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Judiciales ⚖️

Autorizan la salida de 12 tripulantes del avión Venezolano y a siete le mantienen la prohibición

La Justicia todavía busca determinar si, “bajo la apariencia o ‘pantalla’ de una actividad lícita, parte de la tripulación estaría realizando maniobras ilícitas diversas e indeterminadas que afecten la seguridad nacional y regional”.

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El juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena ordenó hoy la devolución de los pasaportes a 12 de los 19 tripulantes del avión de Emtrasur que llegó a Argentina el 6 de junio pasado mientras que mantuvo la prohibición de salir del país para otros siete, entre los que se encuentra el piloto iraní sobre el cual planteó sospechas el FBI.

La decisión de mantener las restricciones sobre algunos de los tripulantes del avión que llegó desde México, con escala en Venezuela, tiene que ver con que el juez aún “tiene dudas” respecto de si una parte de la tripulación pudo haber arribado a la Argentina con objetivos distintos al declarado traslado de autorpartes.

La Justicia todavía busca determinar si, “bajo la apariencia o ‘pantalla’ de una actividad lícita, parte de la tripulación estaría realizando maniobras ilícitas diversas e indeterminadas que afecten la seguridad nacional y regional”, según surge de la resolución de unas 260 páginas.

Los tripulantes sobre los que aún pesa la prohibición de salir del país son los ciudadanos iraníes Gholamreza Ghasemi, Abdolbaset Mohammadi, Mohammad Khosraviaragh y Saeid Vali Zadeh, y los venezolanos Víctor Pérez Gómez, Mario Arraga Urdaneta y José Garcia Contreras.

El juez destacó en su resolución que los 19 tripulantes del avión de Emtrasur revisten carácter de imputados aunque, de momento, no existe mérito suficientes para convocarlos a prestar declaración indagatoria.

En esta causa se investiga “si ciudadanos de distintas nacionalidades bajo apariencia de realizar una actividad lícita, estén financiando operaciones de terrorismo (concretamente con Hezbollah) o bien sean parte de un plan vinculado a la organización terrorista mencionada”, surge del fallo.

El magistrado resaltó en su resolución que el derecho internacional expresa “con determinación” la necesidad de que los Estados “adopten medidas preventivas para reprimir la preparación de un acto de terrorismo, considerando que el primer paso para ello es la financiación”.

Al sostener las medidas restrictivas sobre algunos de los tripulantes, el juez indicó también las posiciones de la querella de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) y de la fiscal Cecilia Incardona que se habían opuesto a que se habilitara la salida del país de los imputados y habían remarcado que aún existen medidas de prueba en curso.

Al promover esta investigación, la fiscal Incardona había puesto el foco en el piloto del avión porque el FBI informó, a través de un documento que solo puede ser utilizado para actividades de inteligencia, que Gholamreza Ghasemi «es CEO, miembro del consejo de administración de Qeshm Fars Air y, también, piloto» y que esa firma fue ligada por el Tesoro de los Estados Unidos a actividades terroristas.

Fue por eso que la fiscal había solicitado que se libre «exhorto diplomático a Estados Unidos para que se amplíe lo ya informado y ese Estado manifieste si el señor Gholamreza Ghasemi resulta formalmente investigado en algún proceso en ese país y, en su caso, si se adoptó alguna medida restrictiva de su libre circulación».

En línea con eso, el juez Villena señaló que si bien coincide con lo argumentado por la fiscal federal «respecto del riesgo procesal que significa permitir la salida del país a ciudadanos de países que no extraditan nacionales ­como el caso de la República Bolivariana de Venezuela»­, advirtió que en el caso concreto de Victoria Valdiviezo Marval; Cornelio Trujillo Candor; Vicente Raga Tenias; José Ramírez Martínez; Zeus Rojas Velásquez; Jesús Landaeta Oraa; Armando Marcano Estreso; Ricardo Rendon Oropeza; Albert Gines Pérez; Ángel Marin Ovalles y Nelson Coello, «se encuentra fehacientemente acreditado en autos que todos aquellos tienen como profesión principal la aeronavegación civil, lo que conlleva el constante ingreso y egreso de distintos países en el mundo».

En caso de ser necesario, «esta circunstancia facilitaría su extradición, en tanto, resulta altamente probable que fueran sorprendidos en otro país distinto al de su nacionalidad», añadió.

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1 Comentario

1 Comentario

  1. Alfredo Castro

    02.08.2022 at 09:28

    El Jumbo 747/300 de EMTRASUR está retenido ilegalmente en el aeropuerto de Ezeiza y debe ser devuelto a sus dueños.La Argentina deberá pagar una millonaria indemnización por esta irregularidad y por el lucro cesante que está provocando.

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Judiciales ⚖️

Denunciaron a Caputo y Bausili por el oro del Banco Central: investigan pérdidas por US$ 1.023 millones

Una presentación de Gregorio Dalbón apunta a esclarecer las operaciones financieras realizadas durante 2025 con las reservas de oro. El expediente quedó en manos del juez federal Ariel Lijo y del fiscal Gerardo Pollicita, mientras la acusación solicita investigar las decisiones y sus posibles consecuencias patrimoniales.

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El Argentino Diario-Luis Toto Caputo.

