Política 📢
No hay medida que les venga bien: continúa la política desestabilizadora de Juntos por el Cambio
Luego del anuncio presidencial para poner fin a la sublevación policial, los representantes más extremistas de la oposición ya hablaron de llegar hasta la Corte y judicializar el tema. Por su parte el Jefe de Gobierno porteño no efectuó al momento ninguna declaración en línea con estos fervientes reclamos «opositores».
Dirigentes de Juntos por el Cambio cuestionaron este jueves la decisión del Gobierno nacional de destinar a la provincia de Buenos Aires un punto de los fondos coparticipables adicionales que desde 2016 recibía la ciudad de Buenos Aires por decisión de la gestión macrista, para destinarlo a un plan de fortalecimiento fiscal en la provincia de Buenos Aires, y consideraron que la Justicia deberá pronunciarse.
«La decisión que se tomó y que yo comparto, es no romper los puentes sino defendernos en el Estado de derecho; se recurrirá a la Corte», dijo en la exdiputada Elisa Carrió, consultada sobre una eventual decisión del Gobierno porteño de recurrir al máximo tribunal.
La fundadora de la Coalición Cívica sostuvo que «no fue una sorpresa» la medida presidencial, consideró que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, tiene «una fortaleza y una templanza enorme», y añadió que la Ciudad aporta a los recursos nacionales «22% y sólo recibe cerca del 3%».
«Entre los que viven y trabajan en la Ciudad hay alrededor de 7 millones de personas que se podrían ver perjudicadas», publicó por su parte la presidenta de PRO, Patricia Bullrich, en su cuenta de Twitter.
En este sentido, agregó: «La Argentina no se construye enfrentando CABA y PBA. Esa lógica perversa empobrece cada día más al país».
El presidente de la UCR, el diputado mendocino Alfredo Cornejo, sostuvo este jueves que, «si el conurbano no es opulento, es gran medida responsabilidad del kirchnerismo»
Para Cornejo, el gobernador Axel Kicillof «está blindado por el Gobierno nacional en materia de recursos» porque «la vicepresidenta (Cristina Fernández) lo exige».
Y desde la Coalición Cívica, su titular, el diputado Maximiliano Ferraro, dijo -a través de su cuenta en Twitter- que «no le está quitando presupuesto a un partido político opositor» sino «a la salud, la educación, la cultura, la seguridad».
En línea con todos los dirigentes de Juntos por el Cambio, Ferraro consideró que «empobrecer a unos para compensar a otros, no es generar igualdad» y señaló que «es ser Robin Judas».
En tanto, la diputada nacional Graciela Ocaña sostuvo que «la instancia judicial está abierta», y adelantó que se reunirán con las máximas autoridades de la Ciudad para discutir «las acciones a tomar».
Ocaña también apuntó al Gobierno por su decisión y dijo que «el presidente Alberto Fernández dice ser un hombre de diálogo pero aquí no ocurrió». «Veo con mucha preocupación esta medida para la Ciudad», completó la legisladora.
En el mismo sentido se pronunció el senador Martín Lousteau (UCR- Evolución), para quien «hay un poder que es la Justicia que debe decir algo, la Corte Suprema de Justicia está callada».
En opinión del economista se trata de «una decisión arbitraria, súbita y totalmente cuestionable», y consideró que «es una decisión política para golpear a Rodríguez Larreta y un castigo a la jurisdicción más importante, que gobierna la oposición».
En tanto, el ex presidente provisional del Senado, Federico Pinedo dejó su opinión en Twitter: «El Presidente no tiene facultades para sacarle registro a una Provincia y dárselo a otros».
Para Pinedo, el expresidente Mauricio Macri «tuvo facultad porque había una ley que decía que lo tenia que hacer y una Constitución».
Por su parte, el presidente de la Comisión de Presupuesto de la Legislatura porteña, Claudio Romero, sostuvo que el anuncio presidencial fue «un baldazo de agua fría» dado que fue una medida «arbitraria» y sostuvo que los fondos que el expresidente Mauricio Macri había destinado a la Ciudad corresponden al traspaso por los «19 mil agentes de la Policía» Federal.
Este criterio de doble estándar, en cuanto a las poco democráticas medidas tomadas por el ex presidente Mauricio Macri y las medidas urgentes tomadas actualmente en medio de una crisis sanitaria mundial, son el corolario de las repudiables acciones desestabilizadoras de la oposición para con Alberto Fernández.
La democracia en Argentina ya se ha pronunciado en las urnas en octubre de 2019 y más allá de inclinaciones partidarias es la voluntad popular y este sistema democrático el que nos debe guiar siempre.
Judiciales ⚖️
La Justicia declaró inconstitucional la quita del 33% en las indemnizaciones de la reforma laboral
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo fulminó el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral por vulnerar derechos constitucionales de los trabajadores que iniciaron juicio antes de la sanción de la norma. El fallo se suma a otro precedente similar de la Sala VI y abre una fractura en el fuero que anticipa un camino inevitable hacia la Corte Suprema.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, integrada por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral (27.802) en el marco de la causa «Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ Despido». El tribunal determinó que la norma, al fijar un régimen de actualización diferenciado para los créditos laborales judicializados antes de la sanción de la ley, viola al menos tres artículos de la Constitución Nacional y el principio protectorio consagrado en el artículo 14 bis.
