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Bolivia deportó a una misión de DDHH argentina para tapar la represión de Rodrigo Paz

**El gobierno boliviano expulsó a una delegación de legisladores, sindicalistas y organismos de derechos humanos que llegó al país para relevar denuncias de represión. El diputado nacional Juan Marino y la legisladora porteña Vanina Biasi estuvieron entre los retenidos. Las autoridades invocaron el artículo 26 de la Ley de Migración y confiscaron los pasaportes. La misión denunció que el operativo constituyó un «secuestro» y una violación de los tratados internacionales de derechos humanos.**

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En la madrugada del lunes una delegación de veedores internacionales de derechos humanos llegó al aeropuerto de El Alto, en La Paz, con una invitación formal de la Asamblea Plurinacional de Bolivia. Horas después, esa misma delegación fue deportada de regreso a la Argentina. No hubo explicaciones, no hubo proceso. Solo la confiscación de documentos, el hostigamiento de agentes de Migraciones y la orden de abordar el vuelo de regreso.

Entre los integrantes de la comitiva se encontraban el diputado nacional Juan Marino, de Unión por la Patria; la legisladora porteña Vanina Biasi, del Frente de Izquierda (Partido Obrero); la también legisladora porteña Ingrid Urrutia (FIT); Alejandrina Barry, hija de desaparecidos e integrante del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH); Soledad Mosquera, secretaria general del gremio docente Ademys; María José Cano, de la Central de Trabajadores de Argentina Autónoma (CTA-A); y Matías Gayol, del Partido Piquetero, entre otros.

Una misión convocada desde Bolivia

La delegación viajó en respuesta a un llamado de legisladores, organizaciones sociales y sectores de la sociedad civil boliviana. Su objetivo era relevar las denuncias de represión estatal que se acumulan hace más de 40 días en el marco de las protestas que exigen la renuncia del presidente Rodrigo Paz.

Esas movilizaciones, convocadas inicialmente por la Central Obrera Boliviana (COB) y sectores campesinos, comenzaron en mayo de 2026 en respuesta a una ley de hipoteca de tierras y a una crisis económica y de combustibles que afectó de manera particular a las regiones de La Paz y El Alto.

Según el propio comunicado de la misión, titulado «La solidaridad internacional no es delito«, la comitiva argentina ingresó legalmente al país en Santa Cruz de la Sierra, donde cumplió los trámites migratorios correspondientes sin inconvenientes. Sin embargo, al aterrizar en La Paz, agentes de la Dirección de Migraciones les retuvieron los pasaportes, los llevaron a una sala de inadmitidos, separaron por la fuerza a uno de los integrantes identificado como César durante varias horas, y finalmente formalizaron la expulsión invocando el artículo 26 de la Ley N° 370 de Migración.

«Esto es un secuestro»: la denuncia de Biasi desde el avión

Retenida en Santa Cruz antes de ser deportada, la legisladora Vanina Biasi grabó un video que circuló ampliamente en redes. «No vamos a firmar nada de esto. Seguimos en el avión, en Santa Cruz de la Sierra. Estamos denunciando que es un secuestro», declaró. Y agregó: «El gobierno de Rodrigo Paz impidió el trabajo de una misión humanitaria internacional que viajó a Bolivia para relevar las denuncias de represión contra trabajadores y sectores populares que luchan contra el ajuste.»

La legisladora porteña Alejandrina Barry, hija de desaparecidos e integrante del CEPRODH, había advertido antes del viaje que uno de los objetivos centrales de la misión era «romper el cerco mediático» construido en torno a la crisis boliviana. Según su propio diagnóstico público, la situación en Bolivia implicaba «por lo menos siete personas asesinadas en el marco de las movilizaciones, cientos de detenidos, numerosas denuncias de torturas en los centros de detención, falta de asistencia médica para los heridos, detenciones arbitrarias y secuestros ilegales de dirigentes sindicales y campesinos, además de estigmatización de quienes se movilizan legítimamente».

