Consumo
Los consumos con tarjeta de argentinos en Malvinas dejan de pagar el Impuesto PAIS
La AFIP subsanó una resolución firmada por Marcó del Pont quien reglamentó la eximición de los pasajes de avión pero no del resto de las operaciones.
Los consumos con tarjetas de crédito que realicen los argentinos en el territorio de las Islas Malvinas dejarán de pagar la alícuota del 35% del denominado Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS) a partir de la fecha, según se publicó en el Boletín Oficial.
La medida corrige así una resolución de la ex titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) Mercedes Marcó del Pont quien en 2020 había reglamentado el gravamen impuesto por la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en la Emergencia Pública.
Marcó del Pont había emitido una resolución en la cual se eximía a los pasajes de avión con ese destino, pero olvidó reglamentar el resto de los posibles consumos en el territorio de las islas australes bajo control del gobierno del Reino Unido.
Ahora, con la Resolución 5286, el titular de la AFIP Carlos Castagneto dispuso en el articulo 1 “aclarar que las operaciones contempladas en los incisos b) a e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, cuando sean realizadas en o con destino a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, no se encuentran alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”.
La ley se refiere en los incisos:
b) Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito comprendidas en el sistema previsto en la ley 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentación, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. Asimismo, resultan incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera;
c) Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras destinadas al pago, por cuenta y orden del contratante residente en el país de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y de débito, comprendidas en el sistema previsto en la ley 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentación;
d) Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país.
e) Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado único y libre de cambios al efecto de la adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación.
La corrección vino a cuenta de la queja de un piloto argentino de 73 años que en octubre viajó a Malvinas a hacer un homenaje a los caídos en el Guerra de 1982 y al regreso los bancos le cobraron los impuestos como si hubiera viajado al exterior.
Buenos Aires
Galperín en la mira: la Provincia le dio cinco días a Mercado Libre para evitar una multa de $1.815 M
El gobierno bonaerense inició una actuación de oficio contra la empresa de Marcos Galperín tras detectar más de diez presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor. La firma puede ser sancionada con una multa histórica de hasta $1.815 millones si no adecua sus contratos en cinco días hábiles.
La Provincia imputó a Mercado Libre por diez cláusulas abusivas y le exige reformar sus contratos
★ El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección Provincial de Defensa de las y los Consumidores, imputó formalmente a Mercado Libre S.R.L. por presuntas cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión. La medida se tomó de oficio, independientemente de las casi 2.400 denuncias individuales que los usuarios bonaerenses acumularon contra la plataforma solo en los primeros cuatro meses de 2026, lo que convierte a la empresa en la más reclamada de la provincia.
Una fiscalización que desnuda el desequilibrio contractual
El análisis llevado adelante por la cartera que conduce Augusto Costa abarcó tres instrumentos contractuales publicados en el sitio oficial de la compañía: las condiciones generales de uso del «ecosistema MELI», los términos y condiciones de préstamos personales y los términos y condiciones de préstamo para compras y pagos de Mercado Pago. El resultado arrojó más de diez cláusulas con presuntas infracciones a la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
La autoridad de aplicación constató que esas cláusulas consagran «un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio de las y los consumidores», encuadrándolas en el artículo 37 de la misma ley, que regula precisamente la nulidad de estipulaciones abusivas en contratos de adhesión.
Los diez ítems bajo la lupa
Los puntos específicamente observados por el gobierno provincial son:
- Indeterminación en el cobro de tarifas
- Aceptación tácita de modificaciones contractuales
- Traslado de responsabilidad por uso no autorizado de cuenta
- Compensación entre cuentas
- Cláusula de indemnidad a favor del proveedor
- Exoneración de responsabilidad por fallas técnicas
- Débito sobre cuentas de terceros ajenos al contrato
- Caducidad automática de plazos por incumplimiento futuro indeterminado
- Exención de responsabilidad de manera anticipada
- Fijación de jurisdicción exclusiva en perjuicio del consumidor
Cada uno de estos ítems representa un mecanismo por el cual, según la Provincia, la empresa transfiere riesgos y responsabilidades al usuario, mientras se reserva amplias facultades de modificación unilateral y eximición propia de toda responsabilidad.
Galperín, el «unicornio» y su vínculo con el poder nacional
El alcance político del caso no es menor. Mercado Libre es la empresa tecnológica y de servicios financieros más grande de América Latina. Su fundador, Marcos Galperín, radicado en Uruguay desde 2019, es un estrecho aliado ideológico del presidente Javier Milei y uno de los empresarios más identificados con el proyecto libertario nacional. En ese contexto, la fiscalización del gobierno de Axel Kicillof adquiere una dimensión que excede lo meramente administrativo: es también una señal de que el Estado bonaerense no resigna su capacidad regulatoria frente a los gigantes del sector privado, incluso cuando esos gigantes gozan del favor del poder central.
La respuesta de la empresa y el plazo para el descargo
Ante la imputación, fuentes de Mercado Libre indicaron que la medida «corresponde a una instancia inicial de revisión administrativa de oficio, no implica sanción alguna y no surge de reclamos concretos de usuarios afectados», y aseguraron que «rechazamos las acusaciones planteadas y presentaremos el descargo correspondiente en tiempo y forma».
El gobierno bonaerense otorgó a la empresa un plazo de cinco días hábiles e improrrogables para presentar el descargo por escrito y acreditar personería y domicilio electrónico y físico en la ciudad de La Plata. Si Mercado Libre formula una propuesta de adecuación, modificación o supresión de las cláusulas observadas, el expediente podría cerrarse sin sanción. De lo contrario, la empresa se expone a una multa de hasta $1.815.000.000.
La fiscalización e imputación se enmarcaron en las políticas del Gobierno bonaerense para defender los derechos de las y los consumidores. Para realizar denuncias, los usuarios pueden comunicarse con la línea 148 (opción Defensa de las y los Consumidores) o escribir a infoconsumidor.
Puntos clave
- La Provincia de Buenos Aires imputó a Mercado Libre S.R.L. por más de diez presuntas cláusulas abusivas en contratos de adhesión.
- La fiscalización fue iniciada de oficio por el Ministerio de Producción, independientemente de las 2.396 denuncias individuales recibidas en los primeros cuatro meses de 2026.
- Las cláusulas cuestionadas violan el artículo 37 de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
- La empresa tiene cinco días hábiles para presentar su descargo o enfrentará una multa de hasta $1.815.000.000.
- Mercado Libre rechazó las acusaciones y anunció la presentación de su defensa en tiempo y forma.
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