El ministro de Economía, Luis Caputo, y el presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Santiago Bausili, fueron denunciados judicialmente por las operaciones financieras vinculadas con el oro de las reservas internacionales. La presentación fue realizada por el abogado Gregorio Dalbón luego de que la Auditoría General de la Nación (AGN) informara resultados negativos por US$ 1.023 millones durante 2025.

La causa quedó radicada ante el juez federal Ariel Lijo, con intervención del fiscal Gerardo Pollicita. La presentación busca que la Justicia determine cómo se tomaron las decisiones relacionadas con esas operaciones, quiénes intervinieron y si existió un perjuicio patrimonial para el Estado argentino.

El planteo se apoya en el informe sobre los estados contables del Banco Central correspondientes al ejercicio 2025. Las cifras consignadas corresponden a resultados negativos asociados con determinadas operaciones financieras y no constituyen, por sí solas, una determinación judicial de responsabilidades penales.

Qué dice el informe de la AGN sobre el oro del Banco Central

El informe de la Auditoría General de la Nación identificó resultados negativos por US$ 1.023 millones en operaciones financieras vinculadas con el oro de las reservas internacionales durante 2025. Según los datos difundidos, el monto equivale a $1.469.155 millones.

El detalle presentado distingue dos componentes principales:

  • US$ 960,2 millones: resultados negativos correspondientes a opciones financieras.
  • US$ 62,8 millones: montos asociados con el pago de primas.

La información constituye el punto de partida de la denuncia impulsada por Dalbón, quien reclama esclarecer las condiciones en las que se realizaron las operaciones y las decisiones que determinaron sus resultados.

El objetivo de la presentación es que se analice la documentación correspondiente y se establezca si las operaciones respondieron a una justificación económica adecuada, qué riesgos involucraron y qué mecanismos de control se aplicaron.

Qué pidió Gregorio Dalbón en la denuncia contra Caputo y Bausili

En su presentación, el abogado planteó la necesidad de identificar a los funcionarios y responsables que participaron en el diseño, la autorización y la ejecución de las operaciones financieras.

Dalbón sostuvo: “1.023 millones de dólares no son una anotación contable. Son recursos de la República y exigen una explicación a la altura de semejante cifra”.

A partir de ese planteo, solicitó que la investigación determine distintos aspectos de las operaciones:

  • Quiénes tomaron las decisiones y quiénes las autorizaron.
  • Qué actores diseñaron las estrategias financieras.
  • Con qué contrapartes se realizaron las operaciones.
  • Cuál fue la justificación económica de cada decisión.
  • Qué riesgos financieros se asumieron.
  • Qué controles se aplicaron durante el proceso.
  • Si las operaciones ocasionaron un perjuicio patrimonial al Estado argentino.

La denuncia procura establecer esos elementos a partir de la documentación disponible y de las medidas que disponga la Justicia. La existencia de resultados contables negativos no implica, por sí misma, que se encuentre acreditada una conducta delictiva.

La causa quedó en manos de Ariel Lijo y Gerardo Pollicita

La presentación quedó radicada ante el juez federal Ariel Lijo, mientras que el fiscal Gerardo Pollicita tendrá intervención en el expediente.

En esta primera etapa, Dalbón buscó formalizar la denuncia, individualizar a las autoridades judiciales intervinientes y establecer el marco procesal para avanzar con el análisis de la documentación y las posibles responsabilidades.

El avance de la investigación dependerá de las medidas que adopten los funcionarios judiciales y de los elementos que se incorporen a la causa.

Entre los puntos planteados figura la necesidad de reconstruir el circuito de decisiones que condujo a las operaciones financieras y examinar los controles que existieron durante su implementación.

Cuándo ampliarán la denuncia por las operaciones con el oro

Dalbón anunció que ampliará la denuncia el martes 13 de octubre ante el juez Lijo y el fiscal Pollicita. Según adelantó, incorporará nueva documentación y solicitará las declaraciones indagatorias que correspondan.

El abogado también anticipó que requerirá medidas urgentes para preservar pruebas vinculadas con las operaciones investigadas.

Al explicar ese pedido, advirtió: «Si existe riesgo de ocultamiento o destrucción de documentación, entorpecimiento de la investigación o cualquier conducta destinada a frustrar la averiguación de la verdad, pediremos que la Justicia actúe inmediatamente con todas las herramientas que le otorga la ley».

La ampliación buscará profundizar la documentación presentada inicialmente y avanzar sobre las decisiones que rodearon las operaciones con el oro del Banco Central.

Qué falta esclarecer sobre las operaciones del Banco Central

La investigación deberá determinar, entre otros aspectos, cómo se estructuraron las operaciones financieras, quiénes participaron en su autorización y ejecución, qué fundamentos económicos las respaldaron y cuáles fueron sus consecuencias patrimoniales.

También deberá examinarse el alcance de los resultados negativos registrados por la AGN y su relación con las decisiones adoptadas durante el ejercicio 2025.

Por ahora, la presentación de Dalbón constituye una denuncia judicial y los señalamientos deberán ser evaluados en el marco del expediente. La eventual existencia de responsabilidades individuales dependerá de los elementos que se incorporen y de las conclusiones a las que llegue la Justicia.

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