Violencia de Género
Tota Santillán fue condenado a prisión por violencia de género
Ha sido condenado a 5 años y 6 meses de prisión por violencia de género contra su expareja. La defensa ha apelado la sentencia, evitando su encarcelamiento.
El conductor de televisión, Daniel «La Tota» Santillán, ha sido condenado a 5 años y 6 meses de prisión en el marco de la causa por violencia de género contra su expareja. El fiscal Oscar Ciruzzi había solicitado una pena de cuatro años y medio por los delitos de violencia de género y amenazas hacia su ex mujer, su ex suegro y su ex empleada doméstica.
Sin embargo, Ricardo Daniel Carías, nombre real de Santillán, no ingresará a prisión hasta que la condena quede firme. Según fuentes de Noticias Argentinas, la defensa, liderada por el abogado Juan Pablo Merlo, ha apelado la sentencia, lo que implicará que la Cámara de Apelaciones debe ratificar el fallo para que se haga efectivo el cumplimiento de la pena, ya que supera los tres años.
En caso de que el fallo sea ratificado, el conductor deberá cumplir la condena por los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas, privación ilegítima de la libertad agravada por ser cónyuge y lesiones leves agravadas por haberse cometido en el marco de la pareja y por mediar violencia de género.
Durante el proceso, el fiscal tuvo en cuenta la reiteración de hechos cometidos por Carías y los daños causados. Resaltó que el acusado actuó siempre con pleno conocimiento y voluntad, y subrayó la importancia de abordar el caso desde una perspectiva de género, en línea con lo establecido por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará.
El fiscal también relacionó la situación vivida por la expareja de Carías con otras dos secuencias en las que se vieron afectadas una exempleada de la mujer y el padre de esta última. Respecto a la primera, se comprobó que el acusado profirió una serie de amenazas entre junio y agosto de 2016 hacia la mujer que trabajaba como empleada doméstica en la vivienda de su exmujer.
Según la acusación, durante el verano de 2013, Carías y su pareja se encontraban en Mar del Plata, cuando este último aceleró bruscamente el auto en el que viajaban, amenazando a su expareja con palabras como: «Te voy a matar en el acantilado y nadie te va a encontrar«.
Además, se constató que Carías llamó en repetidas ocasiones a la víctima advirtiéndole que, si volvía a trabajar para su exmujer, la mataría. Asimismo, publicó una serie de mensajes en redes sociales acusando a la mujer de ser «ladrona» y responsabilizándola de su separación. Estos mensajes fueron seguidos por llamadas en las que amenazaban a la víctima, indicando que conocían detalles sobre ella y sus padres y que planeaban matarla.
Géneros 🟣
Senado: denuncian proyecto de “falsas denuncias” intenta silenciar a las víctimas
A nivel global, organismos como ONU Mujeres ubican las denuncias falsas en torno al 1% de los casos.
Senado: qué pasa con el proyecto de “falsas denuncias”
El conversatorio “Derecho a la voz: contra la criminalización de quienes denuncian violencia” funcionó como una respuesta urgente frente al proyecto impulsado por Carolina Losada, que ya cuenta con dictamen de mayoría en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales. La iniciativa propone agravar las penas por falsa denuncia, falso testimonio y encubrimiento en casos de violencia de género, delitos sexuales y situaciones que involucren a niñas, niños y adolescentes.
Para quienes expusieron, el diagnóstico fue otro: no hay vacío legal ni problema empírico que justifique la reforma. Lo que sí aparece, señalaron, es una estrategia política para disciplinar a quienes denuncian y reinstalar el silencio.
Una arquitectura punitiva para desalentar la denuncia
La abogada Ileana Arduino, referente del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, desmenuzó el corazón del proyecto. Sostuvo que no se trata de una falla técnica sino de una decisión deliberada: utilizar el derecho penal como herramienta de control social.

