Economía 💲
La Justicia rechazó dictar cautelar contra el decreto que declaró a la telefonía un servicio esencial
La decisión fue del juez en lo contencioso administrativo federal, Walter Lara Correa, quien se negó a dictar una medida cautelar contra la entrada en vigencia de esta norma y resoluciones vinculadas con los aumentos de tarifa.
«Habiendo sido ratificado el reglamento cuestionado por la Cámara Alta, no puede tenerse por acreditada la verosimilitud del derecho invocada por la accionante», concluyó el juez de feria al rechazar la cautelar.
La Justicia rechazó este viernes un planteo de Telecom para suspender la vigencia del decreto de necesidad y urgencia que declaró servicios públicos esenciales y estratégicos a la telefonía móvil y fija, internet y TV por cable y estableció una prestación básica universal y obligatoria.
La decisión fue del juez en lo contencioso administrativo federal, Walter Lara Correa, quien se negó a dictar una medida cautelar contra la entrada en vigencia de esta norma y resoluciones vinculadas con los aumentos de tarifa.
«Habiendo sido ratificado el reglamento cuestionado por la Cámara Alta, no puede tenerse por acreditada la verosimilitud del derecho invocada por la accionante», concluyó el juez en relación con el decreto de necesidad y urgencia 690.
En el fallo se refirió así a la resolución 95/2020 por medio de la cual el Senado de la Nación determinó la validez del Decreto. Asimismo, el magistrado descartó la existencia de «peligro en la demora» invocado por Telecom y uno de los requisitos para dictar este tipo de medidas, previas a la sentencia definitiva en una demanda.
Telecom, «más allá de sus manifestaciones, no estimó cuál es la incidencia económica concreta que el congelamiento de precios, los aumentos fijados o el valor del Servicio Básico Obligatorio producen en su economía», analizó el fallo que podrá ser apelado ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal. La empresa «no ha explicado concretamente» cómo la norma afectaría «el estado de sus finanzas», agregó.
El decreto de necesidad y urgencia fue dictado «en oportunidad que se encontraba vigente el ‘Aislamiento social, preventivo y obligatorio’, es decir en un contexto donde la única forma de conexión interpersonal era a través de los TIC». y en el marco «de crisis sanitaria y social» por la pandemia de coronavirus, remarcó la sentencia de primera instancia.
Tanto el decreto como dos resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) también cuestionadas por Telecom, las 1466 y 1467, «fueron dictadas en el marco de la pandemia mundial del SARV-COV-2 que produjo una crisis mundial, que afectó a todos los ciudadanos, por ello la finalidad del régimen mencionado es la protección del ejercicio de publicar ideas; de profesar libremente el culto; de enseñar y aprender; conectar, comunicar -entre otros derechos-, es decir garantizar los derechos humanos».
Telecom pidió dictar una medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional y el Enacom para suspender la aplicación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 690/20.
La empresa consideró que «resultan nulos de nulidad absoluta» por «inconstitucionales». Pero al desestimar el planteo, el magistrado advirtió que «no debe confundirse la tutela cautelar con la declaración del derecho en el proceso principal».
«Ello es así, ya que las providencias cautelares no constituyen un fin en sí mismas, sino que están ineludiblemente preordenadas a una ulterior sentencia definitiva, en la que se deberá restablecer de un modo definitivo la observancia del derecho», agregó.
Al contestar la demanda, el Estado Nacional pidió rechazar la medida cautelar y ratificó la «constitucionalidad» del decreto al remarcar que tuvo por objeto «posibilitar el acceso a la totalidad de los habitantes a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad».
El Estado explicó que «fueron detectadas serias limitaciones y dificultades al acceso al servicio de internet, que impidieron la educación a distancia» en los «sectores más vulnerables» durante la pandemia.
Además, sostuvo que tanto el decreto como las resoluciones del Enacom «constituyen una decisión política pública con el fin de proteger el derecho de acceso a la telefonía móvil y a los “Servicios de TIC”».
«El acceso a los servicios TIC para los sectores más vulnerables se transforma en el eje central en el que girará la regulación, procurando establecer un servicio de calidad con prestaciones básicas a un precio justo al cual podrán acceder un universo de personas humanas en situaciones económicas desfavorables», fundamentó el Estado Nacional al contestar la demanda.
