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Impuestos

Más impuestos en la boleta de gas: aumentan el recargo para sostener subsidios en zonas frías

El Gobierno elevó de 6,6% a 6,8% el impuesto al gas para financiar subsidios en zonas de bajas temperaturas. El ENARGAS deberá definir los procedimientos de facturación antes de que se refleje en las boletas.

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El Ministerio de Economía incrementó la alícuota del impuesto que se aplica en las facturas de gas, que pasa de 6,6% a 6,8%, con el objetivo de reforzar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas en zonas frías. La medida fue oficializada a través de la Resolución 1253/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Aumento del recargo en la tarifa

El recargo del 6,8% se aplicará sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada metro cúbico de 9.300 kcal que ingrese al sistema de ductos en todo el país, incluyendo los volúmenes de autoconsumo.

Según la normativa, el importe deberá trasladarse de forma directa a las facturas de los usuarios finales. Las empresas distribuidoras y subdistribuidoras de gas no obtendrán ganancias ni sufrirán pérdidas por su aplicación, ya que solo deberán trasladar el monto correspondiente.

De igual forma, las comercializadoras de gas deberán aplicar y trasladar el recargo en su exacta incidencia sobre el precio del gas adquirido en el PIST.

Fundamentación del Ministerio de Economía

El Gobierno explicó que la decisión responde a la necesidad de mayores recursos para sostener el régimen de compensaciones del Fondo Fiduciario. En los considerandos de la resolución se menciona que existe un “efecto financiero entre la vigencia del recargo y su impacto efectivo en la recaudación”, lo que obliga a reforzar los ingresos del sistema.

La medida se dicta en el marco de la emergencia del sector energético nacional y en el proceso de reestructuración de los regímenes de subsidios a la energía. Según la normativa, el Estado ya no puede sostener subsidios generalizados y debe concentrar la asistencia en los sectores más afectados.

El nuevo recargo comenzará a regir para los consumos realizados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de los procedimientos de facturación que deberá establecer el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

Hasta entonces, las distribuidoras y comercializadoras deberán esperar la reglamentación específica para aplicar el incremento en las facturas residenciales.

Puntos clave

  • El Gobierno elevó de 6,6% a 6,8% el impuesto al gas para financiar subsidios en zonas frías.
  • La medida fue oficializada por la Resolución 1253/2025 publicada en el Boletín Oficial.
  • El recargo se aplica sobre el precio del gas natural en el PIST, incluyendo autoconsumo.
  • No genera ganancias ni pérdidas a las distribuidoras ni comercializadoras, que solo trasladan el monto.
  • El ENARGAS deberá definir los procedimientos de facturación antes de que se refleje en las boletas.

Combustibles ⛽

Milei congela el impuesto a los combustibles para maquillar la inflación

El gobierno volvió a diferir la actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos mediante el decreto 217/2026, publicado en el Boletín Oficial. La medida, que ya tiene antecedentes desde mediados de 2024, apunta a evitar que el ajuste impositivo se traslade a los surtidores y presione sobre el Índice de Precios al Consumidor.

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★ El gobierno de Javier Milei recurrió una vez más a una de sus herramientas predilectas para amortiguar el dato de inflación: postergar la actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL). La medida, formalizada a través del decreto 217/2026 publicado en el Boletín Oficial, desplazó hasta mayo el incremento que estaba previsto para el corriente mes de abril.

La decisión no es nueva ni aislada. La administración libertaria recurre a esta maniobra de manera sistemática desde mediados de 2024, cuando comenzó a desdoblar y diferir los ajustes sobre los impuestos fijados a los combustibles para evitar que se trasladen a los precios finales al consumidor. Lo que cambia esta vez es el escenario internacional: la guerra que protagonizan Estados Unidos e Israel contra Irán mantiene bajo presión al precio del petróleo y agrega incertidumbre sobre la evolución futura de los valores en los surtidores.

El decreto y sus fundamentos oficiales

El texto del decreto 217/2026 establece que el Ejecutivo definió «volver a diferir los incrementos remanentes en los montos de los Impuestos sobre los Combustibles y al Dióxido de Carbono», derivados de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025. Los productos alcanzados por la postergación son la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.

El documento oficial justifica la medida con el argumento de que fue tomada «con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible» y agrega que consideró «necesario, para los productos en cuestión, volver a diferir los incrementos remanentes originados en las referidas actualizaciones».

La retórica oficial choca con la realidad fiscal: según la estimación de la consultora Economía y Energía, las postergaciones de los aumentos impositivos a los combustibles dispuestas a lo largo de 2025 implicaron una resignación de ingresos fiscales por un total de 2.326 millones de dólares. Una cifra que desmiente la narrativa del «sendero fiscal sostenible» y revela el costo concreto de sostener artificialmente el índice de precios.

Combustibles e inflación: una relación estructural

El precio de los combustibles no es un dato menor dentro del esquema de medición de precios del INDEC. Su impacto se extiende a lo largo de toda la cadena productiva a través del transporte, lo que lo convierte en un factor con capacidad de arrastre sobre prácticamente todos los sectores de la economía. No actualizar el impuesto es, en los hechos, una forma de atenuar artificialmente la medición de inflación sin atacar sus causas estructurales.

Desde septiembre del año pasado, el gobierno estableció que las actualizaciones del ICL se calculen en base a la variación de la inflación y se apliquen de forma trimestral. Al mismo tiempo, fijó un monto diferencial para el gasoil destinado a las provincias patagónicas, el Partido de Patagones en la provincia de Buenos Aires y el Departamento de Malargüe en Mendoza.

Una estrategia de cosmética fiscal

La postergación del impuesto a los combustibles se inscribe en un patrón más amplio del gobierno de Milei: la administración del dato de inflación como objetivo político antes que como resultado de una política económica consistente. La aceleración inflacionaria registrada en los últimos meses hace más urgente la necesidad oficial de evitar cualquier componente adicional que presione los precios, aunque eso implique resignar ingresos fiscales por miles de millones de dólares.

La situación en Oriente Medio suma una variable de incertidumbre que el gobierno no puede controlar desde Buenos Aires. El conflicto bélico que involucra a potencias con peso determinante en el mercado energético global mantiene los precios del crudo en un estado de volatilidad que el Ejecutivo prefiere esperar que se estabilice antes de aplicar los incrementos pendientes.

Lo que queda claro, sin embargo, es que cada postergación profundiza el rezago acumulado del impuesto; un rezago que más temprano que tarde deberá actualizarse, con el consiguiente impacto sobre los precios que el gobierno intenta hoy evitar a cualquier costo.

Puntos clave:

  • El gobierno oficializó la postergación del aumento del ICL mediante el decreto 217/2026, publicado en el Boletín Oficial.
  • Los productos alcanzados son nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.
  • La medida se aplaza para mayo; el ajuste corresponde a actualizaciones pendientes de 2024 y 2025.
  • Las postergaciones de 2025 implicaron una resignación de ingresos fiscales por 2.326 millones de dólares, según la consultora Economía y Energía.
  • El conflicto bélico en Oriente Medio y su efecto sobre el precio del petróleo opera como factor adicional en la decisión oficial.
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