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Argentina solicita a Interpol detener a 61 bolsonaristas prófugos por el ataque a Brasilia

El juez Daniel Rafecas ordenó las detenciones tras recibir el expediente desde la Cancillería argentina.

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La justicia argentina pidió este viernes la captura internacional de 61 ciudadanos brasileños acusados de participar en los ataques del 8 de enero de 2023 contra las sedes de la Presidencia, el Congreso y el Tribunal Supremo de Brasil.

Este hecho ocurrió al inicio del mandato de Luiz Inácio Lula da Silva, quien asumió tras derrotar en las urnas al expresidente Jair Bolsonaro.

Pedido de extradición y operativos en Argentina

• El Tribunal Supremo de Brasil había solicitado un mes atrás la extradición de los implicados a Argentina.

•El juez Daniel Rafecas ordenó las detenciones tras recibir el expediente desde la Cancillería argentina.

• Dos prófugos fueron arrestados en La Plata, acusados de “intento de golpe de Estado”, “destrucción de propiedad pública” y “asociación para delinquir”.

• Continúan los operativos para localizar al resto de los prófugos, quienes cruzaron a Argentina tras los disturbios en Brasilia.

Contexto del ataque

• Los bolsonaristas asaltaron las dependencias gubernamentales en Brasilia denunciando un supuesto fraude en las elecciones presidenciales.

• Durante los hechos, pidieron la intervención de las Fuerzas Armadas para impedir la asunción de Lula.

Tensión diplomática en el G20

• Esta solicitud de captura ocurre días antes del primer encuentro entre el presidente argentino Javier Milei y su par brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, en la cumbre del G20 en Río de Janeiro.

• La extradición y el tratamiento de los prófugos podrían tensar aún más la relación entre ambos gobiernos.

Claves del caso

• Ataques en Brasilia: Condenados por alzamiento contra el gobierno de Lula en enero de 2023.

• Implicados en Argentina: 61 prófugos, con dos detenidos hasta el momento.

• Relaciones bilaterales: Coincide con la inminente reunión entre Milei y Lula en el G20.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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