Judiciales ⚖️
Abogada argentina presa en Brasil: una fundación solicitó la intervención de Cancillería
Es para que la joven abogada Agostina Páez pueda regresar al país. La fiscalía brasileña pidió prisión preventiva por «injuria racial», pero la defensa sostiene que fue ella fue víctima de gestos obscenos previos y un intento de cobro indebido.
★ La abogada argentina de 29 años permanece con tobillera electrónica en Río de Janeiro, sin acceso a su pasaporte y con pedido de prisión preventiva en su contra por un episodio de racismo que habría ocurrido durante sus vacaciones en enero. La Fundación Apolo, dirigida por el exlegislador Yamil Santoro, presentó un escrito en la Cancillería Argentina para reclamar su liberación y regreso al país.
Agostina Páez fue detenida tras un incidente en un bar del barrio de Ipanema, según confirmó la fundación en su presentación. El episodio se originó, de acuerdo al relato de la defensa, por un desacuerdo en el cobro de una cuenta. Las autoridades brasileñas la acusaron de realizar gestos considerados ofensivos y de injuria racial, cargo que en Brasil puede implicar penas de hasta cinco años de prisión.
El Ministerio Público de Río de Janeiro solicitó la prisión preventiva de la argentina. En su pedido, la fiscalía consideró que Páez «extrapoló cualquier contexto de discusión o malentendido» y calificó su conducta como «discriminatoria y ofensiva». La justicia brasileña le impuso un dispositivo de monitoreo electrónico y le retuvo el pasaporte, medidas que le impiden abandonar el país mientras avanza la causa.
En Apolo denuncian «desproporción» y violación de derechos
La Fundación Apolo cuestionó en su escrito la proporcionalidad de las medidas adoptadas contra la abogada, al señalar que no existe condena firme y que las restricciones impuestas violan estándares internacionales de derechos humanos. El documento sostiene que la respuesta del sistema penal brasileño fue adoptada «sin evaluación adecuada de alternativas menos gravosas» y sin considerar la condición de mujer extranjera de la imputada.
La presentación destacó la existencia de registros fílmicos previos a la reacción de Páez, donde uno de los empleados del establecimiento habría hecho gestos obscenos dirigidos hacia ella y su acompañante. Según la fundación, esa conducta no fue debidamente ponderada por las autoridades brasileñas.
«La abogada fue inicialmente víctima de un intento de cobro indebido y de burlas de carácter sexual», señala el escrito, que advierte que la posterior reacción de Páez habría sido descontextualizada, invirtiendo los roles de víctima a victimaria.
Invocación de tratados internacionales
El reclamo de la fundación menciona la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, la Ley 20.957 del Servicio Exterior argentino, y subraya que la Cancillería está habilitada para intervenir ante una persecución penal que no supere los criterios de razonabilidad o debido proceso.
Además, el documento citó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer), la Convención de Belém do Pará y las Reglas de Bangkok de las Naciones Unidas. Estos instrumentos establecen un deber reforzado de protección en casos que involucran a mujeres en contextos de violencia o asimetría.
Críticas al uso «ejemplarizante» del caso
La Fundación Apolo cuestionó el uso del caso por parte de fuerzas de seguridad brasileñas con fines de «ejemplaridad». El escrito señala que autoridades locales difundieron imágenes y mensajes en redes sociales oficiales que reforzarían una lógica de estigmatización y «mano dura», incompatible con la presunción de inocencia y el derecho a un juicio justo.
La entidad pidió que la Cancillería Argentina ejerza activamente la protección consular y evalúe la posibilidad de un reclamo diplomático ante el Estado brasileño para revisar las medidas cautelares impuestas y permitir el regreso de Páez al país.
Hasta el momento, la Cancillería argentina no emitió declaraciones públicas sobre el caso ni confirmó acciones concretas en defensa de la ciudadana detenida en Brasil.
Puntos clave:
• Agostina Páez permanece con tobillera electrónica en Río de Janeiro, sin pasaporte y con pedido de prisión preventiva por injuria racial
• La Fundación Apolo presentó un escrito en Cancillería solicitando protección consular y reclamo diplomático ante Brasil
• La defensa sostiene que existen videos que muestran gestos obscenos de un empleado del bar hacia la argentina antes del incidente
• El reclamo invoca tratados internacionales de derechos humanos y protección de mujeres en contextos de vulnerabilidad
• La fiscalía brasileña considera que la conducta de Páez fue «discriminatoria y ofensiva» y solicita su prisión preventiva ★
Judiciales ⚖️
Luis Caputo y el bono a 100 años: la Cámara confirmó su sobreseimiento y la fiscal apeló
La Sala I aceptó formalmente el recurso presentado por la fiscal Eugenia Anzorreguy de Silva contra el cierre de la causa. El expediente podría llegar a la Cámara Federal de Casación Penal para una nueva instancia judicial.
