Judiciales ⚖️
Revierten un fallo por abuso sexual y amenazas por no ser abordado con perspectiva de género
Se trata de un fallo de la sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, conformada por los jueces Eugenio Sarrabayrouse, Horacio Días, Daniel Morín y Alberto Huarte Petite, que en los fundamentos consideró que la absolución del tribunal «no es compatible con la perspectiva de género».
Una sala de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal revirtió la absolución por inimputabilidad de un hombre que había llegado a juicio el año pasado por el abuso sexual y amenazas a su expareja, en un fallo en el que no solo lo condenó sino que además criticó al tribunal que lo juzgó por la falta de perspectiva de género, informaron hoy fuentes judiciales.
Se trata de un fallo de la sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, conformada por los jueces Eugenio Sarrabayrouse, Horacio Días, Daniel Morín y Alberto Huarte Petite, que en los fundamentos consideró que la absolución del tribunal «no es compatible con la perspectiva de género».
De esta manera, los camaristas condenaron al imputado y ordenaron que se sortee un nuevo tribunal para que fije el monto de la pena.
Según publicó hoy el sitio institucional Fiscales.gob.ar, el debate estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 8 de Capital Federal, integrado por los jueces Javier Anzoátegui, Luis María Rizzi y Alfredo Sañudo, quienes juzgaron a un hombre por una 5 hechos de abusos sexuales y amenazas contra su expareja, ocurridos entre 2019 y mayo de 2020.
El juicio oral se llevó adelante en abril de 2021 y en su resolución, los jueces Anzoátegui y Rizzi sostuvieron que no se había alcanzado el grado de certeza necesario y que correspondía absolver al hombre por cuatro de los cinco hechos, mientras que magistrado Sañudo había votado en disidencia con sus colegas.
Los jueces consideraron que el imputado era inimputable, por lo que se ordenó, como medida de seguridad, su internación en el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma), que funciona dentro del Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza.
En sus argumentos, Anzoátegui señaló que el testimonio de la denunciante «fue contradictorio», y que en relación a los abusos sexuales criticó que «no se hubieran pormenorizado las circunstancias de tiempo, modo y lugar y que no existieran testigos presenciales ni evidencia documental ni pericial».
Además, consideró que, como el imputado marcó que los encuentros fueron «consentidos», se trataba de un caso de «los dichos de uno contra los del otro».
Contra eso, las fiscales María Luz Castany, a cargo de la Fiscalía General 30 ante los TOC de la Capital Federal, y María Luisa Piqué, titular de la Unidad Fiscal de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional, presentaron un recurso donde consideraron que la sentencia era «arbitraria» y que «carecía de perspectiva de género».
En tanto, el juez de Casación Sarrabayrouse argumentó que la valoración de la prueba en el fallo del TOC 8 no es compatible con la perspectiva de género.
«Al contrario, bien vista y utilizada, la perspectiva de género es un método adecuado para eliminar y prevenir ciertos estereotipos que, por definición, impiden aquella valoración racional propuesta», indicó.
«La argumentación realizada por los jueces que integran la mayoría desconoce las dificultades que atraviesan las mujeres que sufren una situación de violencia de género; más aún, en un supuesto en el que quien se presenta como víctima y el imputado poseen una hija en común», precisó el camarista.
Sarrabayrouse analizó, luego, el testimonio que dio la víctima y sostuvo que su declaración fue «contundente y detallada», en línea con lo que había considerado la fiscalía en el juicio y el magistrado Sañudo.
Para el magistrado de Casación, los hechos juzgados constituyen «manifestaciones claras de la violencia de género», así como el sometimiento que sufrió la víctima durante toda la relación.
Con respecto a la inimputabilidad, Sarrabayrouse consideró que el análisis de los informes y la prueba de la causa permitían descartar «razonablemente» los argumentos de la mayoría del tribunal, ya que no podía afirmarse que el acusado, al momento de cometer los hechos, no comprendiera la criminalidad de sus actos o no pudiera dirigir sus acciones.
El juez Horacio Días coincidió con los argumentos del camarista Sarrabyrouse mientras que el juez Daniel Morin consideró que debía rechazarse el recurso de Casación.
Por este motivo, y al no ponerse de acuerdo, se sorteó la participación de un cuarto magistrado quien votó en concordancia con los primeros dos camaristas y se ordenó que el hombre fuera condenado y la causa será sorteada para que un tribunal le fije la pena correspondiente.
(Línea 144: atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género. Por WhatsApp: +5491127716463).
Policiales 🚨
Merlo: encuentran sana y salva a una adolescente de 15 años que había desaparecido el viernes
A.D.C. fue localizada en las últimas horas, según confirmó su familia. La joven había sido vista por última vez el viernes 28 de agosto cerca del mediodía. Sus familiares habían realizado una denuncia por averiguación de paradero.
La adolescente de 15 años que era intensamente buscada en Merlo fue encontrada sana, según confirmó su familia durante este sábado.
Se trata de A.D.C., quien había sido reportada como desaparecida después de ausentarse de su domicilio el viernes 28 de agosto, cerca del mediodía.
La noticia fue confirmada por sus familiares, que habían iniciado un pedido de colaboración para obtener información sobre su paradero.
La familia había realizado la denuncia
Los allegados a la adolescente habían informado que para las 13:30 del viernes ella ya no se encontraba en su vivienda.
Ante la falta de noticias, la familia realizó una denuncia por averiguación de paradero y difundió el pedido de colaboración a través de las redes sociales.
La denuncia fue radicada ese mismo viernes en el destacamento policial de Pompeya, alrededor de las 18:30, según había informado el círculo íntimo.
El último dato conocido había sido un viaje en colectivo
Durante la búsqueda, uno de los principales datos aportados por la familia fue el registro de la tarjeta SUBE de la adolescente.
Según habían informado sus familiares, la tarjeta fue utilizada a las 20:22 en una unidad de la línea 64.
La joven no llevaba celular consigo al momento de ausentarse, por lo que ese movimiento de la SUBE se había convertido en uno de los últimos registros conocidos sobre sus desplazamientos.
La búsqueda terminó con la confirmación de que está sana
Tras varias horas de incertidumbre, la familia confirmó que la adolescente fue localizada y que se encuentra sana.
Con esta confirmación, finalizó el pedido de colaboración que había sido difundido para intentar establecer su paradero.
La denuncia por averiguación de paradero había sido realizada mientras se desarrollaban las tareas destinadas a localizarla. con su familia o con las autoridades policiales.
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