Una quita del 33% disfrazada de «piso mínimo»
El artículo 55 de la Ley 27.802, aprobada por el Congreso el 28 de febrero de 2026, establece para los créditos laborales ya judicializados un «piso mínimo» equivalente al 67% del valor que resultaría de actualizar el crédito por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés pura del 3% anual. En términos concretos, y en eso reside la clave del debate constitucional, los trabajadores que iniciaron reclamos judiciales antes de la reforma cobrarían, en la práctica, un 33% menos que quienes no recurrieron a la justicia, ya que estos últimos quedan amparados por el régimen general del artículo 54 de la misma ley.
El tribunal identificó tres ejes de inconstitucionalidad. El primero es la afectación al derecho de propiedad privada consagrado en el artículo 17 de la Constitución Nacional: al licuar una porción del crédito en beneficio del empleador deudor que incumplió sus obligaciones, la norma opera como una confiscación encubierta. El segundo eje es la violación del principio de igualdad ante la ley del artículo 16, ya que impone un trato más gravoso precisamente a quienes ejercieron su derecho constitucional de acceso a la justicia. El tercero, y tal vez el más grave en términos simbólicos, es que la norma castiga el ejercicio del derecho a reclamar: quienes fueron a la Justicia cobran menos que quienes no lo hicieron.
«El artículo 55 de la ley 27.802 no supera el examen de constitucionalidad, pues vulnera, en el caso, los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional, así como el principio protectorio consagrado en el artículo 14 bis», escribió el juez Catani en la sentencia. El fallo ordenó aplicar el mecanismo de actualización por IPC del artículo 54 y rechazó cualquier quita sobre rubros de naturaleza alimentaria, citando además jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Un fuero dividido y una batalla que va a la Corte
El fallo de la Sala I no es un caso aislado, pero tampoco representa una posición unánime del fuero. Previamente, la Sala VI de la misma Cámara había dictado una resolución en idéntico sentido, declarando también la inconstitucionalidad del artículo 55. En paralelo, el Tribunal de Trabajo Nº 4 de La Plata sumó un pronunciamiento similar. Sin embargo, las Salas II y VIII de la Cámara Nacional del Trabajo sostuvieron la constitucionalidad de la misma norma, generando una contradicción interna en el fuero que vuelve inevitable la intervención de la Corte Suprema para unificar criterios.
La fractura judicial llega en un contexto de disputa permanente en torno a la Ley 27.802. El 30 de marzo de 2026, el juez Raúl Horacio Ojeda, del Juzgado N° 63, había hecho lugar a una cautelar de la CGT que suspendió la vigencia de 83 artículos de la ley. La Sala VIII de la Cámara revirtió esa medida el 23 de abril, reponiendo la plena operatividad de la norma. Pero la discusión de fondo, es decir si los artículos son o no constitucionales, permanece abierta. La declaración de inconstitucionalidad del artículo 55 por la Sala I reaviva ese debate en el peor momento para el Gobierno, justo cuando el Ejecutivo intentaba consolidar la aplicación de la ley.
El caso concreto: un trabajador de lavadero y el COVID como punto de partida
La causa que motivó el fallo involucra a Maximiliano Hernán Mendiguren, quien trabajó para el Lavadero Torino S.A. y denunció un despido indirecto luego de que la empresa no le pagara íntegramente el sueldo durante la emergencia sanitaria por COVID-19. El tribunal comprobó, a partir de informes bancarios, que entre abril y septiembre de 2020 el trabajador solo recibió pagos parciales o montos correspondientes al Programa ATP, el subsidio estatal de ese período. La sentencia, más allá de la cuestión constitucional del artículo 55, delimitó el alcance de las indemnizaciones a los rubros con nexo causal directo en la falta de registro.
El caso ilustra con precisión el tipo de situaciones que la norma cuestionada afecta: trabajadores que iniciaron reclamos legítimos y que, por la sola circunstancia de haberlos judicializado antes de que se sancionara la Ley 27.802, cobrarían menos que si hubieran esperado o no hubieran reclamado en absoluto. Esa lógica, que en el papel aparece como una corrección técnica del sistema de actualización de créditos, en los hechos invierte el principio protectorio que la Constitución garantiza en favor del trabajador.
Puntos clave
- La Sala I de la Cámara Nacional del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802, que imponía una quita del 33% en las indemnizaciones de los trabajadores que judicializaron sus reclamos antes de la reforma.
- El fallo detectó violaciones a los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional y al principio protectorio del artículo 14 bis.
- La Sala VI de la misma Cámara ya había declarado la inconstitucionalidad en un caso previo; las Salas II y VIII sostuvieron la constitucionalidad, dividiendo el fuero.
- La causa de fondo sobre los 83 artículos impugnados por la CGT continúa abierta, con la Corte Suprema como destino probable del debate.
- El Tribunal de Trabajo Nº 4 de La Plata también declaró la inconstitucionalidad del mismo artículo en una causa paralela.
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