Presidencia
Agustín Rossi, cerca de ser jefe de Gabinete
Son tres los nombres en danza aunque no se descarta una sorpresa. Es un puesto clave en un año electoral.
El presidente Alberto Fernández ya habría definido el reemplazante de Juan Manzur como jefe de Gabinete. El actuar titular de la Agencia Federal de Inteligencia, Agustín Rossi, es el candidato más firme.
Rossi, funcionario del entorno del presidente que desembarcó en el gobierno tras su parate luego de su salida del Ministerio de Defensa en 2021 para ser candidato en la primaria de Santa Fe.
Oriundo de la localidad santafesina de Vera, “El Chivo”, también fue titular del Ministerio de Defensa en la gestión de Cristina Fernández de Kirchner, .
“Ya está definido quién sucederá a Manzur, y ya está ofrecido y aceptado”, dicen en Balcarce 50, y precisaron que aún lo comunicarán tras su salida, aunque aclararon que aún “faltan algunos días”.
Quién será el nuevo jefe de Gabinete
Se desconoce cuando se concretará la salida de Juan Manzur, pero ya comenzó la danza de los nombres para suceder al tucumano. Se espera el anuncio para la semana que viene.
- Juan Manuel Olmos: es el vicejefe de Gabinete, fue jefe de Asesores y el parte del Grupo Callao de Alberto Fernández. Es un hombre del Presidente, pero no tiene volumen político para un año electoral ni es una figura conocida en la opinión pública.
- Agustín Rossi: el «Chivo» sí tiene volumen político. Ex jefe de la bancada del Frente para la Victoria, tiene el aval de todos los sectores del Frente de Todos con los que supo negociar en Diputados. Si acepta dejar la AFI, donde está cómodo, es el nuevo jefe de Gabinete.
- Daniel Scioli: el embajador argentino en Brasil podría volver al Gabinete tras su paso fugaz por el Ministerio de la Producción. Hay viejas reticencias en el massismo hacia su designación.
Presidencia
El Gobierno de Milei apura la reforma laboral mientras el FAL, su pieza clave, queda en el aire
El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el artículo más ambicioso de la norma, que establece un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo para cubrir despidos en el sector privado, podría quedar afuera del decreto que firmará en las próximas horas el Ejecutivo.
El Gobierno apura la reglamentación de la reforma laboral mientras el FAL queda en el aire
El Gobierno de Javier Milei decidió acelerar la reglamentación de la Ley 27.802 de Modernización Laboral tras una serie de fallos favorables en la Justicia, pero enfrenta una contradicción central: el artículo más ambicioso de la norma, el que crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), podría quedar afuera del decreto que se firmará en las próximas horas.
La ofensiva judicial del oficialismo cosechó dos resultados consecutivos. Primero, la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó la cautelar que frenaba la aplicación de la norma y restableció la vigencia de 83 de sus artículos, suspendidos desde fines de marzo por el juez Raúl Ojeda. Luego, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió que la demanda impulsada por la CGT debe tramitarse en ese fuero y no en los juzgados laborales, desplazando el conflicto hacia una arena considerada menos hostil por el oficialismo.
Con ese viento judicial a favor, el Gobierno interpretó que la ley está «plenamente vigente» y decidió no dilatar más la reglamentación de los artículos que sí la requieren.
El FAL: la apuesta más importante que podría quedar para después
El Fondo de Asistencia Laboral es la transformación estructural que más expectativa genera en el Gobierno libertario. La norma establece un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo para cubrir despidos en el sector privado, con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad laboral y volcar recursos hacia el mercado de capitales local. Según la ley, debía entrar en funcionamiento el 1° de junio próximo.
Sin embargo, fuentes oficiales consultadas por el portal Infobae reconocieron que la complejidad técnica y jurídica del artículo generó demoras. «El FAL fue lo que implicó más análisis y consultas técnicas y jurídicas», admitió una fuente oficial que pidió reserva de identidad. El borrador de la reglamentación fue elaborado en conjunto por los ministerios de Economía, de Desregulación y de Capital Humano, la Secretaría de Trabajo, el Banco Central y ARCA. Aun así, en la Casa Rosada no descartan que ese artículo quede fuera del decreto que se conocerá en las próximas horas y sea objeto de una norma separada posterior.
