Impuestos
AFIP volvió a postergar el plazo para presentar las deducciones de Ganancias 2023
La Resolución General 5514/2024 extiende la fecha límite hasta el 30 de junio.
La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó nuevamente el plazo para que los trabajadores presenten sus deducciones correspondientes al año pasado. La Resolución General 5514/2024 extiende la fecha límite hasta el 30 de junio.
Nueva prórroga para la declaración jurada
La AFIP, a través de la Resolución General 5514/2024, dispuso que “los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de junio de 2024, inclusive”. Este artículo se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial.
Procedimiento para presentar deducciones
Los empleados en relación de dependencia deben presentar anualmente un formulario donde declaran las deducciones que corresponden descontar en la liquidación anual del impuesto a las Ganancias. Entre estas deducciones se incluyen gastos médicos y salarios pagados al personal de casas particulares.
La nueva resolución establece que el importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o reintegrado en el primer pago posterior a la fecha de liquidación, o en los siguientes pagos hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive. Además, deberá informarse e ingresarse el importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante que opera en el mes de agosto de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
Cambios normativos y su impacto
Durante el 2023, se dictaron dos decretos que redujeron el impuesto a las ganancias de los trabajadores, pero estos decretos debían ser validados por el Congreso de la Nación para adquirir fuerza de ley. La AFIP explicó que “la modificación expuesta se realiza con el único objetivo de favorecer a los trabajadores. De otra manera, los empleados en relación de dependencia deberían abonar el impuesto que no fue cobrado el año pasado”.
Este cambio se adoptó tras el dictamen conseguido en el Senado por la ley Bases, que establece modificaciones en la política tributaria. “En ese contexto, este Organismo implementó medidas acordes con los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, considerando, a su vez, su impacto en la liquidación anual de dicho tributo”, argumentó la AFIP.
Cómo informar las deducciones de Ganancias 2023
Los trabajadores registrados deben completar el formulario 572 del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), a través de la página de AFIP. Se requiere tener CUIT y clave fiscal.
El paso a paso:
- Ingresar al sitio de la AFIP con número de CUIL/CUIT y clave fiscal.
- Acceder al servicio SIRADIG/Trabajador.
- Abrir el formulario 572, donde el sistema mostrará los períodos fiscales disponibles.
- Seleccionar 2023 en el menú desplegable.
- Abrir un nuevo borrador para confeccionar la declaración jurada.
- Confirmar los datos si tiene cargas de familia (hijos menores de 18 años y/o cónyuge).
- Cargar otras deducciones por gastos realizados durante el mes, como servicios médicos, intereses de préstamos hipotecarios, alquiler de vivienda permanente, seguros de vida, y personal de casas particulares.
Puntos clave
- AFIP prorrogó el plazo para presentar las deducciones de Ganancias 2023 hasta el 30 de junio.
- Los empleados deben usar el formulario F. 572 Web a través del SiRADIG.
- La nueva resolución se publicó en el Boletín Oficial esta madrugada.
- Los importes determinados serán retenidos o reintegrados hasta el 9 de agosto de 2024.
- Se debe informar el importe hasta las fechas de vencimiento en agosto de 2024.
- Los decretos de 2023 que redujeron el impuesto a las ganancias esperan validación del Congreso.
Economía 💲
El sistema impositivo argentino es regresivo por diseño: quién paga más y por qué
El sistema impositivo vigente extrae recursos principalmente de quienes menos tienen, protege la renta concentrada. En ese contexto, el *Foro de Economía y Trabajo* analiza el actual escenario y avanza en una propuesta de cuál es la reforma tributaria que Argentina necesita y plantea siete ejes para avanzar hacia un sistema más justo y progresivo. Los detalles.
El sistema tributario argentino: regresivo por diseño y funcional al poder concentrado
Un estudio del Foro Economía y Trabajo* señala que el esquema impositivo vigente extrae recursos principalmente de quienes menos tienen, protege la renta concentrada y debilita la capacidad del Estado para responder ante las crisis. Asimismo, el documento avanza en una propuesta de reforma integral de siete capítulos busca revertir esa lógica y construir un sistema progresivo, redistributivo y soberano.
