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Casación ordenó reparar a una víctima de abuso sexual en el Ejército

La Cámara Federal de Casación Penal obligó al Estado a reparar integralmente a una suboficial que padeció abuso sexual y cinco años de hostigamiento laboral en una dependencia militar de Gualeguaychú. El fallo de la Sala II revocó la negativa del tribunal oral y fijó un precedente: quien ya probó el daño en sede penal no puede ser enviada al fuero civil a empezar de cero.

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Cinco años de acoso y un intento de suicidio: la justicia ordenó reparar a la militar abusada por su superior en el Ejército.

Casi diez años después de que un sargento del Ejército Argentino intentara forzar a una subordinada a mantener relaciones sexuales en una dependencia militar y comenzara a hostigarla hasta empujarla a un intento de suicidio, la justicia reconoció que el daño existió, que fue probado y que debe ser reparado aquí y ahora, sin más dilaciones.

La Cámara Federal de Casación Penal, por unanimidad de la Sala II integrada por los jueces Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar y la jueza Ángela Ledesma, ordenó la reparación integral de la víctima, una mujer que prestaba servicios en el Regimiento de Caballería de Exploración 12 de Gualeguaychú (Entre Ríos), donde el sargento Víctor Hugo Mercado se desempeñaba como su superior jerárquico. El fallo revocó parcialmente la sentencia del Tribunal Oral Federal (TOF) de Concepción del Uruguay, que en septiembre de 2025 había condenado a Mercado a cuatro años y seis meses de prisión pero rechazado el pedido de reparación del daño.

Un crimen, cinco años de terror y un intento de suicidio

En julio de 2016, Mercado obligó a la suboficial a realizar una tarea fuera de su horario laboral y, aprovechándose de esa situación de vulnerabilidad jerárquica, intentó forzarla a mantener relaciones sexuales y le efectuó distintos tocamientos sin su consentimiento. Ante su negativa, el sargento no retrocedió: inició un hostigamiento sistemático que incluyó burlas y expresiones denigrantes delante de sus compañeros, además del uso deliberado de su posición de mando para trasladarla en forma reiterada a distintas oficinas, impidiéndole desarrollar su carrera con normalidad.

El acoso persistió pese a las denuncias presentadas por la víctima y a una orden judicial de alejamiento. El deterioro psicológico acumulado en cinco años de persecución institucional derivó, en septiembre de 2021, en un intento de suicidio que la llevó a solicitar la baja del servicio militar. Su carrera en las Fuerzas Armadas quedó destruida.

El tribunal oral condenó pero negó la reparación

El TOF de Concepción del Uruguay condenó a Mercado el 8 de septiembre de 2025 como autor de abuso sexual simple en concurso real con lesiones psicológicas graves mediando violencia de género. Sin embargo, rechazó el pedido de reparación integral argumentando tres razones: que resultaba «sorpresivo», que la víctima no había tenido intervención como actora civil y que conceder el resarcimiento en sede penal impediría el ejercicio posterior de una acción civil autónoma.

La Fiscalía Federal de Gualeguaychú apeló esa decisión. El Ministerio Público Fiscal sostuvo que la reparación estaba lejos de ser sorpresiva: tanto la fiscalía de instrucción como la querella la habían planteado en sus requerimientos de elevación a juicio. Además, el cálculo elaborado en febrero de 2024 por la Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos (SIFRAI) y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB) había sido puesto en conocimiento de la defensa, que en ningún momento formuló objeciones.

Casación revirtió el rechazo con argumentos de derechos humanos

La Cámara de Casación acogió el recurso de la fiscalía y ordenó la reparación. El fallo estableció que remitir a una víctima a la vía civil luego de un proceso penal que ya acreditó el daño, su entidad y su vínculo causal con la conducta del condenado, no solo contradice la finalidad de la norma sino que impone una carga adicional e injustificada sobre quien ya atravesó un proceso de esa naturaleza. En palabras textuales del tribunal: «no solo resulta contrario a la finalidad de la norma, sino que importa, en los hechos, una carga adicional e injustificada sobre quien ya ha transitado un proceso de esta naturaleza».

