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Denuncia

La Corte cerró filas y rechazó la recusación de Cristina contra Lorenzetti

El máximo tribunal consideró que el planteo fue extemporáneo, sin pruebas concretas ni fundamentos legales. La decisión, firmada por los tres jueces de la Corte, sostiene que no existió ninguna causal objetiva para apartar a Lorenzetti.

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El Argentino Diario-Cristina Fernández de Kirchner-Ricardo Lorenzetti.

Una recusación sin sustento, según la Corte

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó por unanimidad el pedido de recusación que la defensa de Cristina Fernández de Kirchner presentó contra el juez Ricardo Lorenzetti, en el marco de la causa CFP 5048/2016. Según el fallo, el planteo fue presentado fuera de los plazos procesales establecidos y careció de elementos jurídicos sólidos.

Firmaron la resolución los tres miembros activos del máximo tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y el propio Lorenzetti. Los jueces concluyeron que no había una causal objetiva ni comprobable para justificar el apartamiento del magistrado.

Argumentos rechazados

La defensa de CFK, encabezada por los abogados José Manuel Ubeira y Ary Llernovoy, había fundamentado la recusación en declaraciones públicas del juez Lorenzetti, diferencias en votos anteriores dentro de la Corte y una denuncia presentada por la senadora Anabel Fernández Sagasti en el Senado. También citaron los Principios de Bangalore sobre conducta judicial y jurisprudencia previa, como el fallo “Llerena”.

No obstante, la Corte consideró que los hechos mencionados ya eran conocidos desde antes de la presentación del recurso extraordinario el 13 de febrero, y que por lo tanto debieron haber sido planteados en ese momento. Sobre una entrevista televisiva dada por Lorenzetti el 1° de mayo, en la que instó a que el tribunal resolviera “con celeridad” antes de las elecciones, los jueces dictaminaron que “no configura una causal objetiva ni jurídicamente sostenible para su apartamiento”.

“El planteo no fue realizado en tiempo oportuno y no cumple con la fundamentación exigida por la ley”, sostuvo el fallo, al tiempo que remarcó que no se presentaron pruebas ni se invocó una causal específica prevista en el Código Procesal Penal.

El debate por la imparcialidad

En los últimos años, las recusaciones a jueces de la Corte por parte de dirigentes políticos se han multiplicado, en un contexto de fuerte judicialización de la política y denuncias cruzadas sobre “lawfare” y manipulación de causas. Sin embargo, la jurisprudencia es clara: las recusaciones contra los miembros de la Corte se evalúan con un criterio especialmente restrictivo, para evitar alterar la garantía del juez natural y el funcionamiento del máximo tribunal.

Fuentes judiciales señalaron que el rechazo del pedido no sorprende, ya que la Corte mantiene una postura firme sobre este tipo de planteos: “Las diferencias de criterio o las declaraciones periodísticas no bastan para apartar a un juez de la Corte”, afirmó un magistrado que pidió reserva de identidad.

Por su parte, desde el entorno de la expresidenta no descartaron nuevas acciones, aunque reconocen que las instancias de revisión están prácticamente agotadas.

Puntos clave:

  • La Corte rechazó in limine la recusación presentada por Cristina Kirchner contra Lorenzetti.
  • Argumentó que fue presentada fuera de plazo y sin fundamentos jurídicos válidos.
  • El planteo se basaba en notas periodísticas, disidencias en fallos y declaraciones públicas.
  • La Corte recordó que las recusaciones a sus miembros se interpretan de forma restrictiva.
  • No se ofrecieron pruebas ni se invocó causal específica del Código Procesal Penal.

Denuncia

Marcha por Camilo Nuin: casi un año sin imputados y la Justicia que no avanza

Familia, amigos y vecinos marcharon este viernes desde la Clínica Espora de Adrogué hasta la Fiscalía de Lomas de Zamora para exigir que avance la investigación por la muerte del joven futbolista de 18 años, ocurrida en junio de 2025 durante una operación de ligamentos cruzados considerada de rutina. La causa no tiene imputados.

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Marcha por Camilo Nuin: mala praxis, un anestesista con antecedentes y silencio institucional

★ Este viernes, desde las 10 de la mañana, familiares y amigos de Camilo Nuin se concentraron frente a la Clínica Espora de Adrogué y marcharon luego hasta la Fiscalía de Lomas de Zamora, donde tramita la causa a cargo del fiscal Carlos Pérsico. La consigna que guió la movilización fue directa y contundente: «No hay imputados. No hay respuestas. La Justicia no avanza.»

La convocatoria también se canalizó a través de la cuenta de Instagram @JusticiaxCamiloNuin, desde donde los organizadores convocaron a sumar voces: «Que lo injusto no nos sea indiferente. Que la lucha sea colectiva. Sumar voces también es Justicia.»

