CABA
Se levantó la medida cautelar contra Uber pero el Gobierno porteño sigue poniendo en duda «su legalidad»
El fallo no define taxativamente en ninguno de ambos sentidos y resaltó «la falta de un régimen legal y reglamentario» que termine por zanjarla de manera integral.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires rechazó un recurso de inconstitucionalidad y confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Contravencional de mayo de 2019, que dejó sin efecto diversas medidas cautelares impuestas contra la compañía UBER, en un fallo que no cierra el debate sobre la legalidad de la aplicación entre la empresa y el Gobierno porteño.
El máximo tribunal de la Ciudad rechazó el pedido que había realizado el fiscal de Cámara Martín Lapadú y confirmó el fallo que levantaba medidas cautelares como la utilización de las tarjetas de crédito como medio de pago y el bloqueo de los sitios web de la empresa para evitar su funcionamiento.
La sentencia, sin embargo es leída de manera diversa: mientras que la empresa afirma que se confirma la «absoluta legalidad» de la plataforma, desde el Gobierno de la Ciudad dicen que el fallo sostiene que «no afirmó su legalidad».
el fallo de cámara sostiene que si bien la actividad de UBER «se había llevado adelante en la vía pública y con ánimo de lucro, ello no implicaba necesariamente una afectación al espacio público».
Si bien el fallo no define taxativamente en ninguno de ambos sentidos, a la hora de argumentar su decisión sobre las medidas cautelares, la jueza Alicia Ruíz aclaró que buena parte de esta problemática -que incluye «afectaciones a derechos individuales y colectivos, conflictividad con otros prestatarios de transporte»- se debe a la «la falta de un régimen legal y reglamentario» que termine por zanjarla de manera integral.
Por otra parte, para rechazar el pedido del fiscal, los jueces Ines Weinberg y Santiago Otamendi retomaron los argumentos del fallo de cámara en el que se sostiene que si bien la actividad de UBER «se había llevado adelante en la vía pública y con ánimo de lucro, ello no implicaba necesariamente una afectación al espacio público».
Esto es, según se explicó, por el hecho de que la prestación del servicio público de transporte de pasajeros «sin la habilitación» respectiva implica una infracción pero «no convierte esa actividad en un uso ilegal de dicho espacio».
Felipe Fernández Aramburu, Head Regional de Uber para Cono Sur, dijo que la decisión del TSJ «abre un nuevo capítulo que será positivo» para todos. «Quienes quieren moverse mejor por la ciudad y también para los que buscan en la tecnología una oportunidad económica. Queremos seguir mejorando la ciudad, con vocación de diálogo junto a los más de 2 millones de usuarios y más de 75.000 socios conductores”, dijo.
Desde el Gobierno porteño, a través de un comunicado, concedieron que el fallo reconoce que «la actividad de UBER es una falta y no una contravención, pero no afirmó su legalidad».
«De hecho, el Tribunal Superior de Justicia confirmó sentencias en los últimos meses que en todas las instancias tanto los juzgados como las cámaras intervinientes en materia penal contravencional y de faltas de CABA, habían afirmado que la actividad de transporte de pasajeros que hace UBER es ilegal», aclararon.
CABA
La Justicia suspendió el desalojo de la sinagoga de Flores pero el conflicto sigue abierto
El Juzgado Civil N° 99 ordenó frenar el operativo policial horas después de su inicio. La disputa entre dos sectores de la Comunidad Israelita Ortodoxa por el templo de Helguera al 270 no tiene resolución a la vista.
La Justicia dio marcha atrás. El operativo de desalojo que se desarrollaba este lunes por la mañana en una sinagoga del barrio porteño de Flores quedó suspendido por orden del propio tribunal que lo había dispuesto. El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 99, a cargo del doctor Camilo Jorge Almeida Pons, emitió la medida de frenado horas después de que la Policía de la Ciudad comenzara a ejecutar la resolución en el inmueble de la calle Helguera al 270 (expediente N° 65521/2026). El conflicto de fondo, una disputa civil entre dos sectores de la misma comunidad judía, permanece sin solución.
El operativo y la resistencia de los fieles
El procedimiento se había iniciado en las primeras horas del lunes como consecuencia de un fallo civil que habilitó a uno de los grupos litigantes, la Comunidad Israelita Ortodoxa Asociación Civil, a recuperar la posesión del inmueble. El otro sector, que ocupa el templo, se negó a retirarse. Cuando el Oficial de Justicia llegó al lugar se encontró con un grupo de fieles en pleno rezo que rechazó abandonar el edificio.
Ante esa situación, el Oficial de Justicia negoció en el lugar y acordó conceder un tiempo prudencial para que los rezos concluyeran antes de avanzar con el desalojo. Sin embargo, horas después el juzgado resolvió directamente suspender el procedimiento policial, sin que trascendieran los fundamentos de esa decisión ni si medió alguna presentación judicial de última hora por parte de los ocupantes.
Una fractura interna que escala a los tribunales
El origen del enfrentamiento es una disputa entre dos facciones de la comunidad por el control y la titularidad del templo. Uno de los sectores inició acciones judiciales y obtuvo un fallo favorable; el otro se resiste a acatarlo. Esa brecha interna, que en principio es una cuestión civil entre privados, derivó en un operativo policial con la calle Helguera cortada al tránsito y cuatro patrulleros desplegados en el lugar, una imagen inusual para un barrio con arraigo histórico en la comunidad judía porteña.
La suspensión judicial del operativo no implica la resolución del litigio. El conflicto por la posesión del inmueble sigue abierto en los tribunales, y el juzgado deberá definir los próximos pasos procesales. Mientras tanto, la situación dentro del templo permanece sin modificaciones.
Puntos clave
- El Juzgado Civil N° 99 (expediente 65521/2026) suspendió el operativo de desalojo horas después de su inicio.
- El inmueble en disputa está ubicado en Helguera al 270, en el barrio de Flores.
- La Comunidad Israelita Ortodoxa Asociación Civil obtuvo el fallo favorable pero el otro sector se niega a desalojar.
- El Oficial de Justicia había acordado un plazo para que concluyan los rezos antes de que la Justicia frenara todo el procedimiento.
- El conflicto de fondo, una disputa civil por la titularidad del templo, no tiene resolución a la vista.
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