Judiciales ⚖️
Causa $LIBRA: la Justicia apartó a los querellantes en la investigación que involucra a los Milei
El juez Marcelo Martínez De Giorgi hizo lugar a un planteo del empresario Mauricio Novelli y excluyó a los denunciantes del expediente. La investigación continúa, pero queda únicamente en manos del fiscal Eduardo Taiano.
La investigación por el escándalo de la criptomoneda $LIBRA, que involucra al presidente Javier Milei y a varios integrantes de su entorno, sufrió un fuerte revés judicial. El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi resolvió apartar a los querellantes de la causa tras hacer lugar a un planteo presentado por el empresario Mauricio Novelli, uno de los principales imputados del expediente.
La decisión representa un duro golpe para quienes impulsaban activamente la investigación sobre la presunta maniobra vinculada a la promoción de la criptomoneda por parte del Presidente y reduce la participación de las víctimas en el proceso. De todos modos, el expediente continuará bajo la conducción del fiscal Eduardo Taiano, quien deberá definir los próximos pasos de la pesquisa.
Los querellantes ya anticiparon que apelarán la resolución ante la Cámara Federal.
Una causa que compromete al Gobierno
La causa se inició luego de que Javier Milei promocionara el 14 de febrero de 2025 el token $LIBRA desde su cuenta oficial en X. Tras la publicación presidencial, el valor del activo digital se disparó para luego desplomarse, generando pérdidas millonarias entre miles de inversores.
En el expediente fueron denunciados, además del mandatario, Karina Milei, Manuel Adorni, Mauricio Novelli, Hayden Davis, Sergio Morales y Manuel Terrones Godoy, entre otros, por presuntas negociaciones incompatibles con la función pública, cohecho y otras posibles maniobras vinculadas con el lanzamiento de la criptomoneda.
El argumento del juez
En su resolución, Martínez De Giorgi sostuvo que quienes pretendían actuar como querellantes no lograron demostrar un perjuicio directo ni acreditar que las billeteras virtuales desde las cuales compraron los tokens les pertenecieran efectivamente.
El magistrado señaló que la documentación presentada «no permite sostener que hayan sido especialmente perjudicados por la maniobra que resulta objeto de investigación» y consideró insuficientes los enlaces, registros y manifestaciones aportadas para probar la titularidad de las wallets utilizadas.
Asimismo, destacó que la estructura técnica de la red Solana y el funcionamiento de las billeteras de autocustodia dificultan identificar con certeza a sus verdaderos propietarios.
Un fallo que relativiza los riesgos de las criptomonedas
Uno de los aspectos que más controversia generó fue que el juez dedicó parte de los fundamentos a remarcar que $LIBRA era una memecoin, un activo digital de alta volatilidad.
Según sostuvo, quienes deciden invertir en este tipo de instrumentos asumen riesgos propios de esa operatoria, por lo que una pérdida económica no implica automáticamente la existencia de un delito ni habilita la participación como querellante.
Esa interpretación fue cuestionada por especialistas y por las víctimas, que sostienen que el eje de la investigación no es el riesgo financiero propio de las criptomonedas, sino la eventual utilización de la investidura presidencial para promover un activo que terminó desplomándose tras beneficiar a un reducido grupo de operadores.
La investigación continúa
Pese al apartamiento de los querellantes, el expediente no fue archivado. La investigación seguirá bajo la órbita del fiscal Eduardo Taiano, quien mantiene abiertas las distintas hipótesis sobre el lanzamiento de $LIBRA, incluyendo la presunta extracción millonaria de fondos de liquidez y el posible vínculo entre los desarrolladores del proyecto y funcionarios del Gobierno.
La resolución, sin embargo, limita la intervención de quienes impulsaban medidas de prueba y representa un nuevo obstáculo para una causa que desde su inicio generó fuertes cuestionamientos sobre la actuación del Gobierno nacional y el rol desempeñado por Javier Milei en la promoción de la criptomoneda.
Educación
La Justicia le pone freno a Milei: el decreto universitario es inconstitucional
El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, el mecanismo con el que el Gobierno promulgó la Ley de Financiamiento Universitario pero la dejó sin efecto. El fallo ordena el cumplimiento inmediato de la norma ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos y abre un nuevo capítulo en el conflicto que ya llegó a la Corte Suprema.
Un fallo de primera instancia declaró inconstitucional el decreto con el que el Gobierno de Javier Milei promulgó formalmente la Ley de Financiamiento Universitario pero bloqueó su aplicación real. La sentencia, de aproximadamente 50 páginas, calificó el mecanismo empleado por el Ejecutivo como un «mecanismo extraconstitucional» y ordenó el cumplimiento inmediato de la norma. Es el capítulo más reciente de un conflicto judicial que ya acumula más de un año de litigios, una cautelar firme avalada por la Corte Suprema y una quinta Marcha Federal Universitaria anunciada para el 15 de octubre.
El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, hizo lugar a los amparos colectivos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) contra el Estado nacional. La sentencia declaró la inconstitucionalidad de la cláusula del Decreto 759/2025 que, al tiempo de promulgar la Ley de Financiamiento Universitario, condicionó su ejecución a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento; una remisión al artículo 5° de la Ley 24.629 que, en los hechos, dejó la norma vigente pero inoperante. El fallo fue dictado el 6 de octubre de 2026.
