Seguridad social
Detalles del régimen previsional especial a nivel nacional
Durante 2020 los policías y penitenciarios provinciales ganaron un 121% más que los jubilados «comunes», pero los beneficiarios del Servicio Exterior un 1.089% más y los del Poder Judicial un 1.278% más.
El régimen previsional general en la órbita de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) coexiste con una cantidad de regímenes de excepción de difícil cuantificación, como resultado de más de un siglo de decisiones que se fueron tomando tanto por leyes como por decretos, resoluciones ministeriales y hasta ordenanzas municipales.
Las recientes declaraciones del presidente Alberto Fernández y el ministro de Economía, Martín Guzmán, en el sentido de avanzar con una revisión de los regímenes jubilatorios de magistrados judiciales y personal del servicio exterior, reactualizaron un debate que lleva décadas y que hasta el momento no sólo no pudo resolverse, sino que, a juzgar por el peso que esos regímenes tienen en el plano fiscal, no hizo más que agravarse con el transcurso de los años.
«En sus orígenes, a principios del siglo pasado, el sistema previsional argentino era el resultado de una acumulación de esquemas autónomos, organizados por rama de actividad u ocupación, con reglas de participación y requisitos para la obtención de beneficios heterogéneos», indicó Rafael Rofman, director de Protección Social del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec).
Para ser más precisos, se puede establecer a 1904 como el inicio de los regímenes de excepción, con la creación de uno destinado a funcionarios públicos nacionales.
De todos modos, «podría decirse que, en la práctica, todo el sistema previsional era un conglomerado de regímenes diferenciales, aun cuando no existía un régimen general del cual diferenciarse», reconoció Rofman en una investigación especial.
Dentro del concepto amplio de «regímenes de excepción», con el que se busca agrupar a todos aquellos que no forman parte de la modalidad general, se reconocen dos vertientes.
Por un lado, los regímenes diferenciales, destinados a proteger a trabajadores que desarrollan actividades arduas o riesgosas que podrían derivar en envejecimiento prematuro.
Un ejemplo difundido en todo el planeta es el de los mineros, aunque también se incluyen al personal dedicado a tareas relacionadas con el manejo de explosivos, residuos peligrosos o con actividades que demanden una ausencia prolongada de sus hogares (alta mar, hidrocarburos, etc).
Por el otro, los especiales, por lo general justificados por cuestiones de mérito (y que incluyen a la mayoría de los programas dirigidos al funcionariado público) y especificidad, como pueden ser, precisamente, el Poder Judicial y la diplomacia.
Rofman analizó la diferencia entre ambos subgrupos: «mientras que los regímenes diferenciales habitualmente se consideran razonables y justificados (más allá de posibles abusos o excesos en su definición), en los regímenes especiales se suele reconocer un origen vinculado al poder de presión sobre el Estado de distintos grupos».
«Es habitual que se refiera a estos últimos como ‘regímenes de privilegio’, con una obvia connotación negativa», añadió.
Entre los diferenciales, Rofman contabilizó hasta 2021 la vigencia de «al menos 38», con tareas tan disímiles como trabajadores de minas subterráneas y bailarines y cantantes líricos del Teatro Colón, pero si se suman los especiales y los provinciales, la cantidad supera los 170.
Los criterios utilizados para cada régimen son heterogéneos, aunque podrían resumirse con tres parámetros comunes: edad mínima de retiro, años de servicios requeridos y tasas adicionales de aportes y/o contribuciones.
En la actualidad hay siete regímenes especiales administrados por la Anses: Docencia no universitaria, Docencia universitaria nacional, Poder Judicial, Servicio Exterior, Trabajadores/as de Luz y Fuerza, Trabajadores/as de Yacimientos Carboníferos Fiscales Río Turbio y Policía y Servicios Penitenciarios de sistemas provinciales transferidos.
Sus niveles salariales son superiores a los del régimen general en proporciones diferentes, aunque tomando los promedios de 2020, Rofman llegó a conclusiones que pueden sorprender a muchos: los policías y penitenciarios provinciales ganaron un 121% más que los jubilados «comunes», pero los beneficiarios del Servicio Exterior un 1.089% más y los del Poder Judicial un 1.278% más.
Seguridad social
Parche oficial: el 38% de aumento en la Alimentar no frena la indigencia
El Gobierno oficializó el aumento del beneficio pero los indicadores de indigencia exponen las fallas del modelo económico.
Prestación Alimentar: un parche del 38% ante una crisis social sin contención
★ Mediante la Resolución 161/2026 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Capital Humano incrementó los montos de la Prestación Alimentar en un 38%. La medida, que entró en vigencia este jueves, intenta contener el deterioro del poder adquisitivo en un escenario donde la canasta básica continúa marcando el ritmo de la vulnerabilidad social en Argentina.
Los nuevos montos y el alcance de la medida
La normativa, que llevó la firma de la ministra Sandra Pettovello, estableció que las familias con un hijo de hasta 17 años percibirán $72.250; mientras que aquellas con dos hijos cobrarán $113.299. Para los grupos familiares con tres o más hijos, el importe se fijó en $149.425. Hasta el mes de abril, los valores oscilaban entre los $52.250 y los $108.062, lo que evidencia la magnitud del ajuste necesario para intentar alcanzar el costo de los alimentos.
El beneficio mantiene su carácter de acreditación mensual y automática para titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo, Asignación por Hijo con Discapacidad y la Pensión No Contributiva para Madres de 7 o más hijos.
Contradicciones en el discurso oficial
En los fundamentos de la resolución, el Ejecutivo destacó que la Prestación Alimentar junto a la AUH resultaron pilares para mejorar indicadores sociales. Según datos del INDEC citados en el documento, la pobreza se redujo del 38,1% en el segundo semestre de 2024 al 28,2% en el mismo periodo de 2025; mientras que la indigencia descendió al 6,3%.
Sin embargo, esta narrativa oficial colisiona con el seguimiento sistemático del deterioro económico que este medio realiza sobre la gestión libertaria. Informes previos de la Universidad Católica Argentina (UCA) y de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) revelaron una caída constante del consumo y un impacto severo del ajuste sobre los sectores productivos y populares (según el documento interno CONTEXTO | Serie Inflación y Economía Milei).
Un contexto de ajuste y desfinanciamiento
A pesar de la propaganda gubernamental sobre la estabilización macroeconómica, la realidad en los barrios populares muestra otra cara. El aumento del 38% se presenta como una fortaleza de las acciones de asistencia, pero ocurre en un marco de achicamiento del Estado y subordinación a los condicionamientos del FMI. Notas anteriores de este diario ya advirtieron que la inflación de 2026 podría triplicar los cálculos iniciales, dejando a las prestaciones sociales siempre por detrás de la góndola.
La decisión de actualizar los montos mediante resolución administrativa y no por ley de movilidad deja a los sectores más desprotegidos a merced de la discrecionalidad política de una cartera, la de Capital Humano, que fue señalada por organizaciones sociales debido a la subejecución de partidas alimentarias y el cierre de comedores comunitarios.
Puntos clave:
- El Gobierno aumentó un 38% la Prestación Alimentar mediante la Resolución 161/2026.
- Los nuevos montos van desde los $72.250 hasta los $149.425 según la cantidad de hijos.
- El Ejecutivo utiliza datos del INDEC de 2025 para justificar una supuesta mejora social.
- El beneficio se acredita de forma automática a titulares de AUH y otras asignaciones.
- Críticas de sectores sociales apuntan a la insuficiencia del monto frente a la inflación proyectada.
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