El reclamo de la bancada peronista y el consulado ausente

El jefe del bloque de Unión por la Patria en la Cámara de Diputados, Germán Martínez, fue el primero en hacer pública la situación. «El diputado nacional Juan Marino viajó a Bolivia invitado para la Asamblea Plurinacional. Está retenido en el Aeropuerto de La Paz cuando ya había ingresado al país y hecho trámites migratorios en Santa Cruz», informó. Y exigió: «Exhortamos a las autoridades consulares de nuestro país a garantizar su libertad e integridad física.»

La diputada nacional Paula Penacca también reclamó la intervención diplomática inmediata: «En este momento el diputado Juan Marino está retenido en el aeropuerto de La Paz. Las autoridades bolivianas tienen que liberarlo.»

Sin embargo, los propios integrantes de la misión cuestionaron la actuación del consulado argentino. Si bien desde la representación diplomática aseguraron haber enviado un funcionario al aeropuerto, los veedores afirmaron que nunca tuvieron contacto con ningún representante oficial durante todo el operativo de deportación.

El contexto: Bolivia bajo estado de excepción y represión documentada

El episodio se inscribe en una crisis política de alta intensidad. El presidente Rodrigo Paz promulgó el 9 de junio de 2026 la Ley 1740 de regulación de estados de excepción, que autoriza a las Fuerzas Armadas y a la Policía a realizar operativos conjuntos para contener las protestas. El 2 de junio, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya había advertido sobre «graves impactos en los derechos humanos derivados de la crisis social en Bolivia, incluyendo afectaciones al abastecimiento y múltiples fallecidos.»

Las organizaciones que impulsaron la misión señalaron en su comunicado que «la represión estatal y paraestatal que impulsa el gobierno boliviano ya contabiliza una decena de asesinatos» y denunciaron «centenares de presos políticos con padecimientos de torturas, ausencia de asistencia médica a los heridos, secuestros de dirigentes sindicales, campesinos y pueblos originarios, agresiones a la prensa y actos de discriminación y racismo.»

Finalmente, tras horas de tensión, la situación del diputado Marino se destrabó y el legislador emprendió el regreso a la Argentina. Se esperaba su arribo al aeropuerto internacional de Ezeiza alrededor de las 16.30, donde brindaría precisiones sobre lo ocurrido. El resto de la delegación también fue deportado en vuelo de regreso desde Santa Cruz de la Sierra.

La misión calificó la expulsión como «una decisión política violatoria de la Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia y de los Tratados de Derechos Humanos» y subrayó que «la solidaridad internacional no es delito.»

DDHH

“El hambre no es terrorismo, la protesta tampoco”: ATE Capital rechaza la guía antiterrorista de Casal

La Procuración General aprobó un protocolo para investigar «radicalización» antes de que ocurra un ataque. Sus indicadores de riesgo incluyen «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad» y «criticar instituciones». ATE Capital salió al cruce con una campaña directa: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo».

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“¿Estar en contra del gobierno es terrorismo?”: por qué la guía de Casal impulsada por el Gobierno de Milei alarma a sindicatos, abogados y organismos de DDHH.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, firmó el 14 de agosto la Resolución PGN N° 56/2026, que aprueba la «Guía para la investigación de incidentes terroristas previos a un ataque». El documento, elaborado conjuntamente por la Secretaría de Análisis Integral del Terrorismo Internacional (SAIT) y la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), con aportes de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), introduce por primera vez en el país criterios comunes para que fiscales y jueces investiguen procesos de radicalización antes de que se produzca un atentado. Lo que en principio se presentó como una herramienta técnica de prevención antiterrorista desató en las últimas horas una oleada de rechazo de organizaciones sindicales y de derechos humanos que advierten que sus categorías, deliberadamente amplias, habilitan la persecución de la disidencia política.

Qué dice la guía: el «ciclo terrorista» y sus indicadores

La resolución parte de una premisa doctrinaria: el terrorismo debe entenderse como un «proceso criminal organizado, continuo y permanente», al que la literatura especializada denomina «Ciclo Terrorista». Bajo esa concepción, el atentado es apenas el eslabón final y visible de una cadena que incluye glorificación, propaganda, reclutamiento y radicalización ideológica; etapas todas ellas que, según el texto, deben ser investigadas antes de que el hecho violento se produzca. El documento se apoya en el marco teórico de investigadores de la Universidad de Maryland financiados por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, además de citar estudios de Europol, el UNODC y la Red de Concienciación sobre la Radicalización (RAN) de la Comisión Europea.