Los jueces señalaron que el artículo 29 del Código Penal no establece como requisito que la víctima se constituya en actora civil ni que mantenga su participación como querellante hasta el debate. El Ministerio Público Fiscal, en su rol de representante del interés general y de los derechos de las víctimas, tiene plena legitimidad para solicitar ese resarcimiento.

Además, el tribunal remarcó que garantizar el acceso efectivo a la reparación es una obligación internacional del Estado argentino en materia de derechos humanos, y recordó los compromisos asumidos mediante la Convención de Belém do Pará. El monto estimado en febrero de 2024 equivale a los salarios que la víctima debería haber percibido durante los cinco años en que soportó los hechos investigados, calculado en $29.228.298.

La recalificación y la nueva pena pendiente

En forma paralela, la Sala II introdujo una modificación en la tipificación del hecho: con los votos de Yacobucci y Ledesma y la disidencia de Slokar, recalificó la conducta de abuso sexual consumado a tentativa de abuso sexual, criterio que, según el fallo, había sido sostenido también por la propia fiscalía durante su alegato en el juicio oral. El tribunal aclaró expresamente que esa modificación no altera la escala penal aplicable, ni desconoce la materialidad del hecho ni la responsabilidad del sargento Mercado, confirmada por unanimidad sobre la base de las pruebas testimoniales y documentales incorporadas al debate.

Como consecuencia, la Cámara de Casación Penal ordenó devolver la causa al tribunal de origen para que, con una nueva integración, fije la pena correspondiente al delito tentado previa audiencia con intervención de todas las partes.

Lo que tenés que saber

  • La Cámara Federal de Casación Penal ordenó la reparación integral de una víctima de abuso sexual y hostigamiento laboral en el Ejército Argentino en Gualeguaychú.
  • El sargento Víctor Hugo Mercado había sido condenado en septiembre de 2025 a cuatro años y seis meses de prisión; el tribunal oral rechazó la reparación y Casación revirtió ese rechazo.
  • El fallo estableció que quien ya probó el daño en sede penal no puede ser obligada a iniciar un proceso civil para cobrar el resarcimiento.
  • El monto de reparación estimado por organismos especializados del Ministerio Público equivale a $29.228.298, calculados sobre los salarios de los cinco años en que ocurrieron los hechos.
  • La causa regresa al tribunal oral con nueva integración para que fije la pena correspondiente a la conducta recalificada como tentativa de abuso sexual.

Chaco

Juicio por la golpiza a jóvenes qom: Zdero había ascendido a una de las acusadas

Diez policías chaqueños son juzgados en Resistencia por el operativo de 2020 en Fontana. La oficial Claudia Lucena, acusada de encubrimiento y detención ilegal, fue promovida por decreto en 2025, cuando la causa ya estaba elevada a juicio.

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El Argentino Diario-Leandro Zdero, Chaco, corrupción, Suizo Argentina, medicamentos, investigación judicial, radicalismo,
Comenzó el juicio a diez policías por la golpiza a jóvenes qom en Fontana.

Según la acusación, entraron de madrugada, sin orden judicial, y golpearon a los jóvenes que estaban en la casa, entre ellos una adolescente. Después se los llevaron a la comisaría, donde, según denunciaron las víctimas, siguieron los golpes, las amenazas de muerte y los insultos racistas. Seis años después de aquella noche en el barrio Banderas Argentinas de Fontana, diez policías del Chaco se sientan en el banquillo, y una de ellas llegó al juicio con un ascenso firmado por el gobernador Leandro Zdero.

El debate oral comenzó el lunes ante la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia, en la causa 12.386/2020-1. El tribunal está integrado por Dolly Fernández, como presidenta, Cristina Pisarello y Ernesto Azcona, y la acusación está a cargo del fiscal de Derechos Humanos Luciano Santos. La querella del Estado quedó unificada en el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, que actúa también en representación del área de Derechos Humanos de la provincia. Entre los acusados está Claudia Beatriz Lucena, que dirigía la Comisaría Tercera de Fontana cuando ocurrieron los hechos.

