Conectate con El Argentino

Judiciales ⚖️

Nuevas pruebas: la AFI brindó audios donde Revolución Federal proponía «infiltrarse» para matar a Cristina

Morel y Castelli hablaban de matar al diputado Máximo Kirchner y de «hacer patria» con el Presidente. Uno de ellos es soldado voluntario.

Publicado hace

#

El titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Agustín Rossi, presentó esta tarde una denuncia en el juzgado federal 5 de María Eugenia Capuchetti en la que aportó material sobre manifestaciones realizadas en Twitter por dos miembros del grupo Revolución Federal que incluyeron amenazas e incitaciones a cometer delitos y que, a juicio del funcionario, podrían vincularse con el intento de magnicidio de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

Rossi acompañó las pruebas recolectadas por la AFI en el marco de la ley de inteligencia 25.520 y sus modificatorias, que facultan al organismo a presentarse ante la Justicia para velar por la seguridad nacional y el orden democrático ante la convicción de que hubo quien pretendió ponerlas en riesgo.

La denuncia presentada por el organismo de inteligencia, contiene los audios intercambiados durante una transmisión en vivo realizada el 26 de agosto de 2022 por el grupo Revolución Federal a través de Twitter que fue convocada bajo el título «hay que pudrirla?» y en la que participaron dos integrantes de esa organización, Jonathan Ezequiel Morel, de 23 años, y Franco Ezequiel Castelli, de 26 años.

Morel, registrado en el fisco como monotributista, es quien concedió varias entrevistas radiales en los últimos días para presentarse como el principal referente de Revolución Federal; Castelli es soldado voluntario del Ejército argentino y tiene domicilio en la provincia de Santa Cruz, según lo manifestado en la presentación.

En uno de los audios desgrabados que forman parte de la denuncia y que la AFI presentó en el juzgado se menciona la posibilidad de que alguien se infiltre entre los simpatizantes de la Vicepresidenta para hacerla «pasar a la historia», en referencia a la intención de cometer un magnicidio.

«Hoy por ejemplo veía cómo Cristina saludaba a La Cámpora y a la militancia y decía, lástima que a mí ya me conocen la cara porque sino sabés cómo me infiltro ahí una semana y espero que baje… Pero yo te juro… si a mí no me conocieran los nenes de La Cámpora yo voy te canto ahí la marcha peronista 7 días seguidos y en cuanto pasa a la historia. Después me linchan. Pero pasa a la historia», intervino uno de los miembros de Revolución Federal.

Otro tramo de la transmisión pública que fue incluido como prueba muestra que uno de los participantes «tiene conocimiento del domicilio del diputado nacional e hijo de la señora vicepresidenta, Máximo Kirchner», según la denuncia interpuesta esta tarde, a las 19, en el juzgado de Comodoro Py que investiga el intento de asesinato de Fernández de Kirchner.

De acuerdo a la desgrabación que la AFI adjuntó como material de prueba, Morel y Castelli mantuvieron el siguiente diálogo:

Morel: «¿Pasás todos los días por la casa de Máximo?»

Castelli: «Sí, soy de Santa Cruz, de acá».

Morel: «Uhh, como no lo mataste, boludo?»

Los dos integrantes de la organización antikirchnerista que organizó intervenciones violentas de acción directa contra el oficialismo y que instaló guillotinas y horcas en las manifestaciones de la oposición intercambiaron también insultos y amenazas contra el presidente Alberto Fernández.

En la transmisión en vivo de Twitter del 26 de agosto, uno de los individuos se lamentó porque el jefe de Estado utilice habitualmente helicóptero y no auto, según dijo, porque si llegara a encontrarse con él en un vehículo «se lo abollo todo, se lo cago tanto a patadas, se lo prendo fuego», amenazó.

«Lamentablemente, a Alberto hoy no me lo voy a cruzar en la calle, me lo voy a cruzar en algunos años, en algunos años yo sé que me lo voy a cruzar y voy a hacer patria».

De acuerdo a la presentación de la AFI, «tanto las manifestaciones vertidas como los ataques perpetrados dan cuenta de un accionar ilícito que amerita la pertinente denuncia toda vez que podría constituir los delitos de instigación a cometer delitos (artículo 209 del Código Penal); intimidación pública (artículo 212); apología del crimen y otros atentados contra el orden público (213 y 213 bis); amenaza de deponer alguno de los poderes públicos del gobierno nacional (artículo 226 bis), y alentar o incitar a la persecución o el odio contra una persona o grupo de personas a causa de sus ideas políticas (artículo 3, segundo párrafo, de la ley 23.592)».

El grupo Revolución Federal realizó la Marcha de las Antorchas del 18 de agosto, cuando se concentraron frente a la Casa Rosada bajo la consigna «cárcel o bala», protesta violenta que obligó a arrojar agua desde el interior de la sede gubernamental y en la que participó Brenda Uliarte según una foto que ella misma posteó en sus redes sociales y que luego borró.

Judiciales ⚖️

La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

Publicado hace

#

Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo