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Investigación 🔎

El negocio de la fé: Milei facilitó la gestión de bienes y cuentas a iglesias en medio de alertas por lavado

El decreto 486/2025 permite a iglesias y comunidades de fe acceder a cuentas bancarias y obtener CUIT manteniendo su identidad religiosa. Especialistas advierten sobre riesgos de lavado de dinero en un contexto donde ya se investigaron casos como el de la Iglesia Universal del Reino de Dios.

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El Argentino Diario-Javier Milei religioso.
Imagen ilustrativa generada con IA exclusivamente para acompañar esta nota.

El Gobierno de Javier Milei publicó en el Boletín Oficial el decreto 486/2025, que habilita a las organizaciones religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos a administrar sus bienes y libros contables sin obligación de constituirse como asociaciones civiles o fundaciones. La normativa invita a las provincias a adoptar la medida en sus jurisdicciones, aunque genera interrogantes sobre los controles antilavado en un sector que ya registra antecedentes judiciales.

Según explicó la Secretaría de Culto y Civilización, a cargo de Nahuel Sotelo, el objetivo es facilitar la acreditación de personería jurídica a las entidades de culto ya reconocidas oficialmente. «La medida apunta a que, por primera vez, las comunidades puedan rubricar sus libros contables y actuar con plena transparencia sin dejar de ser lo que son: iglesias, comunidades de fe, espacios espirituales», precisaron en el comunicado oficial.

Acceso directo a servicios bancarios y fiscales

La principal innovación del decreto radica en permitir que las organizaciones religiosas accedan a servicios básicos del sistema financiero y tributario sin modificar su naturaleza jurídica. «Facilita a que las iglesias reconocidas en el Registro Nacional de Culto puedan acreditar su personería jurídica y acceder a cosas simples y cotidianas, como un cuit o una cuenta bancaria», detalló la Secretaría.

Hasta ahora, estas entidades debían inscribirse como asociaciones civiles o fundaciones para realizar operaciones bancarias, tener bienes a nombre de la institución o cumplir con obligaciones contables. Con la nueva normativa, podrán mantener su identidad religiosa específica mientras acceden a estos instrumentos, aunque la simplificación de controles genera alertas entre especialistas en prevención de lavado de dinero.

Antecedentes judiciales en el sector religioso

Argentina registra casos concretos de investigaciones por presunto lavado de dinero en organizaciones religiosas. La Iglesia Universal del Reino de Dios está bajo investigación judicial por «cuantiosos incrementos de depósitos de dinero en efectivo» registrados en sus cuentas entre 2010 y 2014, alegando que provienen del diezmo de fieles.

En 2016, la justicia investigó si el capo de la organización criminal conocida como «1-11-14» utilizaba iglesias para lavar dinero, con cinco templos allanados que podían recibir donaciones de hasta 500 mil pesos mensuales. Estos antecedentes evidencian la vulnerabilidad del sector religioso a operaciones de blanqueo de capitales.

Advertencias de especialistas sobre riesgos

Emilio Guerberoff, fiscal del Fuero Penal Económico Federal, explicó que «puede haber un choque de intereses entre la libertad de culto religioso y la prevención del lavado de dinero, puesto que, al recibir donaciones anónimas a través de los diezmos, cuyo origen puede no estar justificado, las iglesias pueden convertirse en una perfecta máquina de lavado».

El fiscal señala que el dinero ilícito puede parecer legítimo al supuestamente provenir de seguidores, lo que dificulta su rastreo y control. Esta vulnerabilidad podría amplificarse con la simplificación de trámites que establece el nuevo decreto.

Cambio de postura de la UIF

Históricamente, las entidades religiosas no fueron consideradas un sector de «alto riesgo» en la prevención del blanqueo de dinero por la Unidad de Información Financiera (UIF). Sin embargo, la postura cambió tras los casos investigados.

Fuentes de la UIF declararon que «las iglesias van a estar sujetas a un control proactivo, y entre los nuevos lineamientos de política criminal del organismo, vamos a vigilar de cerca sus movimientos de dinero, ya que algunas congregaciones confesionales han sido utilizadas para lavar activos».

Implementación descentralizada y voluntaria

El decreto establece que las provincias deberán adecuar su normativa local para que la medida tenga efectividad en todo el territorio nacional. La Inspección General de Justicia (IGJ) será el organismo encargado de coordinar la implementación con los organismos provinciales correspondientes.

