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Lawfare

La Justicia Civil rechazó la responsabilidad de Cristina en la causa Vialidad

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó el reclamo en un fallo dividido por entender que sin condena penal firme no corresponde el pago de 22.300 millones de pesos que le reclamaba el Estado Nacional.

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El Argentino Diario-Cristina Fernández de Kirchner.

La Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal eximió este domingo a Cristina Fernández de Kirchner del pago de 22.300 millones de pesos que le reclamaba el Estado en una demanda civil vinculada a la causa Vialidad.El fallo, que dividió al tribunal, consideró que no existen elementos suficientes para responsabilizarla económicamente y que, sin una sentencia penal firme, no corresponde avanzar con una condena civil de semejante magnitud.

Un fallo que divide aguas

La decisión judicial se produce a 100 días de la condena penal que recibió la expresidenta por la causa Vialidad, aunque esa sentencia aún no está firme debido a que se encuentra en proceso de apelación ante la Cámara de Casación. Los magistrados que conformaron la mayoría del tribunal entendieron que esta circunstancia resulta determinante para rechazar la demanda civil.

La demanda buscaba que la exmandataria respondiera patrimonialmente por los presuntos perjuicios causados al Estado durante su gestión, específicamente en el manejo de la obra pública vial en Santa Cruz. Sin embargo, el tribunal consideró que las pruebas presentadas no alcanzaban para establecer esa responsabilidad económica.

Reacciones políticas encontradas

El kirchnerismo celebró inmediatamente el fallo y volvió a denunciar lo que considera una persecución judicial sistemática. Desde el espacio político de la expresidenta calificaron las causas judiciales como parte de una estrategia de “lawfare” destinada a proscribirla políticamente.

El complejo terreno de la responsabilidad civil

Juristas consultados señalaron que las acciones de responsabilidad patrimonial contra exfuncionarios públicos son procedimientos excepcionales y particularmente difíciles de sostener cuando no existe una condena penal firme. La legislación argentina establece criterios estrictos para este tipo de demandas, que requieren la demostración clara del daño causado al patrimonio público y la relación directa con la conducta del funcionario.

El precedente marca un punto de inflexión en el debate sobre los límites y alcances de la responsabilidad civil de quienes ejercieron cargos públicos, especialmente en casos donde coexisten procesos penales y civiles por los mismos hechos.

Un frente judicial que permanece abierto

Pese a esta resolución favorable, el panorama judicial de Cristina Kirchner continúa complejo. La causa Vialidad sigue su curso en el fuero penal, donde la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos aguarda el pronunciamiento de la Cámara de Casación.

Judiciales ⚖️

El naufragio de los cuadernos: un video editado expone las grietas del armado judicial contra CFK

El Tribunal Oral Federal 7 aceptó un material audiovisual donde el «arrepentido» Oscar Centeno admite ante la justicia española que no conoce a los empresarios ni vio entregas de dinero; lo que debilita aún más una causa viciada por irregularidades y tachaduras.

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​★ En una jornada que dejó al desnudo la fragilidad del andamiaje probatorio construido en los tribunales de Comodoro Py; el Tribunal Oral Federal N°7 permitió la reproducción de un video editado que compromete seriamente la acusación central del juicio. El empresario Juan Carlos De Goycochea, exdirectivo de Isolux; fue quien encabezó la sesión del pasado jueves al exhibir una declaración de Oscar Centeno ante la justicia de España que contradice los pilares del expediente local.

​Una audiencia bajo control de la defensa

​La dinámica en la sala Auditorium resultó inédita. Los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli autorizaron la proyección del material a pesar de la fuerte oposición de la fiscal Fabiana León. La funcionaria judicial argumentó que el tribunal desconocía la cadena de custodia del video y que su reproducción forzaba la voluntad del exchofer; quien ya manifestó su decisión de no declarar en el debate argentino.

​A pesar de las advertencias sobre la falta de certeza sobre el origen del material; los magistrados hicieron lugar al pedido de la defensa. Este hecho se suma a la larga lista de anomalías de una causa que se sostiene sobre cuadernos que el propio Centeno dijo haber quemado; pero que luego aparecieron parcialmente en manos de un periodista; con claras evidencias de adulteraciones, sobreescrituras y tachaduras confirmadas por peritajes calificados.

​Las confesiones de Centeno en el exterior

​El contenido del video; correspondiente a una teleconferencia en un proceso vinculado a la firma Isolux Corsán en Madrid; dinamitó la narrativa de la fiscalía. Ante las preguntas de los funcionarios españoles; Centeno fue categórico al afirmar que no conocía a los directivos de la empresa ni sabía de la existencia de una matriz en España. «No conozco a nadie», sentenció el testigo clave cuando le consultaron por los interlocutores de la firma.

​El golpe de gracia a la acusación llegó cuando le preguntaron sobre las supuestas entregas de fondos entre 2011 y 2014. «Tampoco lo sé», respondió Centeno; para luego rematar asegurando que no le constaba que ningún responsable de la empresa hubiera entregado dinero a funcionarios públicos. Estas declaraciones contrastan con las anotaciones de los cuadernos; donde el propio Centeno vinculó a la compañía con licitaciones de la central termoeléctrica de Río Turbio. Al respecto; admitió en España que escribió esos datos basándose en comentarios de terceros y no en una percepción directa.

​El fantasma del Lawfare y las pruebas viciadas

​Este episodio refuerza la tesis de las defensas; especialmente la de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner; sobre la existencia de una persecución judicial coordinada por el denominado Partido Judicial. La causa Cuadernos acumuló desde su inicio cuestionamientos por la utilización de la Ley de Arrepentidos bajo presunta coacción y la falta de grabaciones de las declaraciones testimoniales durante la instrucción del fallecido juez Claudio Bonadio.

​La justicia española ya descartó en 2022 los cargos contra directivos de Isolux al considerar que las pruebas; basadas en los mismos cuadernos y el testimonio de Centeno; eran insuficientes. Ahora; el TOF 7 enfrenta el desafío de sostener un juicio con 87 imputados mientras su prueba estrella admite bajo juramento en el extranjero que el relato incriminatorio carece de sustento fáctico.

Puntos clave:

  • ​El TOF 7 aceptó un video de Centeno declarando en España donde niega conocer a empresarios de Isolux.
  • ​La declaración desmiente las anotaciones de los cuadernos sobre presuntas coimas de esa firma.
  • ​La fiscalía se opuso a la prueba por desconocerse su cadena de custodia y ser un material editado.
  • ​El antecedente de la justicia española ya desestimó estas pruebas por considerarlas débiles.
  • ​El juicio continúa en medio de denuncias por adulteración de documentos y falta de garantías procesales. ★
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