La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el sobreseimiento de Luis Caputo en la causa relacionada con la emisión de un bono a 100 años durante su paso por la cartera de Finanzas del gobierno de Mauricio Macri.
El expediente se relaciona con una supuesta omisión de declarar vínculos con sociedades que resultaron beneficiadas durante la operación financiera.
Según informó un articulo de NA, la resolución de este viernes estuvo vinculada con el recurso de casación presentado por la fiscal Eugenia Anzorreguy de Silva.
“Se dispuso confirmar la resolución que decretó el sobreseimiento de L. A. C”
La decisión formal se produjo luego de que los integrantes de la Sala I analizaran si la presentación fiscal reunía las condiciones necesarias para ser llevada a una instancia superior.
El voto de la mayoría
Los jueces Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola conformaron la mayoría que consideró admisible el recurso de casación.
Los magistrados analizaron si la apelación fue presentada dentro del plazo correspondiente y si los fundamentos expuestos cumplían con las exigencias legales.
Según la resolución, la presentación fue realizada en tiempo y forma y sus fundamentos fueron considerados correctamente desarrollados.
Otro de los puntos señalados por los jueces fue la naturaleza de la decisión cuestionada. El recurso se dirige contra una «sentencia definitiva», debido a que el sobreseimiento implica el cierre irrevocable del proceso.
La postura del juez Mariano Llorens
El juez Mariano Llorens votó en disidencia respecto de la admisibilidad del recurso.
En su posición, sostuvo que la vía de casación está destinada a situaciones específicas y planteó que su utilización actualmente se encuentra sobredimensionada.
También consideró que los argumentos de la fiscal no cumplían con las condiciones necesarias para acceder a esa instancia.
Según su voto, los fundamentos presentados repetían cuestiones que ya fueron analizadas durante una apelación anterior.
Qué decidió finalmente la Sala I
La resolución terminó con la declaración de admisibilidad del recurso de casación presentado por la fiscal.
Esto significa que la presentación fue aceptada formalmente para su tratamiento en la instancia correspondiente.
La Cámara también dispuso convocar a la fiscal Eugenia Anzorreguy de Silva para que concurra a defender su recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal.
El plazo establecido para esa presentación es de tres días desde el momento en que el expediente ingrese en ese tribunal.
El antecedente del 7 de septiembre
El nuevo pronunciamiento tiene como antecedente una resolución del 7 de septiembre.
En esa oportunidad, la misma Sala confirmó el sobreseimiento de la persona identificada en el expediente con las iniciales L. A. C.
La decisión implicó el cierre de la causa y la desvinculación definitiva del acusado dentro de ese proceso.
La fiscal no compartió aquella resolución y posteriormente presentó el recurso de casación que ahora fue declarado admisible.
La causa por el bono a 100 años
El expediente se originó a partir de la emisión de un bono a 100 años durante el gobierno de Mauricio Macri, cuando Luis Caputo se desempeñaba al frente de la cartera de Finanzas.
La investigación incluyó cuestionamientos relacionados con la presunta omisión de informar vínculos con sociedades beneficiadas en el marco de la operación.
El sobreseimiento fue confirmado por la Sala I y luego cuestionado mediante el recurso presentado por la fiscal.
La resolución conocida este viernes se refiere específicamente a la admisibilidad formal de ese recurso.
Qué sigue en el expediente
El próximo paso señalado por la Cámara consiste en la intervención de la Cámara Federal de Casación Penal.
De acuerdo con la resolución, la fiscal deberá defender su presentación ante ese tribunal una vez que el expediente ingrese allí.
Los puntos centrales de esta nueva etapa son:
- El recurso de casación fue declarado admisible.
- El expediente deberá continuar su trámite ante la instancia superior.
- La fiscal fue convocada para sostener su presentación.
- El plazo indicado es de tres días desde el ingreso del expediente.
- La resolución de la Sala I mantiene confirmado el sobreseimiento.
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