Sobre esa base, la guía propone una matriz de indicadores de riesgo clasificados en cuatro niveles: medio, medio-alto, alto y crítico. Los indicadores más tempranos, de nivel medio, incluyen conductas como «sentir injusticia, traición o humillación», «búsqueda de sentido o propósito», «rechazo a figuras de autoridad», «publicación de teorías conspirativas», «usar consignas o símbolos combativos», «participar en comunidades digitales» y «desconfianza sistemática en las instituciones y liderazgos democráticos». El propio texto aclara que la crítica institucional «constituye una manifestación legítima protegida por la libertad de expresión» y que ningún indicador aislado habilita medidas coercitivas; pero fija que su relevancia investigativa «aumenta» al combinarse con otros factores, sin establecer un umbral claro ni preciso para esa combinación.

Las herramientas de investigación previstas incluyen el ciberpatrullaje, el rastreo sistemático de redes sociales, foros y plataformas de mensajería, el monitoreo de comunidades de videojuegos en línea, el análisis de fuentes abiertas (OSINT), la interceptación de comunicaciones con autorización judicial, el uso de agentes encubiertos y reveladores previstos en la Ley 27.319, y la cooperación internacional. La guía fue elaborada por los fiscales Juan Manuel Olima Espel y Armando Antao Cortez (SAIT), el fiscal Santiago Marquevich (UFECO) y el fiscal Horacio Azzolin (UFECI), y fue firmada un mes después de que el canciller Pablo Quirno participara en la «Reunión Ministerial sobre el Resurgimiento del Terrorismo Político» convocada en Washington.

ATE Capital: «El hambre no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo»

La respuesta más contundente llegó desde ATE Capital, que lanzó una campaña en redes sociales con una pregunta que resume el rechazo del movimiento sindical: «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?». El posteo, publicado en la cuenta verificada de Instagram @atecapitalok, acumula más de 240 «me gusta» y 56 compartidos, y lleva como texto: «Estar en contra de este gobierno no es terrorismo. Una nueva guía del Ministerio Público Fiscal incorpora preocupantes criterios que pueden poner bajo sospecha el ejercicio de importantes derechos democráticos de todos los argentinos y argentinas. Organizarse, reclamar y cuestionar al poder no puede ser considerado una amenaza».

La campaña gráfica del sindicato estatal enumera punto a punto las conductas que la guía incorpora como «indicadores de radicalización»: sentir injusticia o humillación, rechazar figuras de autoridad, criticar a gobiernos e instituciones, usar consignas o símbolos combativos, participar en comunidades digitales, publicar teorías conspirativas, cuestionar el orden institucional. Y frente a esa lista, la respuesta de ATE es categórica: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. La organización no es terrorismo. La protesta no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo». El comunicado también advierte que la norma «habilita herramientas que pueden intervenir a cualquier persona y cualquier tipo de espacios que atente a criticar este gobierno», refiriéndose al ciberpatrullaje, el rastreo de redes, la interceptación de comunicaciones y los agentes encubiertos. La pieza visual fue construida con el sello «A 50 años del Golpe. Ni olvido, ni perdón», una señal política que no parece casual en el contexto de un protocolo que habilita la vigilancia preventiva de la disidencia.

Desde otras organizaciones sindicales y de derechos humanos, el cuestionamiento apuntó a la misma dirección. ATE Capital advirtió que el documento «convierte el descontento social en un problema de seguridad» en un contexto de «creciente conflictividad social y ajuste sobre las condiciones de vida», y reivindicó la protesta y la organización colectiva como «ejercicios legítimos de la democracia». La pregunta que circuló en ese entorno fue la misma: «¿Puede una persona ser considerada sospechosa por criticar al gobierno? ¿Por participar de una organización? ¿Por expresar su bronca frente al hambre, la desigualdad o la pérdida de derechos?»