La estructura regresiva: quién paga y quién no
Aproximadamente el 70% de la recaudación fiscal argentina proviene de impuestos indirectos, que se trasladan a los precios de bienes y servicios y recaen proporcionalmente con más fuerza sobre los sectores de menores ingresos. Solo el 30% restante corresponde a tributos directos. Esta arquitectura, lejos de gravar la riqueza acumulada, penaliza el consumo cotidiano.
El caso del IVA lo ilustra con precisión matemática: una persona que percibe $1.000.000 mensuales y debe consumirlo íntegramente para subsistir soporta una carga efectiva del 17,36% de su ingreso. Quien gana $10.000.000 y consume solo la mitad, paga en términos reales el 8,68%. La tasa nominal es idéntica; la carga real, radicalmente distinta. El sistema castiga la necesidad y premia la acumulación.
A eso se suma que el impuesto a las ganancias, que debería ser el instrumento directo por excelencia, conserva exenciones y tratamientos preferenciales para rentas financieras y ganancias de capital, mientras los salarios quedan gravados con mayor intensidad efectiva. El ingreso del trabajo tributa más, y con mayor facilidad, que la renta especulativa.
El mito de la «alta presión tributaria»
El discurso que instala a la Argentina como un país de «demasiados impuestos» no resiste un análisis comparado. En 2023, la presión tributaria bruta total argentina equivalía al 27,9% del PIB, por debajo de Francia (45,4%), Italia (41,5%), Alemania (40,1%), España (37,3%), el Reino Unido (35,3%), Canadá (34,8%) e incluso Brasil (33,3%). El problema, entonces, no es el nivel agregado de imposición, sino su composición regresiva, su sesgo procíclico y su incapacidad para gravar de manera suficiente las rentas concentradas y los beneficios extraordinarios.
El ajuste Milei: el Estado que se retira
Bajo la gestión de Javier Milei, iniciada en diciembre de 2023, la inequidad se profundizó. La reforma tributaria incorporada en la Ley Bases (27742) implicó reducción de alícuotas y mecanismos de adelantamiento de ingresos mediante regímenes especiales, mientras que durante 2025 se rebajaron derechos de exportación e impuestos a bienes suntuarios. La consecuencia directa fue un sistema aún más regresivo y un Estado con menor capacidad de respuesta fiscal.
Los recortes reales acumulados desde 2023 revelan la magnitud del desmantelamiento:
- Gasto primario total: -31%
- Gasto de capital: -86%
- Transferencias a provincias: -66%
- Programas sociales: -61%
- Transferencias a universidades: -20%
- Subsidios a la energía: -58%
- Salarios públicos: -29%
En el primer trimestre de 2026, el gasto primario cayó un 5,1% interanual adicional, en el marco del cumplimiento de las metas acordadas con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Una reforma en siete capítulos
Frente a ese diagnóstico, la propuesta del Foro Economía y Trabajo* plantea una transformación estructural organizada en siete ejes.
El primer capítulo es la reforma del impuesto a las ganancias. Los salarios deben quedar eximidos para los tramos medios y bajos; la imposición debe recaer sobre los niveles más elevados de ingreso; y la renta financiera y los dividendos deben tributar igual o más que el ingreso del trabajo. El principio es claro: a igual capacidad económica, igual o mayor tributación sobre el capital que sobre el trabajo.
El segundo capítulo apunta a reducir el peso regresivo del IVA mediante un sistema de devolución automática para jubilados, trabajadores de bajos ingresos y personas con discapacidad, combinado con una integración gradual con el impuesto a los ingresos brutos provinciales, para evitar superposiciones distorsivas.
El tercer capítulo propone gravar de manera progresiva la transmisión gratuita de riqueza: herencias, legados y donaciones de grandes patrimonios, activos en el exterior y tierras concentradas. La desigualdad no solo se reproduce por diferencias salariales, sino por la transmisión intergeneracional de privilegios que el sistema actual deja íntegramente intacta.
El cuarto capítulo plantea un gravamen sobre el consumo suntuario de personas de muy elevada capacidad contributiva: embarcaciones de recreo, aeronaves privadas, vehículos de lujo, residencias de alta gama. No se trata de ampliar la regresividad, sino de capturar manifestaciones evidentes de concentración patrimonial que hoy quedan al margen de cualquier carga adicional.
