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Justicia investiga posible obstrucción en causa de corrupción de ANDIS

Audios atribuidos a Spagnuolo motivaron los allanamientos y la recopilación de pruebas.

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Ariel De Vicentis, encargado de seguridad en el barrio privado de Nordelta, negó haber alertado a la familia Kovalivker sobre los allanamientos realizados la semana pasada en el marco de la investigación por presuntas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

El profesional aseguró que, al advertir que uno de los miembros de la familia se dirigía a salir del barrio, avisó a los efectivos policiales y se encargó de confirmar que el operativo tenía respaldo legal. De Vicentis declaró que su “celo profesional” lo motivó a involucrarse, pese a estar de vacaciones, para verificar lo que ocurría.

El lunes declaró ante el juez federal Sebastián Casanello y el fiscal Franco Picardi en un legajo paralelo que investiga posible obstrucción a la justicia y encubrimiento. Durante los allanamientos, Emmanuel Kovalivker casi logró huir con 266 mil dólares en un vehículo, mientras que su hermano Jonathan no fue localizado hasta este lunes, cuando se presentó junto a su abogado, Martín Magram, y entregó su celular.

Además, Casanello dispuso el bloqueo de las cajas de seguridad vinculadas a los exfuncionarios Spagnuolo y Daniel Garbellini, así como a la familia Kovalivker.

Avances en la causa de corrupción en ANDIS

La investigación se centra en supuestas maniobras ilegales en la compra y venta de medicamentos y servicios por parte de ANDIS. Todo comenzó tras la difusión de audios atribuidos a Diego Spagnuolo, exdirector del organismo, donde se mencionan presuntos pedidos de coimas y la participación de funcionarios y allegados al Gobierno, incluida Karina Milei.

En esos registros se escuchan coordinaciones sobre pagos y ajustes de porcentajes que debían aportar proveedores de medicamentos, lo que podría haber beneficiado a ciertos empresarios vinculados a la administración pública. Los audios motivaron los allanamientos, secuestro de documentación, celulares y dinero en efectivo, con el objetivo de recabar pruebas sobre las operaciones denunciadas.

La causa abarca tanto a los responsables de ANDIS como a empresarios involucrados, con citaciones a indagatoria previstas. La Justicia aún analiza los elementos secuestrados para determinar la existencia de delitos concretos, la participación de los acusados y la eventual formulación de cargos, mientras intenta reconstruir el entramado de posibles irregularidades que afectaron la administración de recursos públicos destinados a personas con discapacidad.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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