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Carrizo pedirá su excarcelación: ahora dice que «no sabía nada» del atentado

Este martes la defensa acudirá a la Cámara Federal en una audiencia de apelación contra el rechazo a la excarcelación del jefe de los copitos en tanto en los próximos días la jueza de primera instancia María Eugenia Capuchetti deberá resolver su situación procesal.

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La defensa de Gabriel Carrizo, considerado el jefe de los vendedores de algodón de azúcar conocida como “los copitos”, insistirá en el pedido ante la Cámara Federal con la excarcelación del imputado por el intento de magnicidio de Cristina Kirchner con un intercambio de Whatsapp con el que pretende demostrar que es ajeno al ataque.

El intercambio de mensajes se produjo el 4 de setiembre, tres días después de que Fernando Sabag Montiel gatillara un arma en la cara de la vicepresidenta sin que saliera la bala.

El diálogo, hasta ahora desconocido públicamente, es entre Carrizo y Brenda Uliarte, sindicada como “pareja” de Sabag Montiel y –hasta ahora- la presunta ideóloga del intento de magnicidio.

Uliarte y Carrizo, entre otros “copitos”, ya habían concedido una entrevista al canal de televisión TELEFE en la que la mujer había dicho que no veía a Sabag Montiel desde dos días antes del atentado, lo cual –según quedó demostrado en el expediente- no era cierto.

Los nuevos mensajes

El 4 de septiembre, Carrizo pareció enterarse de esa mentira y le whatsapeó a Uliarte: “Pero boluda, escúchame, mirá acá andan en la tele diciendo que vos lo viste el mismo día que fuiste a cobrar diez lucas con él, y vos dijiste en la tele que hacía dos días no lo viste, eso es lo que pasa boluda, eso es lo que yo te estoy diciendo que hay cosas que van a quedar en el aire y quedamos como mentirosos”.

Carrizo agregó, en tono de reproche: “Está saliendo en la tele que dijiste dos días y vos lo habías visto el mismo día, y a la noche hizo eso y vos tampoco me contaste eso boluda”.

Ante la evidencia y la situación, Brenda Uliarte aceptó: “Brenda: bueno, si estaba con él, pero no estaba en ese momento. Estaba nerviosa”.

Según la secuencia con la que el abogado de Carrizo, Gastón Marano, pedirá la excarcelación, el jefe de “los copitos” le envió un audio reclamándole que aclarara la situación, pero esa misma noche Uliarte fue detenida.

Ahora, por favor te lo pido, o sea, vamos con la verdad, vamos a decirle la verdad, y la verdad es que nosotros no sabíamos lo que iba a hacer y yo estoy seguro que vos no sabías”, imprecó Carrizo poco antes de la detención.

Uliarte, acaso presintiendo que los tiempos se precipitaban en torno a ella, respondió: “sí, pero me quieren dejar pegada, estoy hasta la pija, no sabía que iba a hacer eso”.

Marano y su colega Brenda Salva comparecerán este martes ante la Cámara Federal en una audiencia de apelación contra el rechazo a la excarcelación de Carrizo, en tanto en los próximos días la jueza de primera instancia María Eugenia Capuchetti deberá resolver su situación procesal.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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