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Entre agosto y septiembre comenzará a aplicarse el Etiquetado Frontal

Las grandes industrias cuentan con seis meses para adaptarse a la nueva normativa, reglamentada en marzo, mientras que las medianas y pequeñas tienen un año más, por lo que «entre agosto y septiembre ya tendríamos algunos productos etiquetados en las góndolas», sostuvo Tirado en declaraciones que realizó desde la Casa Rosada a canales de televisión de Tierra del Fuego, La Rioja y Mar del Plata.

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La secretaria de Acceso a la Salud, Sandra Tirado, anticipó hoy que «entre agosto y septiembre» comenzará a implementarse de forma efectiva la ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como «ley de etiquetado frontal», que busca advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y otras enfermedades.

Las grandes industrias cuentan con seis meses para adaptarse a la nueva normativa, reglamentada en marzo, mientras que las medianas y pequeñas tienen un año más, por lo que «entre agosto y septiembre ya tendríamos algunos productos etiquetados en las góndolas», sostuvo Tirado en declaraciones que realizó desde la Casa Rosada a canales de televisión de Tierra del Fuego, La Rioja y Mar del Plata.

Asimismo, sostuvo que «es realmente una ley muy amplia con mucho trabajo del poder Ejecutivo tanto nacional como provincial para que tengamos ese fin que es de promocionar la alimentación saludable».

«Tiene que ver con promocionar hábitos saludables y tener información disponible y que la población pueda decidir cómo alimentarse y que sepan de aquellos nutrientes que tienen que ver con la aparición de ciertas enfermedades como la diabetes», añadió.

La funcionaria y médica pediatra recordó que cada packaging «tendrá un sello de color negro, de forma octogonal, con letras blancas, muy claro y visible, de un tamaño que estará en relación al producto que se está por comprar y que nos informará si ese alimento tiene exceso de azúcar agregadas, de sodio, de grasas de grasas saturadas, de edulcorantes o cafeína que en ese caso se recomienda que no se lo administre a niños o niñas».

«Será una información que estará disponible para saber qué tiene el producto que estaremos comprando y lo que se busca es que algunos de estos productos puedan cambiar su concentración y bajar los niveles de sodio, de azúcar o el nivel de grasas y que no sean alcanzados por esta Ley con lo cual no tengan que poner estos sellos», remarcó

Consultada sobre si esta norma existe en otros lugares, dijo que «se ha implementado en otros países y tenemos las experiencias como Chile y México y hemos trabajado con la Organización Panamericana de la Salud que ellos también formaron parte de esta Ley y de su reglamentación».

«Vimos las experiencias, los plazos y cómo la población se hace dueña de esta Ley y toma este rol de empoderada de saber que esto tiene que estar presente y de poder decidir según los contenidos que tengan que producto comprar y consumir», añadió.

«Desde la aprobación de la ley hemos mantenido más de veinte reuniones con organismos internacionales, sociedades científicas y de nutrición y por supuesto con las empresas», contó la secretaria.

En ese sentido, precisó que las etiquetas alcanzarán a los productos «procesados y ultraprocesados» mientras que no comprenderán a los «semielaborados o naturales, como la yerba mate, el azúcar o el arroz», señaló.

«Estamos hablando de productos que llevan proceso y en este proceso tienen algún agregado de algunos de estos componentes lleve a que tengan el etiquetado», resaltó y explicó que analizaban «con la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) y áreas del Poder Ejecutivo» en posibles «sanciones que tienen que ver con que no se puedan comercializar, multas» a quienes no cumplan la norma.

Y, aclaró que «esto se irá reglamentando según cada uno de los productos».

Tirado remarcó que otro tema que aborda la Ley «tiene un artículo en donde se trabajó con el Ministerio de Educación que todo lo que se dé en las escuelas sobre la promoción de alimentación saludable y qué alimentos se pueden consumir dentro de los establecimientos educativos».

«Es una ley muy importante», enfatizó la secretaria de estado al apuntar que «tiene que ver con la promoción de una alimentación saludable y en ese sentido tener los sellos que sirvan de advertencia sobre si algún alimento tiene un exceso de azúcar, de sal, de grasas o de grasas saturadas, para que las personas sepan al momento de consumir qué ingredientes, nutrientes o excesos tienen los alimentos».

Respecto de las bebidas alcanzadas por la ley, precisó que «son las bebidas analcohólicas y aquellos jugos que tengan agregados, en el caso de jugos naturales no, pero si tienen agregados de azúcares o edulcorantes sí van a estar alcanzados, y en el caso de bebidas gaseosas que tengan exceso de azúcar o cafeínas».

«Es una ley muy completa, muy ambiciosa, porque aparte del etiquetado como lo que busca es la promoción de una alimentación saludable, también tiene capítulos específicos», como los productos que se pueden consumir en las escuelas o «regular la publicidad de este tipo de alimentos», acotó.

Tirado sostuvo que «es una ley ejemplo para toda la región, y que nos pone en un desafío en el momento de la implementación».

El Gobierno nacional publicó el 23 de marzo la reglamentación de la ley de Promoción de la Alimentación Saludable, cuyo objetivo es advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.