«Derecho penal de autor» y el riesgo de criminalizar la disidencia

El análisis crítico de El Cohete a la Luna señaló que el encuadre teórico de la guía proviene de la sociología y la psicología, no del campo jurídico, y advirtió sobre el riesgo de derivar en lo que la doctrina penal denomina «derecho penal de autor»: juzgar a sujetos por quiénes son o qué piensan, en lugar de por actos concretos y verificables. El mismo análisis planteó la necesidad de leer la resolución de Casal en diálogo con la discusión sobre la baja de la edad de imputabilidad y la Ley 26.734 antiterrorista de 2011, instrumentos que, combinados con esta guía, configuran una arquitectura legal de control social de amplio espectro. Como antecedente concreto de esa tensión, citó una causa federal abierta en La Pampa donde un adolescente de 15 años quedó involucrado en una investigación por terrorismo a partir de su vinculación por redes con un joven de 17 años detenido en Australia.

El programa antiterrorista Prevent, implementado en Gran Bretaña desde 2003, constituye el antecedente internacional más relevante para evaluar estos riesgos. Ese esquema obliga a escuelas, hospitales y otras instituciones públicas a identificar y reportar personas consideradas «vulnerables» a la radicalización, y es señalado hoy en ese país como un modelo en crisis, que terminó funcionando como herramienta de estigmatización de comunidades musulmanas y de vigilancia de la disidencia política.

El contexto político: un gobierno en conflicto con su propia sociedad

La aprobación de la guía no ocurre en el vacío. El gobierno de Javier Milei enfrenta una ola sostenida de protestas y medidas de fuerza de jubilados, personas con discapacidad, trabajadores estatales, docentes universitarios, gremios viales, prestadores de salud y deudores; un cuadro de conflictividad social en expansión que el propio protocolo de Casal podría encuadrar, según las organizaciones críticas, bajo sus categorías más amplias de «descontento», «rechazo a la autoridad» y «cuestionamiento del orden institucional». La guía fue aprobada, además, en el marco de una arquitectura institucional que desde 2018 viene ampliando de manera sostenida las capacidades del Ministerio Público Fiscal en materia de seguridad: la creación de la SAIT, la reconversión de la UFECO en 2023, y la incorporación del organismo al Centro Nacional Antiterrorismo mediante la Resolución PGN 51/2026 son los escalones previos de ese proceso.

Desde la Procuración General defienden la herramienta como un instrumento técnico de gestión de riesgo, necesario ante la expansión de la radicalización violenta en entornos digitales, y subrayan que los indicadores «no constituyen tipos penales ni supuestos de imputación» y que su valoración debe ser «contextual, proporcional y acumulativa». El Terrorism Global Index 2026, citado en el propio documento, indica que el 93% de los ataques terroristas fatales en Occidente en los últimos cinco años fueron cometidos por actores solitarios radicalizados digitalmente. La pregunta que no responde la resolución de Casal es si la herramienta diseñada para detectar ese fenómeno no termina, en la práctica, barriendo también con el ejercicio ordinario de la política, la organización sindical y la protesta social. Una pregunta que la Argentina ya supo formular en sus épocas más oscuras, y que hoy vuelve a plantearse con urgencia renovada.

Puntos clave

  • El procurador Eduardo Casal aprobó el 14 de agosto la Resolución PGN 56/2026, que habilita investigar procesos de «radicalización» antes de que ocurra un atentado.
  • Entre los indicadores de riesgo de nivel inicial figuran «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad», «usar consignas combativas», «participar en comunidades digitales» y «criticar instituciones».
  • ATE Capital lanzó una campaña en redes sociales con la consigna «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?» y afirmó que «el hambre, la bronca, la organización y la protesta no son terrorismo».
  • Abogados y organizaciones de DDHH alertan sobre el riesgo de «derecho penal de autor» y de criminalización de la disidencia política y sindical.
  • El antecedente internacional más directo, el programa Prevent del Reino Unido, es considerado hoy un modelo en crisis por haber derivado en vigilancia sistemática de comunidades y disidentes.

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