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Acribillaron a balazos a «Pillín» Bracamonte y el “Rana” Attardo

IMÁGENES SENSIBLES. Eran los líderes históricos de la barra brava de Rosario Central. Fueron atacados en inmediaciones al Gigante de Arroyito. Los detalles del caso.

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Lo que tenés que saber

  • Andrés “Pillín” Bracamonte, líder de la barra brava de Rosario Central, fue asesinado a balazos tras el partido contra San Lorenzo.
  • El ataque ocurrió cerca del Gigante de Arroyito, en Rosario, luego de que el Ciclón venciera 1-0 al Canalla.
  • Junto a él, Daniel “Rana” Attardo, otro miembro importante de la barra, también murió a causa de los disparos.
  • El fiscal a cargo de la investigación, Alejandro Ferlazzo, ya ordenó la recolección de testimonios y el análisis de cámaras de seguridad.
  • El crimen podría estar vinculado a disputas internas dentro de la barra brava de Central y con estructuras del narcotráfico en Rosario.

Matan a «Pillín» Bracamonte, líder de la barra de Rosario Central

Andrés Alejandro “Pillín” Bracamonte, reconocido como jefe de la barra brava de Rosario Central, fue ejecutado a balazos la noche del sábado tras el encuentro entre el Canalla y San Lorenzo. El ataque se produjo a escasos metros del Gigante de Arroyito, justo después de que el equipo local cayera 1 a 0 frente al conjunto de Boedo. La víctima estaba en una camioneta blanca junto a Daniel “Rana” Attardo, otro de los referentes de la barra, quien también fue alcanzado por los disparos y falleció en el hospital Centenario de Rosario.

El ataque y la reacción en la zona

Según relatos de testigos y publicaciones en redes sociales, se escucharon entre siete y diez disparos en la intersección de Avellaneda al 700 bis, una zona cercana al estadio y a un conocido bar del barrio Arroyito, donde varias personas se encontraban cenando. La Policía de Investigaciones (PDI) ya comenzó las tareas para recabar pruebas, como testimonios de los testigos y material balístico. Además, se realizó un relevamiento de las cámaras de videovigilancia de la zona para esclarecer el crimen. Fuentes del hospital informaron que, tras la llegada de las víctimas, se produjeron disturbios en los alrededores del centro de salud.

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La violencia y las disputas internas

El crimen de Bracamonte no es un hecho aislado. Investigaciones previas habían revelado tensiones dentro de la propia barra brava de Rosario Central. En los últimos meses, se había identificado una interna en la que se mencionaba a grupos que operan en la venta de drogas en la zona noroeste de Rosario, quienes habrían estado buscando tomar el control de la barra. Este conflicto interno podría haber sido uno de los factores detrás del asesinato.

En un hecho relacionado, el 1 de octubre pasado, Samuel Medina, alias “Gordo Samu” o “Gordo Quique”, y quien fuera pareja de la nuera de Ariel “Guille” Cantero, líder de la organización criminal Los Monos, también fue asesinado en circunstancias similares. Medina recibió 16 disparos mientras circulaba en un automóvil por la zona norte de la ciudad, tras el triunfo de Rosario Central contra Vélez Sarsfield.

Un contexto de tensión creciente en los estadios

La violencia no se limitó a estos homicidios. En los partidos posteriores, se registraron momentos de tensión dentro del estadio. Durante el partido contra Banfield, la hinchada de Rosario Central desplegó banderas en homenaje a Samuel Medina. Entre ellas, se encontraba una que mostraba la figura de un mono y la frase “Siempre mono, nunca sapo”, comúnmente utilizada por la barra de Boca Juniors. Además, algunas banderas llevaban las siglas LMQ, que hacen referencia a “La mafia quiqueña”, un grupo vinculado a la familia Cantero.

La violencia también se trasladó fuera de las tribunas, como ocurrió en la previa del partido contra Barracas, cuando personas vinculadas a Los Monos fueron atacadas a golpes en la popular del estadio.

DDHH

La Corte ordena revisar si un sanatorio de Tucumán despidió a un trabajador por tener VIH

El máximo tribunal dejó sin efecto un fallo de Tucumán. El empleado había trabajado más de dos años sin registrar y denunció discriminación tras conocerse su diagnóstico.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales de Tucumán volver a analizar si el despido de un trabajador de salud no registrado tuvo motivo discriminatorio por su condición de persona con VIH. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron arbitrario que las instancias locales ignoraran una prueba decisiva sobre el acceso del sanatorio a los análisis médicos del empleado.

El caso involucra a A.I., quien demandó al Sanatorio Pasquini SRL. Denunció que trabajó allí más de dos años sin estar registrado (un vínculo que la firma negó y que finalmente quedó acreditado) y que la desvinculación se concretó cuando el establecimiento, antes que él, conoció que era portador de VIH.

La prueba que los tribunales locales no evaluaron

En el expediente figura el testimonio de una responsable del área preocupacional, quien afirmó: «Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales». Los análisis habían sido pedidos por el propio sanatorio.

La Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán admitió parcialmente la demanda: condenó a la empresa a pagar haberes adeudados y diferencias salariales, pero la absolvió de los reclamos por indemnización por antigüedad, registración irregular y daños por trato discriminatorio. La Corte de Justicia provincial rechazó el recurso del trabajador y descartó el planteo discriminatorio.

La Corte Suprema coincidió con el Procurador Fiscal en que el tribunal local «ignoró un planteo serio sobre la existencia de una conducta discriminatoria», porque la desvinculación fue contemporánea a la comunicación de los resultados de esos estudios.

Arbitrariedad y garantías constitucionales

El máximo tribunal subrayó que la empleadora negó siempre la existencia de la relación laboral, que finalmente resultó acreditada, y por eso consideró arbitrario confirmar el pronunciamiento que había dado por no configurada la injuria laboral.

Sobre la discriminación, el fallo remarcó: «El fallo recurrido no tomó en cuenta esa declaración, negando incluso su existencia». Y agregó que el tribunal «omitió evaluar prueba decisiva y brindar respuesta a ciertos agravios del actor que resultaban dirimentes para la solución del litigio». Por eso concluyó que la decisión incurrió en arbitrariedad y afectó garantías constitucionales.

De esta forma, la Corte dejó sin efecto el fallo de la Corte tucumana y ordenó que la causa vuelva al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento que analice esas pruebas.

El caso vuelve a poner en el centro el derecho a la no discriminación laboral de las personas con VIH y la obligación de registrar las relaciones de trabajo. Según la cronología del expediente, A.I. prestaba servicios desde julio de 2010, los estudios prelaborales pedidos por la empresa se hicieron en junio de 2012 y la relación terminó en septiembre de ese año. El fallo no declara discriminatorio el despido: la definición queda en manos de la Justicia tucumana.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema ordenó a Tucumán revisar si el despido de A.I. fue discriminatorio por su condición de VIH.
  • El trabajador laboró más de dos años sin registrar en el Sanatorio Pasquini SRL; la empresa negó el vínculo, que quedó acreditado.
  • Una testigo del área preocupacional dijo que tuvo «el análisis en mis manos» y descubrió el diagnóstico.
  • La Cámara laboral local había absuelto a la empresa del reclamo por discriminación; la Corte provincial lo confirmó.
  • Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti dejaron sin efecto ese fallo por arbitrariedad y omisión de prueba decisiva.
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