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Solicitan a Casación las actas de las reuniones en las que el juez Hornos habló de sus visitas a Macri en la Rosada

El Consejo de la Magistratura le requirió a la Cámara Federal de Casación Penal que brinde información sobre las reuniones en las que el presidente de ese tribunal, el juez Gustavo Hornos, hizo alusión a sus visitas al ex presidente, Mauricio Macri, en Casa de Gobierno.

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El Consejo de la Magistratura le requirió a la Cámara Federal de Casación Penal que brinde información sobre las reuniones en las que el presidente de ese tribunal, el juez Gustavo Hornos, hizo alusión a sus visitas al ex presidente en Casa de Gobierno.

La información fue requerida horas antes del inicio del fin de semana pascual a la secretaría General del máximo tribunal penal de este país, según indicaron este lunes a Télam fuentes judiciales.

“Tenga a bien disponer lo necesario para que se remita, a la mayor brevedad posible, actas, resúmenes y todo tipo de actuación vinculada a los acuerdos de Superintendencia de la Cámara Federal de Casación Penal celebrados durante el año en curso”, requirió el Consejo de la Magistratura a través de un oficio.

En acuerdo de superintendencia, en el que se reúnen el presidente de la Casación con los titulares de las cuatro salas que la conforman, el juez Hornos había confirmado que se reunió con Macri en la Casa Rosada aunque afirmó que fueron encuentros basados en un vínculo de tipo “social” que los une y que nunca hablaron de causas en trámite.

El pedido fue realizado desde la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo que encabeza el juez Ricardo Recondo y forma parte de las medidas de prueba que había impulsado el titular de ese organismo, Diego Molea, en su carácter de instructor de la denuncia contra Hornos.

El mismo día, el Consejo de la Magistratura le solicitó al juez de la sala segunda de Casación, Alejandro Slokar, que aporte a la investigación una copia certificada de la nota que le remitió a Hornos juntos con sus dos colegas de sala, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, con la que reprobaron las explicaciones del presidente del cuerpo sobre sus supuestos encuentros con Macri.

La denuncia ante el Consejo de la Magistratura contra Hornos fue presentada semanas atrás por el entonces diputado del Frente de Todos, Martín Soria, flamante ministro de Justicia.

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Denuncia

El Gobierno le pagó a funcionario una indemnización de $110 millones y al otro día lo volvió a contratar

Un funcionario del ENACOM simuló su desvinculación para embolsar una indemnización de casi 110 millones de pesos y al día siguiente asumió una gerencia en el INTA. El caso expone la hipocresía del discurso libertario de austeridad y abre la puerta a una investigación por enriquecimiento sin causa.

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Daniel Alfredo Neira cobró una indemnización de $109.781.999,73 como subdirector del ENACOM y al día siguiente asumió como gerente en el INTA.

Casi 110 millones de pesos de indemnización cobrados un viernes. Una gerencia en otro organismo del Estado asumida el lunes siguiente. Lo que en cualquier empresa privada sería motivo de rescisión automática por dolo, en la administración pública libertaria parece ser una carrera posible, o al menos tolerable. El caso de Daniel Alfredo Neira, ex subdirector de Contabilidad y Finanzas del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), es la ilustración más cruda de lo que ocurre cuando el discurso de la motosierra choca con la realidad de los expedientes.

Neira ingresó al Estado en enero de 2012 en la entonces Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), antecesora del AFTIC y luego del ENACOM. Contador egresado de la Universidad de Buenos Aires, hizo carrera en el organismo: en 2017 fue designado subgerente del Área de Contabilidad, Presupuesto y Liquidaciones, y en 2025 alcanzó la subdirección de Contabilidad y Finanzas, un cargo categoría A, la máxima jerarquía escalafonaria, con uno de los salarios técnicos más altos del personal de planta.