En caso de que las provincias adhieran, las instituciones de fe podrán diseñar su propia estructura jurídica e inscribirse en un libro específico en cada jurisdicción. Esta descentralización podría generar disparidades en los controles, con jurisdicciones potencialmente más laxas que otras.

La normativa aclara expresamente que la medida no reviste carácter obligatorio. Según el comunicado oficial, persigue «darle más opciones a las iglesias y por eso respeta la voluntad y la elección de cada comunidad». Las organizaciones religiosas podrán optar entre mantener su estructura actual como asociaciones civiles o adoptar el nuevo marco jurídico.

El desafío del equilibrio entre facilidades y controles

La medida se enmarca en la política de simplificación burocrática del gobierno de Milei, pero plantea el desafío de mantener controles efectivos antilavado. El acceso directo a servicios bancarios sin los filtros adicionales que implica la constitución como asociación civil, sumado a la tradicional opacidad de las donaciones religiosas, genera un escenario que requiere supervisión reforzada.

El Registro Nacional de Cultos, dependiente de la Secretaría de Culto y Civilización, es el organismo que reconoce oficialmente a las entidades religiosas no católicas en Argentina. La Iglesia Católica posee un estatus jurídico particular debido al Concordato firmado con el Vaticano.

Puntos clave:

  • El decreto 486/2025 permite a organizaciones religiosas administrar bienes sin ser asociaciones civiles
  • Argentina tiene antecedentes de investigaciones por lavado de dinero en iglesias, incluida la Universal del Reino de Dios
  • Especialistas advierten que la simplificación puede facilitar operaciones de blanqueo de capitales
  • La UIF cambió su postura y ahora considera a las iglesias sector de riesgo que requiere control proactivo
  • La medida es voluntaria y requiere adhesión provincial, lo que puede generar disparidades en controles

Goles! ⚽

Un juez federal de EEUU frenó a Tofoni y puso en jaque las causas penales contra la AFA en Argentina

El juez federal Clay D. Land, del Distrito Medio de Georgia, rechazó la solicitud de Guillermo Tofoni para utilizar documentación bancaria obtenida en Estados Unidos en cuatro causas penales que tramitan en la Argentina. El fallo, firmado el 21 de julio, también ordenó recuperar o destruir el material que el empresario distribuyó a periodistas y presentó ante otros tribunales argentinos, en violación de una orden de protección preexistente. Las defensas de Claudio Tapia y Pablo Toviggino anunciaron que usarán el fallo para pedir la nulidad de las causas.

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Un juez federal de EEUU ordenó destruir la documentación que Tofoni distribuyó entre periodistas y tribunales argentinos.

El empresario Guillermo Tofoni, exarquero, agente FIFA, organizador histórico de amistosos de la Selección argentina durante la gestión de Julio Grondona y principal impulsor de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) junto al Gobierno nacional, recibió un nuevo y severo revés judicial en Estados Unidos. El juez federal del Distrito Medio de Georgia, Clay D. Land, emitió una resolución de cuatro páginas firmada el 21 de julio en la que le negó a Tofoni la posibilidad de utilizar documentación bancaria de la firma TourProdEnter LLC para impulsar cuatro procesos penales en la Argentina.

El fallo no se limitó a rechazar la solicitud. El magistrado constató que Tofoni ya había distribuido parte de esa documentación a periodistas y la había presentado ante otros tribunales argentinos, pese a que existía una orden de protección que limitaba expresamente el uso de ese material. Frente a esa infracción, el juez Land le impuso a Tofoni la obligación de notificar a todas las personas y entidades que recibieron los documentos para que el material sea devuelto o destruido, con un plazo de 14 días para cumplir la medida.

Los límites del artículo 1782 y el uso no autorizado

El proceso fue iniciado por Tofoni al amparo del artículo 1782 del Código de los Estados Unidos, una norma que permite obtener pruebas en territorio estadounidense para utilizarlas en litigios extranjeros. Sin embargo, la autorización que el tribunal había otorgado oportunamente tenía un alcance específico y acotado: la documentación bancaria de TourProdEnter LLC solo podía emplearse en una demanda civil presentada por Tofoni contra la AFA en la Argentina, y no para derivaciones de índole penal ni para su circulación mediática.

