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Gatillo fácil: Separan a policías por no asistir a la víctima.

Como derivación del juicio por el crimen de Blas Correas en Córdoba se decidió una medida preventiva hacia un grupo de oficiales que no atendieron al adolescente cuando aún estaba con vida.

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Diez  efectivos de la Policía de Córdoba fueron separados, en forma preventiva, en el marco de una investigación administrativa interna que lleva adelante la fuerza, ante la falta de asistencia a Blas Correas, cuando el adolescente de 17 años aún estaba con vida, tras ser baleado en ese hecho de gatillo fácil registrado en agosto de 2020 y por el que se está desarrollando el juicio con 13 acusados.

La decisión fue adoptada por el Tribunal de Conducta Policial, a partir de una presentación que Soledad Laciar, madre de la víctima, tras la declaración de la actual jefa de la Policía cordobesa, de Córdoba, Liliana Zárate Belletti, al brindar su testimonio en el debate, en la que sostuvo que sentía «vergüenza» por el comportamiento de los efectivos tras ver las imágenes del operativo, en el que mataron al chico.

«Todo lo que hizo la Policía lo hizo mal», dijo la comisaria general Zárate Belletti, que alentó a Laciar a realizar la presentación ante el Tribunal de Conducta Policial para que se investigue a los efectivos que «nada hicieron por salvarle la vida» a su hijo cuando, tras ser baleado, agonizaba en el interior del Fiat Argo en el que se trasladaba a amigos.

Entonces, se decidió “pasar a situación pasiva” a diez de los efectivos señalados como presuntos responsables de no haber atendido a Blas Correas, quienes permanecerán apartados de la fuerza mientras se instruye el sumario administrativo interno.

En tanto, la representación legal de la familia de la víctima evalúa la posibilidad de presentar la denuncia ante la justicia para que se instruya otra causa penal.

Por otra parte, este martes se desarrollará la 15ta. audiencia del juicio que comenzó el 7 de setiembre para continuar con la recepción de las pruebas. Hasta el momento, ya declararon 34 testigos y restan alrededor de 65 para cerrar la etapa de testimoniales.

Por el homicidio del adolescente se encuentran acusados el cabo 1ero. Lucas Damián Gómez, que según la Fiscalía efectuó cuatro disparos con su arma reglamentaria, y el cabo 1ero. Javier Catriel Alarcón, quien disparó en dos oportunidades. Ambos llegaron al juicio como “coautores de homicidio calificado por haber sido cometido en abuso de su función y homicidio agravado por el empleo de armas de fuego, homicidio calificado por abuso de su función en grado de tentativa reiterado”.

En tanto, los restantes imputados, todos policías y por falso testimonio, encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público, son Sergio González, Wanda Esquivel, Yamila Martínez, Walter Soria, Enzo Quiroga, Jorge Galleguillo, Leonardo Martínez, Rodrigo Toloza, Ezequiel Vélez, Leandro Quevedo y Juan Antonio Gatica.

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El informe que la defensa de Pity Álvarez llevó al tribunal: “No puede sostenerse la aptitud procesal”

El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 29 de Buenos Aires desestimó los planteos de los nuevos abogados del exlíder de Viejas Locas e Intoxicados, que pedían suspender el proceso por la supuesta incapacidad psíquica del músico y habilitar un juicio por jurados. La defensa anticipó que recurrirá ante la Cámara de Casación y el Superior Tribunal porteño, y confirmó que ya radicó una denuncia federal por lo que calificó como «gravedad institucional».

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El Argentino Diario-Javier Baños-Pity Álvarez.
"No tiene capacidad psíquica": la defensa pierde, denuncia al Estado y Pity se duerme en pleno juicio.

El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 29 rechazó los planteos de los nuevos abogados del exlíder de Viejas Locas e Intoxicados, que pedían suspender el proceso por incapacidad psíquica y habilitar un juicio por jurados. Pero detrás de esos planteos había un informe médico-forense de 31 páginas, firmado el 24 de agosto por el psiquiatra y especialista en medicina legal Dr. Rafael Herrera Milano, que cuestiona punto por punto la conclusión oficial: el músico tendría capacidad residual, sí, pero no la estabilidad funcional necesaria para sostener un debate oral.