La maniobra, paso a paso

La cronología del caso es elocuente. El 24 de julio de 2026, Neira recibió la notificación de rescisión de su contrato en el ENACOM. El 28 de julio quedó habilitado para cobrar la indemnización. El 31 de julio fue formalmente desvinculado. El 1 de agosto asumió como gerente en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). Pero el dato que transforma este movimiento en algo más que una rotación: los trámites para su nueva designación en el INTA comenzaron el 1 de julio, es decir, 23 días antes de que le notificaran su «despido» del ENACOM.

La lectura de fuentes cercanas al organismo es directa: Neira simuló su desvinculación para poder acceder a la indemnización que, de haber pedido un traslado o renunciado voluntariamente, no le correspondía. «Neira simuló su despido cuando las autoridades de la Secretaría de Agricultura, cercana a Luis Caputo, lo llamaron para que asuma en el INTA. Debería haber solicitado el traslado o incluso renunciar a sus funciones en el ENACOM. Pero si hacía eso no cobraba el dineral que le dieron como indemnización. Fue un fraude orquestado con los directivos», señalaron fuentes del sector consultadas por este medio.

Un único empleador que se pagó a sí mismo la liquidación

El nudo jurídico del caso es tan simple como escandaloso. Según criterio reiterado de la Procuración del Tesoro de la Nación, el Estado argentino es considerado un único empleador en sentido amplio: no importa cuántos organismos o jurisdicciones intervengan, la relación laboral sigue siendo con el mismo bloque estatal. Bajo esa lógica, quien le pagó la indemnización a Neira fue el mismo empleador que al día siguiente lo contrató de nuevo.

El monto exacto que el Estado abonó en concepto de indemnización fue de $109.781.999,73. Para dimensionarlo, fuentes internas del ENACOM señalaron que el salario promedio en el organismo ronda el millón cuatrocientos mil pesos: lo que Neira se llevó en mano equivale a lo que ganan casi 80 trabajadores del organismo en un mes.

La opinión jurídica: enriquecimiento sin causa y riesgo de repetición

El abogado especialista en derecho administrativo Carlos Fernández advirtió que la situación merece, como mínimo, que se investigue la posibilidad de un enriquecimiento sin causa. «La jurisprudencia civil y administrativa determina que no se puede percibir del Estado una compensación por la ‘pérdida del empleo’ y simultáneamente continuar recibiendo ingresos del Estado bajo otra designación política o de conducción. El funcionario se expone a demandas por repetición de pago, que implicarían la devolución del dinero, por parte del fisco», precisó.

La figura de la «acción de repetición» habilita al Estado a reclamar judicialmente la devolución de fondos percibidos sin causa legítima. Si se acreditara que la desvinculación fue simulada, Neira estaría obligado a reintegrar la totalidad de la suma cobrada, con más los intereses correspondientes.

El discurso y la práctica

La contradicción con el relato oficial no podría ser más nítida. El gobierno de Javier Milei sostiene desde su inicio que el ajuste del gasto público es una necesidad impostergable y que «la ética no se negocia». Sin embargo, mientras se recortaban programas sociales, se ajustaban salarios de empleados estatales y se vaciaban organismos, un subdirector con vínculos en la Secretaría de Agricultura alineada con Luis Caputo encontró la forma de cobrar casi 110 millones de pesos por una salida que, en los hechos, nunca existió.

«Repiten que en su gobierno la ética no se negocia, pero son corruptos y con la nuestra», resumieron fuentes del ENACOM al ser consultadas por este medio, apuntando directamente a la doble vara del gobierno libertario.

Lo que tenés que saber

  • Daniel Alfredo Neira cobró una indemnización de $109.781.999,73 como subdirector del ENACOM y al día siguiente asumió como gerente en el INTA.
  • Los trámites para su nueva designación comenzaron 23 días antes de que se le notificara la rescisión de su contrato en el ENACOM.
  • Según la Procuración del Tesoro, el Estado es un único empleador: pagó la indemnización y al otro día lo contrató de nuevo.
  • Especialistas en derecho administrativo advierten sobre la posibilidad de una demanda por enriquecimiento sin causa y repetición de pago.
  • El caso contradice el discurso oficial de austeridad y pone en evidencia el uso discrecional de recursos públicos dentro de la propia gestión libertaria.
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