Qué pasó el 31 de mayo de 2020

Según la acusación, cerca de las 4.30 de la madrugada del 31 de mayo de 2020 un grupo de efectivos irrumpió en una vivienda del barrio Banderas Argentinas y golpeó a varios jóvenes de una familia de la comunidad qom. La versión policial de ese momento era que buscaban a personas que supuestamente habían apedreado una dependencia de la fuerza. En la casa había además dos chicos pequeños.

Cuatro jóvenes fueron detenidos y trasladados a la Comisaría Tercera. Allí, de acuerdo con sus denuncias, continuaron las agresiones y los insultos racistas; también relataron que los rociaron con alcohol y los amenazaron con prenderles fuego. Las denuncias sostienen, además, que parte de esas agresiones quedó registrada por las cámaras de la dependencia. El caso se convirtió en uno de los episodios de violencia institucional con mayor repercusión en la provincia, en plena cuarentena y contra una comunidad indígena históricamente postergada.

Los cargos

Lucena enfrenta cargos por encubrimiento agravado y detención ilegal cometida por un funcionario público. La acusación le atribuye no haber puesto a la adolescente detenida a disposición del juzgado correspondiente y no haber denunciado las vejaciones que habría presenciado en su unidad.

Los otros nueve policías afrontan distintas combinaciones de imputaciones, entre ellas vejaciones agravadas, allanamiento ilegal, falsedad ideológica agravada y detención ilegal. Son acusaciones que el tribunal deberá examinar: ninguno de los diez efectivos tiene condena y todos están amparados por la presunción de inocencia hasta que haya sentencia.

Un ascenso con la causa en marcha

El dato que salpica al gobierno actual es administrativo y tiene fecha. El decreto 974/25, firmado por Zdero el 13 de junio de 2025, promovió a Lucena de comisario inspector a comisario mayor, con vigencia retroactiva al comienzo de ese año. La propuesta fue elevada por el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero, y contó con los avales administrativos correspondientes.

Romero no es un nombre nuevo en esta causa. Era jefe de la Policía cuando ocurrieron los hechos de Fontana y renunció el 13 de julio de 2020, junto con el subjefe, después de que el gobierno de Jorge Capitanich rechazara reincorporar a cuatro efectivos imputados en el expediente. En ese momento, Romero argumentó que la normativa policial obligaba a reintegrar al servicio a los agentes que habían recuperado la libertad. En diciembre de 2023, Zdero lo designó otra vez al frente de la fuerza.

Para entonces, Lucena estaba imputada desde septiembre de 2021 y el expediente había sido elevado a juicio en abril de 2022. El ascenso llegó, por lo tanto, después de que la oficial quedara formalmente acusada y después de que la Justicia resolviera llevar el caso a debate oral. Hasta el momento no se conoció una explicación oficial sobre por qué la promoción avanzó con ese antecedente.

En declaraciones recogidas por el diario El Ancasti, el abogado querellante del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, Darío Edgardo Gómez, confirmó que Lucena «fue ascendida ahora ya en la gestión del gobernador (Leandro) Zdero».

Seis años de demoras

El juicio llegó a su primera audiencia tras sucesivas reprogramaciones. La última postergación fue en septiembre, por el cambio de defensor de uno de los imputados, y el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura había cuestionado públicamente las demoras. El cronograma prevé nuevas audiencias los días 13, 14, 15, 27 y 28 de octubre, y el 3 y el 12 de noviembre.

Lo que tenés que saber:

  • Diez policías del Chaco son juzgados desde el lunes en la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia por el operativo del 31 de mayo de 2020 contra jóvenes qom en Fontana.
  • Según la acusación, los efectivos entraron sin orden judicial a una vivienda, golpearon a varios jóvenes, entre ellos una adolescente, y detuvieron a cuatro.
  • La oficial Claudia Beatriz Lucena, que en 2020 dirigía la Comisaría Tercera de Fontana, está acusada de encubrimiento agravado y detención ilegal.
  • Zdero la ascendió a comisario mayor por el decreto 974/25, de junio de 2025, a propuesta del jefe de Policía Fernando Romero, que también encabezaba la fuerza en 2020; la causa ya estaba elevada a juicio desde abril de 2022.
  • Las audiencias seguirán en octubre y noviembre; ninguno de los acusados tiene condena.
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