Córdoba
La autopsia al futbolista Jesús Buffarini confirmó que murió «desnucado»
Se informó que el joven de 23 años sufrió una luxación cervical al caer al piso luego de recibir una piña. El fiscal Daniel Miralles se apartó de la causa.
La autopsia al futbolista Jesús Buffarini, que fue asesinado durante una pelea a la salida de un boliche en Córdoba, confirmó que murió «desnucado» producto de una luxación cervical al caer al piso luego de recibir una piña. Además, el fiscal Daniel Miralles se apartó de la causa.
Fue en la morgue judicial de la provincia donde los médicos forenses llevaron a cabo la autopsia al jugador de 23 años y se detalló que dicha luxación cervical afectó la médula espinal.
Este resultado se encamina con los dichos del anterior fiscal del caso Daniel Miralles que destacó que el fallecimiento de Buffarini se produjo tras caerse al piso por un golpe.
“Uno de los agresores le propinó a Buffarini un golpe que le hizo perder el equilibrio y caer al suelo. La caída resultó en una fractura de columna vertebral y espina dorsal”, había resaltado Miralles previo a la necropsia.
Pese a que sostuvo que necesitaban aguardar al resultado, el fiscal detalló: «Hay una relación de causalidad. A raíz de un golpe, él pierde el equilibrio y cae sobre el piso y se produce esa consecuencia».
Según se pudo constatar, Miralles se apartó la investigación por “enemistad manifiesta” con la abogada de la familia Buffarini, Rosa Sabena.
Desde el medio CBA24N indicaron que el caso quedó en manos del fiscal Javier Di Santo.
El hecho ocurrió el fin de semana y por el momento solo hay un detenido. Se trata de Federico C., de 23 años, que se entregó junto con su abogado, y sigue la búsqueda de otros dos jóvenes.
Córdoba
El TSJ de Córdoba liberó a Paola Ortiz tras 13 años presa por parir sola
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba redujo la condena de prisión perpetua a 13 años y nueve meses, tiempo que la mujer ya cumplió, al incorporar perspectiva de género y reconocer el contexto de violencia, pobreza extrema y desprotección en que ocurrió el parto. El fallo marca un precedente en la justicia cordobesa y fue impulsado por más de diez organizaciones de derechos humanos y feministas.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba ordenó la libertad de Paola Verónica Ortiz, quien cumplía una condena a prisión perpetua desde 2015 por la muerte de su hija recién nacida. El máximo tribunal provincial fijó una pena de 13 años, 9 meses y 26 días, período que la mujer ya cumplió en detención, y resolvió su liberación inmediata. El hecho que motivó la causa ocurrió el 31 de octubre de 2012 en la localidad de Villa Nueva, Córdoba, cuando Ortiz atravesó un parto en absoluta soledad y sin asistencia médica.
Una condena perpetua ignoró el contexto
En el juicio original, la causa fue recalificada como homicidio calificado por el vínculo y derivó en la máxima pena prevista por el Código Penal. Sin embargo, el TSJ determinó que aquella sentencia ignoró las múltiples condiciones de vulnerabilidad que atravesaba la mujer al momento del hecho.
Las pericias incorporadas al expediente revelaron que Ortiz, que tenía 29 años en ese momento, presentaba un nivel intelectual inferior al promedio para su edad, antecedentes de abuso y abandono, y que al momento del parto se encontraba en un estado de desubjetivización que la llevó a actuar sin plena conciencia de sus actos.
El fallo también ponderó la violencia psicológica y económica que ejercía sobre ella su expareja, y el sometimiento al que la sometía su exsuegro, quien le exigía relaciones sexuales a cambio de un techo y la amenazaba ante la posibilidad de un embarazo con otro hombre. El TSJ cuestionó además que el juicio original la juzgara desde el mandato idealizado de la «buena madre» y que se le exigiera responsabilidad penal sin considerar que dio a luz sola, sin red de apoyo ni acceso al sistema de salud.
Perspectiva de género y estándares internacionales
Al reconsiderar la condena, el Tribunal aplicó un enfoque integral de género y los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre emergencias obstétricas en contexto de pobreza. El fallo no implicó una absolución, sino una reducción de la pena que, al coincidir con el tiempo ya cumplido, habilitó la liberación. El TSJ estableció así un precedente judicial relevante para el tratamiento de casos en que mujeres en situación de extrema vulnerabilidad enfrentan consecuencias penales derivadas de partos no asistidos.
Más de diez organizaciones impulsaron la revisión
La causa por la libertad de Paola Ortiz fue sostenida durante años por una articulación amplia de organizaciones feministas y de derechos humanos que se presentaron como amicus curiae ante el tribunal. Entre ellas figuran el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), el Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI), la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de Córdoba, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la Asociación Civil Abogadas por Chaco, la Asociación Civil El Telar y Católicas por el Derecho a Decidir, entre otras. La campaña por su liberación se sostuvo bajo la denominación Mesa por la Libertad de Paola Ortiz y logró instalar el caso en la agenda pública como un paradigma de la criminalización de las mujeres pobres en el sistema judicial.
Si vivís una situación de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda llamá gratis al 144, mandá un mensaje al 11 5050 0147 o por WhatsApp al +54 911 2771 6463. También podés descargar acá una app para recibir ayuda de profesionales.
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