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Judiciales ⚖️

El hijo de Pappo recibió una condena de 3 años y 8 meses por violencia de género

Fue condenado por haber golpeado y amenazado a su ex pareja, hecho por el que estuvo preso en un penal desde 2021, aunque ahora cumplirá domiciliaria en casa de su madre.

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El-Argentino-Hijo de Pappo.

El músico Luciano Emilio Juan Napolitano, hijo del fallecido rockero Pappo, fue condenado en un juicio abreviado a una pena de 3 años y 8 meses de cárcel por haber golpeado y amenazado a su ex pareja en su casa en Benavídez, hecho por el que estuvo preso en un penal desde el 2021 aunque hace nueves meses fue beneficiado con una prisión domiciliaria que cumple en la casa de su madre, informaron este lunes fuentes judiciales.

Hace tres días, Napolitano (48) -quien en prisión formó, junto a otros dos reclusos, una banda de rock llamada «H6» por el pabellón donde estuvo alojado- subió a su perfil de Instagram un video tocando la guitarra eléctrica en una casa.

El-Argentino-Hijo de Pappo.

«Soy Rock canción de H6 y acá en mi casa afilando los solos de guitarra que hace meses que lo toco», escribió el hijo de Pappo en el posteo donde, además, hizo un largo listado de agradecimientos a algunos músicos, una actriz, un sacerdote, su abogado Roberto Casorla Yalet y «al juez» que, según explicó: «Me dio la domiciliaria para continuar mi vida porque adentro me estaba muriendo».

A partir de este posteo, fuentes judiciales confirmaron a Télam que desde diciembre pasado Napolitano fue beneficiado con la prisión domiciliaria con tobillera electrónica en la casa de su madre en Tigre y que, además, ya tiene condena en la causa que lo llevó a prisión.

El juez en lo Correccional 4 de San Isidro, Juan Facundo Ocampo, fue quien dispuso el 16 de diciembre del año pasado «morigerar la medida de coerción» y hacer lugar a la «detención domiciliaria» del músico con el monitoreo de una pulsera electrónica.

Según la resolución -a la que tuvo acceso Télam-, el juez se basó en «el estado de salud del detenido» -sufre Epoc entre otros padecimientos-, en que necesitaba una mejor atención que le que le brindaban en el penal, en que llevaba detenido más de un año y medio y en que la propia víctima no se opuso.

Las mismas fuentes judiciales agregaron que, en el marco del mismo proceso, el fiscal de juicio de Tigre Diego Callegari acordó con la defensa de Napolitano un juicio abreviado en el que terminó condenado a 3 años y 8 meses de prisión por dos hechos de violencia de género contra su entonces pareja, Mariel Oleiro (35).

Cuando en marzo de 2021, el fiscal de Violencia de Género de Tigre, Pablo Menteguiaga, elevó la causa a juicio oral, se calculaba que por todos los delitos Napolitano podía llegar a ser condenado a una pena máxima de 19 años.

El-Argentino-Hijo de Pappo.

La sentencia también fue firmada por el mismo juez Ocampo, el 28 de diciembre pasado, es decir, doce días después de darle la domiciliaria.

Napolitano fue condenado a esa pena como autor de los delitos de «lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas, privación ilegal de la libertad agravada y tenencia de arma de guerra» (por el hecho 1) y «amenazas agravadas por el uso de armas» (por el hecho 2), ambos en concurso real entre sí.

El juez dejó asentado en el fallo que, de acuerdo al cómputo de la pena, a Napolitana se le dará por cumplida su condena por estos hechos el 24 de enero de 2025.

El abogado Casorla Yalet informó a Télam que a pesar de haberse firmado el abreviado, él apeló el fallo al entender que la pena es excesiva, por lo que la codena aún no está firme y está siendo revisada por la Cámara de Apelaciones de San Isidro.

El hecho que derivó en su condena, ocurrió la tarde del 24 de mayo de 2021, en la vivienda que el hijo del fallecido Norberto «Pappo» Napolitano compartía desde hacía cuatro años con su pareja Oleiro, situada en Jujuy 3452, de la localidad de Benavídez, partido de Tigre, en el norte del conurbano.

