestos
Las PyMEs argentinas enfrentan 62 obligaciones tributarias y administrativas por año
Un relevamiento del IARAF y la CAC contabilizó 34 gravámenes y 28 regímenes de percepción, retención e información para una empresa representativa. Aunque hubo una reducción respecto del año anterior, persisten los costos administrativos y los fondos inmovilizados.
Las pequeñas y medianas empresas argentinas deben afrontar una estructura de obligaciones que comprende impuestos nacionales, provinciales y municipales, además de distintos procedimientos administrativos. Según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), el relevamiento de 2026 identificó 34 tributos y 28 regímenes de percepción, retención e información.
El documento, denominado Vademécum tributario argentino de PyMES 2026, citado por NA, contabiliza un total de 62 obligaciones entre gravámenes y trámites formales. Aunque las cifras muestran una reducción respecto del año anterior, el estudio advierte sobre los costos de cumplimiento y la acumulación de saldos a favor que pueden afectar los recursos de las empresas.
El informe identificó 34 tributos para las PyMEs argentinas
De acuerdo con el relevamiento del IARAF y la CAC, los tributos identificados se distribuyen entre los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal.
En el ámbito nacional se contabilizaron 16 tributos. Entre ellos figuran el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Ganancias para sociedades, el Impuesto al Cheque, los derechos de importación y exportación, y las contribuciones patronales.
En el nivel provincial, el estudio identificó ocho tributos. Los principales ejemplos son el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB), el Impuesto Inmobiliario provincial, el Impuesto del Automotor y el Impuesto de Sellos.
Por su parte, el ámbito municipal reúne diez tributos, entre los que se encuentran la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene (TISH), el Derecho de Publicidad y Propaganda y distintas tasas inmobiliarias y automotrices.
La cantidad de tributos disminuyó respecto del relevamiento anterior
El informe registró una reducción en la cantidad de tributos contemplados en comparación con el año previo: pasaron de 37 a 34.
Según el documento, la variación responde a la eliminación de los impuestos internos que gravaban los seguros y la telefonía celular, además de un cambio metodológico que excluyó la Tasa de Ocupación de Espacios Públicos por corresponder a actividades específicas.
También se redujo la cantidad de regímenes de percepción, retención e información, que pasó de 30 a 28.
Sin embargo, el estudio precisó que solo una de esas bajas representó una reducción efectiva de alcance generalizado: la eliminación del régimen vinculado al Impuesto PAIS. La otra correspondió a la supresión de un mecanismo exclusivo del sector de escribanías.
Qué empresa se tomó como referencia para calcular las obligaciones
Para elaborar el vademécum, la investigación definió un modelo de PyME constituida como sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.), con características operativas que permiten contemplar distintas obligaciones fiscales.
La empresa representativa cuenta con establecimiento propio, empleados en relación de dependencia, flota de vehículos y equipamiento tecnológico. Además, opera con cuentas bancarias, importa insumos y exporta parte de su producción.
El cálculo también considera los impuestos directos e indirectos incorporados en las facturas de servicios básicos, como electricidad, gas natural, agua, telefonía celular e internet.
De esta manera, el relevamiento contempla tanto los tributos vinculados directamente con la actividad empresarial como aquellos que inciden en los costos de funcionamiento.
Retenciones y percepciones: los costos administrativos que señala el estudio
El informe identifica dos obstáculos principales asociados a los 28 regímenes de percepción, retención e información.
El primero es la carga administrativa que deben afrontar las empresas para cumplir con presentaciones periódicas y otros procedimientos formales. Estas tareas requieren recursos operativos y exponen a las PyMEs al riesgo de sanciones o multas ante eventuales incumplimientos.
El segundo problema es la acumulación de saldos a favor, generada por la proliferación de retenciones y percepciones. Según el documento, la lentitud y la burocracia de los procedimientos de devolución dificultan la recuperación de esos fondos.
La situación puede provocar que parte de los recursos de las empresas quede inmovilizada mientras se tramitan las devoluciones correspondientes.
Los saldos a favor pueden representar fondos inmovilizados para las empresas
El vademécum advierte que los importes retenidos o percibidos en exceso pueden convertirse en un problema financiero cuando las empresas no consiguen recuperarlos con rapidez.
El informe sostiene que, ante las demoras administrativas, esos fondos inmovilizados se transforman en la práctica en un incremento encubierto de las alícuotas tributarias.
El relevamiento del IARAF y la CAC plantea así dos dimensiones de la carga que enfrentan las PyMEs argentinas: el cumplimiento de las obligaciones fiscales y administrativas, por un lado, y las dificultades para disponer de recursos propios que quedan acumulados como saldos a favor, por el otro.
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