El juicio oral contra Cristian «Pity» Álvarez por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido el 12 de julio de 2018 en el complejo habitacional Cardenal Samoré de Villa Lugano, continúa su marcha pese a los intentos de la nueva defensa por frenarlo. Este miércoles, los jueces Gustavo Goerner, Juan Ramos Padilla y Hugo Navarro rechazaron todos los planteos presentados por los abogados Javier Ignacio Baños y Sebastián Queijeiro: la suspensión del proceso por incapacidad psíquica del acusado y la realización del debate ante jurados populares.

El informe que fundamentó los planteos: ocho años de deterioro documentado

Los abogados Baños y Queijeiro no llegaron al tribunal con argumentos de oído. El 24 de agosto de 2026, dos días antes de la audiencia, el Dr. Rafael Herrera Milano, médico psiquiatra con recertificación en la UBA, especialista en medicina legal y perito del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, suscribió un informe médico-forense de 31 páginas que analiza cronológicamente toda la documentación psiquiátrica, neurológica, psicológica y toxicológica obrante en el expediente desde 2018 hasta 2026.

La conclusión central del relevamiento es precisa y técnicamente fundada: «La documentación disponible contiene contradicciones y fluctuaciones de magnitud suficiente para que una afirmación categórica de aptitud procesal no resulte científicamente plausible.» El informe no afirma incapacidad absoluta, pero sí que lo que se demuestra en el expediente es «capacidad parcial y fluctuante, no una restitución inequívoca y sostenida».

El deterioro no comenzó en 2022: la línea de tiempo que desarma al fiscal

Uno de los aportes más significativos del documento es su análisis longitudinal. Herrera Milano reconstruye que ya en marzo de 2020 el Cuerpo Médico Forense consignó fallas parciales de memoria, enlentecimiento del pensamiento y déficit cognitivo relacionado con consumo crónico de sustancias. En febrero de 2021, el propio equipo de PRISMA, el dispositivo de salud mental del Servicio Penitenciario, informó un «marcado deterioro cognitivo» de evolución «insidiosa», con fallas de atención y memoria y repercusión en la vida cotidiana.

En ese mismo mes de febrero de 2021, el Cuerpo Médico Forense concluyó que las facultades mentales del músico «no se encontraban dentro de parámetros médico-legales normales» y que «no estaba psíquicamente compensado ni en condiciones de estar en juicio». En 2022, los peritos de la Defensoría General de la Nación diagnosticaron trastorno neurocognitivo mayor y ausencia de autonomía psíquica suficiente. En 2023, el mismo CMF volvió a señalar que el deterioro psicoorgánico era en buena medida irreversible y que impedía una adecuada participación procesal. La somnolencia, agrega el informe, tampoco es nueva: ya fue documentada en febrero de 2023 en la comunidad terapéutica Vive Libre, donde el músico se presentó aletargado, pidió recostarse y se durmió durante una sesión terapéutica.

La contradicción interna del informe oficial de 2026

El informe de Herrera Milano identifica lo que califica como «el punto más delicado» del relevamiento: una contradicción interna en el propio dictamen del Cuerpo Médico Forense de febrero de 2026, que fue el que habilitó la reanudación del juicio. Ese documento reconoce que existen fluctuaciones cognitivas y conductuales significativas, que el paciente carece de tratamiento integral, que su asistencia es irregular y que ello introduce un «amplio margen de variabilidad e imprevisibilidad». A la vez recomienda apoyo psiquiátrico, psicológico, neurocognitivo, rehabilitador y supervisión cotidiana por terceros. Y aun así concluye que dispone de «reserva cognitiva» suficiente para afrontar el proceso.

«El informe no explica de manera suficientemente acabada cómo puede subsistir la reserva cognitiva frente a las fluctuaciones significativas que el mismo dictamen estima ciertas», advierte Herrera Milano. Y sintetiza: el expediente «demuestra capacidad residual, pero no demuestra de manera igualmente consistente estabilidad funcional. Y esa diferencia constituye el núcleo médico-científico de la controversia».

