Gremiales
Reforma judicial y laboral: el plan del Gobierno para designar jueces y limitar indemnizaciones
El secretario de Justicia, Sebastián Amerio, reveló ante la UIA un plan para nombrar jueces por concurso y fijar un “piso y techo” a los juicios laborales. Analizamos las claves de las reformas.
★ El secretario de Justicia, Sebastián Amerio, expuso hoy ante la 31ª Conferencia de la Unión Industrial Argentina (UIA) el plan del Gobierno para transformar el sistema de designación de jueces y avanzar con reformas que, según afirmó, buscan dar «seguridad jurídica» al sector empresario. El funcionario anunció cambios en el proceso de nombramiento de magistrados y propuso que los fallos de la Corte Suprema sean de «aplicación obligatoria».
Un nuevo criterio para designar jueces por concurso
«Vamos a hacer algo que no hizo ningún otro Gobierno, que es designar a los que ganaron los concursos en el Consejo de la Magistratura, pero designando al que salió primero, segundo y tercero, no al puesto 24», expresó Amerio ante los industriales.
El funcionario explicó que de esa forma «se nombrará a una persona que técnicamente es la mejor y que no necesitó de la fuerza política o del amiguismo para llegar al cargo y no va a quedar atrapado en eso». Agregó que al ser el nuevo juez «la persona más idónea, tiene independencia, un concepto atado al de seguridad jurídica».
Sin embargo, Amerio no explicó cómo se compatibilizará este mecanismo con el artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional, que establece que el Presidente «nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto», y que para los demás jueces de tribunales federales inferiores requiere el acuerdo del Senado «en sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la idoneidad de los candidatos».
La propuesta presentada como técnica y despolitizada omite el rol constitucional del Congreso en el control y aprobación de los pliegos judiciales, un mecanismo de control republicano que el actual sistema de concursos del Consejo de la Magistratura complementa pero no reemplaza.
La promesa de «previsibilidad» en juicios laborales
El eje central de la exposición ante los empresarios fue la búsqueda de lo que Amerio denominó «previsibilidad» en los conflictos judiciales. «Para dar seguridad jurídica son muy importantes las reformas en materia laboral, tributaria y previsional que se están analizando», aseguró el funcionario.
Amerio fue explícito sobre el objetivo de estas reformas: «La previsibilidad hace que los empresarios y las pymes sepan que cuando van a ir a un juicio laboral, no importa la sala (de Cámara) que te toque, no importa el juez, los márgenes de cómo puede salir una sentencia son previsibles, con un piso y un techo donde uno puede especular con los costos» en caso de perder.
Esta declaración revela con crudeza que el propósito central de la reforma laboral es establecer límites máximos a las indemnizaciones y reparaciones que pueden obtener los trabajadores en juicios contra sus empleadores. La «previsibilidad» prometida al sector empresario implica, en la práctica, un techo a los derechos laborales.
El secretario reconoció además que «lo primero y principal, es completar las vacantes de la Justicia, que tiene un 35 o 36 por ciento de vacancias, sobre todo en el fuero laboral que tanto tiene que ver con la cuestión y en el fuero comercial».
Fallos de la Corte de aplicación obligatoria
Amerio planteó además la necesidad de «hacer una reforma para que los fallos de la Corte Suprema, último intérprete de la Constitución Nacional, sean obligatorios».
Para fundamentar esta propuesta, el funcionario citó un caso concreto: «El año pasado la Corte Suprema sacó dos fallos en los que limitó los intereses indemnizatorios en materia laboral, y una sala de la Cámara no siguió ese criterio y volvió a modificar la sentencia. Eso es inseguridad jurídica», puntualizó.
La propuesta implica una transformación del sistema judicial argentino, donde actualmente los tribunales inferiores tienen márgenes de interpretación autónoma de la ley. El caso citado por Amerio muestra, paradójicamente, que la «inseguridad jurídica» que denuncia el Gobierno es el ejercicio de la independencia judicial por parte de una Cámara que interpretó la normativa laboral de manera más favorable a los trabajadores que la Corte Suprema.
«El Presidente nunca ha designado jueces»
En su exposición, Amerio buscó desactivar críticas sobre posible injerencia del Ejecutivo en el Poder Judicial: «Nosotros no alteramos la labor de los jueces. El Presidente nunca ha manifestado nada en contra de la Justicia y no ha designado jueces, cosa que no pueden decir un montón de presidentes anteriores que hemos tenido», subrayó.