El quinto capítulo propone reformar el régimen simplificado para pequeños contribuyentes, reduciendo o eliminando el componente impositivo en las categorías más bajas del monotributo. Formalizar no puede significar expulsar del sistema; debe significar integrar con previsibilidad y derechos garantizados.
El sexto capítulo es central para la economía argentina: la reforma de los derechos de exportación y la creación de un impuesto a la renta extraordinaria. Los retornos excepcionales que no surgen de mayor productividad ni inversión genuina, sino de guerras, crisis internacionales, devaluaciones o marcos regulatorios favorables, no pueden quedar íntegramente privatizados. La base imponible se calcularía sobre el excedente por encima de una rentabilidad histórica normal del sector, con alícuotas progresivas activadas por disparadores objetivos. El Estado capturaría así una porción de rentas cuya causa es social, geopolítica o natural, y destinaría esos recursos a infraestructura, desarrollo científico-tecnológico y fortalecimiento del mercado interno.
El séptimo capítulo plantea una ofensiva integral contra la evasión, la elusión y la fuga de capitales, reconstruyendo la capacidad estatal de control y coordinación entre organismos tributarios, aduaneros y financieros. La propuesta incluye derogar las modificaciones en materia de regímenes de información incorporadas en la reforma conocida como «Inocencia fiscal», que vaciaron de datos al fisco y dejaron sin herramientas a la autoridad tributaria para cumplir su función.
El fondo político del debate
La propuesta explicita lo que el discurso oficial sistemáticamente omite: el sistema tributario no es neutral. En una economía atravesada por la desigualdad y la concentración, cada decisión impositiva define quién financia el Estado y quién queda al margen. Un sistema apoyado en impuestos indirectos, con exenciones para la renta financiera y recortes estructurales sobre el gasto social, no es una política de eficiencia, sino una elección política a favor de los sectores más concentrados.
La discusión, en ese marco, no puede reducirse a «bajar impuestos» o «subir impuestos». La pregunta decisiva es más precisa y más incómoda para el poder: ¿quién paga, sobre qué base, y para financiar qué proyecto de país?
SOBRE EL FORO ECONOMÍA Y TRABAJO
Se trata de un espacio de pensamiento y acción integrado por profesionales vinculados al Movimiento Sindical Argentino, la producción nacional y la economía popular. Los documentos del Foro buscan aportar a un programa soberano basado en la justicia social y el desarrollo estratégico.
Participan de este espacio: S. Arelovich, R. Aronskind, G. Barceló, N. Brenta, E. Codianni, J.P. Costa, N. Crovetto, R. Dellatorre, M. Di Ciano, M. Duarte, E. Dvorkin, R. Feletti, N. Forero, J.M. Fumagalli, A. García, C. Gutiérrez, R. Koss, N. Malinovsky, J. Marchini, A. Mezmezian, F. Miceli, A. Repar, H. Rovelli, J. Sbatella, N. Silva, J.C. Teso, R.P. Treber.
Coordinación: Eduardo Berrozpe | Contacto: foroeyt@gmail.com
-
Goles! ⚽6 díasScaloni eligió a sus 55: sorpresas, caras nuevas y la gran ausencia que sacude al fútbol argentino
-
Deportes ⚽4 díasCentral eliminó a Racing con polémico arbitraje y pasó a semifinales del Apertura
-
Política 📢6 díasEl Gobierno que no quiere Ficha Limpia: la interna que expone el doble discurso anticorrupción de LLA
-
Judiciales ⚖️2 díasAutopsia de Benjamín Scerra: revelan que recibió más de 20 puñaladas
-
Fútbol & Goles!2 díasEscándalo total: Malcorra fue a buscar a Gustavo López a la salida de la radio y casi terminan a las piñas
-
Política 📢4 díasMilei usó datos reales para construir una mentira: lo que no dijo al comparar su sueldo con el de rectores
-
Goles! ⚽3 díasEl fútbol argentino en llamas por la eliminación de Racing: entre rojas, insultos y acusaciones de robo
-
Desregulación3 díasSindicatos aeronáuticos denuncian penalmente a Milei y Caputo por la venta de Intercargo a precio vil
