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CELS: «Morales cumplió su amenaza de criminalizar referentes sociales»

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El Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) y otros organismos de derechos humanos denunciaron hoy que la justicia de Jujuy realizó allanamientos en las casas de 22 personas que protestaron en la ciudad de Humahuaca contra la reforma de la Constitución provincial y consideró que, de esta manera, el Gobierno de Gerardo Morales «cumplió su amenaza de criminalizar a referentes sociales e indígenas».

«Allanan las casas de 22 personas que participaron de la marcha del 30/6 en Humahuaca. Se las acusa de delitos gravísimos como sedición y privación de la libertad para que queden detenidas», escribió el organismo en su cuenta de la red social Twitter.

En tanto, la Misión de Solidaridad Internacional y Derechos Humanos denunció que se produjeron «detenciones arbitrarias» y hubo «armado de causas» a manifestantes que fueron reprimidos en la madrugada del 1 de julio en inmediaciones del municipio de Humahuaca.

Al menos tres hombres fueron detenidos este miércoles bajo la figura legal de presuntos delitos como «sedición», «privación ilegítima de la libertad», «lesiones graves», al tiempo que libraron órdenes para encarcelar a un total de 12 hombres y 9 mujeres.

Las personas acusadas habían participado de una protesta para que el Concejo Deliberante de Humahuaca se pronuncie en contra de la reforma parcial de la Constitución de Jujuy, sesión que culminó en la madrugada del 1 de julio con una violenta represión.

El agente fiscal de investigación con asiento en Humahuaca, Fernando Alancay, requirió al Juzgado de Control en lo Penal, Económico y Delitos contra la Administración de Jujuy 22 allanamientos en domicilios ubicados en la localidad quebradeña y también 22 detenciones.

Asimismo, acusó a los manifestantes de «privación ilegítima de la libertad» al indicar que el 30 de junio aproximadamente desde horas 19 hasta las 2 de la madrugada de 1 de julio pasado, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, se «retuvo» a los seis ediles cuando se disponían a retirarse.

También se los acusó de los presuntos delitos de sedición, resistencia a la autoridad y daño agravado a bienes de uso público.

Agustín Zamboni, Renzo Laguna y Rolando Tapia fueron los primeros detenidos durante este mediodía y posteriormente trasladados a la capital jujeña, al tiempo que se libraron citaciones para el resto de los acusados y acusadas, informaron allegados de los perseguidos.

«Mi hijo fue citado a policía sin un motivo preciso a las 10 de la mañana y directamente lo metieron preso, luego al mediodía me entero que lo llevaron a San Salvador de Jujuy», denunció a la prensa local Carola Zamboni, madre de uno de los detenidos.

Y afirmó que el joven «está secuestrado, desaparecido porque yo no sé adónde lo llevaron, en qué lo llevaron y quién lo llevó», agregó la mujer quien mantenía su reclamo a las afueras de la seccional policial de Humahuaca.

En un hilo de tuits, el Cels remarcó que, con esta acción, «el Gobierno (de Morales) cumplió su amenaza de criminalizar a referentes sociales e indígenas».

Además, apuntó contra «algunos integrantes del Concejo Deliberante de Humahuaca» que -señaló- hicieron la denuncia contra esos manifestantes y «pretenden hacer pasar esa movilización por un intento de sedición y secuestro».

«La fiscalía y el juez deciden criminalizar la protesta social. Ese día la Policía de Jujuy reaccionó reprimiendo a quienes se manifestaban: hubo personas heridas graves, entre ellas jóvenes que perdieron la visión», subrayó el Cels en sus posteos.

Se refirió así a lo sucedido entre las últimas horas del 30 de junio y la madrugada del 1 de julio, cuando el Concejo Deliberante de Humahuaca aprobó una declaración de rechazo a la reforma de la Constitución jujeña, mientras que pobladores que realizaban una protesta en las inmediaciones de ese cuerpo legislativo fueron reprimidos por las fuerzas de seguridad locales con gases lacrimógenos y balas de goma.

Mientras los ediles salieron del recinto a realizar la lectura de lo aprobado, las fuerzas de seguridad reprimieron a los manifestantes, quienes mantenían una protesta desde la tarde y exigían esa declaratoria o la renuncia de los concejales.

Por la represión, al menos cuatro personas resultaron heridas. Una de ellas fue Joel Rodrigo Paredes, de 28 años, quien recibió un balazo de goma en la cara y perdió el ojo derecho, según informó a Télam su madre, Elizabeth Sandoval.

El joven debió ser intervenido quirúrgicamente en el Hospital Pablo Soria de la capital provincial y perdió totalmente la visión del ojo afectado.

Con Paredes ya suman tres las personas que perdieron un ojo en los avances represivos de las fuerzas de seguridad local por las protestas contra la reforma.

