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Reconocido locutor fue citado a indagatoria acusado de abusar sexualmente de su hijo

La causa tramita ante el Juzgado de Garantías N° 2 de Quilmes, a cargo del juez Martín Miguel Nolfi.

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El reconocido locutor y conductor -identificado por las siglas de su nombre como A.C.- fue citado a indagatoria en el marco de una causa donde se lo investiga por del delito de abuso sexual agravado contra su hijo menor de edad, mientras la madre de la presunta víctima pide su inmediata detención.

A partir de encontrar «elementos suficientes e indicios vehementes de la comisión del delito de abuso sexual gravemente ultrajante y agravado por el vínculo», la fiscal subrogante Rosana Valeria Meyer de la Fiscalía de Instrucción y Juicio N° 8 del Departamento Judicial de Quilmes citó a A.C. para tomarle declaración indagatoria el próximo 13 de septiembre.

La causa tramita ante el Juzgado de Garantías N° 2 de Quilmes, a cargo del juez Martín Miguel Nolfi.

Por otra parte, la madre de la presunta víctima de 8 años (identificada como C.G. para preservar la identidad de la menor) pidió la detención de A.C. en un video que publicó ayer redes sociales.

«En el año 2020 mi hijo tenía cinco años y me contó hechos aberrantes de violencia y abuso que venía sufriendo por parte de su padre», contó C.G., quien denunció los hechos.

Asimismo, la mujer criticó que «la Justicia protegió al padre durante varios años» hasta que asumió el caso la fiscal Meyer a fines del 2022, en reemplazo de Alejandro Ruggeri, quien se encuentra con licencia sin goce de sueldo por dos años.

El abogado de la denunciante, Juan Pablo Gallego, sostuvo que piden la detención de A.C. «por lo que surge comprobado en perjuicio del niño, la pena en expectativa, el riesgo de reiteración delictiva y la necesidad de asegurar el proceso».

Además, el letrado dijo que «la nueva fiscal le pidió perdón a la madre en nombre del Ministerio Público».

«Lamentablemente (el niño) tuvo que volver a pasar por las etapas de prueba. Volvió a contar todo lo mismo, todo lo que sufrió. Por suerte esta vez sí fue escuchado y llegamos a la citación e indagatoria del padre», expresó la madre en el video.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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