Gremiales
Paritarias: Comercio acordó un básico de más de 50 mil pesos y una gratificación de 30 mil
El sindicato liderado por Cavalieri acordó el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa de 30 mil pesos en seis cuotas, por lo que el salario básico de convenio de un mercantil pasó de 35.790 pesos a 50.687 pesos.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las cámaras empresarias de la actividad acordaron este miércoles en negociaciones paritarias el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa de 30 mil pesos en seis cuotas, por lo que el salario básico de convenio de un mercantil pasó de 35.790 pesos a 50.687 pesos.
Lo confirmó esta tarde el secretario general de la organización nacional que reúne a más de un millón de trabajadores, Armando Cavalieri, quien reivindicó «la importante recomposición salarial obtenida» luego de «arduas y difíciles negociaciones» paritarias.
La negociación convencional de los empleados de comercio se destrabó este miércoles en el Ministerio de Trabajo, luego de meses de diálogo y de la imposición de la conciliación obligatoria por un período hábil de 15 días ante la advertencia de medidas de fuerza.
Cavalieri ratificó «el compromiso de resguardar las fuentes de trabajo y de recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo 130/75».
El salario básico de convenio pasó a 50.687 pesos y, el acuerdo, que supervisó el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, incluyó un pago extraordinario de 30 mil pesos, no remunerativo y de carácter excepcional, que se abonará en seis cuotas mensuales y consecutivas de 5 mil pesos cada una, informó Cavalieri en un documento de prensa.
Las cuotas se abonarán entre octubre y marzo próximo inclusive, luego del acuerdo entre la Faecys, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca), en tanto el bono adicional de 4 mil pesos otorgado por el Gobierno (decreto 14/20) y la suma de 2 mil pesos del acuerdo de febrero último se incorporarán a los básicos.
«Se logró un acuerdo en la paritaria del gremio más grande del país, en el contexto de una pandemia que jaqueó a la economía. En un momento demasiado adverso para la actividad mercantil, se obtuvo una importante mejora para más de un millón de empleados», afirmó.
Cavalieri ratificó «el compromiso de resguardar las fuentes de trabajo y de recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo 130/75».
«La actividad y los pequeños comercios fueron muy fuertemente golpeados por el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo último, por lo que la actualización salarial fue un paso fundamental», puntualizó Cavalieri en el documento.
El dirigente aseguró que la Faecys continuará la lucha en defensa de «los derechos de los mercantiles», por lo que adelantó que en enero próximo el gremio y las cámaras patronales retomarán el diálogo para iniciar «una nueva negociación paritaria».
En esa ocasión, sindicalistas y empresarios analizarán una nueva mejora, de acuerdo con «el curso inflacionario y las variaciones económicas que afecten el salario», concluyó. Según la CAC, las sumas acordadas en seis cuotas tendrán impacto en los adicionales por presentismo y antigüedad y, el acuerdo, regirá hasta el 31 de marzo de 2021.
Gremiales
La Cámara del Trabajo le devolvió al Gobierno la reforma laboral que la CGT había logrado frenar
La Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) tras la apelación del Gobierno. El fallo de primera instancia del juez Raúl Ojeda, que había paralizado el núcleo de la reforma a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), quedó sin efecto en este punto; sin embargo, la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta en los tribunales.
La Cámara revocó la cautelar y reactiva los 82 artículos de la reforma laboral
★ La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y revocó la cautelar que mantenía en suspenso 82 artículos de la Ley N° 27.802, la denominada reforma laboral sancionada por el Congreso el pasado 28 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Con la revocación, los artículos vuelven a estar en vigencia plena mientras continúa la tramitación del juicio de fondo sobre su constitucionalidad.
La medida cautelar original había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda, quien hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió provisoriamente las disposiciones más sensibles de la norma: cambios en el cálculo indemnizatorio, la derogación de la ley de teletrabajo, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las modificaciones al derecho de huelga, el banco de horas, las limitaciones a la negociación colectiva y el esquema de responsabilidad solidaria en tercerización, entre otros.
Una batalla judicial que el Gobierno peleó por varias vías
El fallo de la Cámara no llegó de manera lineal. El Gobierno recurrió a múltiples estrategias paralelas para levantar la suspensión. Luego de que el propio juez Ojeda concediera el recurso de apelación con efecto devolutivo (lo que mantenía la cautelar vigente mientras tramitaba la apelación), la Procuración del Tesoro de la Nación presentó además un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 16 de abril, buscando saltear instancias y obtener una resolución urgente del máximo tribunal. El Ejecutivo argumentó incompetencia del juez laboral, ausencia de caso judicial concreto y gravedad institucional al haberse suspendido una ley emanada del Congreso.