La reglamentación de la Ley 27.642 fue aprobada mediante el decreto 151/2022 firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; la ministra de Salud Carla Vizzotti y el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Julián Domínguez.

Redes sociales

Meta condenada a pagar US$567 millones por dañar la salud mental de los jóvenes

Un tribunal del estado de Nuevo México falló contra la empresa matriz de Facebook e Instagram por crear una «molestia pública» que afectó a niños y adolescentes. El juez ordenó además una batería de medidas de seguridad que incluyen límites de uso mensual, restricciones en notificaciones y controles más estrictos sobre el contacto de adultos con menores. Meta anunció que apelará.

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El Argentino Diario-Adolescentes miran celular.
El algoritmo en el banquillo: por qué la condena a Meta en Nuevo México es un antes y un después para las Big Tech.

Un tribunal del estado de Nuevo México condenó al gigante tecnológico Meta a pagar 567 millones de dólares en concepto de indemnización por los daños causados a niños y adolescentes a través de sus plataformas Facebook e Instagram. El fallo, dictado el jueves, declaró que la empresa creó una «molestia pública» y ordenó la implementación de una serie de medidas estructurales de protección para los jóvenes usuarios.

Un juicio en dos fases y un veredicto histórico

El fallo se produjo durante la segunda fase de un proceso judicial que Meta ya había perdido en marzo. En la primera etapa, el jurado ordenó a la empresa el pago de 375 millones de dólares en sanciones civiles por haber infringido la ley estatal de protección al consumidor, al tergiversar la seguridad de sus plataformas para los menores de edad. La segunda fase sumó otros 192 millones de dólares en indemnizaciones y reforzó la condena con medidas correctivas de fondo.

El fiscal general de Nuevo México, Raúl Torrez, celebró el resultado: «La decisión de hoy es una victoria para todos los padres que se han preocupado por lo que las redes sociales hacen a sus hijos y para todos los niños que merecen crecer en un entorno en línea más seguro.»

Las medidas que Meta deberá implementar

Además de la condena económica, el juez estableció obligaciones concretas para modificar el funcionamiento de las plataformas dirigidas a menores. Las medidas ordenadas incluyen:

  • Límites mensuales al uso de Facebook e Instagram por parte de adolescentes.
  • Restricciones en las notificaciones para reducir los mecanismos de enganche compulsivo.
  • Controles más estrictos sobre el contacto de adultos con menores dentro de las plataformas.
  • Salvaguardias para los chatbots de inteligencia artificial que interactúan con usuarios jóvenes.
  • Revisión reforzada de las denuncias de abuso sexual infantil.

Las disposiciones apuntan directamente al modelo de negocio de Meta, basado en maximizar el tiempo de pantalla mediante algoritmos diseñados para generar dependencia, una práctica que organismos de salud pública y organizaciones de protección a la infancia denuncian desde hace años como deliberada y nociva.

Meta apelará: «Los hechos fueron tergiversados»

A última hora del jueves, Meta anunció que recurrirá la sentencia. «Seguimos confiando en nuestra trayectoria de protección de los adolescentes en línea y continuaremos defendiéndonos frente a acusaciones que tergiversan los hechos», afirmó un portavoz de la compañía en un comunicado. La empresa acumula una creciente cantidad de juicios similares en distintos estados de Estados Unidos y enfrenta también presiones regulatorias en Europa, donde la Unión Europea ya recomendó restricciones de acceso para menores de 13 años.

Un debate global que no da tregua

El fallo de Nuevo México se inscribe en un proceso regulatorio de escala mundial. Países como Australia, Francia, Indonesia, Emiratos Árabes Unidos, Malasia y China ya establecieron prohibiciones o restricciones de acceso para menores en redes sociales. En Argentina, cuatro proyectos de ley sobre la materia aguardan tratamiento legislativo en el Congreso, mientras el debate sobre los efectos de las plataformas digitales en la salud mental infantil y adolescente gana urgencia en el debate público.

Los estudios disponibles documentan una correlación sostenida entre el uso intensivo de redes sociales y el aumento de cuadros de ansiedad, depresión e ideación suicida en adolescentes, en especial entre las mujeres jóvenes. La condena contra Meta instala un precedente jurídico que podría replicarse en otras jurisdicciones y presionar a los gigantes tecnológicos a rediseñar sus algoritmos bajo criterios que prioricen el bienestar de los usuarios más vulnerables sobre la maximización del tiempo de uso.

Puntos clave

  • Un tribunal de Nuevo México condenó a Meta a pagar US$567 millones por daños a menores en Facebook e Instagram.
  • La primera fase del juicio, en marzo, ya había ordenado US$375 millones en sanciones por violar la ley de protección al consumidor.
  • El juez declaró que Meta creó una «molestia pública» y ordenó medidas concretas de seguridad para jóvenes usuarios.
  • Las obligaciones incluyen límites de uso mensual, restricciones en notificaciones y controles sobre el contacto adulto-menor.
  • Meta anunció que apelará el fallo y negó haber tergiversado la seguridad de sus plataformas.
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