Toxicología positiva, RMN alterada y el argumento del recital rebatido

El informe incorpora además dos elementos objetivos de peso. La toxicología del 4 de septiembre de 2025 confirmó presencia de cocaína y metabolitos, clonazepam, MDMA y MDA durante el mismo período en que se intentaba establecer un estado neurocognitivo basal para determinar la aptitud procesal. En noviembre de ese año, un nuevo screening hospitalario volvió a resultar positivo para cocaína y anfetaminas. Por su parte, la resonancia magnética cerebral de octubre de 2025 evidenció ensanchamiento ventricular, alteraciones corticales y lesiones gliótico-vasculares en sustancia blanca frontoparietal bilateral, hallazgos que la evaluación neurológica correlacionó con el deterioro cognitivo. El electroencefalograma resultó normal, pero Herrera Milano aclara que ese estudio descarta actividad epileptiforme, y no evalúa memoria, atención sostenida ni autonomía.

El psiquiatra también desmonta uno de los argumentos centrales de la fiscalía para sostener la aptitud del músico: que si Álvarez pudo dar un recital de tres horas, puede afrontar jornadas judiciales de igual duración. «Realizar la actividad musical propia de una conducta aprendida y repetida durante décadas no es cognitivamente equivalente a incorporar información testimonial novedosa, retenerla, confrontarla con otras evidencias, detectar inconsistencias y comunicar estratégicamente esas observaciones a su defensa técnica», sostiene el informe, calificando ese paralelismo como «una extrapolación conductual infundada».

La defensa: recursos judiciales y denuncia federal

Ante el rechazo del tribunal, Baños sostuvo que Álvarez «no está en condiciones de estar en juicio, no tiene capacidad psíquica, cognitiva, para afrontar un debate de estas características», e invocó el dictamen del Cuerpo Médico Forense de 2023 que suspendió el proceso. Reclamó además la realización urgente de una resonancia magnética cerebral sin contraste y de un estudio cognitivo que, según señaló, no obra en el expediente. El músico volvió a dormirse durante la audiencia y su defensor solicitó a los magistrados que se le permitiera retirarse de la sala; el debate continuó con testimonios de efectivos policiales.

Los abogados anunciaron que recurrirán ambas decisiones ante la Cámara de Casación e interpondrán un recurso de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Paralelamente, confirmaron que ya radicaron una denuncia ante el fuero federal por «arbitrariedad», «gravedad institucional» y potencial responsabilidad del Estado.

El crimen de 2018 y la trayectoria del caso

El hecho que origina el proceso ocurrió la madrugada del 12 de julio de 2018 en Villa Lugano. Álvarez mató a Díaz de cuatro disparos, descartó el arma en una alcantarilla y se trasladó al boliche Pinar de Rocha, en Ramos Mejía. Horas después se entregó voluntariamente a la Justicia y declaró ante las cámaras: «Lo maté porque era él o yo, y creo que cualquier animal haría lo mismo.» El expediente acumula años de demoras vinculadas a la salud del acusado; en 2023 el proceso fue suspendido tras el dictamen forense que lo declaró incapaz de ser juzgado. La reanudación del debate en 2026 llegó con el cambio de defensa y una estrategia que, al menos por ahora, no logró prosperar ante el tribunal.

Puntos clave

  • El Tribunal Oral N.º 29 rechazó el pedido de nulidad y el de jurado popular; la defensa recurrirá ante Casación y el Superior Tribunal porteño.
  • El Dr. Rafael Herrera Milano firmó el 24 de agosto un informe forense de 31 páginas que cuestiona la aptitud procesal con base en ocho años de documentación médica.
  • El informe detecta una contradicción interna en el dictamen oficial de 2026: reconoce fluctuaciones e imprevisibilidad cognitiva, pero concluye aptitud para el juicio.
  • La toxicología de septiembre de 2025 confirmó consumo de cocaína, benzodiacepinas y MDMA durante el período pericial; la RMN evidenció lesiones cerebrales crónicas.
  • La defensa radicó una denuncia federal por «gravedad institucional» y el músico volvió a dormirse en plena audiencia.
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