Impuestos
Más impuestos en la boleta de gas: aumentan el recargo para sostener subsidios en zonas frías
El Gobierno elevó de 6,6% a 6,8% el impuesto al gas para financiar subsidios en zonas de bajas temperaturas. El ENARGAS deberá definir los procedimientos de facturación antes de que se refleje en las boletas.
El Ministerio de Economía incrementó la alícuota del impuesto que se aplica en las facturas de gas, que pasa de 6,6% a 6,8%, con el objetivo de reforzar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas en zonas frías. La medida fue oficializada a través de la Resolución 1253/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Aumento del recargo en la tarifa
El recargo del 6,8% se aplicará sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada metro cúbico de 9.300 kcal que ingrese al sistema de ductos en todo el país, incluyendo los volúmenes de autoconsumo.
Según la normativa, el importe deberá trasladarse de forma directa a las facturas de los usuarios finales. Las empresas distribuidoras y subdistribuidoras de gas no obtendrán ganancias ni sufrirán pérdidas por su aplicación, ya que solo deberán trasladar el monto correspondiente.
De igual forma, las comercializadoras de gas deberán aplicar y trasladar el recargo en su exacta incidencia sobre el precio del gas adquirido en el PIST.
Fundamentación del Ministerio de Economía
El Gobierno explicó que la decisión responde a la necesidad de mayores recursos para sostener el régimen de compensaciones del Fondo Fiduciario. En los considerandos de la resolución se menciona que existe un “efecto financiero entre la vigencia del recargo y su impacto efectivo en la recaudación”, lo que obliga a reforzar los ingresos del sistema.
La medida se dicta en el marco de la emergencia del sector energético nacional y en el proceso de reestructuración de los regímenes de subsidios a la energía. Según la normativa, el Estado ya no puede sostener subsidios generalizados y debe concentrar la asistencia en los sectores más afectados.
El nuevo recargo comenzará a regir para los consumos realizados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de los procedimientos de facturación que deberá establecer el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).
Hasta entonces, las distribuidoras y comercializadoras deberán esperar la reglamentación específica para aplicar el incremento en las facturas residenciales.
Puntos clave
- El Gobierno elevó de 6,6% a 6,8% el impuesto al gas para financiar subsidios en zonas frías.
- La medida fue oficializada por la Resolución 1253/2025 publicada en el Boletín Oficial.
- El recargo se aplica sobre el precio del gas natural en el PIST, incluyendo autoconsumo.
- No genera ganancias ni pérdidas a las distribuidoras ni comercializadoras, que solo trasladan el monto.
- El ENARGAS deberá definir los procedimientos de facturación antes de que se refleje en las boletas.
Combustibles ⛽
Otra vez: el Gobierno patea a noviembre la suba del impuesto a los combustibles
El Decreto 1126/2026 corrió del 1 de octubre al 1 de noviembre los aumentos pendientes de 2024, 2025 y los dos primeros trimestres de 2026. Las postergaciones de 2025 ya implicaron una resignación de ingresos fiscales de US$2.326 millones, según la consultora Economía y Energía, mientras el Ejecutivo defiende un “sendero fiscal sostenible”.
La suba del impuesto a los combustibles que debía llegar a los surtidores el 1 de octubre volvió a quedar en el freezer: el Gobierno la trasladó al 1 de noviembre. Es un nuevo capítulo de un cronograma que el Ejecutivo corre mes a mes desde hace más de un año.
La decisión del Poder Ejecutivo nacional se oficializó este miércoles mediante el Decreto 1126/2026, publicado en el Boletín Oficial. La norma difiere los incrementos remanentes en los montos del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y del Impuesto al Dióxido de Carbono, derivados de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025 y al primer y segundo trimestre de 2026, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
El argumento oficial y el contexto energético
En los considerandos del decreto, el Gobierno explicó que la postergación busca “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, y consideró necesario diferir los incrementos remanentes de los productos alcanzados.
La medida se da en un escenario de creciente presión sobre los precios energéticos por el conflicto en Medio Oriente y luego de los aumentos que dispusieron las petroleras en los últimos días. El objetivo declarado es evitar un mayor impacto en los surtidores y atenuar el efecto sobre la inflación.
Un calendario que se corre una y otra vez
El mecanismo no es nuevo. Desde septiembre de 2025 el Ejecutivo dispuso que las subas se calculen en base a la inflación y se actualicen de forma trimestral, y estableció un monto fijo diferencial para el gasoil que se consume en las provincias patagónicas, el Partido de Patagones en Buenos Aires y el Departamento de Malargüe en Mendoza. Desde mediados de 2024, la administración de Javier Milei desdobló o postergó en varias oportunidades la actualización de estos tributos.
En los últimos meses la secuencia se repitió con puntualidad: el Decreto 562/2026 empujó el remanente a agosto, el 693/2026 lo movió a septiembre, una modificación posterior fijó el 1 de octubre como nueva fecha y ahora el 1126/2026 lo lleva a noviembre. Cada decreto aplica un ajuste parcial y deja lo más pesado para el mes siguiente.
Cuánto cuesta la postergación
Las postergaciones de aumentos impositivos a los combustibles dispuestas durante 2025 implicaron una resignación de ingresos fiscales por un total de US$2.326 millones, de acuerdo a la estimación de la consultora Economía y Energía.
La cifra expone una contradicción de fondo. Un Gobierno que hizo de la caída del gasto la bandera de su gestión renuncia, decreto tras decreto, a recaudación por un tributo que él mismo diseñó para actualizarse por inflación. Y el diferimiento no elimina el aumento, solo lo corre: los incrementos pendientes de 2024, 2025 y 2026 siguen acumulados, a la espera de una fecha que ya se movió varias veces.
Para el consumidor, el alivio es acotado. Que el Estado demore su parte no impide que las petroleras suban los precios en los surtidores, algo que según se informó ya ocurrió en los últimos días.
Lo que tenés que saber:
- El Decreto 1126/2026 se publicó este miércoles en el Boletín Oficial y traslada al 1 de noviembre de 2026 los incrementos que debían regir desde octubre.
- Alcanza a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, por actualizaciones de 2024, 2025 y el primer y segundo trimestre de 2026.
- El Gobierno lo justificó para “continuar estimulando el crecimiento de la economía” con un sendero fiscal sostenible.
- Las postergaciones de 2025 significaron US$2.326 millones menos de ingresos fiscales, según Economía y Energía.
- Desde septiembre de 2025 las subas se calculan según la inflación y se actualizan cada trimestre.
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