De acuerdo a la denuncia de la mujer, todo se inició cuando le pidió a Napolitano las llaves de la camioneta para ir a comprar comida para sus mascotas y él comenzó a insultarla y agredirla físicamente, todo delante de dos de las hijas del imputado de 7 y 13 años.

En su requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Menteguiaga describió así el inicio de las agresiones: «Comenzó a hostigarla, humillarla y denigrarla para luego valiéndose de su condición de género tomarla del cuello apretándolo fuertemente hasta provocarle dificultad para respirar mientras le refería dichos amenazantes tales como «te voy a matar hija de puta, te voy a matar».

La denunciante contó que su pareja la tomó del cuello, que la agresión incluyó trompadas y patadas, que le apretó un ojo, que también la roció con alcohol, que en el patio de la casa intentó atropellarla con una camioneta Volkswagen Amarok y que la dejó encerrada sin poder salir de la propiedad y con la única posibilidad de estar en el quincho hasta que al día siguiente logró llamar al 911 y fue rescatada por la policía.

Napolitano fue detenido el 26 de mayo a la madrugada y en su vivienda se realizó un allanamiento en el que se secuestró el revólver .38 cargado, del cual no tiene permiso de tenencia ni portación.

Al ampliar su declaración, Oleiro denunció a Napolitano por un episodio previo -que terminó siendo el Hecho 2 de la imputación-, ocurrido el 21 de noviembre de 2020 en la casa de la madre del acusado, en la calle Juncal al 1300 de Tigre, donde hoy cumple la domiciliaria el condenado y, según dijo, le partió un cuadro por la cabeza y luego la amenazó de muerte colocándole en la cabeza el revólver calibre .38 que le secuestraron en su domicilio.

Al ser indagado, Napolitano dio una versión totalmente opuesta a la de su entonces novia, ya que dijo que se trató de una discusión de pareja, que ella fue quien lo agredió a él, que el arma de fuego que estaba en su casa la heredó hace 15 años de su papá y que la mujer conocía cómo salir de la propiedad, algo que se desacreditó en la causa con el testimonio de los policías que auxiliaron a la víctima.

Si vivís una situación de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda llamá gratis al 144, mandá un mensaje al 11 5050 0147 o por WhatsApp al +54 911 2771 6463. También podés descargar acá una app para recibir ayuda de profesionales.

Investigación 🔎

El fallo que cerró la puerta a las víctimas de $LIBRA lo firmó un juez propuesto por Milei, un día después de su jura

La Sala I ratificó el criterio del juez Martínez de Giorgi y apartó a los cinco afectados que intentaban ser querellantes. El tribunal sostuvo que compraron un activo volátil y asumieron el riesgo de manera consciente. El caso queda exclusivamente en manos del fiscal Eduardo Taiano, cuestionado por la lentitud del proceso. El fallo lo firmó Pablo Bertuzzi, recién jurado el día anterior a propuesta del gobierno de Milei.

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El Argentino Diario-$Libra, Javier Milei, Mauricio Novelli.
Sin querellantes y con fiscal inactivo: la causa $LIBRA avanza hacia la impunidad con un tribunal rediseñado por el Gobierno.

Quienes buscaban ser reconocidos como víctimas con derecho a impulsar la acción penal son Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo, este último el inversor que en audiencias previas ante el mismo tribunal describió la maniobra como una «estafa monumental» de 286 millones de dólares con 84.000 damnificados en el mundo. El fallo les cierra esa vía y deja la investigación en manos exclusivas del fiscal Eduardo Taiano, cuestionado públicamente por las propias partes afectadas por la parsimonia con la que conduce el expediente.

