Judiciales ⚖️
Solicitan a Casación las actas de las reuniones en las que el juez Hornos habló de sus visitas a Macri en la Rosada
El Consejo de la Magistratura le requirió a la Cámara Federal de Casación Penal que brinde información sobre las reuniones en las que el presidente de ese tribunal, el juez Gustavo Hornos, hizo alusión a sus visitas al ex presidente, Mauricio Macri, en Casa de Gobierno.
El Consejo de la Magistratura le requirió a la Cámara Federal de Casación Penal que brinde información sobre las reuniones en las que el presidente de ese tribunal, el juez Gustavo Hornos, hizo alusión a sus visitas al ex presidente en Casa de Gobierno.
La información fue requerida horas antes del inicio del fin de semana pascual a la secretaría General del máximo tribunal penal de este país, según indicaron este lunes a Télam fuentes judiciales.
“Tenga a bien disponer lo necesario para que se remita, a la mayor brevedad posible, actas, resúmenes y todo tipo de actuación vinculada a los acuerdos de Superintendencia de la Cámara Federal de Casación Penal celebrados durante el año en curso”, requirió el Consejo de la Magistratura a través de un oficio.
En acuerdo de superintendencia, en el que se reúnen el presidente de la Casación con los titulares de las cuatro salas que la conforman, el juez Hornos había confirmado que se reunió con Macri en la Casa Rosada aunque afirmó que fueron encuentros basados en un vínculo de tipo “social” que los une y que nunca hablaron de causas en trámite.
El pedido fue realizado desde la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo que encabeza el juez Ricardo Recondo y forma parte de las medidas de prueba que había impulsado el titular de ese organismo, Diego Molea, en su carácter de instructor de la denuncia contra Hornos.
El mismo día, el Consejo de la Magistratura le solicitó al juez de la sala segunda de Casación, Alejandro Slokar, que aporte a la investigación una copia certificada de la nota que le remitió a Hornos juntos con sus dos colegas de sala, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, con la que reprobaron las explicaciones del presidente del cuerpo sobre sus supuestos encuentros con Macri.
La denuncia ante el Consejo de la Magistratura contra Hornos fue presentada semanas atrás por el entonces diputado del Frente de Todos, Martín Soria, flamante ministro de Justicia.

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Investigación 🔎
Sin acuerdo en la Corte: conjueces definirán si el DNU de Milei puede derogar la Ley de Tierras
El máximo tribunal no alcanzó unanimidad para resolver la causa de la Asociación Civil Árbol de Pie, que impugnó el artículo 154 del DNU 70/23 basándose en el derecho constitucional a la protección del ambiente. Con el sorteo de dos conjueces previsto para las próximas horas, el debate sobre la soberanía territorial enfrenta una nueva etapa de incertidumbre institucional.
La Corte Suprema de Justicia no logró ponerse de acuerdo. Luego del acuerdo de este martes, el máximo tribunal resolvió convocar a dos conjueces para que integren el cuerpo y definan si el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/23 de Javier Milei, que derogó la Ley de Tierras, es constitucional o no. El sorteo de esos conjueces estaba previsto para realizarse en las próximas horas.
La causa que llegó a esta instancia lleva el número FGR 20213/23 y fue impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, una organización ambiental que cuestionó la derogación de la norma que limitaba la compra de tierras por parte de extranjeros. El argumento central de la presentación se apoyó en el derecho a la protección del ambiente que garantiza la Constitución Nacional.
Un expediente que la Justicia no quiso tocar
La causa de Árbol de Pie acumula un historial de desvíos institucionales que ilustra, con precisión, cuánto incomoda este debate en los tribunales federales. El expediente fue presentado originalmente ante la Justicia Federal de Bariloche, que se negó a tratarlo. Derivado luego a la Cámara Federal de La Plata, esa instancia tampoco lo tramitó. Fue la Corte la que finalmente debió recibirlo en su propio ámbito, y aún así no logró resolverlo con sus propios integrantes.
El contexto inmediato de esta convocatoria es el fallo anterior de la Corte que rechazó por falta de legitimación la presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM), una de las organizaciones que habían cuestionado la derogación de la ley. Tras ese rechazo, el tribunal aclaró que la decisión respondía exclusivamente a una cuestión procesal, que nada impedía analizar otros expedientes sobre la misma temática. El expediente de Árbol de Pie era el siguiente en la línea.
Procesos colectivos y la lógica del agrupamiento
El tratamiento se encuadra dentro del régimen de procesos colectivos, un mecanismo por el cual causas con objetos similares se agrupan para ser resueltas en conjunto o en forma coordinada. Una vez cerrado el capítulo del CECIM, el expediente de Árbol de Pie quedó habilitado para avanzar. Pero la falta de unanimidad entre los ministros del tribunal obstaculizó una resolución directa y derivó en la solución excepcional de incorporar conjueces.
La incorporación de conjueces no es un trámite menor: implica que la Corte, en su composición actual, no logró construir los votos necesarios para resolver la cuestión por sí sola. Se desconoce la naturaleza de los desacuerdos internos, pero la decisión revela fisuras en el cuerpo sobre uno de los debates jurídicos más sensibles de la gestión libertaria: si un decreto de necesidad y urgencia puede derogar una ley que protege la soberanía sobre el territorio.
Qué decía la Ley de Tierras y qué hizo el DNU
La Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales, fue sancionada en 2011 durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. Establecía un límite estricto: los extranjeros no podían ser propietarios de más del 15% de las tierras rurales del país, y cada persona o empresa extranjera no podía superar el 1.000 hectáreas en zonas núcleo equivalente. También prohibía la venta de tierras en zonas de frontera o con recursos estratégicos como el agua.
El artículo 154 del DNU 70/23, firmado por Milei en diciembre de 2023 al inicio de su gestión, derogó esa ley de un plumazo, sin debate parlamentario. El gobierno argumentó que la normativa era un obstáculo para la inversión extranjera y que la soberanía no se juega con restricciones a la propiedad privada. Para las organizaciones sociales, sindicales y ambientales que cuestionaron el decreto, la derogación equivale a poner el territorio nacional a disposición del mercado global sin ningún resguardo.
Ese enfrentamiento de visiones es el fondo político del expediente que ahora resolverán, al menos en parte, dos conjueces cuyas identidades dependerán del sorteo que se realizará en las próximas horas.
Lo que tenés que saber:
- La Corte Suprema no alcanzó unanimidad para resolver la causa FGR 20213/23 y convocó a dos conjueces; el sorteo se realizaría en las próximas horas.
- La causa fue impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que impugnó el artículo 154 del DNU 70/23 con base en el derecho constitucional a la protección del ambiente.
- El expediente había sido rechazado previamente tanto por la Justicia Federal de Bariloche como por la Cámara Federal de La Plata antes de llegar a la Corte.
- La Corte derogó la causa del CECIM por razones procesales y aclaró que otros expedientes sobre la misma temática podían avanzar por separado.
- La Ley de Tierras (26.737), derogada por el DNU, limitaba la compra de suelo rural por extranjeros al 15% del total nacional y protegía zonas de frontera y recursos estratégicos.
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