El juez Land fue categórico en la resolución: señaló que, pese a la declaración expresa del tribunal de que Tofoni debía presentar una nueva solicitud conforme a la sección 1782 si quería utilizar los materiales para un fin no autorizado previamente, el empresario no presentó dicha solicitud. Además, el magistrado concluyó que ni Tofoni ni su defensa técnica lograron demostrar que la legislación argentina permitiera exigir la presentación de registros bancarios privados de una sociedad extranjera para iniciar investigaciones penales de esta naturaleza.

La AFA contraataca: nulidad de causas como estrategia

La resolución del juez de Georgia llegó como agua al molino de las defensas de Claudio «Chiqui» Tapia y Pablo Toviggino. Fuentes de la AFA confirmaron que los abogados defensores presentarán el fallo del juez Land en todas las causas en su contra para dejar constancia de que la documentación aportada por Tofoni no puede ser utilizada como prueba. Más aún: advirtieron que, en aquellas causas donde esa documentación ya fue incorporada, pedirán la nulidad de las actuaciones.

La entidad conductora del fútbol argentino también emitió un comunicado en el que calificó a Tofoni como parte de un grupo que impulsa acciones mediáticas y judiciales contra la conducción de la asociación con el objetivo de apropiarse del negocio del fútbol argentino. La AFA aclaró además que el documento difundido en las últimas horas sobre una citación del Tribunal de Distrito para el Distrito Sur de Florida «no constituye una citación dirigida» a sus dirigentes, sino que apunta a un tercero al que se le requiere comparecer ante un Gran Jurado.

Dos frentes judiciales paralelos en Estados Unidos

El escenario judicial estadounidense presenta dos frentes simultáneos que conviene distinguir con precisión. Por un lado, la resolución del juez Clay D. Land en Georgia, que constituye un freno al litigio civil impulsado por Tofoni y que acaba de derivar en una orden de confidencialidad estricta. Por otro, la investigación penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos sobre presuntos delitos de lavado de activos y fraude a través del sistema financiero norteamericano, que avanza por un carril separado y sobre la cual la AFA tiene menos control narrativo.

Esta doble arquitectura judicial generó una guerra de interpretaciones: las defensas celebran el fallo de Georgia como una victoria procesal definitiva, mientras los fiscales federales norteamericanos preparan citaciones ante el Gran Jurado en el marco de la investigación sobre los contratos comerciales de la Selección argentina y los flujos de dinero canalizados a través de TourProdEnter LLC, la firma controlada por Javier Faroni y su esposa Erica Gillette.

El trasfondo político: SAD, Milei y el control del fútbol

El contexto en el que se produce este nuevo capítulo judicial no es neutro. Tofoni es señalado públicamente como uno de los operadores del Gobierno nacional en su intento de imponer las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en el fútbol argentino, un modelo que la conducción de la AFA y la mayoría de los clubes rechazan con firmeza. La ofensiva judicial contra Tapia y Toviggino se potenció precisamente durante el período más álgido de ese conflicto político e institucional.

En ese marco, el fallo del juez Land no es un dato menor. La resolución deja al descubierto que parte de la estrategia de Tofoni consistió en obtener documentación bajo una autorización judicial acotada y luego utilizarla para fines distintos de los autorizados, distribuyéndola a medios de comunicación y a tribunales argentinos. El resultado es que las pruebas con las que el empresario intentó sostener sus denuncias penales quedan ahora bajo seria cuestionamiento, con una orden explícita de destrucción o devolución emanada de un tribunal federal norteamericano.

Puntos clave

  • El juez federal Clay D. Land (Distrito Medio de Georgia) rechazó que Tofoni use documentación bancaria de TourProdEnter LLC en cuatro causas penales argentinas.
  • El fallo constató que Tofoni distribuyó documentación a periodistas y tribunales en violación de una orden de protección preexistente.
  • El juez ordenó que toda esa documentación sea devuelta o destruida en un plazo de 14 días.
  • Las defensas de Tapia y Toviggino anunciaron que presentarán el fallo en todas las causas en su contra y pedirán la nulidad donde esa documentación fue incorporada.
  • El caso coexiste con una investigación penal separada del Departamento de Justicia de EE.UU. sobre los contratos de la Selección argentina y TourProdEnter LLC.
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