Esta afirmación resulta, como mínimo, engañosa: el presidente Javier Milei no ha designado jueces porque no ha enviado pliegos al Senado para su tratamiento, no porque haya adoptado una posición de principios respecto a la división de poderes. Con un 35% de vacantes en el Poder Judicial —según las propias cifras mencionadas por Amerio—, la ausencia de nombramientos constituye un problema grave para el funcionamiento del sistema de justicia, no un mérito del Gobierno.
Un paquete integral de reformas
El secretario de Justicia fue claro sobre el alcance de la agenda oficial: además de las reformas laboral, tributaria y previsional, mencionó «aunque no esté tan atado a la seguridad jurídica, también la presentación del nuevo Código Penal».
La exposición ante la UIA dejó en evidencia que el destinatario explícito de estas políticas es el sector empresario, al que se le promete un escenario de menores costos en conflictos laborales y mayor «previsibilidad» —léase: topes— en las indemnizaciones.
Puntos clave:
• Amerio anuncia designación de jueces por orden de mérito en concursos, pero no explica cómo se compatibiliza con el acuerdo del Senado que requiere la Constitución Nacional
• El Gobierno promete «previsibilidad» con «un piso y un techo» en sentencias laborales, lo que implica límites a indemnizaciones para trabajadores
• Propone que fallos de la Corte Suprema sean de aplicación obligatoria, citando como «inseguridad jurídica» que una Cámara no siguiera un criterio restrictivo en materia de intereses indemnizatorios
• Amerio reconoce que hay 35-36% de vacantes judiciales, concentradas en fuero laboral y comercial
• El paquete incluye reformas laboral, tributaria, previsional y nuevo Código Penal
Gremiales
Petroleros alertan que la reforma laboral viola la Constitución y normas de la OIT
Mario Lavia cuestiona flexibilización, despidos y acuerdos individuales; asegura que el ajuste recae directamente sobre los trabajadores.
Lo que tenés que saber
- La FASiPeGyBio considera que la reforma laboral vulnera derechos fundamentales del artículo 14 bis.
- La flexibilización incluye ampliación de período de prueba y facilidades para despidos.
- Sindicalistas alertan que la negociación colectiva y libertad sindical quedarían afectadas.
- Lavia afirma que la reforma no genera empleo ni mejora productividad, sino que baja salarios y debilita el mercado interno.
- La iniciativa oficial contradice los Convenios Nº 87 y Nº 98 de la OIT ratificados por Argentina.
Sindicatos cuestionan la reforma laboral
Mario Lavia, secretario general de la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FASiPeGyBio), criticó el proyecto de reforma laboral impulsado por el gobierno de Javier Milei, asegurando que representa un retroceso en materia de derechos laborales y vulnera principios constitucionales y normas internacionales.
El dirigente señaló que la iniciativa oficial se presenta como una modernización, pero el análisis del texto muestra que flexibiliza derechos esenciales y podría afectar la estabilidad del empleo, igualdad de remuneración y condiciones dignas de trabajo, garantizadas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Flexibilización y derechos en riesgo
Uno de los puntos centrales de la crítica es el eje de flexibilización laboral. Lavia advirtió que la ampliación del período de prueba, la facilitación de despidos y la reducción de sanciones frente al empleo no registrado “atacan directamente el principio protectorio del Derecho del Trabajo”.
Además, cuestionó la limitación de la negociación colectiva, sosteniendo que promover acuerdos individuales con escasa intervención sindical generaría mayor desigualdad entre empleadores y trabajadores. La propuesta oficial entra en contradicción con los Convenios Nº 87 y Nº 98 de la OIT, que garantizan la libertad sindical y el derecho a negociar colectivamente.
Impacto económico y social
Lavia enfatizó que la reforma no mejorará la productividad ni generará empleo. Por el contrario, consolidaría la debilidad del mercado interno, provocaría bajas salariales y aumentaría la conflictividad social. “El único que pretende responsabilizar a los trabajadores es el Estado, representado en este caso por el gobierno de Javier Milei”, afirmó.
El sindicalista recordó que la OIT señala que el crecimiento económico sostenible requiere empleo decente, tal como lo establece la Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa. En conclusión, aseguró que la reforma traslada el ajuste íntegramente a los trabajadores y subrayó que la defensa de los derechos laborales es condición indispensable para una sociedad más justa y equitativa.
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