El decreto: promulgar y vaciar
La Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795) fue sancionada por el Congreso y, luego de que Milei la vetara, fue ratificada con los dos tercios de los votos que la Constitución exige para que una insistencia parlamentaria sea irrecusable. Sin margen para vetarla nuevamente, el Ejecutivo eligió otra estrategia: la promulgó mediante el Decreto 759/2025, pero incorporó una cláusula que supeditaba su aplicación material a que el Parlamento previese expresamente las fuentes presupuestarias; algo que, en ausencia de partidas asignadas, equivalía a dejarla sin efecto indefinidamente.
Cormick rechazó de plano ese razonamiento. El magistrado señaló que el decreto «no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas». Y fue más lejos: subrayó que una vez que el Congreso insiste con los dos tercios de los votos tras un veto presidencial, no existe otro camino para el presidente que la promulgación irrestricta. Utilizar un decreto para vaciar el contenido de esa insistencia parlamentaria implica introducir un veto encubierto que la Constitución no prevé ni autoriza.
El juez también cuestionó el argumento fiscal del Gobierno y evaluó que la propia ley contemplaba mecanismos de financiamiento, al facultar al jefe de Gabinete a reasignar partidas presupuestarias. La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos 5° y 6° de la norma, referidos a la recomposición salarial de docentes y no docentes universitarios y la actualización de las becas estudiantiles.
Una historia de recursos y dilaciones
El fallo del 6 de octubre no es el punto de partida del conflicto, sino su último capítulo hasta ahora. El mismo juez Cormick había dictado meses antes una medida cautelar que obligó al Estado a comenzar a aplicar la ley. El Gobierno apeló esa cautelar; la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal la confirmó. El Ejecutivo llevó entonces el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario, que el máximo tribunal rechazó el 25 de junio de 2026 por no estar dirigido contra una sentencia definitiva, dejando firme la medida cautelar.
En septiembre, Cormick volvió a intimar al Estado al considerar que el cumplimiento acreditado era parcial y le otorgó cinco días para regularizar la situación. El Gobierno apeló nuevamente esa intimación y solicitó que se le otorgara efecto suspensivo. Mientras el expediente avanzaba, el Ejecutivo reconoció en distintas instancias que cumplir con la norma representaría un costo estimado de 2,5 billones de pesos, una cifra que declaró no poder afrontar en el corto plazo. Las negociaciones del Presupuesto 2027, que el Gobierno presentó con un recorte real del 24,9% respecto de 2023 según la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), enmarcan el conflicto en un escenario de desfinanciamiento estructural del sistema universitario.
Gremios y universidades en estado de alerta
Las organizaciones gremiales y universitarias celebraron el fallo, aunque advirtieron que el Gobierno intentará dilatar su cumplimiento. Los gremios universitarios reclaman una recomposición salarial del 32,5%, cifra que vinculan con la pérdida acumulada que busca corregir la Ley 27.795. Ante la negativa del Gobierno a avanzar más allá de aumentos del 3% mensual, el conflicto derivó en nuevas medidas de fuerza: la UBA anunció un paro escalonado de 23 días durante cinco semanas, y los gremios convocaron a la quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales, la segunda durante 2026.
El CIN, que fue uno de los actores que impulsó la acción judicial, exigió al Ministerio de Educación que instrumente de forma urgente los mecanismos de transferencia presupuestaria. Desde el Consejo Interuniversitario Nacional advirtieron que las transferencias a las universidades acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026.
El cálculo político en año preelectoral
El fallo coloca al Ejecutivo ante una disyuntiva de alto costo político. Apelar y extender el conflicto universitario en un año preelectoral implica mantener encendida una disputa que en cuatro oportunidades ya traccionó hacia las calles a más de un millón de personas. Cumplir el fallo, en cambio, significa asumir el impacto fiscal que la Casa Rosada argumentó como inasumible y flexibilizar el ajuste que sostiene como eje de su gestión. El control judicial de las decisiones presupuestarias, que Cormick reivindicó en la sentencia como una consecuencia propia de la justiciabilidad del Estado, se convierte así en el principal obstáculo institucional a una estrategia que eligió desobedecer la voluntad del Congreso antes que revisar su modelo económico.
Fuentes judiciales consultadas por este medio indicaron que la Procuración del Tesoro analizaba los alcances de la sentencia para definir la estrategia procesal. Al cierre de esta edición, el Gobierno no había emitido una posición oficial sobre si apelará el nuevo fallo de fondo.
Lo que tenés que saber
- El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, que vaciaba de contenido la Ley de Financiamiento Universitario ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos.
- La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos de la ley referidos a la recomposición salarial docente y la actualización de becas estudiantiles.
- El conflicto acumula más de un año de litigios: la Corte Suprema rechazó en junio de 2026 el recurso extraordinario del Gobierno, dejando firme la medida cautelar.
- Las universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% en las transferencias presupuestarias entre 2023 y 2026, según el CIN.
- Los gremios anunciaron un paro escalonado de 23 días en la UBA y una quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales.
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