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La Justicia suspendió el nuevo Régimen Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires

Un juzgado de Lomas de Zamora frenó por 60 días la aplicación de la ley que reduce a 14 años la edad de imputabilidad. La jueza advirtió sobre una posible vulneración de derechos y cuestionó si el Estado cuenta con recursos suficientes para implementar el nuevo sistema.

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La Justicia bonaerense suspendió la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. La decisión fue adoptada por el Juzgado de Responsabilidad Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, que interrumpió por 60 días la entrada en vigencia de la normativa que establece un régimen penal específico para adolescentes desde los 14 años.

La resolución fue firmada por la jueza Marta Elba Pascual, quien planteó que la implementación inmediata del nuevo sistema podría generar una afectación grave de derechos fundamentales de adolescentes privados de su libertad.

El fallo puso el foco en una cuestión central: si el Estado cuenta actualmente con las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para ampliar la cantidad de adolescentes sometidos al sistema penal sin vulnerar los estándares constitucionales y convencionales vigentes.

La advertencia de la Justicia

La magistrada señaló que antes de aplicar el nuevo régimen resulta necesario determinar si existen condiciones objetivas que permitan garantizar los derechos de los adolescentes alcanzados por la normativa.

En particular, advirtió sobre la posibilidad de que el Estado no cuente con suficientes recursos ni establecimientos adecuados para alojar a los jóvenes que eventualmente sean privados de su libertad.

El fallo también alertó sobre el posible incremento de la población adolescente detenida. Según la jueza, aunque el aumento podría producirse de manera progresiva, algunos cambios en los parámetros para disponer detenciones y prisiones preventivas podrían generar un impacto inmediato.

La suspensión tendrá una duración de 60 días.

Qué establece el nuevo Régimen Penal Juvenil

La nueva normativa establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 18 años imputados por delitos.

La edad mínima de imputabilidad fue establecida por el Congreso mediante la Ley 27.801, publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La norma fijó un plazo de 180 días para su entrada en vigencia.

Posteriormente, el Gobierno reglamentó el régimen mediante el Decreto 875/2026, firmado el 4 de septiembre, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal.

Entre sus funciones se encuentran la implementación del régimen, el seguimiento de los adolescentes, la asistencia a las víctimas y la articulación con las distintas jurisdicciones.

El régimen contempla distintas medidas según la gravedad del hecho y las características de cada caso. Entre ellas se encuentran:

  • Amonestaciones.
  • Restricciones de contacto o circulación.
  • Trabajos comunitarios.
  • Reparación del daño.
  • Monitoreo electrónico.
  • Penas privativas de la libertad.

La normativa establece que, en los casos en los que corresponda una pena de prisión, no podrá aplicarse prisión o reclusión perpetua. El máximo previsto para adolescentes es de 15 años.

Supervisores para controlar a los adolescentes

Uno de los principales cambios previstos por el nuevo sistema es la incorporación de supervisores especializados.

Estos profesionales deberán acompañar y controlar a los adolescentes cuando un juez determine determinadas medidas o sanciones. Entre sus obligaciones estará mantener entrevistas semanales y elaborar informes mensuales sobre la evolución del joven.

Los informes deberán contemplar aspectos vinculados con la educación, la formación, la conducta y el proceso de reinserción social.

Para integrar el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil será necesario contar con formación terciaria o universitaria en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología o trabajo social, o acreditar preparación específica en adicciones.

Además, los postulantes deberán contar con al menos dos años de experiencia profesional y aprobar una capacitación obligatoria sobre justicia penal juvenil y derechos de niños y adolescentes.

También deberán realizar instancias de formación continua todos los años.

Una implementación que queda bajo la lupa

La reglamentación establece restricciones para quienes pretendan desempeñarse como supervisores. Quedarán excluidas determinadas personas con antecedentes de procesamientos o condenas penales y quienes figuren en registros vinculados con hechos de violencia contra mujeres, niñas, niños o adolescentes.

Mientras se conforma el registro definitivo, el Ministerio de Justicia elaborará una nómina provisoria.

La primera convocatoria pública deberá realizarse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigencia del decreto.

En los procesos de competencia nacional y federal, los jueces seleccionarán a los supervisores entre los profesionales habilitados. En las provincias y en la Ciudad de Buenos Aires, cada jurisdicción deberá establecer sus propios mecanismos de designación, remoción y sanción, respetando los lineamientos generales establecidos por la Ley 27.801.

La decisión adoptada en Lomas de Zamora introduce así un freno a la implementación del nuevo régimen en territorio bonaerense y pone en el centro del debate una cuestión clave: si la ampliación del sistema penal hacia adolescentes de menor edad puede concretarse sin contar previamente con las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para garantizar sus derechos.

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