Judiciales ⚖️
Revés judicial para Pettovello: obligan al Gobierno a incluir 66 comedores
Un fallo judicial ordenó al Ministerio de Capital Humano incluir a 66 espacios comunitarios en los programas de distribución de alimentos. La medida responde a un amparo presentado por el CELS y la UTEP, y establece un plazo de tres días para garantizar la asistencia alimentaria, bajo amenaza de sanciones económicas si no se cumple.
Lo que tenés que saber
- La Justicia federal ordenó al Ministerio de Capital Humano incluir a 66 comedores en los programas alimentarios.
- El plazo para cumplir la medida es de tres días hábiles, con sanciones económicas en caso de incumplimiento.
- El fallo responde a un amparo presentado por el CELS y la UTEP.
- El Ministerio apeló una medida similar en octubre, retrasando la provisión de alimentos a comedores populares.
- La situación afecta a más de 2.000 personas que dependen de estos espacios comunitarios.
- Cualquier comedor activo hasta diciembre de 2023 puede reclamar su incorporación a los programas alimentarios del Estado.
El fallo judicial y la medida adoptada
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, a cargo del juez Enrique Lavié Pico, dictó un fallo en el que ordenó al Ministerio de Capital Humano incluir a 66 comedores populares en los programas de distribución de alimentos del Gobierno nacional. La medida surge tras meses de retrasos y responde a un amparo presentado por el CELS y la UTEP, organizaciones que luchan por el acceso a la alimentación para sectores vulnerables.
En su resolución, Lavié Pico estableció un plazo de tres días hábiles para que el Ministerio cumpla con la orden de incorporación, bajo la amenaza de aplicar sanciones económicas en caso de no hacerlo. El magistrado subrayó que el tiempo transcurrido agrava una situación ya crítica, destacando que no existen excusas válidas para la postergación de la entrega de alimentos a quienes más lo necesitan.
Antecedentes y argumentos del Ministerio
Este fallo se suma a otro dictado el pasado 31 de octubre por el juez Walter Lara Correa, que también había ordenado al Gobierno garantizar la provisión de alimentos a los comedores populares. Sin embargo, el Ministerio apeló la medida, lo que llevó a la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo a decidir el destino de la causa. Mientras tanto, la incertidumbre persiste para cientos de familias que dependen de estos comedores.
El Ministerio de Capital Humano argumentó que los convenios con la Asociación Civil «El Amanecer de los Cartoneros» habían expirado, y que algunos de los espacios no cumplían con los requisitos del RENACOM. A pesar de esta postura, documentos oficiales presentados en la causa indican que ya se había iniciado el trámite administrativo para la inclusión de estos comedores en los programas alimentarios, y las autoridades aseguran que pronto exigirán la documentación faltante.
Impacto en las comunidades vulnerables
Desde la Asociación Civil «El Amanecer de los Cartoneros», que representa a los trabajadores de la economía popular vinculados al reciclaje y la recolección de cartón, denunciaron que la falta de alimentos afecta a más de 2.000 personas. «Nuestra comunidad no puede esperar mientras el Gobierno busca excusas administrativas. El hambre no tiene plazos», expresó uno de sus representantes, destacando la urgencia de la situación para quienes dependen de estos comedores.
Un precedente para otras organizaciones
El fallo de Lavié Pico no solo beneficia a los comedores de «El Amanecer de los Cartoneros», sino que sienta un precedente importante para otras organizaciones y espacios comunitarios. De acuerdo con la resolución, cualquier comedor que haya estado activo hasta diciembre de 2023 puede presentar un reclamo para ser incorporado a los programas de asistencia alimentaria del Estado. Esto abre la puerta para que otras organizaciones que quedaron fuera de los programas por motivos similares puedan acceder a estos recursos.
Judiciales ⚖️
Casación otorgó a De Vido prisión domiciliaria por riesgo cardiaco
La decisión de la Casación no implica libertad, sino el traslado del lugar de cumplimiento de la pena: De Vido continuará condenado y bajo control judicial, aunque desde su domicilio particular.
De Vido deja Ezeiza: la Casación ordenó su prisión domiciliaria por riesgo cardíaco
La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que el exministro de Planificación Julio De Vido abandone la cárcel de Ezeiza y cumpla su condena por la tragedia de Once en detención domiciliaria. La decisión, adoptada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, revirtió el fallo previo del Tribunal Oral Federal que había rechazado idéntico pedido.
Un cuadro clínico que la justicia no pudo ignorar
El detonante del beneficio fue el infarto que De Vido sufrió el 1° de abril de 2026, oportunidad en la cual los médicos le colocaron un stent. Los informes médicos presentados ante la Casación alertaron sobre un «alto riesgo cardiovascular».
A esas afecciones se suman otras patologías preexistentes: diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, un cuadro que, a juicio del tribunal, hace incompatible el encierro carcelario con las condiciones de salud del exfuncionario.
De Vido tiene 76 años y cumple condena por el delito de fraude al Estado como partícipe necesario de la tragedia de Once, el accidente ferroviario ocurrido el 22 de febrero de 2012 que causó la muerte de 51 personas e hirió a casi 800.
La Casación revirtió al Tribunal Oral
El camino no fue sencillo. Antes de la resolución de Casación, el Tribunal Oral Federal había rechazado el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del exfuncionario. La Cámara de Casación, integrada para este caso por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, anuló ese fallo y estableció el cumplimiento de la condena en el domicilio del exministro. Al mismo tiempo, le encomendó al juez de ejecución penal que mantenga un control periódico sobre De Vido durante el resto de la pena.
La causa Once estableció responsabilidades en la gestión de los contratos ferroviarios con la empresa TBA (Trenes de Buenos Aires), cuya falta de mantenimiento fue determinante en el siniestro. Su condena como partícipe necesario lo convirtió en uno de los exfuncionarios de más alto rango en ser condenado efectivamente a prisión.
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