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Judiciales ⚖️

Generación Zoe: continúan las detenciones, pero Cositorto sigue prófugo

La fiscal Juliana Companys ordenó las detenciones de dos hombres, a los que les secuestraron tres autos de alta gama, adquiridos recientemente.

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El-Argentino-Generación Zoe

Por Néstor Llidó

Dos nuevos detenidos por el Zoegate, en la causa que tramita ante la Fiscalía de Villa María, quienes también quedaron imputados por los delitos de asociación Ilícita y estafas.

En tanto, el Ceo del grupo Zoe, Leonardo Cositorto y su “segundo” Maximiliano Batista, continúan prófugos y con pedido de captura internacional a través de Interpol.

En la investigación por las estafas piramidales en la ciudad cordobesa de Villa María, la fiscal Juliana Companys ordenó las detenciones de dos hombres, a los que les secuestraron tres autos de alta gama, adquiridos recientemente y se presume que con los montos obtenidos con esta multimillonaria defraudación.

Esta causa judicial, que tramita en otras paralelas abiertas en la ciudad de Buenos Aires y otras provincias, ya que hay más de una docena de detenidos, desde que el inicio del Zoegate, a mediados del último mes de febrero.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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