En simultáneo, la jueza federal Macarena Marra González, del fuero Contencioso Administrativo Federal, intervino para reclamar que el expediente principal fuera resuelto por esa cámara y no por el fuero laboral, lo que abrió un conflicto de competencias que también complejizó el trámite. Finalmente, fue la Cámara del Trabajo la que se pronunció primero y revocó la medida cautelar.
Qué artículos recuperan vigencia
Con la revocación, recobran aplicación inmediata los artículos suspendidos más cuestionados por el sindicalismo. Entre ellos: el nuevo esquema de cálculo de indemnizaciones que excluye conceptos como el aguinaldo de la base liquidatoria; el FAL, el fondo de capitalización que reemplaza parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido; las modificaciones al régimen de negociación colectiva que habilitan la primacía de los convenios de empresa por sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por los gremios; las nuevas reglas sobre teletrabajo, banco de horas y fraccionamiento de vacaciones; las disposiciones que limitan la huelga en servicios esenciales; y los cambios que reducen la responsabilidad solidaria de las empresas en casos de tercerización.
El fallo no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo: la inconstitucionalidad de la norma que la CGT reclama en el expediente principal seguirá su trámite ante la Justicia. Tampoco cancela los efectos de las cautelares dictadas en otros casos, como la que protege el empleo de unos 1.500 agentes judiciales del Juzgado N° 30, ni los fallos que declararon inconstitucional el artículo 55 en Córdoba y La Plata.
Una saga que comenzó antes de la sanción
Como informó este medio desde noviembre de 2025, el conflicto en torno a la reforma laboral no comenzó con la sanción de la ley. La CGT advirtió desde el primer momento que la iniciativa reproducía los contenidos del capítulo laboral del DNU 70/2023, que ya había sido suspendido por la propia Cámara del Trabajo en enero de 2024 y luego declarado inconstitucional por la Sala de feria del mismo tribunal. La central obrera realizó un paro nacional de 24 horas el mismo día del debate en Diputados y presentó amparos ante dos fueros distintos el mismo día en que la ley se publicó en el Boletín Oficial.
La judicialización avanzó con celeridad. En apenas tres semanas desde la promulgación, el juez cordobés Ricardo Gileta declaró inconstitucional el artículo 55, el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata replicó ese criterio, y el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. El 30 de marzo llegó la cautelar más amplia, la del juez Ojeda, que paralizó el grueso de la norma. Ahora, la Cámara revierte esa decisión, aunque la guerra judicial continúa.
El fondo sigue irresuelto y el camino puede llegar a la Corte
La revocación de la cautelar representa un triunfo político importante para el Gobierno de Javier Milei, que necesitaba mostrar resultados concretos de su agenda de desregulación laboral. Pero la pelea dista de estar terminada. Si la Cámara hubiera confirmado la cautelar, el expediente habría escalado directamente a la Corte Suprema. Con la revocación, el escenario es inverso: ahora la CGT y los gremios impugnantes son quienes tienen incentivos para acelerar la tramitación del juicio de fondo o recurrir al máximo tribunal.
Según especialistas en derecho laboral, el recorrido judicial podría extenderse por meses o incluso más de un año. En ese plazo, trabajadores con juicios individuales en curso podrán igualmente plantear la inconstitucionalidad de artículos específicos en cada causa, lo que mantiene la disputa viva juzgado por juzgado. Empleados del Comercio y otros gremios habían presentado también sus propias cautelares con alcances distintos, lo que fragmenta el mapa judicial y dificulta cualquier lectura definitiva.
Puntos clave:
- La Cámara Nacional del Trabajo revocó la cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley N° 27.802, a pedido del Gobierno.
- Los artículos más sensibles de la reforma laboral, que estaban suspendidos desde el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda, recuperan vigencia plena.
- El juicio de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley, promovido por la CGT, continúa abierto.
- El Gobierno había apelado por dos vías paralelas: ante la Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema presentado el 16 de abril.
- La disputa judicial puede extenderse por meses; los trabajadores con causas individuales conservan el derecho a impugnar artículos específicos en cada juzgado.
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