La demora es llamativa porque el FAL es presentado por el Gobierno como uno de los pilares del nuevo esquema de relaciones laborales. El mercado ya anticipaba que habría una prórroga: los plazos se acumularon y el mecanismo no tiene aún las condiciones técnicas para operar desde junio.
Sindicatos de empresa: el golpe al gremialismo tradicional
Otro artículo que sí requiere reglamentación y concentra la atención del Gobierno es el que facilita la creación de sindicatos de empresa. La legislación laboral argentina ya contemplaba esa figura, pero con una restricción central: solo podía otorgarse personería gremial a un sindicato de empresa cuando no existiera en la zona y la actividad un sindicato de primer grado o unión con personería previa.
La reforma modifica ese esquema. El artículo 136 de la Ley 27.802 establece que podrá otorgarse personería gremial a un sindicato de empresa cuando, durante un período continuo de al menos seis meses, esa organización cuente con más afiliados cotizantes que el sindicato de actividad con personería previamente reconocida. El impacto es directo: los grandes sindicatos nacionales, cuyo poder descansa precisamente en los derechos exclusivos que otorga la personería gremial, quedan expuestos a la competencia interna.
No es casual que la CGT haya respondido con una estrategia judicial agresiva. Como informó este medio en coberturas anteriores, la central obrera recusó a los jueces que reactivaron la reforma y presentó impugnaciones por prejuzgamiento y potenciales conflictos de interés. El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la ley continúa abierto.
Lo que ya rige sin necesidad de decreto
Fuentes del Ejecutivo precisaron que varios artículos de la norma tienen vigencia directa y no requieren reglamentación. Entre ellos figuran los vinculados a la Ley de Contrato de Trabajo, la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, el tope del 2% para las cuotas solidarias (una limitación directa al financiamiento sindical), y el artículo que regula el derecho de huelga en los servicios esenciales.
Sobre este último punto, el propio Gobierno admite un problema práctico: prevé que muchos sindicatos desobedecerán la exigencia de mantener servicios mínimos del 75% o del 50% según el sector, y reconoce que será muy difícil constatar los porcentajes exactos de acatamiento y exigir su cumplimiento. La norma existe, pero el aparato estatal para hacerla cumplir es incierto.
El secretario de Trabajo, Julio Cordero, insistió en tanto en que los empleadores aprovechen el mecanismo del «salario dinámico», que permite aumentar remuneraciones por encima del piso paritario, como una vía para descomprimir la presión sindical en las negociaciones salariales. Ese artículo ya tiene vigencia sin necesidad de reglamentación adicional.
Una reforma bajo fuego cruzado
La Ley 27.802 acumula frentes abiertos. La disputa judicial con la CGT sigue su curso en la Cámara Contencioso Administrativa Federal. El Gobierno también presentó un per saltum ante la Corte Suprema el 16 de abril, una vía paralela que mantiene la presión sobre el máximo tribunal. El debate de fondo sobre la constitucionalidad de la norma no tiene fecha de resolución.
En ese contexto, la decisión de reglamentar parcialmente la ley y postergar el FAL para un decreto posterior expone la brecha entre la ambición política del Gobierno y la capacidad técnica de implementación. El oficialismo celebra los fallos favorables como victorias definitivas, pero la reforma más profunda del sistema de indemnizaciones laborales en décadas sigue sin poder arrancar en la fecha prevista por la propia norma.
Puntos clave:
- El Gobierno firmará en las próximas horas el decreto reglamentario de la Ley 27.802, pero el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pieza central de la reforma, podría quedar para un decreto posterior por su complejidad técnica y jurídica.
- La Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó la cautelar que frenaba 83 artículos de la norma, y la Cámara Contencioso Administrativa Federal desplazó la demanda de la CGT a ese fuero.
- El artículo 136 de la norma facilita la creación de sindicatos de empresa en competencia con los sindicatos tradicionales, un golpe directo al modelo gremial argentino.
- El FAL debía comenzar a funcionar el 1° de junio, pero la demora en la reglamentación tornó prácticamente imposible ese plazo.
- El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la ley, impulsado por la CGT, continúa abierto en la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
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