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Judiciales ⚖️

Revierten un fallo por abuso sexual y amenazas por no ser abordado con perspectiva de género

Se trata de un fallo de la sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, conformada por los jueces Eugenio Sarrabayrouse, Horacio Días, Daniel Morín y Alberto Huarte Petite, que en los fundamentos consideró que la absolución del tribunal «no es compatible con la perspectiva de género».

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Una sala de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal revirtió la absolución por inimputabilidad de un hombre que había llegado a juicio el año pasado por el abuso sexual y amenazas a su expareja, en un fallo en el que no solo lo condenó sino que además criticó al tribunal que lo juzgó por la falta de perspectiva de género, informaron hoy fuentes judiciales.

Se trata de un fallo de la sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, conformada por los jueces Eugenio Sarrabayrouse, Horacio Días, Daniel Morín y Alberto Huarte Petite, que en los fundamentos consideró que la absolución del tribunal «no es compatible con la perspectiva de género».

De esta manera, los camaristas condenaron al imputado y ordenaron que se sortee un nuevo tribunal para que fije el monto de la pena.

Según publicó hoy el sitio institucional Fiscales.gob.ar, el debate estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 8 de Capital Federal, integrado por los jueces Javier Anzoátegui, Luis María Rizzi y Alfredo Sañudo, quienes juzgaron a un hombre por una 5 hechos de abusos sexuales y amenazas contra su expareja, ocurridos entre 2019 y mayo de 2020.

El juicio oral se llevó adelante en abril de 2021 y en su resolución, los jueces Anzoátegui y Rizzi sostuvieron que no se había alcanzado el grado de certeza necesario y que correspondía absolver al hombre por cuatro de los cinco hechos, mientras que magistrado Sañudo había votado en disidencia con sus colegas.

Los jueces consideraron que el imputado era inimputable, por lo que se ordenó, como medida de seguridad, su internación en el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma), que funciona dentro del Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza.

En sus argumentos, Anzoátegui señaló que el testimonio de la denunciante «fue contradictorio», y que en relación a los abusos sexuales criticó que «no se hubieran pormenorizado las circunstancias de tiempo, modo y lugar y que no existieran testigos presenciales ni evidencia documental ni pericial».

Además, consideró que, como el imputado marcó que los encuentros fueron «consentidos», se trataba de un caso de «los dichos de uno contra los del otro».

Contra eso, las fiscales María Luz Castany, a cargo de la Fiscalía General 30 ante los TOC de la Capital Federal, y María Luisa Piqué, titular de la Unidad Fiscal de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional, presentaron un recurso donde consideraron que la sentencia era «arbitraria» y que «carecía de perspectiva de género».

En tanto, el juez de Casación Sarrabayrouse argumentó que la valoración de la prueba en el fallo del TOC 8 no es compatible con la perspectiva de género.

«Al contrario, bien vista y utilizada, la perspectiva de género es un método adecuado para eliminar y prevenir ciertos estereotipos que, por definición, impiden aquella valoración racional propuesta», indicó.

«La argumentación realizada por los jueces que integran la mayoría desconoce las dificultades que atraviesan las mujeres que sufren una situación de violencia de género; más aún, en un supuesto en el que quien se presenta como víctima y el imputado poseen una hija en común», precisó el camarista.

Sarrabayrouse analizó, luego, el testimonio que dio la víctima y sostuvo que su declaración fue «contundente y detallada», en línea con lo que había considerado la fiscalía en el juicio y el magistrado Sañudo.

Para el magistrado de Casación, los hechos juzgados constituyen «manifestaciones claras de la violencia de género», así como el sometimiento que sufrió la víctima durante toda la relación.

Con respecto a la inimputabilidad, Sarrabayrouse consideró que el análisis de los informes y la prueba de la causa permitían descartar «razonablemente» los argumentos de la mayoría del tribunal, ya que no podía afirmarse que el acusado, al momento de cometer los hechos, no comprendiera la criminalidad de sus actos o no pudiera dirigir sus acciones.

El juez Horacio Días coincidió con los argumentos del camarista Sarrabyrouse mientras que el juez Daniel Morin consideró que debía rechazarse el recurso de Casación.

Por este motivo, y al no ponerse de acuerdo, se sorteó la participación de un cuarto magistrado quien votó en concordancia con los primeros dos camaristas y se ordenó que el hombre fuera condenado y la causa será sorteada para que un tribunal le fije la pena correspondiente.

(Línea 144: atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género. Por WhatsApp: +5491127716463).

Judiciales ⚖️

Condenaron a 26 y 19 años a los asesinos de Federico Aramburú en Francia

El Tribunal Penal de París sentenció a Loïk Le Priol y Romain Bouvier por el asesinato del exrugbier argentino, ocurrido en marzo de 2022. El proceso judicial se desarrolló durante septiembre ante la Corte de Asís de París.

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El Tribunal Penal de París condenó este viernes a Loïk Le Priol y Romain Bouvier por el homicidio del exrugbier argentino Federico Aramburú, ocurrido en París en marzo de 2022.

Le Priol recibió una pena de 26 años de prisión, mientras que Bouvier fue condenado a 19 años.

El exintegrante del rugby argentino fue asesinado en el bulevar Saint-Germain, luego de un enfrentamiento que había comenzado poco antes en un bar de la zona.

Cómo ocurrió el crimen de Federico Aramburú

Aramburú se encontraba junto a su excompañero Shaun Hegarty en el bar “Le Mabillon”, ubicado en el mismo bulevar Saint-Germain. Allí mantuvieron una pelea de menos de un minuto con Le Priol y Bouvier, quienes fueron separados por el personal del establecimiento.

Después del incidente, Aramburú y Hegarty comenzaron a caminar hacia el hotel donde se alojaban.

Según el relato incorporado al proceso, un Jeep verde militar conducido por la pareja de Le Priol se detuvo junto a ellos. Bouvier descendió primero y efectuó disparos que no alcanzaron a los hombres. Luego, Le Priol abrió fuego en repetidas ocasiones contra Aramburú, quien murió en la calle.

El juicio se realizó en París durante septiembre

El juicio comenzó el 7 de septiembre de 2026 y concluyó este viernes 25 ante la Corte de Asís de París.

La instancia judicial fue seguida de cerca por la familia y el entorno del exrugbier después de más de cuatro años de investigación y espera.

La sentencia determinó las penas para los dos acusados por su responsabilidad en el homicidio de Aramburú.

El homenaje de Los Pumas y el rugby argentino

El asesinato de Aramburú también generó distintos homenajes en el rugby argentino.

Los Pumas recordaron al exjugador antes de un partido frente a Australia disputado en Mendoza. Durante el calentamiento, los integrantes del seleccionado argentino utilizaron remeras negras con la inscripción “Justicia por Fede”.

La iniciativa contó con el respaldo de la Unión Argentina de Rugby (UAR) y también se extendió a los clubes que disputaron una fecha del Top 14 de la URBA.

Hego Pampa mantiene vivo su legado

Durante el proceso judicial, el acompañamiento a la familia fue una de las prioridades. Al mismo tiempo, la organización Hego Pampa fue concebida con una misión de largo plazo.

La entidad impulsa actividades culturales, deportivas y solidarias destinadas a mantener viva la memoria de Federico Aramburú y transmitir los valores que representó dentro y fuera de las canchas.

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