En ese aspecto, consideró «imprescindible el acceso a estas tecnologías para estudiar, trabajar y recrearse, por lo que otorgar parámetros claros de accesibilidad y de previsibilidad de aumentos para estos sectores resulta fundamental para cumplir con los principios fundamentales de la Constitución Nacional».
Por su parte, el Enacom sostuvo ante la Justicia que «las disposiciones incluidas en las mentadas resoluciones importan la razonable implementación de un segmento de las políticas públicas diseñadas para el sector comunicacional».
El organismo resaltó «la importancia que los servicios TIC han adquirido en la actualidad, fundamentalmente a partir de los condicionamientos a las relaciones sociales impuestas por la pandemia causada por el patógeno SARS-Covid 19, impactando en las prestaciones de esos servicios tecnológicos en todos los órdenes de la realidad social, cultural y económica de nuestra sociedad».
La Prestación Básica Universal (PBU) para servicios «Triple Play» que dispuso el decreto fija planes entre 150 y 700 pesos por mes para sectores vulnerables, y tiene fecha de inicio en enero de 2021.
Economía 💲
Otra víctima de Milei: cerró la fábrica de Tía Maruca en la libertaria San Juan
La marca de galletitas Tía Maruca cerró su fábrica principal en San Juan tras 28 años de actividad. La caída del consumo interno, el aumento de costos y las dificultades de financiamiento llevaron al cese de producción, con impacto directo en el empleo de la planta de Albardón.
Lo que tenés que saber
- Tía Maruca cerró su planta principal en San Juan
- La fábrica estaba ubicada en el departamento Albardón
- Decenas de trabajadores fueron afectados por la medida
- La empresa venía enfrentando caída del consumo interno
- El aumento de costos y problemas de financiamiento aceleraron la decisión
Tía Maruca cierra su fábrica en San Juan tras 28 años
La marca de galletitas Tía Maruca cerró su planta principal ubicada en el departamento Albardón, provincia de San Juan. La decisión implica la paralización total de una unidad productiva clave dentro de la estructura industrial de la empresa, que durante años tuvo presencia en todo el mercado argentino.
El cierre marca un punto crítico en la historia de la compañía, que nació como emprendimiento familiar en 1998 y logró expansión nacional con productos instalados en góndolas de todo el país.
Caída del consumo y aumento de costos en la industria
La empresa atravesó un escenario económico adverso sostenido. Entre los factores centrales se encuentran la caída del consumo interno, el incremento de costos de insumos como harina y azúcar, y las dificultades para acceder a financiamiento bancario en condiciones que permitieran sostener la producción.
Estos elementos afectaron directamente la viabilidad operativa de la planta a escala industrial.
Una empresa con origen en San Juan y expansión nacional
Tía Maruca nació en San Juan como un proyecto familiar y logró expandirse a nivel nacional con presencia en supermercados y comercios de todo el país. En 2017 incorporó una nueva planta, etapa que representó crecimiento pero también mayor exposición a las fluctuaciones económicas.
Impacto en trabajadores y economía local
El cierre de la fábrica en Albardón afecta directamente a trabajadores y familias vinculadas a la operación industrial. La planta era una de las fuentes de empleo relevantes de la zona, con impacto en la economía local y en la cadena de producción asociada.
Situación actual de la empresa
Hasta el momento no se informaron detalles oficiales sobre la continuidad de otras instalaciones productivas. El cierre de la planta principal deja abierta la situación operativa de la compañía.
-
Sociedad5 díasQuién era la neuróloga que murió atropellada por un colectivo en Villa Devoto
-
CABA6 díasTragedia en Villa Devoto: murió una joven tras ser atropellada por un colectivo
-
Sociedad6 díasAutopsia de Maitena Rojas: la causa de muerte y el giro en la investigación
-
Investigación 🔎6 días“Lo asesinaron y se están cubriendo”: la grave acusación contra la madre de Ángel López
-
Sociedad3 díasUn informe escolar revela angustia de Ángel antes de mudarse con su madre
-
Chubut5 díasCrisis: polémica en Chubut por la venta de carne de burro
-
Política 📢6 díasEl delantal blanco manchado: Mirtha Legrand cuestionó el patrimonio de Manuel Adorni
-
Geopolítica 🌎5 díasDiplomacia fallida: EEUU se retiró de la cumbre con Irán, mientras Israel recrudece el fuego en el Líbano