El argumento del tribunal: el riesgo era conocido

En el fallo, Llorens y Bertuzzi compartieron la tesis de Martínez de Giorgi según la cual la operatoria cripto «se desenvolvió en el marco de un negocio de por sí volátil, caracterizado por la ausencia de regulación financiera y una fuerte exposición al riesgo, circunstancias que resultaban conocidas por quienes decidieron operar en ese ámbito». Para los magistrados, quienes adquirieron el token asumieron conscientemente las consecuencias de esa apuesta, y la pérdida patrimonial sufrida no es más que el resultado lógico de ese riesgo voluntariamente aceptado.

Los jueces también rechazaron la hipótesis central de los afectados: que la maniobra fue diseñada «desde las altas esferas gubernamentales» junto con un grupo de desarrolladores de criptoactivos, mediante un ardid doloso destinado a provocar una disposición patrimonial perjudicial. Según el tribunal, esa versión «se encuentra diluida» ante el material probatorio reunido hasta el momento. Ninguno de los apelantes logró demostrar, a los fines de su legitimación, la existencia de una afirmación falsa concreta que los hubiera determinado a comprar el token, ni la conexión entre esa supuesta maniobra y el daño patrimonial que alegan haber sufrido.

Bertuzzi: el juez recién llegado y ya comprometido

El dato político más saliente del fallo no es jurídico sino institucional. Pablo Bertuzzi prestó juramento como juez de la Sala I el jueves, un día antes de firmar la resolución que perjudica a los inversores damnificados. Bertuzzi fue propuesto por el gobierno de Javier Milei para ocupar ese cargo, en el marco de las negociaciones que definieron la integración del tribunal que tiene en su órbita la causa que involucra directamente al Presidente. Pablo Yadarola, el otro magistrado propuesto por el Ejecutivo, juró en la misma ceremonia pero no integró esta decisión.

La coincidencia temporal entre la jura de un juez oficialista y el fallo que beneficia al entorno presidencial no pasó inadvertida en el ambiente judicial ni entre los abogados de los afectados. La causa que investiga si hubo engaño en el lanzamiento de $LIBRA, un token que el presidente Milei promocionó en su cuenta de X el 14 de febrero de 2025 y que colapsó horas después, será juzgada en adelante por un tribunal cuya composición fue rediseñada con participación directa del Ejecutivo.

Taiano: el fiscal que no avanza

Con los querellantes afuera, la instrucción recae únicamente en el fiscal federal Eduardo Taiano, señalado por los propios damnificados y sus letrados como el principal obstáculo para el avance de la causa. Desde que el expediente se abrió en febrero de 2025, Taiano no solicitó indagatorias, no impulsó medidas de prueba sustanciales sobre la ruta del dinero y fue denunciado penalmente por encubrimiento por uno de los propios querellantes ahora excluidos. En ese expediente paralelo, el fiscal acusado de obstruir la investigación principal es, paradójicamente, el mismo que ahora queda como único impulsor de la causa original.

Las investigaciones previas de la Policía Federal argentina determinaron que el contrato del token $LIBRA se hizo público por primera vez con el posteo de Milei, descartando la versión oficial de que el lanzamiento era preexistente y el Presidente simplemente lo había difundido. Un contrato hallado en el celular del trader Mauricio Novelli, imputado en la causa y vinculado al círculo presidencial, proyectaba una tarifa de un millón y medio de dólares por un tuit del mandatario, dentro de un acuerdo global de cinco millones de dólares. Esos elementos probatorios forman parte del expediente del que Taiano, hasta ahora, no extrajo consecuencias procesales concretas.

Puntos clave

  • La Sala I de la Cámara Federal ratificó el apartamiento de cinco inversores que buscaban ser querellantes en la causa $LIBRA.
  • El tribunal sostuvo que quienes compraron el token asumieron voluntariamente el riesgo de un mercado sin regulación.
  • Pablo Bertuzzi, propuesto por el gobierno de Milei, firmó el fallo apenas un día después de prestar juramento.
  • La investigación queda en manos exclusivas del fiscal Eduardo Taiano, cuestionado por los afectados por la demora en la causa.
  • Peritajes previos de la Policía Federal establecieron que el contrato de $LIBRA se publicó por primera vez con el tuit presidencial del 14 de febrero de 2025.
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