Quién era Camilo Nuin

Camilo Nuin tenía 18 años y era el capitán de la reserva del club San Telmo, que milita en la Primera Nacional. Oriundo de San Antonio de Padua, zurdo y con cuatro años de trayectoria en el club de la Isla Maciel, había pasado previamente por las inferiores de Boca Juniors e Independiente. Tenía todos los estudios médicos al día y no registraba antecedentes clínicos que justificaran el desenlace de la operación.

El 25 de junio de 2025, Nuin ingresó a la Clínica Espora para una cirugía de ligamentos cruzados y meniscos, considerada de bajo riesgo en pacientes jóvenes y deportistas. Días antes había completado todos los estudios prequirúrgicos sin observaciones. Sin embargo, en medio de la intervención, los médicos informaron a los padres que el joven había fallecido.

«Era un chico sano, que tenía estudios previos todos los años, cuatro años jugando en San Telmo, era el capitán de la reserva, tenía todos los estudios correspondientes. Un chico joven, deportista, de salud espectacular y no tenemos respuesta», declaró Ana, la madre de Camilo, en diálogo con el programa Hablemos de Esto por TN.

Como informó este medio el 22 de abril de 2026, la familia sostuvo desde el principio que el desenlace fue consecuencia de una mala praxis por parte del cirujano y el anestesista que intervinieron en la operación.

La causa judicial, trabada

La investigación tramita en la UFI 10 de Lomas de Zamora, aún caratulada como «averiguación de causales de muerte», una calificación que la familia rechaza por considerar que no refleja la gravedad de los hechos. La familia exige que la causa sea recalificada hacia homicidio culposo, que contemple la responsabilidad penal de los profesionales que intervinieron.

La junta pericial realizada el 17 de marzo en la Asesoría Pericial de Lomas de Zamora determinó que la causa de muerte fue un «paro cardiorrespiratorio no traumático», una definición que Ana rechazó públicamente. «Eso lo sabemos desde que salió el cirujano. Eso no es una respuesta», afirmó. Según trascendidos judiciales, los resultados preliminares de la autopsia indicaron que Nuin falleció a raíz de un infarto ocurrido durante la operación, aunque esa determinación tampoco avanzó hacia una imputación concreta.

A casi un año de la muerte del joven, el fiscal Pérsico no imputó a ninguno de los profesionales que estuvieron en el quirófano. Mientras tanto, se siguen tomando declaraciones testimoniales y aguardan los resultados de nuevos peritajes.

El anestesista: antecedentes y dudas sobre su habilitación

Uno de los datos más graves que aportó la madre en sus declaraciones públicas es la situación procesal previa del anestesista que intervino en la operación. Según reveló Ana, el profesional registra una causa anterior por mala praxis en la misma Clínica Espora y recibió una condena que ya cumplió. Pero más llamativo aún: la madre afirmó que el médico no cuenta con la especialidad formal en anestesiología.

La información no fue desmentida públicamente ni por la clínica ni por el profesional mencionado. De confirmarse, abriría un interrogante serio sobre los mecanismos de habilitación y control para el ejercicio de especialidades médicas de alto riesgo en el sistema de salud del conurbano bonaerense. El Diario Conurbano consignó además que la Clínica Espora acumula otras denuncias por casos similares, aunque sin precisar el estado procesal de cada una.

«Hay una cantidad de cosas que fueron evitables al resultado que tuvimos. Hay una cadena de responsabilidades que inicia en el club y termina en la fiscalía», afirmó Ana.

Un año de silencio institucional

Desde que el cirujano salió del quirófano a informar que «algo se había complicado» sin poder explicar qué, y el anestesista comunicó la muerte mirando a los ojos a la madre, nadie de la Clínica Espora volvió a comunicarse con la familia. Diez meses de silencio institucional, burocracia judicial y un dolor que se transforma en bronca ante la ausencia de respuestas.

El caso de Camilo Nuin expone una realidad que excede al fútbol: la vulnerabilidad de los pacientes frente a operaciones consideradas de bajo riesgo, la opacidad de algunas clínicas del conurbano ante eventos adversos y la lentitud de una justicia que demasiadas veces termina desactivando el dolor de las familias antes de que llegue la verdad.

Puntos clave

  • Camilo Nuin, de 18 años y capitán de la reserva de San Telmo, murió el 25 de junio de 2025 durante una cirugía de ligamentos cruzados en la Clínica Espora de Adrogué.
  • La causa tramita en la UFI 10 de Lomas de Zamora como «averiguación de causales de muerte»; la familia exige que avance hacia homicidio culposo.
  • La junta pericial del 17 de marzo determinó «paro cardiorrespiratorio no traumático», sin precisar causas ni responsables.
  • El anestesista que intervino en la operación tendría antecedentes de mala praxis en la misma clínica y, según la familia, no contaría con la especialidad formal.
  • Este viernes, familiares y amigos marcharon desde la Clínica Espora hasta la Fiscalía de Lomas de Zamora para exigir que la investigación avance.

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