“Funciona como una extorsión procesal”, advirtió. El planteo es claro: en un sistema judicial que ya resulta hostil, la amenaza de una contra-denuncia penal empuja a las víctimas a no hablar. El resultado no es más justicia, sino menos denuncias.
Arduino también apuntó a un efecto colateral clave: la criminalización de las redes de acompañamiento. Equipos interdisciplinarios, profesionales y organizaciones quedarían bajo sospecha por intervenir en procesos donde la prueba suele ser compleja y el tiempo judicial, lento.
Construir un problema inexistente
La ministra bonaerense Estela Díaz fue directa: “Lo falso es el problema que quieren instalar”.
Respaldada por un documento con más de 1.700 firmas, sostuvo que las falsas denuncias no representan un fenómeno significativo en Argentina. En cambio, sí lo es la subdenuncia en casos de violencia y abuso.
Para Díaz, la iniciativa se inscribe en una narrativa política más amplia que cuestiona la existencia misma de la violencia de género. En ese marco, el proyecto no busca mejorar el sistema penal, sino desplazar el foco: de la protección de las víctimas a la sospecha sobre su palabra.
El miedo como política pública
Desde el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, Natalia Gherardi aportó datos que desarman el argumento central del proyecto:
- Solo una de cada cuatro mujeres en situación de violencia busca ayuda.
- En abuso sexual infantil, más del 88% de los casos no llega a la Justicia.
En ese contexto, endurecer penas por denuncias “falsas” no resuelve un problema: crea otro. Introduce una amenaza concreta para quienes están obligados a denunciar, como establece la Ley Lucio.
La contradicción es evidente: el Estado exige denunciar ante la sospecha de abuso, pero al mismo tiempo instala el riesgo de persecución penal si la causa no prospera. El mensaje implícito, señalaron, es el silencio.
Convenciones internacionales vulneradas
La dirigente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, María Elena Naddeo, cuestionó la compatibilidad del proyecto con los estándares internacionales.
Mencionó dos marcos normativos clave:
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
- Convención de Belém do Pará
Ambos obligan al Estado a garantizar el acceso a la justicia y a no generar obstáculos para denunciar violencia de género. La iniciativa, en cambio, invierte esa lógica: convierte a la denunciante en potencial imputada.
Naddeo también desarmó una de las falacias centrales: equiparar falta de prueba con falsedad. En delitos que ocurren en la intimidad, esa equivalencia no solo es errónea, sino funcional a la impunidad.
Datos incómodos para el oficialismo
A nivel global, organismos como ONU Mujeres ubican las denuncias falsas en torno al 1% de los casos. Se trata de una cifra marginal, que en general no está vinculada a violencia de género sino a otros delitos.
Sin evidencia empírica que justifique el endurecimiento penal, el proyecto queda expuesto como una definición ideológica: desplazar la centralidad de la víctima y reinstalar la sospecha sobre su palabra.
Efectos concretos: censura, desprotección e impunidad
El rechazo no se agota en el plano simbólico. Las organizaciones advirtieron consecuencias concretas:
- Bozal mediático: limitaciones a la difusión de casos que han sido clave para visibilizar violencias.
- Persecución profesional: equipos técnicos y redes de acompañamiento bajo amenaza penal.
- Inseguridad jurídica: profesionales de salud y educación atrapados entre denunciar o protegerse.
- Desaliento de denuncias: una profundización en la caída previsible en el acceso a la justicia.
En ese marco, el proyecto aparece como una herramienta de disciplinamiento que redefine el sistema: ya no se investiga al agresor, se sospecha de quien denuncia.
Una disputa de fondo: voz o silencio
Lo que se debatió en el Senado excede una reforma penal. Se trata de una disputa política y cultural: quién tiene derecho a hablar y bajo qué condiciones.
Frente a un escenario que intenta reinstalar el miedo como frontera, el feminismo articuló una respuesta clara. El derecho a la voz no es un privilegio ni una concesión: es un derecho humano básico.
Y su restricción, no fortalece la justicia. La debilita.
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