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Dalbón denunció penalmente a Milei porque “confesó el lawfare contra Cristina”

El abogado de Cristina Fernández de Kirchner, Gregorio Dalbón, presentó una denuncia penal contra el presidente Javier Milei por presunto “abuso de autoridad”. El mandatario había afirmado en televisión que él mismo decidió el encarcelamiento de la ex presidenta, lo que el letrado consideró “una admisión pública de lawfare”.

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El Argentino Diario-Gregorio Dalbón.

⬛ El abogado Gregorio Dalbón, defensor de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, presentó este lunes una denuncia penal contra el presidente Javier Milei por el presunto delito de “abuso de autoridad”, tipificado en el artículo 248 del Código Penal. La acción judicial fue motivada por una declaración pública del mandatario, quien afirmó en un programa televisivo que fue él quien “decidió que Cristina vaya presa”.

Desde sus redes sociales, Dalbón sostuvo que el Presidente “reconoció públicamente haber cometido un acto de poder ilegal”, al atribuirse una facultad que la Constitución Nacional reserva exclusivamente al Poder Judicial. “El propio Milei reconoció públicamente: ‘Soy el primer Presidente que tomó la decisión de que Cristina Fernández de Kirchner vaya presa’. Esa frase no es una opinión política: es la admisión de una decisión manifiestamente contraria al orden constitucional y a la independencia del Poder Judicial”, expresó el abogado.

“Violación de la división de poderes”

Dalbón señaló que el artículo 109 de la Constitución prohíbe expresamente al Presidente “ejercer funciones judiciales”. En ese marco, consideró que las declaraciones de Milei “colocan al Poder Ejecutivo por encima de los jueces” y configuran “una forma explícita de abuso de autoridad”.

El letrado afirmó que, si un jefe de Estado “reconoce haber influido en un proceso judicial”, resulta “evidente la ilegitimidad de las pruebas y de la sentencia” dictada contra la persona condenada, en este caso la ex mandataria. “Esta denuncia no sólo busca sancionar un delito, sino defender el Estado de Derecho y la división de poderes”, explicó Dalbón, quien acusó a Milei de “arrogarse el poder de encarcelar a una dirigente opositora”.

“Confesó el lawfare”

En otro tramo de su exposición, Dalbón interpretó las palabras del Presidente como “una confesión pública del lawfare”. “Cuando Milei dice que él metió presa a Cristina, confiesa algo gravísimo: que la persecución fue política, que la Justicia no es independiente, y que el poder sigue usando el Código Penal como arma”, afirmó.

El abogado agregó que “en cualquier país serio, semejante declaración bastaría para abrirle un juicio político al Presidente”. Según Dalbón, lo dicho por Milei demuestra que “el poder ejecutivo y el poder judicial actuaron en forma conjunta, afectando el debido proceso y las garantías constitucionales de Cristina Kirchner”.

Antecedentes y contexto

Dalbón recordó además que, durante el proceso judicial contra la ex mandataria, “hubo jueces y fiscales que jugaban al fútbol con (Mauricio) Macri” y medios que anticipaban la condena como “la bala que sí iba a salir”. En ese contexto, sostuvo que la declaración de Milei “confirma que el lawfare existió” y que se trató de una “maniobra coordinada de persecución política y judicial”.

“Son argumentos sobrados para pedir la anulación definitiva de la sentencia contra la principal líder política de la oposición. El lawfare fue confesado y ahora está claro que Cristina es una presa política. Vamos a pulverizar el lawfare y saldrán todas las denuncias contra quienes participaron de él”, concluyó.

Puntos clave

  • Gregorio Dalbón denunció penalmente a Javier Milei por “abuso de autoridad”.
  • El abogado se basó en una declaración televisiva del Presidente, quien dijo que él “decidió que Cristina vaya presa”.
  • Dalbón considera que la frase constituye una “confesión del lawfare” y una violación de la independencia judicial.
  • La denuncia busca “defender el Estado de Derecho y la división de poderes”.
  • El letrado pidió la anulación de la condena contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

Publicado hace

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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